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Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24/10/2015.
Entrada en vigor:
01/12/2015
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2015-11429
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2015/10/23/949/con

Índice: «Última actualización, publicada el 24/10/2015»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

TÍTULO I. Organización y funcionamiento del Registro

CAPÍTULO I. Organización

CAPÍTULO II. Funcionamiento

Sección 1.ª Funciones

Sección 2.ª Denominaciones

Sección 3.ª Otras disposiciones de funcionamiento

CAPÍTULO III. Colaboración administrativa

TÍTULO II. Procedimientos de inscripción

CAPÍTULO I. Normas comunes a los procedimientos de inscripción iniciados a solicitud de los interesados

CAPÍTULO II. Procedimientos de inscripción iniciados a solicitud de los interesados

Sección 1.ª Inscripción de constitución de asociaciones

Sección 2.ª Inscripción de constitución de federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones

Sección 3.ª Inscripción de transformación de asociaciones

Sección 4.ª Inscripción de modificación de estatutos

Sección 5.ª Inscripción de la identidad de los titulares de la junta directiva u órgano de representación

Sección 6.ª Inscripción de apertura y cierre de delegaciones y establecimientos

Sección 7.ª Inscripción de incorporación y separación de asociaciones a federaciones, confederaciones y uniones, o de cualquiera de éstas a entidades internacionales

Sección 8.ª Inscripción de fusión de asociaciones

Sección 9.ª Inscripción de disolución de asociaciones

Sección 10.ª Inscripción de delegaciones en España de asociaciones de extranjeras

CAPÍTULO III. Inscripciones de oficio

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

ANEXO. Códigos de actividades


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