Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 7/2006, de 3 de noviembre, de Estadística.

Publicado en:
«BOPA» núm. 266, de 17/11/2006, «BOE» núm. 3, de 03/01/2007.
Entrada en vigor:
07/12/2006
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2007-98
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-as/l/2006/11/03/7/con

Índice: «Texto original, publicado el 17/11/2006»

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Objeto y ámbito de aplicación de la ley

TÍTULO I. Principios rectores de la actividad estadística del Principado de Asturias

CAPÍTULO I. Principios rectores

CAPÍTULO II. Obligatoriedad de proporcionar información y el respeto a la intimidad

CAPÍTULO III. El secreto estadístico

CAPÍTULO IV. Protección y conservación de los datos estadísticos

CAPÍTULO V. Difusión y publicidad de las estadísticas oficiales

CAPÍTULO VI. Otros principios

TÍTULO II. Planificación y ordenación de la actividad estadística

TÍTULO III. El sistema estadístico del Principado de Asturias

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. El Instituto Asturiano de Estadística

CAPÍTULO III. Unidades estadísticas

CAPÍTULO IV. Consejo de Estadística del Principado de Asturias

CAPÍTULO V. Colaboración con las Corporaciones Locales

TÍTULO IV. Régimen sancionador

CAPÍTULO I. Disposiciones comunes

CAPÍTULO II. Infracciones y sanciones

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid