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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 10/2007, de 29 de marzo, de Medios Audiovisuales de Castilla-La Mancha.

Publicado en:
«DOCM» núm. 82, de 19/04/2007, «BOE» núm. 119, de 18/05/2007.
Entrada en vigor:
20/04/2007
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-2007-10029
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-cm/l/2007/03/29/10/con

Índice: «Modificación publicada el 30/06/2021»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. Títulos habilitantes para la prestación de los servicios de radio y televisión

CAPÍTULO I. Licencias para la prestación por particulares de los servicios de comunicación audiovisual radiofónicos y televisivos por ondas hertzianas terrestres

CAPÍTULO II. Licencias para la prestación por entidades locales inferiores a la Comunidad Autónoma del servicio público de comunicación audiovisual por ondas hertzianas terrestres

CAPÍTULO III. Autorizaciones para la prestación del servicio de radio y televisión por cable

Sección 1.ª Régimen jurídico de la autorización

Sección 2.ª Obligaciones de quienes prestan el servicio de radio y televisión por cable

TÍTULO III. Registro de Radio y Televisión de Castilla-La Mancha

TÍTULO IV. Régimen de infracciones y sanciones

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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