Téngase en cuenta la ampliación de plazos para el cumplimiento de obligaciones impuestas a películas beneficiarias de ayudas concedidas en el periodo 2016 a 2019, establecida en el art. 5 del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, así como las medidas para flexibilizar el cumplimiento de determinadas obligaciones que deban realizarse en el año 2020, establecidas en el art. 6 del citado Real Decreto-ley. Ref. BOE-A-2020-4832
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
CAPÍTULO II. Bases reguladoras comunes a todas las ayudas
Sección 2.ª Ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto
Sección 3.ª Ayudas selectivas para la producción de largometrajes sobre proyecto
CAPÍTULO IV. Ayudas a la producción de cortometrajes
Sección 1.ª Ayudas a la producción de cortometrajes sobre proyecto
Sección 2.ª Ayudas a la producción de cortometrajes realizados
CAPÍTULO V. Ayudas para la distribución de películas
CAPÍTULO VI. Ayudas para la participación de películas españolas en festivales
CAPÍTULO VII. Ayudas para la organización de festivales y certámenes
CAPÍTULO VIII. Ayudas a la conservación del patrimonio cinematográfico
CAPÍTULO IX. Ayudas a la realización de proyectos culturales y formación no reglada
CAPÍTULO X. Órganos colegiados
CAPÍTULO XI. Registro administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Ayúdenos a mejorar: puede dirigir sus comentarios y sugerencias a nuestro Servicio de atención al ciudadano
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid