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Orden APA/466/2023, de 3 de mayo, por la que se regula la actividad de las flotas que operan al amparo del acuerdo entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre condiciones de ejercicio de la actividad de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 09/05/2023.
Entrada en vigor:
10/05/2023
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2023-11023
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2023/05/03/apa466/con

Índice: «Última actualización, publicada el 09/05/2023»

[Preámbulo]

[Artículos]

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Condiciones para el ejercicio de la actividad pesquera en el Acuerdo fronterizo del río Miño

ANEXO II. Condiciones para el ejercicio de la actividad pesquera en el Acuerdo fronterizo del río Guadiana

ANEXO III. Condiciones para el ejercicio de la actividad pesquera en aguas de la plataforma continental

ANEXO IV. Modelo solicitud autorizaciones

ANEXO V. Cerco Miño. Lista base de buques para autorizaciones disponibles

ANEXO VI. Cerco Miño. Lista de reserva

ANEXO VII. Cerco Guadiana. Lista de buques con exclusividad en esta pesquería en los últimos años-rotación cuatro licencias

ANEXO VIII. Comienzo periodos de pesquerías por modalidad


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