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Real Decreto 40/1996, de 19 de enero, por el que se aprueba el Estatuto General de los Colegios Profesionales de Habilitados de Clases Pasivas.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12/02/1996.
Entrada en vigor:
13/02/1996
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1996-2989
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1996/01/19/40/con

Índice: «Última actualización, publicada el 12/02/1996»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO. Estatuto General de los Colegios Profesionales de Habilitados de Clases Pasivas

TÍTULO I. Los Colegios Profesionales de Habilitados de Clases Pasivas

CAPÍTULO UNICO. Disposiciones generales

TÍTULO II. Los Habilitados de Clases Pasivas

CAPÍTULO I. La colegiación

CAPÍTULO II. Derechos y deberes de los colegiados

CAPÍTULO III. Sustitución, administración y liquidación de la cartera

TÍTULO III. Organos de gobierno de los colegios

CAPÍTULO I. Disposición general

CAPÍTULO II. La Junta General

CAPÍTULO III. La Junta Directiva

Sección 1.ª Disposiciones generales

Sección 2.ª Funciones de la Junta Directiva

Sección 3.ª Cargos de la Junta Directiva

TÍTULO IV. El Consejo General de Colegios de Habilitados de Clases Pasivas de España

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Funciones del Consejo General

CAPÍTULO III. La Comisión Ejecutiva

TÍTULO V. Régimen económico de los Colegios y de su Consejo General

TÍTULO VI. Régimen disciplinario y honorífico

CAPÍTULO I. Disposición general

CAPÍTULO II. Faltas y correcciones

CAPÍTULO III. Procedimiento sancionador

CAPÍTULO IV. Distinciones y honores

TÍTULO VII. Afianzamiento del ejercicio profesional

CAPÍTULO I. La fianza individual

CAPÍTULO II. La fianza colectiva

TÍTULO VIII. Nulidad de los actos colegiales y régimen de recursos

TÍTULO IX. Relaciones con la Administración General del Estado


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