EL COMITÉ DE COMERCIO,
Visto el Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, y en particular su artículo 10.24, apartado 1, su artículo 10.25, apartados 1 y 3, su artículo 15.1, apartado 4, letra c), y su artículo 15.5, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con el artículo 15.1, apartado 4, letra c), del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra (en lo sucesivo, «Acuerdo ») (1), el Comité de Comercio puede considerar introducir modificaciones en el Acuerdo o modificar sus disposiciones en los casos específicamente previstos en él. |
(2) |
El artículo 15.5, apartado 2, del Acuerdo dispone que las Partes pueden adoptar una decisión del Comité de Comercio para modificar los anexos, los apéndices, los protocolos y las notas del Acuerdo con arreglo a sus respectivos procedimientos y requisitos jurídicos aplicables. |
(3) |
El artículo 10.24, apartado 1, del Acuerdo permite a las Partes añadir las indicaciones geográficas que deban ser protegidas a los anexos 10-A y 10-B con arreglo al procedimiento fijado en el artículo 10.25. |
(4) |
De conformidad con el artículo 10.25, apartado 1, del Acuerdo, el Grupo de Trabajo de Indicaciones Geográficas («Grupo de Trabajo IG») puede hacer recomendaciones y adoptar decisiones por consenso. |
(5) |
De conformidad con el artículo 10.25, apartado 3, del Acuerdo, el Grupo de Trabajo IG puede decidir modificar los anexos 10-A y 10-B para añadir indicaciones geográficas individuales de la Unión Europea o de Corea, o suprimir las indicaciones geográficas individuales que dejen de protegerse en la Parte de origen o que ya no cumplan las condiciones para ser consideradas una indicación geográfica en la otra Parte. También puede decidir que una referencia a un acto jurídico del Acuerdo deba considerarse hecha a ese acto jurídico en su versión modificada y sustituida, y vigente en una fecha concreta posterior a la entrada en vigor del Acuerdo. |
(6) |
De conformidad con el artículo 5, apartado 2, de la Decisión n.o 1/2019 del Grupo de Trabajo UE-Corea de Indicaciones Geográficas, de 17 de septiembre de 2019, relativa a la adopción de su reglamento interno («reglamento interno»), el Grupo de Trabajo IG puede decidir por consenso recomendar la adición o la supresión de indicaciones geográficas para que el Comité de Comercio adopte la decisión definitiva, con arreglo al artículo 10.21, apartado 4, el artículo 10.24 y el artículo 10.25 del Acuerdo. |
(7) |
De conformidad con el artículo 5, apartado 3, del reglamento interno, que remite al artículo 15.3, apartado 5 y al artículo 15.5, apartado 2, del Acuerdo, el Comité de Comercio puede llevar a cabo las funciones asignadas al Grupo de Trabajo IG y decidir modificar los anexos 10-A y 10-B, y las Partes pueden adoptar la decisión con arreglo a sus respectivos procedimientos y requisitos jurídicos aplicables. |
(8) |
En aplicación del artículo 10.25, apartado 3, letra c), del Acuerdo, las Partes han confirmado las siguientes cuestiones relacionadas con referencias a actos jurídicos en el Acuerdo:
|
(9) |
Las Partes han acordado añadir cuarenta y cuatro indicaciones geográficas de la UE y cuarenta y una indicaciones geográficas de Corea a los anexos 10-A y 10-B mediante el siguiente procedimiento:
|
(10) |
Las Partes han acordado retirar tres indicaciones geográficas de la UE y cuatro indicaciones geográficas de Corea de los anexos 10-A y 10-B mediante el siguiente procedimiento:
|
(11) |
Las Partes han acordado sustituir cuatro indicaciones geográficas de la UE que figuran en el anexo 10-A del Acuerdo cuyo nombre ha sido modificado por las correspondientes indicaciones geográficas actualizadas mediante el procedimiento siguiente:
|
(12) |
De conformidad con el artículo 12, apartado 2, del anexo de la Decisión n.o 1 del Comité de Comercio UE-Corea de 23 de diciembre de 2011 (18), este puede adoptar decisiones por procedimiento escrito, si ambas Partes convienen en ello, en el período comprendido entre las reuniones del Comité de Comercio. El procedimiento escrito consiste en un intercambio de notas entre los presidentes del Comité de Comercio. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Las referencias a actos jurídicos de la UE y de Corea que figuran en el capítulo 10, sección B, subsección C «Indicaciones geográficas», notas a pie de página (51), (53) – (55), en la versión del Acuerdo publicada en la UE, o en las mismas notas a pie de página numeradas como (2), (4) – (6), en la versión del Acuerdo publicada en Corea (19), se considerarán referencias hechas a dichos actos en su versión modificada o sustituida de conformidad con el anexo I de la presente Decisión.
Los anexos 10-A y 10-B del Acuerdo quedan modificados como sigue:
1) |
las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo II de la presente Decisión se incluyen en la lista correspondiente de indicaciones geográficas del Estado miembro que figura en el anexo 10-A, parte A, del Acuerdo; |
2) |
las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo III de la presente Decisión se incluyen en la lista correspondiente de indicaciones geográficas de Corea que figura en el anexo 10-A, parte B, del Acuerdo; |
3) |
las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo IV de la presente Decisión se incluyen en la lista correspondiente de indicaciones geográficas del Estado miembro respectivo que figura en el anexo 10-B, parte A, secciones 1 y 2, del Acuerdo; |
4) |
las indicaciones geográficas enumeradas en el anexo V de la presente Decisión se incluyen en la lista correspondiente de indicaciones geográficas de Corea que figura en el anexo 10-B, parte B, del Acuerdo; |
5) |
las indicaciones geográficas «Pacharán» (España), «Polska Wiśniówka/Polish Cherry» (Polonia) y «Scotch Whisky» (Reino Unido) se suprimen de la lista de indicaciones geográficas que figura en el anexo 10-B, parte A, sección 2, del Acuerdo; |
6) |
las indicaciones geográficas «Seosan Garlic (서산마늘)», «Muan White Lotus Tea (무안백련차)», «Cheongyang Powdered Hot Pepper (청양고춧가루)» y «Yeoju Sweet Potato (여주고구마)» se suprimen de la lista de indicaciones geográficas de Corea que figura en el anexo 10-A, parte B, del Acuerdo, y |
7) |
las indicaciones geográficas cuyo nombre haya sido modificado se sustituyen en la lista de indicaciones geográficas del Estado miembro respectivo que figura en el anexo 10-A, parte A, del Acuerdo por los nombres de las indicaciones geográficas correspondientes que figuran en el anexo VI de la presente Decisión. |
La presente Decisión entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la fecha en que las Partes intercambien notificaciones escritas por vía diplomática que certifiquen que han completado sus respectivo procedimientos y requisitos jurídicos aplicables necesarios para su entrada en vigor.
(1) DO L 127 de 14.5.2011, p. 1
(2) DO L 39 de 13.2.2008, p. 16.
(3) DO L 130 de 17.5.2019, p. 1.
(4) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.
(5) DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.
(6) DO L 149 de 14.6.1991, p. 1.
(7) DO L 84 de 20.3.2014, p. 14.
(8) DO L 179 de 14.7.1999, p. 1.
(9) DO L 154 de 17.6.2009, p. 1.
(10) DO L 299 de 16.11.2007, p. 1.
(11) DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.
(12) 대한민국정부 관보 제20151호 (Boletín Oficial 20151), de 21.12.2021, p. 47.
(13) 대한민국정부 관보 제19907호 (Boletín Oficial 19907), de 29.12.2020, p. 110.
(14) 대한민국정부 관보 제20151호 (Boletín Oficial 20151), de 21.12.2021, p. 39.
(15) 대한민국정부 관보 제20163호 별권1 (Boletín Oficial 20163, volumen independiente 1), de 6.1.2022, p. 4.
(16) DO L 114 de 30.4.2019, p. 7.
(17) «Huile essentielle de lavande de Haute-Provence» pasa a ser «Huile essentielle de lavande de Haute-Provence/Essence de lavande de Haute-Provence» (transcripción: 윌 에썽씨엘 드 라벙드 드 오뜨 프로방스/에썽스 드 라벙드 드 오뜨 프로방스오뜨 프로방스 라벙드 에센스 오일) – «Prosciutto di S. Daniele» pasa a ser «Prosciutto di San Daniele» (la transcripción no varía) – «Jamón de Teruel» pasa a ser «Jamón de Teruel/Paleta de Teruel» (transcripción: 하몬 데 떼루엘/빨레따 데 떼루엘) – «Jamón de Huelva» pasa a ser «Jabugo» (transcripción: 하부고).
(18) Decisión n.o 1 del Comité de Comercio UE Corea, de 23 de diciembre de 2011, sobre la adopción del reglamento interno del Comité de Comercio (DO L 58 de 1.3.2013, p. 9).
(19) 대한민국 관보 제17538호(그2) (Boletín Oficial 17538, volumen independiente 2), de 28.6.2011, p. 800.
Las referencias a actos jurídicos de la UE y de Corea que figuran en el capítulo 10, sección B, subsección C «Indicaciones geográficas», notas a pie de página (51), (53) – (55), en la versión del Acuerdo publicada en la UE, o en las mismas notas a pie de página numeradas como (2), (4) – (6), en la versión del Acuerdo publicada en Corea, se considerarán referencias hechas a dichos actos en su versión modificada o sustituida según se explica a continuación.
1) En el caso de las referencias a actos jurídicos de la UE:
a) |
las referencias al «Reglamento (CE) n.o 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1576/89 del Consejo» se sustituyen por referencias al «Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas espirituosas, la utilización de los nombres de las bebidas espirituosas en la presentación y etiquetado de otros productos alimenticios, la protección de las indicaciones geográficas de las bebidas espirituosas y la utilización de alcohol etílico y destilados de origen agrícola en las bebidas alcohólicas, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 110/2008»; |
b) |
las referencias al «Reglamento (CE) n.o 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios» se sustituyen por referencias al «Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios»; |
c) |
las referencias al «Reglamento (CEE) n.o 1601/91 del Consejo, de 10 de junio de 1991, por el que se establecen las reglas generales relativas a la definición, designación y presentación de vinos aromatizados, de bebidas aromatizadas a base de vino y de cócteles aromatizados de productos vitivinícolas» se sustituyen por referencias al «Reglamento (UE) n.o 251/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la definición, descripción, presentación y etiquetado de los productos vitivinícolas aromatizados, y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 1601/91 del Consejo»; |
d) |
las referencias al «Reglamento (CE) n.o 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola», derogado por el «Reglamento (CE) n.o 479/2008 del Consejo, de 29 de abril de 2008, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1493/1999, (CE) n.o 1782/2003, (CE) n.o 1290/2005 y (CE) n.o 3/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 2392/86 y (CE) n.o 1493/1999», se sustituyen por referencias al «Reglamento (CE) n.o 491/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009, que modifica el Reglamento (CE) n.o 1234/2007 por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)», y |
e) |
las referencias al «Reglamento (CE) n.o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)» se sustituyen por referencias al «Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007». |
2) En el caso de las referencias a actos jurídicos de Corea:
a) |
las referencias a la Ley de control de la calidad de los productos agrícolas (Agricultural Products Quality Control Act en inglés), Ley n.o 9759, de 9 de junio de 2009, se sustituyen por referencias a la Ley de control de la calidad de los productos agrícolas y pesqueros (Agricultural and Fishery Products Quality Control Act en inglés), Ley n.o 18599, de 21 de diciembre de 2021, y |
b) |
las referencias a la Ley de la fiscalidad de las bebidas alcohólicas (Liquor Tax Act en inglés), Ley n.o 8852, de 29 de febrero de 2008, se sustituyen por referencias a la Ley de la fiscalidad de las bebidas alcohólicas (Liquor Tax Act en inglés) Ley n.o 18593, de 21 de diciembre de 2021, y a la Ley de licencias de bebidas alcohólicas (Liquor License Act en inglés), Ley n.o 18723, de 6 de enero de 2022. |
Código del país |
Nombre que debe protegerse |
Producto |
Transcripción al alfabeto coreano |
AT |
Steirisches Kürbiskernöl |
Aceite de semillas de calabaza |
슈타이리쉐스 퀴르비스케른욀 |
CY |
Λουκούμι Γεροσκήπου/Loukoumi Geroskipou |
Productos de confitería |
루꾸미 게로스끼뿌 |
DE |
Hopfen aus der Hallertau |
Lúpulo |
할러타우 홉펜 |
DE |
Lübecker Marzipan |
Productos de confitería |
뤼베커 마르지판 |
DE |
Nürnberger Lebkuchen |
Productos de confitería |
뉘른베르거 렙쿠헨 |
DE |
Schwarzwälder Schinken |
Jamón |
슈바르츠벨더 쉰켄 |
DK |
Danablu |
Queso |
다나블루 |
ES |
Aceite de Terra Alta/Oli de Terra Alta |
Aceite de oliva |
아쎄이떼 데 떼라 알따; 올리 데 떼라 알따 |
ES |
Aceite Monterrubio |
Aceite de oliva |
아쎄이떼 몬떼루비오 |
ES |
Estepa |
Aceite de oliva |
에스떼빠 |
ES |
Les Garrigues |
Aceite de oliva |
레스 가리게스 |
ES |
Sierra de Cazorla |
Aceite de oliva |
씨에라 데 까쏘를라 |
ES |
Siurana |
Aceite de oliva |
씨우라나 |
EL |
Καλαμάτα/Kalamata (1) |
Aceite de oliva |
칼라마타 |
EL |
Σητεία Λασιθίου Κρήτης/Sitia Lasithiou Kritis |
Aceite de oliva |
시티아 라시티우 크리티스 |
EL |
Λακωνία/Lakonia |
Aceite de oliva |
라코니아 |
EL |
Γραβιέρα Κρήτης/Graviera Kritis |
Queso |
그라비에라 크리티스 |
EL |
Κασέρι/Kasseri |
Queso |
카세리 |
IT |
Aceto Balsamico di Modena |
Vinagre |
아체토 발사미코 디 모데나 |
IT |
Bresaola della Valtellina |
Jamón |
브레사올라 델라 발텔리나 |
IT |
Kiwi Latina |
Kiwis |
키위 라티나 |
IT |
Mela Alto Adige/Südtiroler Apfel |
Manzanas |
멜라 알토 아디제; 수드티롤레르 아펠 |
IT |
Toscano |
Aceite de oliva |
토스카노 |
IT |
Pecorino Toscano |
Queso |
페코리노 토스카노 |
IT |
Salamini italiani alla cacciatora |
Salami |
살라미니 이탈리아니 알라 카차토라 |
NL |
Edam Holland |
Queso |
에담 홀란드 |
NL |
Gouda Holland |
Queso |
고다 홀란드 |
(1) La protección de la indicación geográfica «Kalamata» no impedirá la utilización del nombre de una variedad vegetal en relación con aceitunas en el territorio de Corea. Esta formulación no altera ni reduce la protección ya otorgada por el Acuerdo a la indicación geográfica protegida «Elia Kalamatas».
Nombre que debe protegerse |
Producto |
Transcripción al alfabeto latino |
천안배 (Cheonan Bae (Pear)) |
Peras |
Cheonan Bae |
나주배 (Naju Bae (Pear)) |
Peras |
Naju Bae |
안성배 (Anseong Bae (Pear)) |
Peras |
Anseong Bae |
고려흑삼제품 (Korean Black Ginseng Product) |
Productos de ginseng negro |
Goryeo Heuksamjepum |
예산사과 (Yesan Apple) |
Manzanas |
Yesan Sagwa |
안성쌀 (Anseong Ssal (Rice)) |
Arroz |
Anseong Ssal |
영월고춧가루 (Yeongwol Red Pepper Powder) |
Pimentón |
Yeongwol Gochutgaru |
고려흑삼 (Korean Black Ginseng) |
Ginseng negro |
Goryeo Heuksam |
보성웅치올벼쌀 (Boseong Ungchi Olbyeossal) |
Arroz |
Boseong Ungchi Olbyeossal |
김포쌀 (Gimpo Ssal (Rice)) |
Arroz |
Gimpo Ssal |
진도검정쌀 (Jindo Black Rice) |
Arroz |
Jindo Geomjeong Ssal |
군산쌀 (Gunsan Ssal (Rice)) |
Arroz |
Gunsan Ssal |
영월고추 (Yeongwol Red Pepper) |
Guindilla |
Yeongwol Gochu |
영천포도 (Yeongcheon Grapes) |
Uvas |
Yeongcheon Podo |
무주사과 (Muju Apple) |
Manzanas |
Muju Sagwa |
삼척마늘 (Samcheok Garlic) |
Ajos |
Samcheok Maneul |
김천자두 (Gimcheon Jadu (Plum)) |
Ciruelas |
Gimcheon Jadu |
영동포도 (Yeongdong Grapes) |
Uvas |
Yeongdong Podo |
문경오미자 (Mungyeong Omija) |
Bayas de magnolia |
Mungyeong Omija |
청도반시 (Cheongdo Seedless Flat Persimmon) |
Caquis |
Cheongdo Bansi |
평창산양삼 (PyeongChang Wild-cultivated Ginseng) |
Ginseng silvestre de cultivo |
PyeongChang Sanyangsam |
보은대추 (Boeun Jujube) |
Azufaifas |
Boeun Daechu |
충주밤 (Chungju Bam (Chestnut)) |
Castañas |
Chungju Bam |
가평잣 (Gapyeong Korean Pine nuts) |
Piñones |
Gapyeong Jat |
정선곤드레 (Jeongseon Gondre) |
Gondre (cardos coreanos) |
Jeongseon Gondre |
영동곶감 (Yeongdong Persimmon Dried) |
Caquis |
Yeongdong Gotgam |
부여표고 (Buyeo Pyogo (Oak mushroom)) |
Setas de roble |
Buyeo Pyogo |
완도미역 (Wando Sea mustard) |
Wakame |
Wando Miyeok |
완도다시마 (Wando Sea tangle) |
Laminaria digitata |
Wando Dasima |
기장미역 (Gijang sea mustard) |
Wakame |
Gijang Miyeok |
기장다시마 (Gijang sea tangle) |
Laminaria digitata |
Gijang Dasima |
완도김 (Wando Laver) |
Algas |
Wando Gim |
장흥김 (Jangheung Laver) |
Algas |
Jangheung Gim |
여수굴 (Yeosu Gul (Yeosu Oyster)) |
Ostras |
Yeosu Gul |
고흥미역(Goheung Dried Sea mustard) |
Mostaza de mar |
Goheung Miyeok |
고흥다시마 (Goheung Dried Sea tangle) |
Laminaria digitata |
Goheung Dasima |
신안김 (Sinan Gim (Laver)) |
Algas |
Sinan Gim |
해남김 (Haenam Gim (Laver)) |
Algas |
Haenam Gim |
고흥김 (Goheung Laver) |
Algas |
Goheung Gim |
고흥굴 (Goheung Gul (Oyster)) |
Ostras |
Goheung Gul |
SECCIÓN 1
VINOS ORIGINARIOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Código del país |
Denominación |
Transcripción al alfabeto coreano |
CY |
Κουμανδαρία (transcripción al alfabeto latino: Commandaria) |
꼬만다리아 |
DE |
Franken |
프랑켄 |
ES |
Utiel-Requena |
우띠엘 레께나 |
FR |
Pays d'Oc |
패이 독/뻬이 독 |
FR |
Romanée-Conti |
로마네 콘티/로마네 꽁띠 |
FR |
Pauillac |
포이약/뽀이약 |
FR |
Saint-Estèphe |
세인트 에스테브/쎙 에스테프 |
IT |
Prosecco |
프로세코 |
RO |
Cotnari |
코트나리 |
SI |
Vipavska dolina |
비파브스카 돌리나 |
SK |
Vinohradnícka oblasť Tokaj |
비노흐라드니스카 오블라스트 토카이 |
SECCIÓN 2
BEBIDAS ESPIRITUOSAS ORIGINARIAS DE LA UNIÓN EUROPEA
Código del país |
Denominación |
Transcripción al alfabeto coreano |
CY |
Ζιβανία/Τζιβανία/Ζιβάνα/Zivania |
지바니아 |
ES |
Brandy del Penedés |
브란디 델 뻬네데스 |
EL |
Τσίπουρο/Tsipouro |
치푸로 |
IE |
Irish Cream |
아이리쉬 크림 |
LT |
Originali lietuviška degtinė/Original Lithuanian vodka |
오리지널 리투아니아 보드카 |
BE+NL+FR+DE |
Genièvre/Jenever/Genever |
예네이버/제니버 |
Nombre que debe protegerse |
Transcripción al alfabeto latino |
무주머루와인 (Muju Wild Grape Wine) |
Muju Meoru Wine |
FRANCIA
Huile essentielle de lavande de Haute-Provence/Essence de lavande de Haute-Provence (1) |
Aceite esencial de lavanda |
윌 에썽씨엘 드 라벙드 드 오뜨 프로방스/에썽스 드 라벙드 드 오뜨 프로방스 (오뜨 프로방스 라벙드 에센스 오일) |
ITALIA
Prosciutto di San Daniele (2) |
Jamón |
프로슈토 디 산 다니엘레(생햄) |
ESPAÑA
Jamón de Teruel/Paleta de Teruel (3) |
Jamón |
하몬 데 떼루엘/빨레따 데 떼루엘 |
Jabugo (4) |
Jamón |
하부고 |
(1) «Huile essentielle de lavande de Haute-Provence» pasa a ser «Huile essentielle de lavande de Haute-Provence/Essence de lavande de Haute-Provence».
(2) «Prosciutto di S. Daniele» pasa a ser «Prosciutto di San Daniele».
(3) «Jamón de Teruel» pasa a ser «Jamón de Teruel/Paleta de Teruel».
(4) «Jamón de Huelva» pasa a ser «Jabugo».
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