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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre, por el que se regula la edición electrónica del «Boletín Oficial del Registro Mercantil».

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 08/12/2008.
Entrada en vigor:
01/01/2009
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2008-19826
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2008/11/28/1979/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/11/2008
  • Fecha de publicación: 08/12/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2009

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, suprimiendo los precios de venta y las suscripciones del BORME: Resolución de 15 de diciembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20573).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el art. 11.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio (Ref. BOE-A-2007-12352).
  • CITA Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio (Ref. BOE-A-1996-17533).

Materias

  • Administración electrónica
  • Boletín Oficial del Registro Mercantil
  • Comunicaciones electrónicas
  • Publicaciones oficiales
  • Registro Mercantil Central

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid