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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Orden de 21 de junio de 2001 sobre tarjetas profesionales de la Marina Mercante.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10/07/2001.
Entrada en vigor:
10/09/2001
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2001-13271
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/06/21/(3)/con

Índice: «Modificación publicada el 10/07/2004»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

ANEXO V. Contenido mínimo de los libros registro de la formación

ANEXO VI. Condiciones de canje de tarjetas profesionales de la Marina Mercante

ANEXO VII


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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid