[Disposición derogada]
ESTATUTO GENERAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA
CAPÍTULO ÚNICO. De la abogacía y sus organismos rectores
CAPÍTULO I. De los Colegios de Abogados
Sección 1.ª Disposiciones generales
Sección 3.ª Prohibiciones, incompatibilidades y restricciones especiales
Sección 4.ª Ejercicio individual, colectivo y multiprofesional
TÍTULO III. Derechos y deberes de los abogados
CAPÍTULO I. De carácter general
CAPÍTULO II. En relación con el Colegio y con los demás colegiados
CAPÍTULO III. En relación con los Tribunales
CAPÍTULO IV. En relación con las partes
CAPÍTULO V. En relación a honorarios profesionales
CAPÍTULO VI. En relación con la asistencia jurídica gratuita
TÍTULO IV. De los órganos de gobierno de los Colegios y del régimen económico colegial
CAPÍTULO I. De los órganos de los Colegios
CAPÍTULO II. De la Junta de Gobierno
CAPÍTULO III. De la Junta General y la Asamblea Colegial
CAPÍTULO IV. Del régimen económico colegial
TÍTULO V. De los Consejos de Colegios de las Comunidades Autónomas
TÍTULO VI. El Consejo General de la Abogacía Española
CAPÍTULO I. Órganos y funciones
CAPÍTULO II. El Pleno del Consejo General
CAPÍTULO III. La Comisión Permanente
TÍTULO VII. El Congreso Nacional de la Abogacía Española
TÍTULO VIII. El régimen de responsabilidad de los colegiados
CAPÍTULO I. Responsabilidad penal y civil
CAPÍTULO II. Responsabilidad disciplinaria
Sección 1.ª Facultades disciplinarias de los Tribunales y Colegios
Sección 2.ª De las infracciones y sanciones
TÍTULO IX. Del régimen jurídico de los acuerdos sometidos a Derecho administrativo y su impugnación
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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