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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del mercado de tabacos y normativa tributaria, y se regula el estatuto concesional de la red de expendedurías de tabaco y timbre.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 09/07/1999
  • Fecha de publicación: 13/07/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 14/07/1999

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • y se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en el procedimiento de concesión de expendedurías de tabaco y timbre: Orden HFP/356/2022, de 20 de abril (Ref. BOE-A-2022-6766).
    • aprobando el modelo de declaración-liquidación para la autoliquidación de la tasa por comprobación: Orden HAP/1632/2014, de 11 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9333).
  • SE MODIFICA los arts. 2 al 5, 8.2, 9, 24 al 40, 42, 45 al 47, 51.3, 56 al 58, 60, 61 y disposiciones adicionales 2 y 3, por Real Decreto 748/2014, de 5 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9224).
  • SE DECLARA, con la extensión y alcance determinados en los fj. 3, 7, 9 y 11, la nulidad de los arts. 2.a), 26.2, lo indicado del 46 y , 57.5.e), en la redacción dada por el Real Decreto 1/2007, de 12 de enero, por Sentencia del TS de 8 de noviembre de 2012 (Ref. BOE-A-2013-580).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 25, 32.Dos y 37.Siete, por Real Decreto 1676/2011, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-2011-18782).
    • los arts. 1 a 6, 15, 17 a 19, 53 y 55, por Real Decreto 36/2010, de 15 de enero (Ref. BOE-A-2010-1454).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando el modelo de impreso de declaración-liquidación indicado: Orden EHA/104/2007, de 25 de enero (Ref. BOE-A-2007-1887).
  • SE DEJA SIN EFECTO los arts. 14, 16, 20 y 22, SE MODIFICAN determinados preceptos y SE AÑADE un art. 38 bis, por Real Decreto 1/2007, de 12 de enero (Ref. BOE-A-2007-1220).
  • SE DEROGA:
    • el art. 32, por Ley 28/2005, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-21261).
    • en la forma indicada la disposición transitoria 4, por Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2000-11836).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD aprobando modelos de declaración-liquidación: Orden de 14 de octubre de 1999 (Ref. BOE-A-1999-20873).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE num. 219, de 13 de septiembre de 1999 (Ref. BOE-A-1999-18706).

Referencias anteriores

  • DEROGA Real Decreto 2738/1986, de 12 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-575).
  • MODIFICA el art. 9 del Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-29658).
  • DESARROLLA Ley 13/1998, de 4 de mayo (Ref. BOE-A-1998-10407).
  • DECLARA:
    • la vigencia en cuanto no se oponga, salvo lo indicado de los arts. 3.2, 4, 5 y 6, del Real Decreto 1768/1994, de 5 de agosto (Ref. BOE-A-1994-19390).
    • la vigencia en cuanto no se oponga del Real Decreto 1394/1993, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-1993-20863).
  • CITA:

Materias

  • Comercio
  • Comisionado para el Mercado de Tabacos
  • Expendedurías de Tabaco y Efectos Timbrados
  • Industria del tabaco
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Organización de la Administración del Estado
  • Publicidad
  • Tabaco
  • Venta libre de impuestos

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