[Disposición derogada]
Norma derogada, con efectos de 20 de enero de 2016, por la disposición derogatoria única.l) del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero. Ref. BOE-A-2016-439.
PLAN HIDROLÓGICO DE LA DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR
CAPÍTULO 1. Disposiciones generales
CAPÍTULO 2. Descripción general de la demarcación hidrográfica
CAPÍTULO 3. Objetivos medioambientales
CAPÍTULO 4. Regímenes de caudales ecológicos
CAPÍTULO 5. Prioridad y compatibilidad de usos
CAPÍTULO 6. Asignaciones y reservas de recursos
CAPÍTULO 7. Utilización del dominio público hidráulico
Sección 1.ª Usos comunes y privativos
Sección 2.ª Autorizaciones y concesiones
CAPÍTULO 8. Protección del dominio público hidráulico y calidad de las aguas
Sección 1.ª Normas generales sobre protección de inundaciones y zonas de protección
Sección 3.ª Reutilización de las aguas
CAPÍTULO 9. Régimen económico financiero de la utilización del dominio público hidráulico
CAPÍTULO 10. Seguimiento y revisión del Plan Hidrológico
CAPÍTULO 11. Participación pública y autoridades competentes
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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