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Convenio entre el Reino de España y la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Hong Kong el 1 de abril de 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 14/04/2012.
Entrada en vigor:
13/04/2012
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2012-5039
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2011/04/01/(1)/con

Índice: «Última actualización, publicada el 20/12/2022»

Tengase en cuenta que las disposiciones de este Convenio pueden haberse visto afectadas por el Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, de 24 de noviembre de 2016, Ref. BOE-A-2021-21097. Los plazos para determinar la fecha de efectos de las medidas previstas en el citado Convenio habrán de computarse a partir del 21 de febrero de 2023 de acuerdo con las notificaciones publicadas en el  BOE núm. 304, de 20 de diciembre de 2022, Ref. BOE-A-2022-21575 y en el BOE núm. 108, de 6 de mayo de 2023. Ref. BOE-A-2023-10871

A este respecto, puede consultarse el texto sintético disponible en la web del Ministerio competente en materia de Hacienda.

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación del Convenio

CAPÍTULO II. Definiciones

CAPÍTULO III. Imposición de las rentas

CAPÍTULO IV. Métodos para eliminar la doble imposición

CAPÍTULO V. Disposiciones especiales

CAPÍTULO VI. Disposiciones finales

[Firma]

Protocolo

[Firma]


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