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Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura.

Publicado en:
«DOE» núm. 66, de 05/04/2022, «BOE» núm. 86, de 11/04/2022.
Entrada en vigor:
06/04/2022
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2022-5854
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ex/l/2022/04/01/2/con

Índice: «Última actualización, publicada el 05/04/2022»

[Preámbulo]

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales

TÍTULO I. El Sistema Bibliotecario de Extremadura

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Del personal y de la financiación del Sistema Bibliotecario de Extremadura

CAPÍTULO III. La Biblioteca de Extremadura

CAPÍTULO IV. Otras Bibliotecas del Sistema Bibliotecario de Extremadura

TÍTULO II. La Red de Bibliotecas de Extremadura

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Del personal, de la financiación, de los servicios y de las colecciones de la Red de Bibliotecas de Extremadura

CAPÍTULO III. La Comisión Técnica de la Red de Bibliotecas de Extremadura

CAPÍTULO IV. Derechos y obligaciones en el uso de los servicios bibliotecarios de la Red

TÍTULO III. Información, evaluación y control de la calidad de los servicios del Sistema Bibliotecario de Extremadura

TÍTULO IV. Régimen sancionador

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]


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