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Resolución de 10 de abril de 2020, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se establecen las condiciones para la prestación, y la adjudicación de forma directa, del servicio de transporte aéreo en determinadas rutas aéreas del Archipiélago Canario durante el estado de alarma declarado con motivo del COVID-19.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 16/04/2020.
Entrada en vigor:
10/04/2020
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2020-4469
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/04/10/(2)/con

Índice: «Modificación publicada el 10/05/2020»

Téngase en cuenta que se derogan las condiciones para la prestación de los servicios aéreos establecidas por la presente Resolución, desde el momento en que alguna compañía aérea inicie la operación de los servicios en las Islas Canarias previstos en la Orden TMA/400/2020, de 9 de mayo; y, hasta que esto suceda, se seguirán aplicando las condiciones de prestación de los servicios establecidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden, según establece la disposición derogatoria segunda de la misma. Ref. BOE-A-2020-4912.

[Preámbulo]

[Firma]


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