[Disposición derogada]
Norma sustituida, a todos los efectos, por el Convenio entre España e Italia en materia de Seguridad Social, hecho en Madrid el 30 de octubre de 1979, según establece su art. 53. Ref. BOE-A-1983-32829.
PARTE PRIMERA. Disposiciones generales
PARTE SEGUNDA. Disposiciones especiales
CAPÍTULO PRIMERO. Invalidez, vejez y supervivencia
CAPÍTULO SEGUNDO. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
CAPÍTULO CUARTO. Enfermedad y maternidad
CAPÍTULO SEXTO. Prestaciones familiares
PARTE TERCERA. Disposiciones diversas, transitorias y finales
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