Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 431/2002, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Destinos del Personal Militar Profesional.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 11/05/2002.
Entrada en vigor:
12/05/2002
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2002-9157
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2002/05/10/431/con

Índice: «Modificación publicada el 02/04/2005»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO DE DESTINOS DEL PERSONAL MILITAR PROFESIONAL

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Plantillas

CAPÍTULO III. Vacantes

CAPÍTULO IV. Destinos

Sección 1.ª Normas generales

Sección 2.ª Asignación de destinos con carácter forzoso

Sección 3.ª Limitaciones, tiempos de permanencia y ceses

Sección 4.ª Asignación de puestos durante los períodos de embarazo y lactancia

Sección 5.ª Comisiones de servicio

Sección 6.ª Recursos

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid