Téngase en cuenta que, desde el 1 de enero de 2015, las expresiones relativas a las estructuras presupuestarias del gasto se entenderán sustituidas por sus equivalentes según la terminología de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales, según establece el art. 2.1 de la Orden HAP/1782/2013, de 20 de septiembre. Ref. BOE-A-2013-10269
INSTRUCCIÓN DEL MODELO BÁSICO DE CONTABILIDAD LOCAL
TÍTULO I. Principios generales del Modelo Básico de Contabilidad Local
TÍTULO II. Del Modelo Básico del Sistema de Información Contable para la Administración Local
TÍTULO III. De los datos a incorporar al sistema
TÍTULO IV. De la información a obtener del sistema
Capítulo II. La Cuenta de la propia entidad
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Ayúdenos a mejorar: puede dirigir sus comentarios y sugerencias a nuestro Servicio de atención al ciudadano
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid