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Real Decreto 1477/1990, de 2 de noviembre, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria de los aromas que se utilizan en los productos alimenticios y de los materiales de base para su producción.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22/11/1990.
Entrada en vigor:
12/12/1990
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1990-28049
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1990/11/02/1477/con

Índice: «Modificación publicada el 16/01/2004»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTACIÓN TÉCNICO-SANITARIA DE LOS AROMAS QUE SE UTILIZAN EN LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y DE LOS MATERIALES DE BASE PARA SU PRODUCCIÓN

ANEXO I. Contenidos máximos de determinadas sustancias indeseables presentes en los productos alimenticios consumidos sin preparación y debidas a la utilización de los aromas

ANEXO II. Contenidos máximos de determinadas sustancias procedentes de aromas y otros ingredientes alimenticios que tengan propiedades aromatizantes y presentes en los productos alimenticios tal y como se consumen, y en los que se han utilizado aromas

ANEXO III. Lista de plantas y partes de plantas prohibidas en la elaboración de aromas

ANEXO IV. Lista positiva de sustancias aromatizantes artificiales

ANEXO V *. Lista limitativa de sustancias aromatizantes artificiales

ANEXO VI. Lista positiva de aditivos, diluyentes y soportes autorizados para la elaboración de aromas

ANEXO VII. Lista positiva de disolventes de extracción autorizados para la obtención de aromas


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