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Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 15/08/1989.
Entrada en vigor:
16/08/1989
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1989-19704
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1989/07/28/1027/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/07/1989
  • Fecha de publicación: 15/08/1989
  • Fecha de entrada en vigor: 16/08/1989

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el art. 46 y SE MODIFICA los arts. 4.1, 43 a 45, 47 a 49 y las secciones 4 y 5 del capítulo III, por Real Decreto 186/2023, de 21 de marzo (Ref. BOE-A-2023-7410).
  • SE MODIFICA el art. 4.1.f) y g), por Real Decreto 804/2014, de 19 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-10572).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 4.1 estableciendo el procedimiento para abanderamiento y matriculación de embarcaciones de recreo: Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre (Ref. BOE-A-2010-17038).
  • SE MODIFICA lo indicado, por Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo (Ref. BOE-A-2007-10951).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, regulando el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo: Real Decreto 544/2007, de 27 de abril de (Ref. BOE-A-2007-10139).
  • SE MODIFICA el art. 63, por Real Decreto 167/2001, de 23 de febrero (Ref. BOE-A-2001-3779).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD regulando el procedimiento abreviado de registro y matriculación de motos náuticas: Orden de 16 de diciembre de 1998 (Ref. BOE-A-1999-784).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, regulando el régimen, Abanderamiento y Matriculación del Servicio Maritimo de la Guardia Civil: Orden de 26 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17900).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • la disposición final primera, regulando la Matriculación, Registro y Permanencia de Buques de Pesca en la Lista tercera: Orden de 22 de octubre de 1990 (Ref. BOE-A-1990-25750).
    • estableciendo las condiciones de Embarco para la Obtención de Títulos Profesionales: Orden de 8 de febrero de 1990 (Ref. BOE-A-1990-4234).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 28, de 1 de febrero de 1990 (Ref. BOE-A-1990-2614).

Referencias anteriores

Materias

  • Abanderamiento de buques
  • Armadores de buques
  • Buques
  • Construcciones navales
  • Dirección General de la Marina Mercante
  • Distritos Marítimos
  • Embarcaciones deportivas y de recreo
  • Empresas
  • Extranjeros
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Navegación marítima
  • Navieras
  • Pesca marítima
  • Registro de Matricula de Buques
  • Registro Mercantil
  • Transportes marítimos

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