Cuarta sección.- Real órden circular dictando que todos los ministerios prevendrán á sus subordinados en las provincias que los anuncios, circulares y demás disposiciones que manden publicar en los Boletines oficiales, sean remitidos al jefe político respectivo, por cuyo conducto se pasarán á los editores de los mencionados periódicos; y más que expresa.
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«Gaceta de Madrid» núm. 1608, de 11 de abril de 1839, páginas 1 a 1 (1 pág.)