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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 988/2015, de 30 de octubre, por el que se regula el régimen jurídico de la obligación de financiación anticipada de determinadas obras audiovisuales europeas.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 07/11/2015.
Entrada en vigor:
08/11/2015
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2015-12053
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2015/10/30/988/con

Índice: «Modificación publicada el 24/11/2017»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. De la obligación de financiación

CAPÍTULO III. Ingresos y gastos computables y plazo de cumplimiento de la obligación

CAPÍTULO IV. Procedimiento de verificación

CAPÍTULO V. Actuación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Modelos de formularios electrónicos mediante los cuales los prestadores de servicios de comunicación audiovisual presentarán su informe de declaración, de conformidad con lo previsto en el artículo 14

ANEXO II. Informe de procedimientos acordados para evaluar los ingresos base de la obligación de financiación anticipada de la producción audiovisual europea del prestador de servicios de comunicaciones electrónicas que difundan canales de televisión


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