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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León.

Publicado en:
«BOCL» núm. 239, de 13/12/2013, «BOE» núm. 307, de 24/12/2013.
Entrada en vigor:
02/01/2014
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2013-13518
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-cl/l/2013/12/03/9/con

Índice: «Modificación publicada el 29/12/2014»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. De las especies

CAPÍTULO I. De las especies objeto de pesca

CAPÍTULO II. De los ejemplares de pesca

CAPÍTULO III. De la comercialización

TÍTULO III. Del pescador

CAPÍTULO I. De los requisitos para el ejercicio de la pesca

CAPÍTULO II. De las asociaciones de pescadores

TÍTULO IV. De las masas de agua

CAPÍTULO I. De la clasificación de las masas de agua

CAPÍTULO II. Aguas pescables

CAPÍTULO III. Aguas no pescables

CAPÍTULO IV. De la señalización de las masas de agua

TÍTULO V. De la planificación, gestión y promoción de la pesca

CAPÍTULO I. De la planificación

CAPÍTULO II. De la orden de pesca

CAPÍTULO III. De la gestión

CAPÍTULO IV. De la promoción, formación e investigación en materia de pesca

TÍTULO VI. Del ejercicio de la pesca

CAPÍTULO I. De las modalidades de pesca

CAPÍTULO II. De los procedimientos y medios de pesca

CAPÍTULO III. De las limitaciones de carácter biológico

CAPÍTULO IV. De las prohibiciones por razón de sitio

CAPÍTULO V. De las autorizaciones excepcionales

CAPÍTULO VI. De las competiciones deportivas y eventos sociales de pesca

TÍTULO VII. De la administración

CAPÍTULO I. De los Órganos de asesoramiento

CAPÍTULO II. De la vigilancia e inspección

TÍTULO VIII. Régimen sancionador

CAPÍTULO I. Infracciones

CAPÍTULO II. Sanciones

CAPÍTULO III. Del procedimiento sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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