[Disposición derogada]
Norma derogada, con efectos de 6 de febrero de 2020, por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero. Ref. BOE-A-2020-1651
TÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO I. De los mediadores de seguros
Sección 1.ª Obligaciones generales y clases de mediadores
Sección 2.ª De los agentes de seguros
Subsección 1.ª Régimen general de los agentes de seguros
Subsección 2.ª Agentes de seguros exclusivos
Subsección 3.ª Agentes de seguros vinculados
Subsección 4.ª Operadores de banca-seguros
Sección 3.ª De los corredores de seguros
CAPÍTULO II. De los corredores de reaseguros
CAPÍTULO III. Cursos de formación y pruebas de aptitud en materias financieras y de seguros privados
Sección 1.ª Obligación de información de los mediadores de seguros
Sección 2.ª Protección del cliente de los servicios de mediación de seguros
CAPÍTULO VI. Competencias de ordenación y supervisión
Sección 1.ª Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas
Sección 2.ª Competencias de la Administración General del Estado
Sección 4.ª Responsabilidad frente a la Administración y régimen de infracciones y sanciones
Sección 5.ª Protección de datos de carácter personal
CAPÍTULO VII. De los Colegios de mediadores de seguros y de su Consejo General
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