Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Circular 1/2019, de 7 de marzo, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales relativos a opiniones políticas y envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería por parte de partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores al amparo del artículo 58 bis de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11/03/2019.
Entrada en vigor:
12/03/2019
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-A-2019-3423
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/2019/03/07/1/con

ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 07/03/2019
  • Fecha de publicación: 11/03/2019
  • Fecha de entrada en vigor: 12/03/2019

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN la anulación del art. 58 bis.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, Sentencia 76/2019, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-2019-9548).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con:
    • los arts. 48.1 y 55 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-16673).
    • el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril (Ref. DOUE-L-2016-80807).
    • con el art. 58 bis de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-11672).

Materias

  • Derechos de los ciudadanos
  • Elecciones
  • Ficheros con datos personales
  • Internet
  • Partidos políticos
  • Propaganda electoral
  • Protección de datos personales

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid