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Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 20/10/2015.
Entrada en vigor:
21/10/2015
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2015-11268
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2015/09/21/840/con

Índice: «Última actualización, publicada el 20/10/2015»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Sustancias peligrosas

ANEXO II. Información contemplada en el artículo 8, apartado 6, y en el artículo 10, apartado 1 a), relativa al sistema de gestión de la seguridad y a la organización del establecimiento con miras a la prevención de accidentes graves

ANEXO III. Información que deberá facilitarse a la población en aplicación del artículo 15, apartado 1 y apartado 2, letra a)

ANEXO IV. Criterios para la notificación de un accidente grave a la Comisión Europea de acuerdo con lo establecido en el artículo 19, apartado 1


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