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Decreto 569/1970, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Montes Vecinales en Mano Común.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 09/03/1970.
Entrada en vigor:
18/04/1970
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1970-266
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/d/1970/02/26/569/con

Índice: «Última actualización, publicada el 09/03/1970»

Téngase en cuenta que el presente Reglamento será de aplicación en todo lo que no esté en contradicción con la Ley 55/1980, de 11 de noviembre, de Montes Vecinales en Mano Común, según establece su disposición transitoria quinta. Ref. BOE-A-1980-25463

[Preámbulo]

[Artículos]

[Firma]

REGLAMENTO DE MONTES VECINALES EN MANO COMÚN

CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación del Reglamento

CAPÍTULO II. Normas para la clasificación de montes como vecinales en mano común

Sección 1.ª Relaciones especiales de montes vecinales en mano común

Sección 2.ª Jurados Provinciales

Sección 3.ª Procedimiento de clasificación

Sección 4.ª Inscripción en el Registro de la Propiedad

Sección 5.ª Deslindes y amojonamientos

CAPÍTULO III. Régimen jurídico de los montes vecinales en mano común

Sección 1.ª Titularidad de los montes vecinales en mano común

Sección 2.ª Ordenanzas

Sección 3.ª Administración

Sección 4.ª Aprovechamientos

Sección 5.ª Distribución de beneficios

[Disposiciones finales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]


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