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Orden de 16 de julio de 1998 por la que se publican los modelos normalizados de impresos, sobres y papeletas de votación a utilizar en las elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31/07/1998.
Entrada en vigor:
01/08/1998
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1998-18553
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1998/07/16/(9)/con

Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 31/07/1998»

La Orden de 27 de julio de 1994 («Boletín Oficial del Estado» de 8 y 9 de agosto) aprobó los modelos normalizados de impresos, sobres y papeletas de votación a utilizar en el proceso de elecciones a los órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado, en la nueva regulación dada al mismo por la Ley 18/1994, de 30 de junio, que modificaba la contenida en la Ley 9/1987, de 12 de junio, y los publicó en castellano.

Por su parte, la Resolución del Secretario de Estado para las Administraciones Públicas, de 6 de septiembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 20) publicó los indicados impresos electorales, sobres y papeletas de votación en las diferentes lenguas oficiales del Estado, distintas al castellano, en cumplimiento de lo previsto en el artículo tercero de la indicada Orden.

La experiencia de la utilización de los indicados modelos en el último proceso electoral aconseja introducir ciertas modificaciones en los mismos; asimismo, aconseja unificar, en la medida de lo posible, la utilización de los referidos impresos en el ámbito de las Comunidades Autónomas, en particular en las que tienen reconocida una lengua oficial distinta del castellano, previo acuerdo, en su caso, con las mismas.

Por otra parte, está próxima ya la fecha en que empezarán a vencer los mandatos representativos de los órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado elegidos en el anterior proceso electoral y, por tanto, aquella en que, legalmente, será posible realizar la promoción de nuevas elecciones. En consecuencia, procede publicar, sin demora, los nuevos modelos normalizados de impresos a utilizar en el referido proceso electoral.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en la Ley 9/1987, de 12 de junio, modificada por la Ley 18/1994, de 30 de junio,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero. Modelos homologados de impresos electorales.

Se aprueban los nuevos modelos homologados de papeletas de votación, sobres e impresos electorales que figuran en el anexo a esta Orden, que serán utilizados con carácter obligatorio en las Unidades Electorales de la Administración General del Estado y, con carácter supletorio, en las Unidades Electorales de la Administración de las Comunidades Autónomas y de la Administración Local.

Segundo. Características técnicas de las papeletas de votación, sobres e impresos electorales.

Las papeletas de votación reunirán las características y condiciones de impresión que en las mismas se indican, serán de color blanco para las elecciones de miembros de Juntas de Personal y de color sepia para las de Delegados de Personal.

Los sobres para la votación serán del mismo color que las papeletas en cada tipo de elecciones y se ajustarán a las características y dimensiones señalados en el indicado anexo.

Los impresos para el desarrollo del proceso electoral se ajustarán al formato UNE-A4 y se harán tantas copias de cada uno de ellos como destinatarios se señalan a continuación:

Modelo 1:

Ejemplar para el órgano de personal competente.

Ejemplar para la Oficina Pública de Registro.

Ejemplar para el tablón de anuncios.

Ejemplar para el presentador.

Modelo 3:

Ejemplar para la Mesa Electoral.

Ejemplar para la Mesa Electoral Coordinadora.

Modelo 5:

Ejemplar para la Mesa Electoral.

Ejemplar para el tablón de anuncios.

Modelo 6:

Ejemplar para la Oficina Pública de Registro.

Ejemplar para la Administración Pública.

Ejemplar para la Dirección General de la Función Pública (MAP, María de Molina, 50, 28071 Madrid).

Ejemplar para el Presidente de la Mesa Electoral.

Ejemplar para los representantes electorales.

Ejemplar para el tablón de anuncios.

Modelo 7:

Ejemplar para la Mesa Electoral.

Ejemplar para la Mesa Electoral Coordinadora.

Modelo 8:

Ejemplar para la Oficina Pública de Registro.

Ejemplar para la Administración Pública.

Ejemplar para la organización sindical, coalición electoral o grupo de funcionarios.

Ejemplar para los representantes electos.

Ejemplar para la Dirección General de la Función Pública (MAP, María de Molina, 50, 28071 Madrid).

Ejemplar para el tablón de anuncios.

Modelo 9:

Ejemplar para la Oficina Pública de Registro.

Ejemplar para el Presidente de la Mesa Electoral.

Tercero. Uso de modelos en lenguas oficiales.

En las Comunidades Autónomas que tengan reconocida una lengua oficial, además del castellano, se adoptarán, por la Administración General del Estado, las medidas necesarias para posibilitar el uso indistinto de los diversos modelos en ambas lenguas.

A los indicados efectos se podrán adaptar los modelos de impresos que utilicen las Comunidades Autónomas para la elección de los órganos de representación del personal a su servicio para su utilización en las Unidades Electorales de la Administración General del Estado en el ámbito de la correspondiente Comunidad Autónoma.

Cuarto. Entrada en vigor.

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de julio de 1998.

RAJOY BREY

ANEXO

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