Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 1/2007, de 16 de marzo, de atención y ordenación farmacéutica.

Publicado en:
«BOPA» núm. 72, de 27/03/2007, «BOE» núm. 167, de 13/07/2007.
Entrada en vigor:
27/04/2007
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2007-13487
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-as/l/2007/03/16/1/con

Índice: «Última actualización, publicada el 06/03/2018»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. De la atención farmacéutica

CAPÍTULO III. Establecimientos farmacéuticos

Sección 1.ª Oficinas de Farmacia

Subsección 1.ª Concepto

Subsección 2.ª Planificación

Subsección 3.ª Apertura de oficina de farmacia y transmisión

Subsección 4.ª Traslado de local de oficina de farmacia

Subsección 5.ª Modificación de oficina de farmacia

Subsección 6.ª Cierre de oficinas de farmacia

Subsección 7.ª Titularidad y recursos humanos

Subsección 8.ª Transmisión de la titularidad

Subsección 9.ª Requisitos técnicos del local de las oficinas de farmacia

Subsección 10.ª Gestión del servicio de atención farmacéutica

Sección 2.ª Botiquines farmacéuticos

Sección 3.ª Servicios de farmacia de atención primaria

Sección 4.ª Atención farmacéutica en los centros sanitarios, sociosanitarios y penitenciarios

Subsección 1.ª Servicios de farmacia en centros hospitalarios

Subsección 2.ª Depósitos de medicamentos en centros hospitalarios, servicios médicos o unidades funcionales

Subsección 3.ª Servicios farmacéuticos en centros sanitarios no hospitalarios

Subsección 4.ª Servicios farmacéuticos en centros sociosanitarios

Subsección 5.ª Servicios farmacéuticos en centros penitenciarios

Subsección 6.ª Requisitos de los locales

Sección 5.ª Almacenes de distribución

Sección 6.ª Requisitos sobre residuos y riesgos laborales de los establecimientos farmacéuticos

CAPÍTULO IV. Publicidad de los medicamentos y productos sanitarios

CAPÍTULO V. Régimen sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid