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Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

[Disposición derogada]

Índice: «Última actualización, publicada el 03/08/2019»

Norma derogada, con efectos de 4 de agosto de 2019, por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto 470/2019, de 2 de agosto. Ref. BOE-A-2019-11398

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO DE PROVISIÓN DE DESTINOS DEL PERSONAL DEL CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

Sección 1.ª Ámbito de aplicación y clasificación de los destinos

Sección 2.ª Requisitos para ocupar los destinos

CAPÍTULO II. Procedimiento

Sección 1.ª Anuncio de las vacantes

Sección 2.ª Solicitud de destinos

Sección 3.ª Asignación de destinos

CAPÍTULO III. Desempeño de los destinos

Sección 1.ª Efectividad y plazos de permanencia

Sección 2.ª Comisiones de servicio

Sección 3.ª Sustituciones en el mando

CAPÍTULO IV. Revocación y cese

CAPÍTULO V. Derecho preferente y destinos del personal en situación de reserva

CAPÍTULO VI. Recursos

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]


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