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Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 21/06/2013.
Entrada en vigor:
11/07/2013
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2013-6732
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/lo/2013/06/20/3/con

Índice: «Modificación publicada el 18/02/2017»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO I. Ámbito de aplicación de la Ley

CAPÍTULO II. De la organización administrativa para la protección de la salud y la lucha contra el dopaje

TÍTULO II. De la salud y del dopaje de los deportistas con licencia deportiva

CAPÍTULO I. El dopaje en el ámbito del deporte con licencia deportiva

Sección 1.ª Obligaciones

Sección 2.ª Garantías en la realización de dichos controles

Sección 3.ª Tipos, planificación de controles y competencia para su realización

CAPÍTULO II. Del régimen sancionador en materia de dopaje

Sección 1.ª Responsables, infracciones, sanciones y régimen de determinación de la responsabilidad

Sección 2.ª Del procedimiento para la imposición de sanciones en materia de dopaje

Sección 3.ª De la revisión de sanciones en materia de dopaje

CAPÍTULO III. Protección de la salud

Sección 1.ª La planificación de la protección de la salud

Sección 2.ª Medidas específicas mínimas

Sección 3.ª De las medidas de salud ligadas a la prevención del dopaje en el deporte

CAPÍTULO IV. Del tratamiento de datos relativos al dopaje

TÍTULO III. Políticas públicas de control y supervisión general de los productos que pueden utilizarse para el dopaje en la actividad deportiva

CAPÍTULO I. Medidas de control y supervisión de productos, medicamentos y complementos nutricionales

CAPÍTULO II. De las condiciones de utilización de los productos susceptibles de producir dopaje en la actividad deportiva

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Definiciones

ANEXO II. Reincidencia


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