Edicto
Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo,
Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal n.º 330/10 (N.I.G. 33044 47 1 2010 0005402) relativo al deudor ADG Grupo Mueble, S.L., con CIF B-74097577, en el cual, con fecha 22 de junio de 2015 se dictó Auto declarando la conclusión del concurso al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. En la misma resolución se acuerda:
- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes.
- La extinción de la persona jurídica concursada, disponiéndose el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Asturias.
- La conclusión del concurso no obstará a su reapertura del concurso, que será declarada por este mismo Juzgado, en caso de que con posterioridad a esta resolución aparezcan bienes y derechos titularidad del concursado.
Oviedo, 22 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.
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