Real Orden de 5 de noviembre de 1925 disponiendo que la distancia fijada en el artículo 203 del Estatuto municipal, se entienda como perímetro de protección de los cementerios, dentro de cuyo radio no se consentirá la construcción de viviendas humanas.
Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 310, de 6 de noviembre de 1925, páginas 693 a 694 (2 págs.)