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Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad.

Publicado en:
«DOGC» núm. 7426, de 03/08/2017.
Entrada en vigor:
04/08/2017
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
DOGC-f-2017-90436

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 01/08/2017
  • Fecha de publicación: 03/08/2017
  • Fecha de entrada en vigor: 04/08/2017

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN y se aprueba el libro sexto, por Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-2024-6951).
  • SE MODIFICA el art. 2.1 y se aprueba el libro 4, por Ley 3/2023, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-2023-10344).
  • SE DEROGA la disposición adicional 4 del libro 2 y SE AÑADE una disposición adicional al libro 1, por Ley 2/2021, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-953).
  • SE DECLARA en el Recurso 4362/2017, la inconstitucionalidad y nulidad de los incisos y preceptos citados; la constitucionalidad de lo indicado según los fj establecidos, por Sentencia 65/2020, de 18 de junio (Ref. BOE-A-2020-8149).
  • SE MODIFICA y SE AÑADE determinados preceptos, por Ley 5/2020, de 29 de abril (Ref. BOE-A-2020-5569).
  • SE DECLARA, en el Recurso 4362/2017, el levantamiento de la suspensión de vigencia y aplicación de los arts. 122-10.6, 223-1 y 223-2 y su mantenimiento respecto a los demás preceptos impugnados, por Auto de 7 de febrero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-1968).
  • CORRECCIÓN de erratas en DOGC num. 7539, de 19 de enero de 2018 (Ref. DOGC-f-2018-90257).
  • Recurso 4362/2017 planteado en relación con el art. 5 y preceptos conexos, con suspensión, desde el 13 de septiembre de 2017, de vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, y desde el 8 de septiembre de 2017, para las partes legitimadas (Ref. BOE-A-2017-10452).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • la disposición adicional 1 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo (Ref. BOE-A-2015-3637).
    • la Ley 7/2007, de 17 de julio (Ref. BOE-A-2007-15212).
    • el Decreto 158/2007, de 24 de julio (DOGC núm. 4934, de 26 de julio).
    • el Decreto 162/2010, de 9 de noviembre (DOGC núm. 5755, de 15 de noviembre).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 65 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio (Ref. BOE-A-2006-13087).

Materias

  • Cataluña
  • Consejos consultivos
  • Funcionarios públicos
  • Haciendas de las Comunidades Autónomas
  • Normas jurídicas
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Política económica
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas
  • Sistema tributario

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