Doña Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza,
Hago saber:
Primero. Que en el procedimiento concursal número 406/11-A se ha dictado el 14/12/15 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor Prefacinca, S.L., CIF B22104574.
Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Tercero. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso.
Zaragoza, 14 de diciembre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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