[Disposición derogada]
Norma derogada, con efectos de 10 de enero de 2024, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 3/2024, de 9 de enero. Ref. BOE-A-2024-526
Incluye corrección de errores publicada en BOE núm. 142, de 12 de junio de 2018. Ref. BOE-A-2018-7836
[Bloque 2: #pr]
Constituido el nuevo Gobierno, y tras la aprobación del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se hace necesario proceder a la creación de Subsecretarías en aquellos departamentos de nueva creación. En su virtud, a iniciativa de los Ministros interesados, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, y de conformidad con lo previsto en el artículo 59.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de junio de 2018,
DISPONGO:
[Bloque 3: #au]
Se crean los siguientes órganos directivos:
Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Subsecretaría de Hacienda.
Subsecretaría de Educación y Formación Profesional.
Subsecretaría de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo.
Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.
Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública.
Subsecretaría para la Transición Ecológica.
Subsecretaría de Cultura y Deporte.
Subsecretaría de Economía y Empresa.
Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades.
[Bloque 4: #dt]
Los órganos directivos y unidades dependientes de las Subsecretarías que se suprimen por este real decreto se entenderán subsistentes y mantendrán su denominación, estructura y funciones en tanto no se realicen las oportunas modificaciones organizativas.
Los funcionarios y demás personal que resulte afectado por las modificaciones orgánicas establecidas en este real decreto seguirán percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que aquellas venían imputándose, hasta que se adopten las disposiciones y medidas de desarrollo y se proceda a las correspondientes adaptaciones presupuestarias.
[Bloque 5: #dt-2]
Los titulares de los órganos superiores y directivos suprimidos por el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales o por el presente real decreto, mantendrán la condición de alto cargo, desempeñando sus funciones de dirección de los servicios adscritos a los mismos, en tanto no se acuerde su cese.
[Bloque 6: #dt-3]
Los servicios comunes de los ministerios en los que se hayan producido transferencias de actividad a otros departamentos ministeriales seguirán prestando los servicios a los ministerios a los que correspondan dichas áreas de actividad, hasta tanto se desarrolle la estructura orgánica de los ministerios y se establezca la distribución de efectivos.
[Bloque 7: #df]
Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
Subsecretaría de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Subsecretaría de Hacienda y Función Pública.
Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte.
Subsecretaría de Empleo y Seguridad Social.
Subsecretaría de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Subsecretaría de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.
Subsecretaría de Economía, Industria y Competitividad.
Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
[Bloque 8: #df-2]
Por el Ministerio de Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias y habilitaciones de créditos precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.
[Bloque 9: #df-3]
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 142, de 12 de junio de 2018. Ref. BOE-A-2018-7836
[Bloque 10: #fi]
Dado en Madrid, el 8 de junio de 2018.
FELIPE R.
La Ministra de Política Territorial y Función Pública,
MERITXELL BATET LAMAÑA
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