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Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 07/07/2021.
Entrada en vigor:
08/07/2021
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2021-11233
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2021/07/06/14/con

JURISPRUDENCIA

Centro de Documentación JudicialComo complemento a la consulta del texto consolidado, puede acceder a una selección de sentencias recientes del Tribunal Supremo, realizada en colaboración con el Centro de Documentación Judicial (CENDOJ).

Esta selección tiene carácter meramente orientativo. Para disponer de información completa y pormenorizada de la jurisprudencia, consulte la base de datos del CENDOJ.


  • STS 4808/2023 (31/10/2023). Social

    No procede la declaración de fijeza de la relación con el Ayuntamiento basada en un proceso selectivo para la cobertura temporal de puestos de trabajo. Mantiene la naturaleza indefinida no fija dada la naturaleza estructural de los trabajos. Reitera doc.

  • STS 3232/2023 (12/07/2023). Contencioso

    Aplicación de los principios constitucionales de acceso al empleo público de publicidad, igualdad, mérito y capacidad resultan aplicables a la selección de personal laboral temporal.

  • STS 2790/2023 (20/06/2023). Social

    La superación de un proceso para acceder a un contrato temporal no permite calificar la relación laboral de empleo público como fija, incluso si ha nacido de forma fraudulenta. Procede considerarla como “indefinida no fija”. Aplica doctrina.

  • STS 286/2022 (11/01/2022). Social

    La superación de un proceso de selección para la contratación temporal por una Administración pública no supone que, si el contrato temporal es fraudulento, el trabajador adquiera la condición de fijo. Reitera doctrina.

  • STS 4464/2021 (01/12/2021). Social

    PERSONAL LABORAL ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: haber superado varios procesos de selección para la cobertura temporal de vacantes, no es suficiente para que, constatado el fraude de ley en la contratación, se adquiera la condición de fijo.

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