[Vigencia agotada]
El estado de alarma, declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, finalizó a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, por lo que debe entenderse que esta norma ha perdido su vigencia.
Téngase en cuenta que los controles fronterizos se prorrogaron hasta las 00:00 horas del 26 de abril de 2020, sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse, según establecía la disposición final 2 de la Orden INT/335/2020, de 10 de abril, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Ref. BOE-A-2020-4411
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