Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20/07/2013.
Entrada en vigor:
21/07/2013
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-7955
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2013/07/19/548/con

Índice: «Texto original, publicado el 20/07/2013»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Medidas de apoyo

Sección 1.ª Promoción en mercados de terceros países

Sección 2.ª Reestructuración y reconversión de viñedos

Sección 3.ª Eliminación de subproductos

Sección 4.ª Inversiones

CAPÍTULO III. Control y pago de las ayudas

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Acciones y actividades de promoción

ANEXO II. Lista de productos

ANEXO III. Lista de países prioritarios

ANEXO IV

ANEXO V. Criterios de evaluación

ANEXO VI

ANEXO VII. Condiciones para la subvencionabilidad de los costes de personal y gastos generales

ANEXO VIII. Relación de gastos no subvencionables

ANEXO IX

ANEXO X. Pagos de Reestructuración y Reconversión

ANEXO XI. Previsiones de gasto de Reestructuración y Reconversión hasta 15 de octubre

ANEXO XII. Operaciones subvencionables en reestructuración y reconversión de viñedo

ANEXO XIII. Informe anual acerca de los controles sobre el terreno efectuados en materia de reestructuración y reconversión de viñedos de acuerdo con el artículo 32

ANEXO XIV. Modelo de solicitud de ayuda a la destilación de subproductos

ANEXO XV. Actuaciones admisibles en la medida de inversiones

ANEXO XVI. Gastos no considerados subvencionables

ANEXO XVII

ANEXO XVIII. Lista


Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid