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Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 18/11/2008.
Entrada en vigor:
19/11/2008
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2008-18544
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2008/11/03/1794/con

Índice: «Última actualización, publicada el 28/12/2023»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS AMISTOSOS EN MATERIA DE IMPOSICIÓN DIRECTA

TÍTULO I. Disposiciones comunes

TÍTULO II. Procedimiento amistoso previsto en los convenios para evitar la doble imposición aplicables en España para eliminar las imposiciones no acordes al convenio

CAPÍTULO I. Régimen del procedimiento amistoso cuando es iniciado ante las autoridades competentes españolas por acciones de la Administración tributaria española

Sección 1.ª Inicio

Sección 2.ª Desarrollo

Sección 3.ª Terminación

Sección 4.ª Ejecución

CAPÍTULO II. Régimen del procedimiento amistoso cuando es iniciado ante las autoridades competentes del otro Estado por acciones de la Administración tributaria española

CAPÍTULO III. Régimen del procedimiento amistoso cuando es iniciado ante las autoridades competentes del otro Estado por acciones de la Administración tributaria de ese otro Estado

CAPÍTULO IV. Régimen del procedimiento amistoso cuando es iniciado ante las autoridades competentes españolas por acciones de la Administración tributaria del otro Estado

TÍTULO III. Procedimiento sobre la aplicación del convenio CEE/90/436, de 23 de julio de 1990, relativo a la supresión de la doble imposición en caso de corrección de los beneficios de empresas asociadas

CAPÍTULO I. Régimen del procedimiento cuando es iniciado ante las autoridades competentes españolas por acciones de la Administración tributaria española

Sección 1.ª Inicio


Sección 2.ª Desarrollo

Sección 3.ª Terminación

CAPÍTULO II. Régimen del procedimiento cuando es iniciado ante las autoridades competentes del otro Estado por acciones de la Administración tributaria española

CAPÍTULO III. Régimen del procedimiento cuando es iniciado ante las autoridades competentes del otro Estado por acciones de la Administración tributaria de ese otro Estado

CAPÍTULO IV. Procedimiento iniciado ante las autoridades competentes españolas por acciones de la Administración tributaria del otro Estado

TÍTULO IV. Los mecanismos de resolución de litigios a que se refiere la Directiva (UE) 2017/1852 del Consejo, de 10 de octubre de 2017, relativa a los mecanismos de resolución de litigios fiscales en la Unión Europea

CAPÍTULO I. Inicio

CAPÍTULO II. Desarrollo

CAPÍTULO III. Terminación

CAPÍTULO IV. Ejecución

CAPÍTULO V. Disposiciones especiales

TÍTULO V. Suspensión del ingreso de la deuda

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones finales]


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