Téngase en cuenta que se dejan sin efecto las delegaciones previstas en esta Orden que se opongan a lo establecido en la Orden PJC/1327/2023, de 11 de diciembre, según establece su apartado séptimo. Ref. BOE-A-2023-25247
CAPÍTULO II. Competencias delegadas por la persona titular del Ministerio de Justicia
CAPÍTULO III. Competencias delegadas por la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia
CAPÍTULO V. Competencias delegadas por la persona titular de la Subsecretaría
CAPÍTULO VII. Competencias delegadas por la persona titular de Secretaría General Técnica
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