Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 1477/1990, de 2 de noviembre, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria de los aromas que se utilizan en los productos alimenticios y de los materiales de base para su producción.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22/11/1990.
Entrada en vigor:
12/12/1990
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1990-28049
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1990/11/02/1477/con

Índice: «Última actualización, publicada el 10/12/2020»

Norma derogada, con efectos de 11 de diciembre de 2020, por la disposición derogatoria.i) del Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-15872

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTACIÓN TÉCNICO-SANITARIA DE LOS AROMAS QUE SE UTILIZAN EN LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y DE LOS MATERIALES DE BASE PARA SU PRODUCCIÓN

ANEXO I. Contenidos máximos de determinadas sustancias indeseables presentes en los productos alimenticios consumidos sin preparación y debidas a la utilización de los aromas

ANEXO II. Contenidos máximos de determinadas sustancias procedentes de aromas y otros ingredientes alimenticios que tengan propiedades aromatizantes y presentes en los productos alimenticios tal y como se consumen, y en los que se han utilizado aromas

ANEXO III. Lista de plantas y partes de plantas prohibidas en la elaboración de aromas

ANEXO IV. Lista positiva de sustancias aromatizantes artificiales

ANEXO V *. Lista limitativa de sustancias aromatizantes artificiales

ANEXO VI. Lista positiva de aditivos, diluyentes y soportes autorizados para la elaboración de aromas

ANEXO VII. Lista positiva de disolventes de extracción autorizados para la obtención de aromas


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid