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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

[Disposición derogada]

Índice: «Modificación publicada el 19/06/2020»

Téngase en cuenta que, según establece la disposición derogatoria única del Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado, Ref. BOE-A-2020-6422, quedan derogadas todas aquellas disposiciones que se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en el mismo; no obstante, continúan en vigor los anexos y los artículos 6, 7, 13, 14, 15, 22.1, 27, 28, 31 y 45 del Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, aprobado por el presente Real Decreto 833/1988.

Téngase en cuenta que la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, deroga todas aquellas disposiciones que se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en esta Ley, según establece su disposición derogatoria única.  Ref. BOE-A-2011-13046

[Preámbulo]

[Artículos]

DISPOSICIÓN FINAL

[Firma]

CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Régimen jurídico de la producción

Sección 1.ª Autorizaciones

Sección 2.ª Obligaciones de los productores

CAPÍTULO III. Régimen jurídico de la gestión

Sección 1.ª Autorizaciones

Sección 2.ª Obligaciones del gestor

Sección 3.ª Obligaciones relativas al traslado de residuos tóxicos y peligrosos

CAPÍTULO IV. De la vigilancia, inspección y control

CAPÍTULO V. Responsabilidades, infracciones y sanciones

ANEXO I. Sistema de identificación de residuos tóxicos y peligrosos

ANEXO II. Pictogramas o indicadores de riesgo

ANEXO III. Declaración anual de productores

ANEXO IV. Memoria anual de gestores

ANEXO V. Documento de control y seguimiento


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