Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Orgánica
  • Fecha de disposición: 28/12/2004
  • Fecha de publicación: 29/12/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 28/01/2005
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 28 de enero de 2005.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores en la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, en BOE núm. 239 de 5 de octubre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-16189).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 30 y se establecen las funciones, régimen de funcionamiento y la composición del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer: Real Decreto 752/2022, de 13 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-15763).
  • SE MODIFICA:
    • con efectos desde el 7 de octubre de 2022, determinados preceptos y SE AÑADE, con los mismos efectos, el art. 19 bis, el capítulo V al título II y la disposición adicional 21, por Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-14630).
    • el art. 1, por Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio (Ref. BOE-A-2021-9347).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, y aprueba medidas urgentes para la protección y asistencia a las víctimas: Ley 1/2021, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-2021-4629).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 20, 23 y 27, por Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto (Ref. BOE-A-2018-11135).
    • el art. 20.1, por Ley 42/2015, de 5 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10727).
    • los arts. 1.2, 61.2, 65 y 66, por Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio (Ref. BOE-A-2015-8222).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, y se publica el Acuerdo que aprueba el protocolo de derivación entre centros de acogida para las mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas: Resolución de 9 de junio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-7620).
  • SE DECLARA:
    • en la CUESTIÓN 9201/2006, la INADMISIÓN en relación al art. 153.3 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 83/2010, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2010-18646).
    • la DESESTIMACIÓN de la CUESTIÓN 9130/2007, por Sentencia 80/2010, de 26 de octubre (Ref. BOE-A-2010-17757).
    • en la CUESTIÓN 9853/2006, la INADMISIÓN de lo indicado en relación con el art. 171 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 79/2010, de 26 de octubre (Ref. BOE-A-2010-17756).
    • en la CUESTIÓN 3508/2008, la INADMISIÓN de lo indicado en relación al art. 171.4, párrafo 2, de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada por el art. 38 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 77/2010, de 19 de octubre (Ref. BOE-A-2010-17754).
    • la DESESTIMACIÓN de la CUESTIÓN 5003/2007, en relación con los arts. 148.4 y 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 45/2010, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2010-13113).
    • la DESESTIMACIÓN de las CUESTIONES (acumuladas) 2755/2007 y 7291/2008, en relación con el art. 148.4 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 41/2010, de 22 de julio (Ref. BOE-A-2010-12885).
    • en la CUESTIÓN 8197/2006, la INADMISIÓN en relación con el art. 44, por Sentencia 213/2009, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2009-21122).
    • la INADMISIÓN de lo indicado y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, en relación con los arts. 153.1 y 171.4 de la Ley Orgánica 10/1995 del 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 203/2009, de 27 de octubre (Ref. BOE-A-2009-18824).
    • la DESESTIMACION de las CUESTIONES acumuladas 6812, 10662 y 11334/2006, 6883/2007, y 1038 y 6733/2008, en relación con los arts 153.1 y 171.4 de la Ley ORGANICA 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 201/2009, de 27 de octubre (Ref. BOE-A-2009-18822).
    • en las CUESTIONES acumuladas 10789/2006 y 4615/2007, la INADMISIÓN de lo indicado y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, en relación con los arts. 153.1 y 171.4 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 202/2009, de 27 de octubre (Ref. BOE-A-2009-18823).
    • la DESESTIMACIÓN de la CUESTIÓN 9804/2006, en relación con el párrafo 1 de los arts. 153.1 y 171.4 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 178/2009, de 21 de julio (Ref. BOE-A-2009-13756).
    • en las CUESTIONES acumuladas 9131 y 1877/2008, la INADMISIÓN en relación con lo indicado del art. 171.4 y 5 de la Ley Orgánica 10/1995 del 23 de noviembre, en la redacción dada por el art. 38 y la DESESTIMACIÓN en todo lo demás, por Sentencia 180/2009, de 21 de julio (Ref. BOE-A-2009-13758).
    • en las CUESTIONES acumuladas 7453 y 9194/2007, 1230 y 3802/2008, la INADMISIÓN en relación con lo indicado del art. 171.4 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada por el art. 38 y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 179/2009, de 21 de julio (Ref. BOE-A-2009-13757).
    • en la CUESTIÓN 9266/2005, la INADMISIÓN en relación con lo indicado del art. 171.4 y 6 de la Ley Orgánica 10/1995 del 23 de noviembre, en la redacción dada por el art. 38, y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 177/2009, de 21 de julio (Ref. BOE-A-2009-13755).
    • la INADMISIÓN de lo indicado y la DESESTIMACIÓN en todo lo demás de la CUESTIÓN 5465/2006, en relación con los arts. 153.1 y 172.2, de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 164/2009, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2009-12527).
    • la INADMISIÓN de la CUESTIÓN 2000/2007, 941, 1316, 5257, 8016, 8058 y 9495/2007, 963, 2857 y 3177/2008 , en relación con el art. 171.4 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada por el art. 38, por Sentencia 165/2009, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2009-12528).
    • la DESESTIMACIÓN de las CUESTIONES, acumuladas, 649, 1820, 2879, 4016, 5266, 6898, y 7123/2006, en relación con el art. 174.4 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 152/2009, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2009-12515).
    • la DESESTIMACIÓN de las CUESTIONES acumuladas 7258/2005, 208, 5865, 5866, 6171 y 6477/2006, en relación con el art. 172.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 151/2009, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2009-12514).
    • la DESESTIMACIÓN de las CUESTIONES 1040, 8262 y 8965/2006, 46, 793, 1220, 2141, 3490, 6882, 7826, 8328, 9369, 9425 y 9927/2007, 717, 1039, 5752, 5753, 5756, 6620, 6621, 6734, 6777, 6954 y 8437/2008, en relación con el art. 171.4 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada por el art. 38, por Sentencia 153/2009, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2009-12516).
    • la DESESTIMACIÓN de la CUESTIÓN 7825/2007, en relación con los artículos 153.1 y 172.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 167/2009, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2009-12530).
    • en la CUESTIÓN 5438/2006, la INADMISIÓN de lo indicado en relación con el art. 171.4 de la Ley Orgánica 10/1995 del 23 de noviembre, en la redacción dada por el art. 38, y la DESESTIMACIÓN de todo lo demás, por Sentencia 154/2009, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2009-12517).
    • en la CUESTIÓN 11335/2006, la INADMISIÓN de lo indicado en relación con el artículo 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada y la DESESTIMACIÓN en todo lo demás, por Sentencia 166/2009, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2009-12529).
    • la INADMISIÓN en lo indicado y la DESESTIMACIÓN en todo lo demás de las CUESTIONES acumuladas 7393 y 8198/2006, 6138/2007 y 6878/2008, en relación con el art. 172.2 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 127/2009, de 26 de mayo (Ref. BOE-A-2009-10260).
    • la INADMISIÓN de la CUESTIÓN 7616/2007 (Ref. 2007/19007) y la DESESTIMACIÓN de las CUESTIONES 5983/2005, 8295 y 9765/2006, 954, 1264, 2083, 3088, 6968 y 8972/2007, 52 y 2315/2008 , en relación con el art. 171.4 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 45/2009, de 19 de febrero (Ref. BOE-A-2009-4366).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 22, aprobando el programa de inserción sociolaboral: Real Decreto 1917/2008, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-2008-19918).
  • SE DECLARA:
    • la DESESTIMACIÓN en las CUESTIONES acumuladas 9579/2005, 2213, 2495, 2496, 2684, 3442, 4654 y 9592/2006 , en relación con el art. 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 82/2008, de 17 de julio (Ref. BOE-T-2008-14026).
    • la DESESTIMACIÓN en las CUESTIONES acumuladas 5163, 5439, 5937, 6034, 8109, 8231, 8232, 9154 y 9155/2006, 306, 4660, 6288, 7617, 8846, 8847, 8973, 9018, 9019, 9746/2007 y 483/2008 , en relación con el art. 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 83/2008, de 17 de julio (Ref. BOE-T-2008-14027).
    • la DESESTIMACIÓN de las CUESTIONES acumuladas 8300, 9744 y 9745/2007, 2, 716, 1124 y 1879/2008 , en relación con el art. 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 99/2008, de 24 de julio (Ref. BOE-T-2008-14043).
    • la DESESTIMACIÓN de la CUESTIÓN 51/2007, en relación con el art. 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 98/2008, de 24 de julio (Ref. BOE-T-2008-14042).
    • la DESESTIMACIÓN de la CUESTIÓN 4655/2006, en relación con el art. 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 96/2008, de 24 de julio (Ref. BOE-T-2008-14040).
    • la DESESTIMACIÓN de la CUESTIÓN 2013/2006, en relación con el 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 95/2008, de 24 de julio (Ref. BOE-T-2008-14039).
    • la DESESTIMACIÓN de la CUESTIÓN 10487/2006, en relación con el 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 97/2008, de 24 de julio (Ref. BOE-T-2008-14041).
    • en las CUESTIONES acumuladas 8202 y 8992/2005, 768, 4574, 4575, 4998, 6035, 6438, 7229, 8199, 8261, 8966, 10596 y 10661/2006, 47, 1218, 1219, 2922, 4616, 4763, 4815, 5924, 5925, 6360, 6662, 6663, 8622, 9318, 9368, 9423 y 9424/2007 y 1037/2008, la INADMISIÓN en lo indicado y la DESESTIMACIÓN en todo lo demás, relación con el art. 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 81/2008, de 17 de julio (Ref. BOE-T-2008-14025).
    • en las CUESTIONES acumuladas 6660, 7729 y 8970/2005, 4576, 4577 y 9359/2006, 2848, 3340, 6439, 7827, 7828, 7829 y 7987/2007 y 84 y 85/2008 , la INADMISIÓN en lo indicado y la DESESTIMACIÓN en todo lo demás, en relación con el art. 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 80/2008, de 17 de julio (Ref. BOE-T-2008-14024).
    • en las CUESTIONES acumuladas 1 y 2169/2008, la INADMISIÓN en lo indicado y la DESESTIMACIÓN en todo lo demás en relación con el art. 153 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 100/2008, de 24 de julio (Ref. BOE-T-2008-14044).
    • la DESESTIMACIÓN en las CUESTIONES acumuladas 6618 y 8236/2005, 760, 1579, 2215, 5351, 7558, 8437, 8906, 9361, 10486, 10913/2006,1415, 4561, 4814, 5615, 5926, 7497 y 8384/2007 y 543 y 1036/2008 , en relación con el art. 153.1 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada, por Sentencia 76/2008, de 3 de julio (Ref. BOE-T-2008-12649).
  • SE MODIFICA la disposición adicional 1.1, por Ley 40/2007, de 4 de diciembre (Ref. BOE-A-2007-20910).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 30.3, estableciendo las funciones, funcionamiento y composición del Observatorio Estatal de Violencia sobre la mujer: Real Decreto 253/2006, de 3 de marzo (Ref. BOE-A-2006-4587).
  • Cuestión 208/2006 promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 171.4 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en la redacción dada (Ref. BOE-A-2006-4503).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, regulando la ayuda económica: Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-20788).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 87, de 12 de abril de 2005 (Ref. BOE-A-2005-5835).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 29, estableciendo la Delegación Especial del Gobierno contra la violencia: Real Decreto 237/2005, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2005-3774).

Referencias anteriores

  • MODIFICA:
    • Arts. 1, 12, 15, 22, 23, 34, 40, 52, 56, 81, 82 y 105 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25037).
    • Art. 3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero (Ref. BOE-A-1996-750).
    • Arts. 83, 84, 88, 148, 153, 171, 172, 468 y 620 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre (Ref. BOE-A-1995-25444).
    • Arts. 37, 40, 45, 48, 49, 52 y 55 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Arts. 124, 208, 210, 231 y AÑADE la disposición adicioinal 42 a la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).
    • Arts. 1, 2 y 34 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre (Ref. BOE-A-1990-24172).
    • Arts. 4, 9 , 21 y AÑADE el 15 bis, 46 ter y el anexo XIII de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29622).
    • Arts. 3, 25 y AÑADE una disposición adicional a la Ley 34/1988, de 11 de noviembre (Ref. BOE-A-1988-26156).
    • Arts. 2, 31, 32, 33, 56 y 57 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (Ref. BOE-A-1985-12978).
    • los arts. 26, 82, 87, 89 bis, 210, 211 y rúbrica del capítulo V del título IV del libro I y AÑADE los arts. 87 bis y 87 ter a la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
    • Arts. 1, 17, 20, 29 y 30 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-1984-17387).
    • los arts. 18, 22 y AÑADE el 18 quater a la Ley 50/1981, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1982-837).
    • Art. 58 de la Ley del Registro Civil, de 8 de junio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-7537).
    • Arts. 14, 160, 789, 962 y AÑADE el 15 bis, 17 bis, 797 bis y la disposición adicional 4 a la Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1882-6036).
  • AÑADE el art. 49 bis a la Ley 1/2000, de 7 de enero (Ref. BOE-A-2000-323).

Materias

  • Asistencia sanitaria
  • Asistencia social
  • Audiencias Provinciales
  • Ayudas
  • Código Penal
  • Consejo General del Poder Judicial
  • Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Delitos contra la libertad
  • Delitos contra la libertad sexual
  • Demarcación judicial
  • Educación
  • Empleo
  • Enjuiciamiento Civil
  • Enjuiciamiento Criminal
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Faltas contra las personas
  • Función Pública
  • Funcionarios públicos
  • Instituto de la Mujer
  • Justicia Gratuita
  • Juzgados de Violencia sobre la Mujer
  • Lesiones
  • Malos tratos
  • Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
  • Ministerio Fiscal
  • Mujer
  • Organización de la Administración del Estado
  • Penas
  • Publicidad
  • Registro Civil
  • Trabajo
  • Violencia de género

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid