Decreto-ley 1/2025, de 3 de febrero, por el que se modifican determinadas medidas autonómicas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la bonificación extraordinaria y temporal del precio final de determinados combustibles derivados del refino del petróleo para el periodo desde el día 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, y se determina la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para la recuperación de diversas actividades en la isla de La Palma.
Publicado en:
«BOC» núm. 24, de 4 de febrero de 2025, páginas 4817 a 4828 (12 págs.)
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ANÁLISIS
Rango: Decreto-ley
Fecha de disposición: 03/02/2025
Fecha de publicación: 04/02/2025
Fecha de entrada en vigor: 05/02/2025
Entrada en vigor, con la salvedad indicada en los arts. 1 y 2, el 5 de febrero de 2025.
Publicada en el BOC extraordinario núm. 24, de 4 de febrero de 2025.
Referencias posteriores
SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 3 de marzo de 2025 (Ref. BOC-j-2025-90054).
Referencias anteriores
MODIFICA:
con efectos desde el 1 de febrero de 2025, y PRORROGA, en la forma indicada y hasta el 30 de abril de 2025, la disposición adicional 69.Uno de la Ley 5/2024, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2025-4913).
con efectos desde el 1 de enero de 2024, los arts. 15 ter, 16, 16 quater y 18 del Decreto-Legislativo 1/2009, de 21 de abril (Ref. BOC-j-2009-90008).
PRORROGA, hasta el 31 de diciembre de 2025, la vigencia del art. 4.3 del Decreto-ley 12/2021, de 30 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-19374).
DE CONFORMIDAD con el art. 47.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre (Ref. BOE-A-2018-15138).