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Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 06/03/2012.
Entrada en vigor:
07/03/2012
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2012-3152
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2012/03/05/5/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 05/03/2012
  • Fecha de publicación: 06/03/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 07/03/2012
  • Fecha de derogación: 27/07/2012

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Ley 5/2012, de 6 de julio (Ref. BOE-A-2012-9112).
  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 29 de marzo de 2012 (Ref. BOE-A-2012-4916).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 65, de 16 de marzo de 2012 (Ref. BOE-A-2012-3749).

Referencias anteriores

  • MODIFICA:
    • art. 2.3, la disposición transitoria única.3 y AÑADE las disposiciones adicionales 8 y 9 a la Ley 34/2006, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2006-18870).
    • determinados preceptos de la Ley 1/2000, de 7 de enero (Ref. BOE-A-2000-323).
    • art. 2.1.i) de la Ley 3/1993, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-1993-7730).
  • TRANSPONE la Directiva 2008/52/CE, de 21 de mayo de 2008 (Ref. DOUE-L-2008-80899).

Materias

  • Abogados
  • Cámaras Oficiales de Comercio Industria y Navegación
  • Cooperación judicial internacional
  • Enjuiciamiento Civil
  • Mediación
  • Procedimiento administrativo
  • Procuradores de los Tribunales

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