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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consejos Insulares.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOIB» núm. 134, de 02/11/2000, «BOE» núm. 279, de 21/11/2000.
Entrada en vigor:
02/01/2001
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-A-2000-20977
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/l/2000/10/27/8/con

Índice: «Modificación publicada el 28/12/2000»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. Organización de los consejos insulares

TÍTULO III. Funcionamiento y régimen jurídico

TÍTULO IV. Funciones y competencias de los consejos insulares

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. De la atribución de competencias y funciones por la comunidad autónoma

Sección 1.ª De las competencias transferidas

Sección 2.ª De las competencias delegadas

Sección 3.ª Disposiciones comunes

CAPÍTULO III. De los instrumentos de cooperación

CAPÍTULO IV. De la Comisión Técnica Interinsular

TÍTULO V. Financiación de los consejos insulares

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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