Real orden declarando es lícita la caza de pájaros, no insectívoros, con redes o liga, en época hábil, o sea desde 1.º de Septiembre hasta el 31 de Enero.
Publicado en:
«Gaceta de Madrid» núm. 254, de 11 de septiembre de 1929, páginas 1705 a 1706 (2 págs.)