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Ley 2/2005, de 1 de marzo, de Estadística de La Rioja.

Publicado en:
«BOR» núm. 31, de 03/03/2005, «BOE» núm. 63, de 15/03/2005.
Entrada en vigor:
23/03/2005
Departamento:
Comunidad Autónoma de La Rioja
Referencia:
BOE-A-2005-4214
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ri/l/2005/03/01/2/con

Índice: «Texto original, publicado el 03/03/2005»

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley

TÍTULO I. La estadística de la Comunidad Autónoma de La Rioja

CAPÍTULO I. Principios rectores de la actividad estadística de la Comunidad Autónoma de La Rioja

CAPÍTULO II. Del secreto estadístico

CAPÍTULO III. De la obligatoriedad del suministro de la información

CAPÍTULO IV. Planificación de la actividad estadística

TÍTULO II. Sistema estadístico de La Rioja

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Del Instituto de Estadística de La Rioja

CAPÍTULO III. De las unidades estadísticas de las Consejerías

CAPÍTULO IV. Del Consejo Superior de Estadística de La Rioja

CAPÍTULO V. De las relaciones estadísticas con las Entidades Locales

TÍTULO III. Régimen sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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