Los incendios forestales constituyen la mayor amenaza para la conservación de nuestro patrimonio natural, y de forma específica de nuestros recursos forestales y de la biodiversidad, pero también del empleo y de la socioeconomía que sustentan a través de su aprovechamiento sostenible. Además, durante la última década, la amenaza que suponen para la vida humana se hecho cada vez más patente, con la ocurrencia a nivel mundial, y sobre todo en países de clima mediterráneo, de grandes incendios catastróficos cuyas características los vienen situando durante amplias fases de su desarrollo fuera de la capacidad de extinción de cualquier operativo.
Castilla y León, a lo largo del tiempo, se ha dotado de medios humanos, materiales y normativos que han sido progresivamente más eficaces para la prevención y extinción de los incendios forestales. Los operativos de extinción de incendios forestales han ido adquiriendo en los últimos años mayor relevancia y complejidad e integrando labores preventivas que en el caso del de Castilla y León han estado siempre presentes.
En el ámbito de la legislación forestal, el régimen jurídico de la prevención y extinción de incendios forestales se articula mediante la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, que atribuye a las administraciones públicas competentes la responsabilidad de la organización de la defensa contra los incendios forestales y contempla disposiciones sobre su prevención, detección y extinción. Esta regulación se completa a nivel autonómico con la establecida en la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, y a su vez ambas se complementan con las que regulan, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, la consideración de los incendios forestales como emergencias de protección civil.
Otras normas completan el desarrollo normativo en esta materia en la Comunidad, como el Decreto 63/1985, de 27 de junio, sobre prevención y extinción de incendios forestales, el Decreto 274/1999, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (Plan INFOCAL), el Plan Forestal de Castilla y León, aprobado por Decreto 55/2002, de 11 de abril, el Decreto 89/2004, de 29 de julio, por el que se establece el operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León y se regula el sistema de guardias, la Orden MAM/851/2010, de 7 de junio, por la que se declaran zonas de alto riesgo de incendio en la Comunidad de Castilla y León o la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León.
Este marco regulatorio, organizativo y estructural ha propiciado la progresiva reducción de la incidencia de incendios forestales en número y superficie. Sin embargo, factores que se vienen apuntando desde hace tiempo, pero que ahora se muestran ya con toda su agresividad, como los episodios recurrentes de estrés hídrico en la vegetación o las anomalías meteorológicas severas, junto con el proceso de transformación social, económica y ecológica del medio rural, propician la aparición de situaciones de emergencia de mayor complejidad, como las que desgraciadamente han hecho mella de forma generalizada durante el verano de 2022 en esta Comunidad y en otras partes de España. La excepcional situación de este periodo motivó la aprobación por el Gobierno de España del Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, modificado por la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre.
Estas normas han introducido modificaciones en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, en los tres ámbitos desde los cuales se han de abordar los incendios forestales: prevención, extinción y mantenimiento y restauración de los terrenos forestales afectados, otorgando a las comunidades autónomas un plazo limitado para adaptar sus servicios de prevención, vigilancia y extinción a diversas previsiones relacionadas con ámbitos como la existencia de planes anuales de prevención, vigilancia y extinción o el establecimiento de medidas preventivas según las situaciones de riesgo.
La necesidad de adaptación de estos servicios a una nueva realidad y la importancia de incrementar la resiliencia del territorio de la Comunidad frente a esta creciente amenaza, ya formaban parte de los más recientes programas de gobierno de Castilla y León. Por ello la Junta de Castilla y León y los agentes sociales suscribieron el 27 de septiembre de 2022 el Acuerdo de la Comisión de Seguimiento en Materia Forestal del diálogo social para la mejora del operativo de lucha contra incendios forestales de la Junta de Castilla y León 2023-2025, que abarca ámbitos tan variados como la dotación de personal, su formación y seguridad o la contratación reforzada de medios de extinción de modo que se mejore la eficacia del operativo en la prevención y extinción de grandes incendios forestales.
Con la finalidad de dar cumplimiento a las normas previstas en el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, así como de agilizar los procesos de cobertura de personal y medios del Operativo de prevención y extinción de incendios forestales, y asimismo de coadyuvar en el desarrollo eficaz y efectivo del antes citado acuerdo del diálogo social, se dicta este decreto-ley, integrado por cuatro artículos, tres disposiciones adicionales, una disposición derogatoria, tres disposiciones finales y un anexo.
El artículo 1 modifica cuatro preceptos de la Ley de 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, respectivamente para arbitrar el cauce de colaboración con la Administración del Estado en la restauración de los terrenos incendiados, regular el sistema de planificación para la prevención y defensa ante el riesgo de incendios forestales, definir el operativo de prevención y extinción de incendios forestales, y articular la aplicación inmediata de prohibiciones y limitaciones ante situaciones de alto riesgo meteorológico previstas por la Agencia Estatal de Meteorología.
En el artículo 2 se modifica la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra incendios forestales en Castilla y León, para adecuarla a las previsiones del Real Decreto-ley 15/2022 en materia de prohibiciones y limitaciones ante situaciones de alto riesgo meteorológico.
Mediante el artículo 3 se modifica la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, a la que se añade una disposición adicional para regular la constitución de bolsas de empleo de cuerpos o escalas integrados en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales mediante un sistema específico.
El artículo 4 modifica el Decreto 89/2004, de 29 de julio, por el que se establece el Operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León y se regula el sistema de guardias, incorporando una disposición adicional para excluir a los técnicos facultativos de los centros de mando de la realización de las guardias allí reguladas.
En las disposiciones adicionales, la primera unifica las referencias normativas a las denominaciones del operativo; la segunda garantiza la operatividad continua de los centros de mando; y la tercera hace posible tramitar anticipadamente el encargo a medios propios de las prestaciones del operativo, de forma que puedan estar operativas desde el comienzo de cada año, permitiendo así una gestión más racional y anticipada del operativo.
La disposición derogatoria recoge la fórmula habitual en estos casos. La disposición final primera es una cláusula de salvaguardia del rango de normas reglamentarias. La disposición final segunda aprueba el plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales para el año 2023, que se acompaña como anexo a este decreto-ley, en cumplimiento del Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto. Por último, la disposición final tercera prevé la inmediata entrada en vigor del decreto-ley, de forma coherente con la urgencia de su contenido.
En cuanto a la justificación de la figura normativa del decreto-ley, se deriva en primer lugar de la necesidad de dotar con urgencia a la Comunidad de un operativo permanente con una dotación de medios humanos y materiales suficiente para poder acometer en las mejores condiciones y con mayores capacidades los nuevos episodios de grandes incendios forestales que con mayor frecuencia e intensidad se están produciendo en nuestra Comunidad, como ocurre en las regiones y países de nuestro entorno. Los incendios forestales se producen durante todo el año y cada vez se adelantan más las condiciones climáticas o de sequía que favorecen los escenarios para que estos incendios se produzcan y alcancen elevada intensidad y grandes proporciones; por ello, es necesario anticiparse al máximo en reforzar el operativo. En segundo lugar, atendiendo esa necesidad el Estado publicó el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales. Esta norma ha modificado la ley de montes estatal imponiendo una serie de obligaciones a las comunidades autónomas que requieren de una regulación autonómica para su correcta ejecución y que no podrán llevarse a efecto en los plazos establecidos sin acometerlas de forma urgente.
Lo dicho justifica con carácter general que en el objeto de este decreto-ley concurren las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que habilitan a la Junta de Castilla y León para dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de decreto-ley. Si bien esas razones generales explican de forma evidente las modificaciones en las normas específicamente forestales, es preciso justificar la inclusión de modificaciones sobre función pública. En efecto, uno de los problemas más relevantes que lastran el funcionamiento del operativo es la cobertura de los puestos de personal público que lo integran, y esto a varios niveles, como el dimensionamiento de las relaciones de puestos de trabajo, la renovación o ampliación de la plantilla a partir de las ofertas de empleo público, el volumen de cobertura de vacantes y la extrema agilidad necesaria para cubrirlas con personal temporal, dado que en ocasiones las vacantes tienen lugar en plena campaña de peligro alto de incendios forestales. Uno de los mayores problemas radica en la gestión de las bolsas de empleo para incorporar personal temporal, ya que los sistemas de creación y dotación de las bolsas son procesos complejos que imposibilitan abordarlos de forma efectiva en menos de cinco meses, alargándose a menudo por encima del año, a lo que se suma la lentitud del sistema de llamamientos sucesivos de los candidatos. A todo lo anterior se añade que las ampliaciones de personal que se están abordando deben cubrirse con extrema urgencia para que los puestos estén dotados con la antelación suficiente al inicio de la época de peligro alto como para que el nuevo personal pueda recibir la formación exigible y desarrollar la habilidad oportuna para el ejercicio de sus funciones. Es decir, es necesario prever procedimientos excepcionales para ello, y además es imprescindible abordarlos de forma urgente. Análogos razonamientos en el ámbito de la gestión de recursos humanos justifican el artículo cuarto, relacionado con el régimen especial que en lo tocante a las guardias se ha de aplicar a los técnicos facultativos de los centros de mando.
Una mención especial merece la aprobación del plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de 2023, que se aborda de forma extraordinaria mediante este decreto-ley, dando así una respuesta urgente a la obligación exigida por el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto.
La conclusión de lo expuesto en los párrafos anteriores es que, como ya se ha adelantado, en las medidas que se adoptan en este decreto-ley concurren las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad que habilitan a la Junta de Castilla y León para dictar disposiciones legislativas provisionales bajo la forma de decretos-ley, según lo establecido en el artículo 25.4 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Se trata de medidas de carácter prioritario cuya aprobación e implementación no admiten demora, lo que ha determinado su inclusión en este decreto-ley por su naturaleza urgente y excepcional, en el marco de la reiterada jurisprudencia constitucional al respecto.
Por otro lado, en la redacción de este decreto-ley se han observado los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como también los principios de accesibilidad, coherencia y responsabilidad previstos en el artículo 42 de la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
A estos efectos, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia, dado el interés general en el que se fundamentan las medidas que se establecen, siendo el decreto-ley el instrumento más inmediato para garantizar su consecución. De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la regulación que esta norma contiene es la imprescindible para atender a las exigencias que el interés general requiere, no incluyendo restricciones de derechos ni obligaciones de ningún tipo, más allá de aquellas que obligan a la propia administración autonómica. Igualmente, la norma se ajusta al principio de seguridad jurídica y al de coherencia, puesto que es acorde con el resto del ordenamiento jurídico y con el conjunto de las políticas públicas autonómicas, al tiempo que estimulará su mejor cumplimiento.
Asimismo, se garantizan los principios de responsabilidad, determinándose los órganos responsables de la ejecución y el control de las medidas incluidas en la norma, de accesibilidad, utilizándose una redacción clara y comprensible y una técnica normativa correcta, de eficiencia, puesto que se agilizan procedimientos y se eliminan cargas administrativas, y de transparencia, ya que la norma identifica claramente su propósito y lo explica con detalle. Hay que precisar que no se han realizado los trámites de participación pública previstos en el artículo 75 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme a lo dispuesto en el artículo 76 bis 1.b) y 3.b) de dicha ley, que hace posible la excepción cuando en la norma concurran circunstancias extraordinarias que no hayan podido preverse con anterioridad y que exijan su aprobación urgente.
Este decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 32.3 y 71.1.8.º del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, en la redacción dada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejería de la Presidencia e iniciativa de las Consejerías de la Presidencia y de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de abril de 2023, dispone:
1. Se incorpora un nuevo apartado 2 en el artículo 86 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, con la siguiente redacción:
«2. La consejería competente en materia de montes podrá solicitar a la Administración General del Estado su colaboración en los trabajos de restauración forestal y medioambiental de terrenos incendiados de acuerdo con lo previsto en el artículo 50 bis de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre de Montes.»
2. Se modifica el artículo 88 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 88. Planificación para la prevención y defensa ante el riesgo de incendios forestales.
1. La consejería competente en materia de incendios forestales elaborará y aprobará los planes anuales de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales a que hace referencia el artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, que tendrán por ámbito la totalidad del territorio de Castilla y León y seguirán las directrices y criterios comunes precisos para su elaboración que se aprueben por la Administración del Estado.
2. Los planes anuales de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales se aplicarán de manera continua durante todo el año y tendrán, al menos, los contenidos previstos en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Estos contenidos se podrán desglosar en plan general y en plan operativo, correspondiendo al primero los análisis y determinaciones de ámbito superior y de carácter plurianual y al segundo los de mayor detalle y susceptibles de una variación anual.
Estos planes podrán hacer referencia a otras normas o disposiciones específicas que regulen de forma sectorial determinados aspectos, y que se considerarán parte de los propios planes a efectos de la consideración de sus contenidos mínimos.
3. Las medidas de reducción del riesgo de incendios en zonas de interfaz urbano-forestal identificadas como tales en los planes anuales de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales, cuando se desarrollen a menos de 100 metros del casco urbano en terreno rústico no clasificado como con protección natural, tienen la consideración de interés general y quedan exentas de la aplicación de los procedimientos administrativos sobre aprovechamientos forestales maderables o leñosos, cambio de uso forestal y modificaciones del suelo y de la cubierta vegetal regulados, respectivamente, en los artículos 56 y 57, 71 y 73 de la presente ley.»
3. Se incorpora un nuevo artículo 88 bis en la Ley 3/2009, de 6 de abril, con la siguiente redacción:
«Artículo 88 bis. Operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León.
1. El operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León es el conjunto de medios humanos, materiales y tecnológicos que la Administración de la Comunidad de Castilla y León dispone y organiza de forma integrada con la finalidad de luchar contra los incendios forestales, incluyendo entre sus funciones tanto la extinción de incendios forestales, como los sistemas para su detección y el apoyo a su prevención.
2. El Operativo de prevención y extinción de incendios forestales tendrá una estructura de funcionamiento permanente a lo largo de todo el año, de modo que pueda mantener una operatividad continua. Sin perjuicio de ello, su estructura, dimensionamiento y funciones preferentes se adecuarán en cada momento a la zonificación del territorio establecida a partir del riesgo existente y a las épocas de peligro.»
4. Se incorpora un nuevo apartado 4 en el artículo 91 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, con la siguiente redacción:
«4. En todo caso, cuando se den los supuestos contemplados en el apartado 6 del artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, serán de aplicación inmediata las prohibiciones y limitaciones en él establecidas, y sin perjuicio de que la consejería competente en materia de incendios forestales pueda aplicar otras de acuerdo con lo previsto en este artículo y, en su caso, en el plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.»
1. Se modifica el artículo 10 de la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 10. Situaciones de riesgo meteorológico de incendio.
1. Durante la época de peligro alto de incendios se pueden producir circunstancias meteorológicas extraordinarias que incrementan notablemente el riesgo de inicio de los incendios o provocan un comportamiento especialmente virulento del fuego, que requieren predefinir una serie de medidas preventivas complementarias de aplicación obligatoria para minimizar los riesgos:
a) Se establece la siguiente gradación de situaciones de riesgo, en función de la previsión meteorológica existente y de la duración e intensidad previsible de la misma: normal, alerta, alarma y alarma extrema.
b) El titular de la Dirección General competente en materia de incendios forestales podrá declarar mediante resolución las situaciones de alerta, alarma y alarma extrema por riesgo meteorológico de incendios en parte o toda la Comunidad Autónoma, estableciéndose las medidas preventivas extraordinarias previstas para cada caso en el artículo 11, y quedando facultado para establecer otras medidas preventivas complementarias que estime procedentes, y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 de este artículo.
c) Las situaciones de riesgo meteorológico de incendio declaradas y las medidas extraordinarias a adoptar, se darán a conocer a través de los medios de comunicación u otros que garanticen su máxima difusión y en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León.
2. La resolución mediante la que se declaren las situaciones de alerta, alarma y alarma extrema por riesgo meteorológico de incendios de acuerdo con lo indicado en el subapartado b) del apartado anterior, sin menoscabo de su inmediata ejecución cuando así resulte preciso, deberá ser objeto de publicación oficial.
3. En todo caso, cuando se den los supuestos contemplados en el apartado 6 del artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, serán de aplicación inmediata las prohibiciones y limitaciones en él establecidas, y la información meteorológica de la Agencia Estatal de Meteorología mediante la que sea predecible en un determinado ámbito territorial un riesgo de incendio de nivel muy alto o extremo implicará, al menos, la consideración inmediata de alerta en dicho ámbito, sin perjuicio de que la dirección general competente en materia de incendios forestales pueda declarar un situación de riesgo de gradación superior.»
2. Se modifica el artículo 11 de la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, que pasa a tener la siguiente redacción:
«Artículo 11. Medidas extraordinarias a aplicar en situaciones de riesgo meteorológico.
Además de la regulación establecida con carácter general en los capítulos II, III y IV de esta orden, las medidas preventivas extraordinarias a aplicar en situaciones de riesgo meteorológico serán las siguientes, sin perjuicio de la posibilidad de establecer medidas preventivas complementarias:
a) Situación de alerta:
1.º En el caso de que la situación de alerta obedezca a los supuestos de hecho contemplados en el apartado 6 del artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, serán de aplicación inmediata las prohibiciones y limitaciones en él contempladas, sin perjuicio de que algunas de ellas estuvieran ya prohibidas por la presente orden durante todo el año o por razón de la época de riesgo que corresponda.
2.º En el caso de la situación de alerta sea declarada por la dirección general de acuerdo con el procedimiento indicado en el artículo precedente, se aplicarán las siguientes limitaciones y prohibiciones:
i. Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
ii. Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
iii. Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
iv. Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
v. Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc.
b) Situación de alarma:
1.º Las establecidas en el apartado a) para la situación de alerta.
2.º Prohibición del uso de ahumadores en la actividad apícola, en el monte y la franja de 400 m que lo circunda durante las franjas horarias con mayor peligro de incendios que la resolución declaratoria determine.
3.º Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento pueda generar deflagración, chispas o descargas eléctricas, en las franjas horarias o tipologías de maquinaria o usos de mayor riesgo que la resolución declaratoria determine.
c) Situación de alarma extrema:
1.º Las establecidas en el apartado a) para la situación de alerta.
2.º Prohibición, durante todo el día, del uso de ahumadores en la actividad apícola, en el monte y la franja de 400 m que lo circunda.
3.º Prohibición del uso de maquinaria que genere o pueda generar deflagraciones chispas o descargas eléctricas y cualquier tipo de trabajo o actividad que pueda originar incendios en el monte y en los terrenos situados en la franja de 400 metros de ancho que lo circunda.
4.º Prohibición del tránsito y la estancia en los montes de personas y vehículos, salvo el acceso a la propiedad, el desarrollo de las actividades profesionales, el acceso a los entornos urbanos, las actuaciones de emergencia o interés general o los trabajos de vigilancia y extinción de incendios forestales.
En las prohibiciones contenidas en los apartados a.1.º, a.2.ºv, b.3.º y c.4.º de este artículo se exceptúa el uso de maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones, etc., siempre y cuando estas hayan sido comunicadas a los servicios territoriales competentes en incendios forestales y se realicen conforme a las medidas establecidas por estos, o aquellas otras en que expresamente haya sido autorizado su uso o que resulten necesarias para la extinción del incendio. Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.»
Se añade una disposición adicional decimonovena a la Ley 7/2005, de 24 de mayo, que tendrá la siguiente redacción:
«Disposición adicional decimonovena. Bolsas de empleo de cuerpos o escalas integrados en el operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León.
Hasta que se produzca el desarrollo reglamentario del artículo 43 de esta ley y se constituyan las correspondientes bolsas de empleo, la selección de personal funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros Superiores (Montes), del Cuerpo de Ingenieros Técnicos (Forestales) y del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales, a que se refiere el artículo 3 del Decreto 89/2004, de 29 de julio, por el que se establece el operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León y se regula el sistema de guardias, se regirá por las siguientes reglas:
1. Se constituirá una bolsa de empleo de ámbito autonómico para cada uno los Cuerpos o Escalas citados.
2. La constitución de estas bolsas se iniciará mediante convocatoria de la consejería competente en materia de función pública, que será publicada en el "Boletín Oficial de Castilla y León", en la que se determinarán los requisitos de acceso.
3. Una vez publicada la convocatoria, el procedimiento de constitución y gestión de estas bolsas se realizará por la consejería competente en materia de medio ambiente.
4. Las bolsas estarán constituidas por los aspirantes que lo soliciten, haciendo constar los ejercicios superados en los procesos celebrados en los últimos cinco años, y que superen una prueba de conocimientos, que podrá ser de tipo test y versará sobre el programa previsto en la última convocatoria de los procesos selectivos para el ingreso por el turno libre del cuerpo o escala correspondiente que haya sido publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León. La orden de convocatoria establecerá la puntuación máxima que se podrá obtener en la prueba, así como la puntuación mínima a obtener para poder incorporarse a la bolsa.
5. El orden de prelación de las bolsas se realizará tomando como mérito predominante los ejercicios superados en los procesos selectivos para el Cuerpo, Escala o Competencia Funcional convocados en desarrollo de las ofertas de empleo público de la Junta de Castilla y León celebrados en los últimos cinco años, siempre y cuando tales procesos se hubieran celebrado, así como la puntuación obtenida en la prueba de conocimientos.
6. El procedimiento para adjudicar los puestos de trabajo vacantes se determinará en la orden de convocatoria debiendo basarse en los principios de transparencia y celeridad; en todo caso el procedimiento se hará exclusivamente a través de medios electrónicos.
7. Quienes formen parte de una bolsa de empleo constituida al amparo de esta disposición no podrán optar a puestos de trabajo vacantes que se pretendan adjudicar a través de la misma mientras presten servicios como funcionario interino en esta administración, en puestos del mismo cuerpo o escala al que correspondan dichos puestos.
8. El funcionario interino que cese en su relación de empleo temporal porque su puesto de trabajo sea cubierto por cualquier procedimiento de provisión o selección contemplados normativamente, se reincorporará a la bolsa en el orden de prelación que le corresponda de acuerdo con el listado de candidatos. Cuando el cese del funcionario interino sea de carácter voluntario se reincorporará en el último puesto de la bolsa.
9. Hasta que se constituyan las bolsas reguladas en esta disposición, la selección de personal funcionario interino se realizará atendiendo a las bolsas de empleo existentes, que seguirán rigiéndose por la normativa conforme a la cual fueron constituidas.»
Se añade una disposición adicional cuarta al Decreto 89/2004, de 29 de julio, que tendrá la siguiente redacción:
«Disposición adicional cuarta. Técnicos de centro de mando.
Las personas que ocupen los puestos de técnico facultativo de centro de mando o técnico de apoyo de centro de mando estarán excluidas de la realización de las guardias de jefe de jornada, técnico de guardia y técnico de operaciones previstas en este decreto, sin perjuicio de la prestación de servicios en horario especial que se determine.»
Todas las referencias contenidas en la normativa vigente hasta el momento sobre el operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León se entenderán referidas al Operativo de prevención y extinción de incendios forestales.
La Junta de Castilla y León adoptará, en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de este decreto-ley, las medidas oportunas para que las instalaciones que alberguen los centros provinciales y autonómico de mando del Operativo de prevención y extinción de incendios forestales se adapten a las condiciones de operatividad a tiempo completo durante todos los días del año.
En los encargos a medios propios del Operativo de prevención y extinción de incendios forestales será posible proceder a la tramitación anticipada de los correspondientes expedientes de gasto de ejercicios posteriores, llegando al momento inmediatamente anterior a la autorización del compromiso de gasto. A estos expedientes no será de aplicación lo previsto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León.
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango, en relación con el rango otorgado en esta norma para cada previsión normativa, en lo que se opongan a lo previsto en este decreto-ley.
Las modificaciones efectuadas por este decreto-ley en normas de rango reglamentario conservan su rango reglamentario, ya sea decreto de la Junta de Castilla y León u orden de la consejería.
El plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de 2023 que se incluye en el anexo se aprueba mediante el presente decreto-ley con rango de orden de la consejería.
Este decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 13 de abril de 2023.‒El Presidente de la Junta de Castilla y León, Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco.‒El Consejero de la Presidencia, Fdo.: Jesús Julio Carnero García.
Índice
1. Objeto, ámbito de aplicación y marco normativo.
1.1 Marco normativo europeo.
1.2 Marco normativo estatal.
1.3 Marco normativo autonómico.
2. Análisis territorial y socioeconómico.
3. Peligro de incendios.
3.1 Climatología. Categorización de las épocas de peligro.
3.2 Factores meteorológicos. Categorización de las situaciones de peligro por alerta meteorológica.
3.3 Identificación y catalogación de las áreas con mayor peligro de ocurrencia de incendios.
3.3.1 Identificación de los términos municipales con alta frecuencia de incendios.
3.3.2 Identificación de las áreas de peligro de ocurrencia de incendios según épocas de peligro.
3.3.3 Identificación de las áreas de peligro de ocurrencia de incendios en función de sus causas.
3.3.4 Medidas a adoptar.
3.4 Identificación y catalogación de áreas de peligro por su baja accesibilidad.
3.5 Identificación y catalogación de las áreas con mayor peligro de propagación de los incendios.
3.5.1 Combustibilidad.
3.5.2 Topografía.
3.5.3 Obtención del mapa de peligro de propagación.
3.6 Identificación de las áreas con mayor peligro de consolidación de los incendios.
3.6.1 Consolidación potencial.
3.6.2 Análisis de factores de consolidación Real.
3.7 Determinación del mapa de peligro de incendios.
3.7.1 Identificación de las áreas con mayor peligro de propagación por frecuencia.
3.7.2 Zonas con peligro por frecuencia y consolidación potencial.
3.7.3 Cálculo del mapa de peligro.
3.7.4 Medidas a adoptar.
4. Vulnerabilidad.
4.1 Vulnerabilidad de las formaciones forestales arboladas.
4.1.1 Capacidad de restitución.
4.1.2 Valor productivo.
4.1.3 Análisis de vulnerabilidad forestal.
4.2 Vulnerabilidad de las áreas naturales, especies protegidas y recursos genéticos.
4.2.1 Vulnerabilidad alta.
4.2.2 Vulnerabilidad moderada.
4.3 Vulnerabilidad por el uso social y recreativo del monte.
4.4 Vulnerabilidad de los núcleos, asentamientos y edificaciones.
4.4.1 Interfaz urbano-forestal.
4.5 Vulnerabilidad de la colindancia agrícola-forestal.
4.6 Vulnerabilidad de las infraestructuras lineales.
4.6.1 Red viaria y líneas férreas.
4.6.2 Líneas eléctricas.
4.7 Vulnerabilidad del patrimonio artístico y cultural.
5. Determinación de los puntos estratégicos de gestión, así como de las áreas de actuación singularizada.
5.1 Identificación y catalogación de áreas de riesgo de afección a formaciones forestales de alta vulnerabilidad.
5.2 Identificación y catalogación de áreas de riesgo de afección a áreas naturales protegidas y recursos genéticos frente a incendios forestales.
5.3 Identificación y catalogación de áreas de riesgo de afección a BIC de alta vulnerabilidad.
5.4 Identificación y catalogación de las infraestructuras de riesgo.
5.4.1 Riesgo sobre equipamientos recreativos ‒áreas recreativas y campings‒.
5.4.2 Riesgo de la interfaz urbano-forestal ‒núcleos de población y otras construcciones‒.
5.4.3 Riesgo de la red viaria.
5.4.4 Riesgo de las líneas eléctricas.
5.4.5 Líneas férreas.
6. Diseño general del operativo.
6.1 Medios y recursos de coordinación del operativo.
6.1.1 Centros de mando.
6.1.2 Personal de dirección y coordinación.
6.1.3 Personal de apoyo.
6.1.4 Mejoras en los medios y recursos de coordinación del operativo.
6.2 Medios de extinción.
6.2.1 Medios terrestres.
6.2.2 Medios aéreos y cuadrillas helitransportadas.
6.2.3 Otros medios de apoyo.
6.2.4 Mejoras en los medios de extinción.
6.3 Infraestructuras de defensa.
6.3.1 Pistas forestales.
6.3.2 Puntos de agua.
6.3.3 Áreas de defensa: red de cortafuegos.
6.3.4 Edificios de apoyo a equipos de prevención y extinción.
6.3.5 Helipuertos y aeródromos.
6.3.6 Sistemas de vigilancia y detección.
6.3.7 Red de comunicaciones.
6.3.8 Mejoras en las infraestructuras.
6.4 Formación, sensibilización e investigación de causas.
6.4.1 Formación.
6.4.2 Programas de información y sensibilización.
6.4.3 Investigación de causas.
6.4.4 Mejoras en formación, sensibilización e investigación de causas.
6.5 Coordinación interna y con otros organismos.
7. Medidas preventivas.
7.1 trabajos de carácter preventivo.
7.1.1 Selvicultura preventiva.
7.1.2 Mantenimiento de infraestructuras.
7.1.3 Ayudas forestales.
7.1.4 Redacción de planes de gestión forestal.
7.1.5 Restauración de daños causados a los bosques por incendios.
8. Regulación de usos y prohibiciones o limitaciones.
9. Planificación en el ámbito local.
9.1 planes de actuación en el ámbito local.
9.2 directrices para los planes de autoprotección ante incendios forestales.
11. Anejos plan de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
11.1 Municipios con mayor superficie forestal con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan.
11.2 Áreas naturales protegidas situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2.
11.3 Equipamientos recreativos de mayor riesgo y mayor afluencia de visitantes.
11.4 Términos municipales con superficies de riesgo interfaz urbano-forestal AR1 mayores o iguales a 1 ha.
11.5 Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto.
11.6 Vías de comunicación situadas en áreas con mayor siniestralidad ≥ 40 incendios.
11.7 Términos municipales con nivel de riesgo alto provocado por líneas eléctricas.
11.8 Incidencia de las líneas férreas como punto de inicio de incendios.
11.9 Términos municipales con mayor peligro por rayo.
11.10 Términos municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola –PINI > 4 incendios–.
11.11 Términos municipales con concentración alta de incendios forestales relacionados con uso de fuego como herramienta –PINI > 10–.
11.12 Términos municipales con riesgo alto por incendios intencionados en monte arbolado.
11.13 Diseño general del dispositivo.
11.13.1 Puestos de vigilancia.
11.13.2 Red de cámaras de videovigilancia.
11.13.3 Vehículos autobomba.
11.13.4 Cuadrillas terrestres.
11.13.5 Retenes de maquinaria.
11.13.6 Medios aéreos.
11.13.7 Cuadrillas helitransportadas.
11.14 Convenios con entidades locales y provinciales.
1. Objeto, ámbito de aplicación y marco normativo
Castilla y León, al igual que toda España, ha convivido con los incendios forestales desde siempre, por lo que se ha ido dotando, de manera paulatina, de medios humanos, materiales y normativos progresivamente más eficaces para su gestión. Solamente en el periodo 2013-2022 se han producido en esta comunidad un total de 14.540 incendios que han afectado a una superficie forestal total de 215.769 ha, más del 90% de los cuales por causas en las que interviene la mano del hombre –ya sean negligencias o intencionados–, datos que reflejan la magnitud del problema al que se enfrenta la administración regional. De estos incendios, 49 fueron grandes incendios forestales (superficie quemada de más de 500 ha).
La regulación básica estatal se encuentra recogida en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Mediante el Real Decreto 1.504/1984, de 8 de febrero, se traspasaron a la Comunidad Autónoma de Castilla y León las funciones y servicios del Estado en materia de conservación de la naturaleza, competencia prevista en su Estatuto de Autonomía. Entre las funciones que asume la Comunidad figuran la de desarrollo y ejecución de la legislación del Estado en materia de montes y aprovechamientos forestales, así como la prevención y lucha contra incendios forestales. En virtud de la asunción de estas competencias la Junta de Castilla y León y de acuerdo con lo establecido en la Ley 81/1968 de 5 de diciembre sobre Incendios Forestales y en el Reglamento para su aplicación estableció, por el Decreto 63/1985 de 27 de junio, las normas sobre prevención y extinción de incendios forestales, así como las infracciones y sanciones.
Otras normas completan el desarrollo normativo en esta materia en la Comunidad, como el Decreto 274/1999, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León con un capítulo específico sobre la defensa contra incendios y la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León.
Si bien todos estos factores han aumentado tanto la capacidad de extinción como de prevención cuya consecuencia ha sido la de reducción de la incidencia de los incendios forestales, tanto en número como en superficie, otros factores, de incidencia más reciente, como son el calentamiento global y el proceso de transformación social, económica y ecológica del medio rural, suponen una amenaza de aparición de situaciones de emergencia como las ocurridas en el verano de 2022, con catastróficas consecuencias.
En este escenario se modifica, mediante el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, el artículo 48 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes, que prevé que las comunidades autónomas, ante el riesgo general de incendios forestales, elaborarán y aprobarán planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
El plan anual se inspirará en los principios y objetivos establecidos en las «Orientaciones estratégicas para la gestión de incendios forestales en España» (aprobadas por el CLIF el 21 de noviembre de 2019 y por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente el 28 de julio de 2022) e integrará sus líneas de acción prioritaria.
En base al contenido mínimo indicado en el artículo 48 de la Ley 43/2003 y las consideraciones del borrador de directrices y criterios, se ha elaborado por parte de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, en el ámbito de sus respectivas competencias, el Plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de la Junta de Castilla y León para el año 2023.
El referido plan comprenderá la totalidad de las actuaciones a desarrollar y abarcará la totalidad del territorio de Castilla y León.
El marco normativo es el siguiente:
1.1 Marco normativo europeo.
Las Políticas para proteger los bosques de la UE contra los incendios son las siguientes:
– La Estrategia Forestal de la UE para 2030 sienta las bases para aumentar la prevención de incendios y la resiliencia climática de los bosques. Además, las directrices sobre la prevención de incendios forestales en tierra requieren la gestión de la vegetación y evitar la acumulación de combustibles en el suelo para facilitar la lucha contra incendios. (Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones Nueva Estrategia de la UE en favor de los Bosques para 2030 de 16 de julio de 2021).
– La Estrategia sobre Biodiversidad de 20 de mayo de 2020, busca reforzar la resiliencia de nuestras sociedades frente a amenazas futuras, entre las que detalla los incendios forestales como una de las más importantes, junto a los efectos del cambio climático.
– La Estrategia de la UE sobre adaptación al cambio climático, de marzo de 2021, propone que la adaptación al cambio climático sea más rápida, más inteligente y más sistémica. (Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones forjar una Europa resiliente al cambio climático - La nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE).
Como herramientas para prevenir y responder a los incendios forestales, la UE destaca los siguientes:
– El Sistema Europeo de Información sobre Incendios Forestales (EFFIS) que proporciona información actualizada y fiable sobre los incendios forestales en Europa, apoyándose en información propia y en la de los países vecinos. Reg. (EC) 2152/03 «Forest Focus».
– El Grupo de Expertos en Incendios Forestales que ayuda a la Comisión a revisar las tendencias de los incendios forestales en Europa y a determinar respuestas adecuadas y eficaces.
– El Mecanismo de Protección Civil de la UE - rescEU, que coordina la asistencia paneuropea en tiempos de crisis y dispone una reserva europea que incluye aviones y helicópteros contra incendios. (Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité de las Regiones: rescEU, de 23 de noviembre de 2017).
– El Centro de Coordinación de la Respuesta a Emergencias que supervisa los riesgos de incendios forestales y las emergencias en toda Europa apoyándose en EFFIS.
Los mecanismos de financiación de la UE relacionados con la prevención, la protección y restauración frente a daños por incendios forestales son los siguientes:
– Fondo de Solidaridad de la UE, para hacer frente a los daños causados por una catástrofe. (Reglamento (CE) no 2012/2002 del Consejo, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea).
– Programas LIFE, para el medio ambiente y la acción por el clima, incluida la vigilancia forestal, los sistemas de información y la prevención de incendios forestales.
– Apoyo al desarrollo rural: que tiene como base jurídica para en nuevo periodo al Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, de ayuda a los planes estratégicos de la PAC, cuyo objeto es apoyar la restauración de bosques y las actividades de prevención de incendios. Reglamento (UE) No 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) (derogado, pero con cierto grado de aplicación).
– Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER): en su Objetivo Político 2, Una Europa más verde, incluye la mitigación y adaptación al cambio climático, la prevención y gestión de riesgos, entre los que se encuentran los incendios forestales.
– Fondos Next Generation EU. Dentro del Mecanismo para la Recuperación, Transformación y Resiliencia, el plan diseñado por España contempla en la Palanca 2 «Infraestructuras y ecosistemas resilientes», en su componente 4: «Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad» medidas de adaptación de los ecosistemas como de prevención de sus efectos, en particular los incendios forestales.
Otras disposiciones europeas han tenido en cuenta o mencionan los incendios forestales, tanto en su argumentación como en la parte dispositiva o en sus conclusiones, como la Estrategia contra la desertificación, el Programa de Medio Ambiente o la Estrategia de protección de suelo.
1.2 Marco normativo estatal.
El marco legal establecido por las disposiciones normativas nacionales en relación con los incendios forestales tiene como pilares fundamentales la Ley de Montes y las relacionadas con protección civil, así como la protección del patrimonio natural y de la biodiversidad.
En el ámbito estatal, se cuenta con la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes y modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril y más recientemente por la ley 21/2015, de 20 de julio. Esta ley derogó la anterior Ley 4/1968, de 5 de diciembre, sobre Incendios Forestales, siendo aún de aplicación su Reglamento (Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre), en aquellos aspectos de la normativa básica que no sean contrarios a la ley 43/2003, en tanto no se desarrolle reglamentariamente este aspecto de la ley.
El régimen jurídico de la prevención y extinción de incendios forestales se articula tanto en el ámbito de la legislación forestal como en el de la protección civil. En el primero, la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, atribuye a las administraciones públicas competentes la responsabilidad de la organización de la defensa contra los incendios forestales, y contempla disposiciones sobre su prevención, detección y extinción, regulación que se completa a nivel autonómico.
El Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, modifica el artículo 48 de la Ley, que prevé que las comunidades autónomas, ante el riesgo general de incendios forestales, elaboraren y aprueben planes anuales para la prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.
En relación con la conservación, la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece un Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad y entre sus objetivos está apoyar las acciones de prevención de incendios forestales. También establece entre las infracciones la destrucción de especies de flora y fauna y de hábitats naturales.
En lo referente a la protección civil, la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, regula entre otras cosas los Planes especiales de protección civil contra incendios forestales y regula como Servicios públicos de intervención y asistencia de protección civil, los servicios de Prevención y extinción de incendios forestales. Esta Ley derogó la Ley 2/1985, pero aún no ha desarrollado la Norma Básica de Protección Civil, por lo que sigue vigente el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil y la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales, aprobada por el Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre. Esta Directriz Básica, entre otras cuestiones, establece la obligatoriedad de que todas las comunidades autónomas cuenten con planes de protección civil de emergencia por incendios forestales, así como de que los municipios con riesgo de incendio forestal se doten de planes de actuación de ámbito local de emergencia por incendios forestales.
Esta norma establece que los incendios forestales son un riesgo que deberá ser objeto de planes especiales, y que éstos se desarrollarán conforme a una directriz básica específica, la Directriz básica de planificación emergencias incendios forestales, aprobada por Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales.
Además de ésta, destaca la Resolución de 31 de octubre 2014, que publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de octubre de 2014, por el que se aprueba el Plan Estatal de Protección Civil para Emergencias por Incendios Forestales; el Real Decreto 1378/1985, de 1 de agosto, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública y la Resolución de 1 de septiembre 2014, que aprueba el Protocolo entre el Ministerio de Defensa y la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en materia de protección civil y gestión de emergencias.
La Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal, modificada por Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, y por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, incluye los incendios dentro de los delitos contra la seguridad colectiva.
La reforma del Código Penal ofrece una respuesta penal más adecuada ante los incendios de mayor gravedad que, en muchas ocasiones, tienen una causa intencionada y ocasionan importantes daños al patrimonio natural y bienes públicos y privados, o generan situaciones de peligro para la integridad física de las personas.
El nuevo texto mantiene el tipo básico vigente hasta ahora (penas de prisión de uno a cinco años y multa de 12 a 18 meses), en los supuestos agravados se prevé una sanción autónoma. De esta forma, quienes provoquen el incendio serán castigados con una pena de prisión de tres a seis años y multa de 18 a 24 meses, cuando el incendio alcance especial gravedad y concurran las circunstancias establecidas en el Código.
Asimismo, se incluyen nuevas agravantes en los casos especialmente lesivos para el medio ambiente, o que sean generadores de un peligro elevado. En el caso de que los incendios afecten a espacios naturales protegidos, se castigarán del mismo modo que los delitos contra el medio ambiente, lo que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena superior.
En las ocasiones que se requiera apoyo de la Unidad Militar de Emergencia, regirá la Orden DEF/896/2013, de 16 de mayo que modifica la estructura orgánica y el despliegue de la Unidad Militar de Emergencias, que figura en el Real Decreto 416/2006, de 11 de abril de 2006, que establece la organización y el despliegue de la Fuerza del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, así como de la Unidad Militar de Emergencias, y modifica la Orden DEF/1766/2007, de 13 de junio de 2007, que desarrolla el encuadramiento, organización y funcionamiento de la Unidad Militar de Emergencias. En concreto, en su anexo IV, Despliegue de la Unidad Militar de Emergencias. Establece como destacamento asignado en la Comunidad de Castilla y León y con operatividad en todo el territorio nacional, el V Batallón de Intervención en Emergencias, en San Andrés de Rabanedo (León).
En relación con el traspaso de competencias, el Real Decreto 1504/1984, de 8 de febrero de 1984, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de conservación de la naturaleza, transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla y León la prevención y lucha contra incendios forestales reservándose la gestión de los medios aéreos, posteriormente ha habido desconcentraciones de competencias entre la consejería competente en materia de montes y la Dirección General competente en materia de montes, y de esta en las delegaciones territoriales (Decreto 9/2016, de 14 de abril y Decreto 13/2015, de 19 de febrero).
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la cual, entre las competencias propias que atribuye al Municipio, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, sitúa la prevención y extinción de incendios, y además considera tal materia como uno de los servicios que deben prestar los Municipios con población superior a 20.000 habitantes, cuestión que corresponderá a la Diputación o entidad equivalente en los de población inferior a dicho límite.
En cuanto a otras legislaciones relacionas, mencionar la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, dispone, en su artículo 27, que con carácter general no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola, y el Real Decreto 90/2013, de 8 de febrero, que aprueba el Programa anual 2013 del Plan Estadístico Nacional 2013-2016, e incluye un epígrafe para los incendios forestales en el sector medio ambiente y desarrollo sostenible, el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, en el que se establecen exigencias básicas de seguridad en caso de incendio y el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana que incluye, para el suelo rústico, el deber de mantener los terrenos y su masa vegetal en condiciones de evitar riesgos de incendio así como la consideración del principio de prevención de riesgos naturales y accidentes graves en la ordenación de los usos del suelo, se incluirán los riesgos derivados del cambio climático, entre los que se incluyen los riesgos de incendios, con especial atención a los riesgos en la interfaz urbano-forestal y entre las infraestructuras y las zonas forestales.
1.3 Marco normativo autonómico.
A nivel autonómico destaca por su importancia en esta materia la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León con un capítulo específico sobre la defensa contra incendios y el Decreto 63/1985, de 27 de junio, de normas sobre la prevención y extinción de incendios.
Existe numerosa normativa relacionada con la defensa del medio en la comunidad de Castilla y León destacando:
– Decreto 89/2004, de 29 de julio, modificado por Decreto 113/2007, de 22 de noviembre, por el que se establece el Operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León y se regula el sistema de guardias.
– Decreto 105/1998, de 4 de junio, sobre declaración de «zonas de peligro» de incendios forestales.
– El Plan Forestal de Castilla y León, aprobado por Decreto 55/2002, de 11 de abril, que dedica un programa específico a la Defensa del Monte (Programa vertical V5).
– Orden MAV/1843/2022, de 15 de diciembre, por la que se aprueban los precios que regirán la liquidación de gastos por la intervención en incendios forestales.
Desde el punto de vista de la protección Civil, tiene especial importancia el Decreto 274/1999, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León, así como la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León y el Decreto 6/2014, de 20 de febrero que crea y regula el Registro de Planes de Autoprotección de Castilla y León.
En cuanto a la Regulación de la campaña de incendios, época, operativo y guardias de Castilla y León existen diversas órdenes donde se fijan dichos aspectos:
– Orden MAV/745/2022, de 22 de junio, por la que se fija la época de peligro alto de incendios forestales en la Comunidad de Castilla y León.
– Orden FYM /123/2013, de 15 de febrero, por la que se modifica la Orden MAM/851/2010, de 7 de junio, por la que se declaran zonas de alto riesgo de incendio en la Comunidad de Castilla y León.
– Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León.
Las tareas asignadas a cada puesto de trabajo y el sistema de guardias están reguladas en los Decretos 89/2004, de 29 de julio, por el que se establece el Operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León y se regula el sistema de guardias y 113/2007, de 22 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 89/2004, de 29 de julio, por el que se establece el Operativo de lucha contra incendios forestales en Castilla y León y se regula el sistema de guardias.
Por último, mencionar el Decreto 104/1999, de 12 de mayo, que aprueba las Instrucciones Generales de Ordenación de Montes Arbolados de Castilla y León, Marco normativo Local.
2. Análisis territorial y socioeconómico
La Comunidad Autónoma de Castilla y León, con una extensión de 94.277 km2 y 2.370.064 habitantes(1), por lo que tiene una baja densidad media de población (25,42 hab/km2), llegando a ser mucho más baja en las superficies de uso agrícola o forestal. Algo más del 45% de los habitantes reside en los 10 principales núcleos urbanos, existiendo 2.248 municipios ‒con numerosas entidades locales menores‒, de los que aproximadamente la mitad tiene una población inferior a 1.000 habitantes(2). Según las previsiones de INE para 2035 podría perder hasta el 10% de la población. La comunidad tiene una superficie forestal de 48.325,45 km2 ‒el 51,28% de su superficie‒, con más de 29.000 km2 arbolados, generando no solo unas rentas económicas importantes ‒especialmente en zonas rurales‒ si no también albergando una gran cantidad de ecosistemas naturales de alta prioridad de conservación.
1 INE 2022.
2 Padrón municipal 2020.
La paulatina disminución del aprovechamiento de los terrenos forestales, iniciado en la segunda mitad del siglo XX, ha propiciado tanto acumulación de combustible como su homogeneización. Se produjo, además, un abandono de las tierras agrícolas menos productivas, con un incremento de la superficie forestal, que incrementó además su continuidad. La situación demográfica, con numerosos núcleos de población pequeños y dispersos, el comentado abandono paulatino del trabajo en el monte, por no existir relevo generacional, y el envejecimiento de la población, son circunstancias socioeconómicas que empeoran la situación y cuya evolución a futuro con estas mismas circunstancias empeoradas.
Por todo lo anterior se da lugar a una abundante interfaz urbano-forestal, particularmente problemática por la potencial incidencia de incendios forestales cuyas consecuencias sobre edificaciones y vidas humanas son especialmente graves.
En el último decenio los incendios por causas antrópicas son casi el 92% de los incendios forestales. Otra circunstancia muy importante es la relacionada con la actividad en el campo (Según el INE, para el tercer trimestre de 2022, el 7,5% de la población activa de la comunidad pertenece al sector primario). En el último decenio un 38% de los incendios forestales ocurridos en Castilla y León se debe a causas relacionadas con la actividad agroganadera, bien por negligencias o accidentes ocurridos al llevar a cabo ese tipo de trabajos o bien por una intencionalidad con el fin de conseguir beneficios respecto a dicha actividad.
Hay que destacar también la intencionalidad de los incendios que en el último decenio asciende al 55% del total. Destacan por su intencionalidad las provincias de León y Zamora con un 63% y un 72% de incendios forestales intencionados respectivamente en 2022.
Son más de 1.550 incendios forestales los que ocurren anualmente de media en la Comunidad, y que afectaron a 17.087 ha/año de terrenos forestales de promedio en el último decenio. Estos incendios no sólo ocurren en la época de peligro alto, en verano, cuando se producen el 43% del número de incendios del año y el 65% de la superficie forestal quemada, sino que dependiendo de la situación meteorológica anual también pueden ser numerosos en otros momentos del año, en especial entre el 15 de febrero y el 15 de abril que acontecen el 26% del número de incendios y el 16 % de la superficie forestal quemada.
En este marco, ya incipiente hace más de 20 años, mediante el Decreto 274/1999, de 28 de octubre, se aprobó el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL) que analiza el riesgo y zonifica el territorio de acuerdo con el mismo.
3. Peligro de incendios
Se define peligro como la posibilidad de que se produzca un incendio forestal en un lugar y un momento determinados.
Su valoración se basa:
– En la climatología, que marca las épocas de peligro a lo largo del año y en las distintas comarcas del territorio. Estas variables climáticas definen la dinámica temporal de incendios forestales, a través de su análisis se determinan las áreas con peores condiciones climáticas para el desarrollo de los incendios.
– En la meteorología que condiciona la probabilidad de ignición y el comportamiento del incendio en el momento en que se origina.
– En la probabilidad de ocurrencia del fenómeno incendio marcada notablemente por factores antrópicos, se determina de forma indirecta a través del análisis de la frecuencia de incendios y sus causas.
– En las características del territorio en cuanto a pendiente, orientación, tipo y estructura de los combustibles, que determinan la capacidad de propagación y consolidación de los incendios.
3.1 Climatología. Categorización de las épocas de peligro.
El clima es un factor determinante para valorar el peligro de incendio forestal ya que condiciona su probabilidad de ocurrencia y su capacidad de propagación. Es evidente que las áreas geográficas con climas más secos y cálidos presentan mayor problemática de incendios. Tanto dentro de la Comunidad como en el contexto europeo en el que se enmarca la determinación de las zonas de alto riesgo, los países mediterráneos, por sus características climatológicas, son los que presentan una mayor problemática de incendios y en los que los incendios alcanzan una mayor gravedad.
Los factores climatológicos que son más determinantes en potenciación del inicio y desarrollo de los incendios forestales son los siguientes: radiación solar, temperatura, precipitación, humedad relativa, viento y rayos.
Imagen 1. Mapa de zonas climatológicamente desfavorables junto con los puntos de inicio de incendios forestales por rayo 20072017. Fuente: Atlas Agroclimático de Castilla y León
Además los factores climatológicos son determinantes en la duración de las épocas de peligro de incendios, permitiendo establecer los períodos del año en que, con carácter general, el peligro de incendios es alto, medio o bajo. La tendencia de los últimos años, incremento de temperaturas, mayores anomalías estivales, más olas de calor y más tempranas, etc., están provocando la necesidad de ampliación de las épocas de peligro y ocasionando un mayor número de alertas meteorológicas por peligro de incendios en el periodo estival.
La determinación de las épocas de peligro permite adaptar el dimensionamiento del operativo y aplicar restricciones que limiten el uso del fuego y determinadas actividades con riesgo de provocar incendios forestales.
En la Comunidad de Castilla y León se establecen las siguientes épocas de peligro a lo largo del año en función del riesgo meteorológico: época de peligro bajo (EPB), época de peligro medio (EPM) y época de peligro alto (EPA).
3.2 Factores meteorológicos. Categorización de las situaciones de peligro por alerta meteorológica.
El análisis de las variables atmosféricas permite anticiparse a las condiciones de mayor peligro de incendio en las que la probabilidad de ocurrencia de los mismos ante un foco de ignición y su capacidad de propagación y evolución más desfavorable es mayor.
Las condiciones meteorológicas son un factor clave para determinar el peligro diario de incendios, determinando su probabilidad de ocurrencia, su intensidad y su velocidad de propagación. El conocimiento de los factores meteorológicos locales y un buen sistema de predicción son imprescindibles para abordar la extinción del incendio de forma eficaz y con plenas condiciones de seguridad.
La identificación del peligro de incendio a corto plazo –semanal–, permite adaptar el dimensionamiento de los medios del operativo a las condiciones meteorológicas existentes en cada momento del año.
El conocimiento de las condiciones atmosféricas, permite detectar las situaciones de riesgo meteorológico durante la Época de Peligro Alto de Incendios o de riesgo extraordinario y predefinir una serie de medidas preventivas complementarias de aplicación obligatoria para minimizar el peligro de incendio –activación de protocolos, medidas específicas en el operativo, alertas a la población, restricción temporal de actividades de riesgo, etc.
Las variables meteorológicas que determinan el peligro de incendio son: temperatura, precipitación, probabilidad de tormenta, humedad relativa mínima, viento, Índice de riesgo canadiense FWI, Índice de Haines y el seguimiento de masas de aire caliente en altura, sin perjuicio de que las mejores técnicas disponibles permitan hacer evaluación con otros parámetros atmosféricos.
3.3 Identificación y catalogación de las áreas con mayor peligro de ocurrencia de incendios.
La probabilidad de ocurrencia de incendios forestales se determina a partir del concepto de siniestralidad. En las áreas de mayor siniestralidad la probabilidad de que se inicie un incendio es mayor, ya que viene determinada por la frecuencia de incendios forestales, que no es sino el número de incendios que se producen en un área definida en un tiempo determinado.
Para poder llevar a cabo una zonificación del peligro de ocurrencia de incendios forestales se han tenido en cuenta la temporalidad de los incendios y su incidencia territorial, es decir, en qué época del año se producen y cuánta superficie queman. También se analizan los incendios originados por las principales causas tanto naturales como antrópicas y su distribución territorial.
3.3.1 Identificación de los términos municipales con alta frecuencia de incendios.
El análisis clásico de la siniestralidad relacionada con los incendios forestales toma como unidad territorial la superficie del término municipal.
El peligro de ocurrencia de incendios forestal se determina con los promedios del número de incendios en un término municipal determinado para un periodo concreto. En el mapa adjunto se muestra la incidencia de incendios por termino municipal teniendo en cuenta un periodo de 10 años. Los términos municipales con más de 10 incendios forestales de promedio al año se clasifican de peligro muy alto de incendio forestal.
Imagen 2. Mapa de peligro por frecuencia por término municipal
3.3.2 Identificación de las áreas de peligro de ocurrencia de incendios según épocas de peligro.
Para abordar el nuevo enfoque del presente plan, se pretende desligar la problemática de incendios forestales de los límites administrativos y abordar la problemática estudiando la distribución espacial de los puntos de inicio de los incendios en la serie temporal de 2007-2017, con el objeto de identificar los lugares concretos en que la concentración de incendios es mayor.
El análisis de la distribución de los puntos de inicio define espacialmente áreas específicas en las cuales, para el periodo estudiado, se concentran los incendios, siendo por tanto zonas de mayor peligro de ocurrencia de incendio forestal, en las que será necesario analizar con más detalle la problemática asociada y valorar la posible aplicación de medidas concretas adaptadas a esa definición territorial.
Imagen 3. Mapa de densidad de puntos de inicio de incendio forestal 2007-2017. Número de incendios en el decenio
Además de la distribución territorial, se considera necesario tener en cuenta la distribución temporal de los incendios forestales, es decir, distinguir las zonas de mayor acumulación de incendios en las distintas épocas del año. Esta información es imprescindible para el adecuado dimensionamiento del operativo en cada época del año y para la valoración de las distintas medidas a aplicar en cada parte concreta del territorio ya que, en cada época y localización territorial, los incendios responden a una problemática diferente que hay que concretar territorialmente y analizar para valorar la adopción de medidas concretas adaptadas a esas problemáticas específicas.
A continuación, se muestran las zonas de alta densidad de puntos de inicio en dos periodos, en la Época de Peligro Alto de incendios (EPA), pero extendida a junio y octubre, época en que los incendios presentan un patrón de ocurrencia similar al de la EPA; y, por otro lado, en el resto del año, considerado con carácter general Época de Peligro Bajo (EPB) en que la casuística de incendios está más exclusivamente relacionada con el uso del fuego como herramienta de manejo del combustible vegetal.
Imagen 4. Mapa de densidad de puntos de inicio de incendio forestal 2007-2017 en época de Peligro Alto extendida (+ jun +oct), 2007-2017
Imagen 5. Mapa de densidad de puntos de inicio de incendio forestal 2007-2017 en época de Peligro Bajo, 2007-2017
3.3.3 Identificación de las áreas de peligro de ocurrencia de incendios en función de sus causas.
Las situaciones de peligro se analizan a partir de la causalidad, agrupando las diferentes causas según sean naturales o antrópicas, y dentro de estas últimas por áreas de actividad: agrícola, ganadera, actividad cinegética, etc.
3.3.3.1 Áreas de peligro por rayo.
Con el fin de determinar la incidencia que suponen los rayos en el inicio de incendios se seleccionan los puntos de inicio que estén relacionados con esta causa para establecer si es posible un mapa que muestre la densidad de puntos por zonas que presenten una mayor siniestralidad ocasionada por rayos. Para conocer cuáles son las áreas de acumulación se ha creado un área de influencia de 5.000 m de radio, lo que permite identificar las áreas con más de dos incendios.
En el anexo 9 se detallan, por provincia, los términos municipales con mayor peligro por rayo (zona de acumulación >3) situados en Zonas de Alto Riesgo.
Las medidas a tomar serán las siguientes:
1. Diseñar y ejecutar actuaciones de selvicultura preventiva de incendios de forma priorizada en las áreas forestales de mayor frecuencia y acumulación de rayos.
2. Protocolizar pautas de vigilancia programada en caso de tormenta.
Imagen 6. Mapa de calor sobre la densidad de puntos de inicio de incendio forestal causado por rayo, 2007-2017
3.3.3.2 Áreas de peligro derivado de actividades agrícolas.
Un número importante de incendios forestales tiene como origen las actividades agrícolas, por lo que debe realizarse un análisis de qué causas y en qué zonas se detectan con más frecuencia incendios con ese origen, de modo que permita identificar las áreas de peligro derivadas de esta actividad.
Se analizan cartográficamente los puntos de inicio correspondientes a incendios cuyo origen está vinculado a actividades agrícolas, ya sean causados intencionadamente o por negligencias o accidentes. La densidad de dichos puntos señalará zonas que tendrán mayor probabilidad de sufrir futuros incendios. Para conocer cuáles son las áreas de acumulación se ha creado un área de influencia de 2.500 m de radio, lo que permite identificar las áreas con más de un incendio con origen en la actividad agrícola y, más específicamente, relacionado con el uso de cosechadoras.
Imagen 7. Mapa de calor sobre la densidad de puntos de inicio de incendios forestales asociados a causas agrícolas, 2007-2017
Imagen 8. Mapa de calor sobre la densidad de puntos de inicio de incendios forestales asociados al uso de cosechadoras, 2007-2017
En base al análisis de la colindancia agrícola-forestal se reflejan los términos municipales calificados como de colindancia extrema, muy alta y alta, que serán los que presenten un mayor peligro de sufrir un incendio debido a estas causas.
Varios de estos municipios son colindantes entre sí, agravando la situación de peligro.
Imagen 9. Mapa de áreas de peligro en interfaz agrícola-forestal
En el anexo 10 se detallan, por provincia, Términos municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola ‒PINI > 4 incendios‒ situados dentro de zonas de alto riesgo.
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Elaborar material de divulgación, información y sensibilización sobre el problema y sus consecuencias, así como manuales específicos de buenas prácticas para evitarlo.
2. Aplicar, cuando proceda ante riesgos de incendio elevados o circunstancias meteorológicas adversas, limitaciones más restrictivas en zonas de especial problemática y condiciones meteorológicas desfavorables.
3. En caso de siniestro efectuar las comunicaciones oportunas al organismo competente en materia agrícola para la aplicación de los regímenes que procedan en relación con las ayudas públicas que se estén recibiendo por la actividad.
4. Establecer un protocolo operativo para la eventual reclamación de daños y perjuicios y costes de extinción.
3.3.3.3 Áreas de peligro derivado del uso del fuego para el manejo de la cubierta vegetal.
En este apartado se estudian los incendios cuyo origen venga causado por actividades relacionadas con el uso del fuego como herramienta de manejo de la cubierta vegetal, ya sea la ganadería, uso agrícola o manejo tradicional.
Imagen 10. Mapa de densidad de puntos de inicio de incendios forestales asociados a manejo de la cubierta vegetal, 2007-2017
En el anexo 11 se detallan, por provincia, los términos municipales con concentración alta de incendios relacionados con el uso del fuego como herramienta ‒PINI > 10‒.
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Fomentar alternativas al uso cultural del fuego, priorizando en estas zonas la ejecución de planes de desbroces y, en donde estos no resulten posibles y de forma justificada, quemas controladas, así como el manejo integrado del territorio mediante actividades económicamente sostenibles y la educación preventiva.
2. Elaborar material de divulgación, información y sensibilización sobre el problema y sus consecuencias, así como manuales específicos de buenas prácticas para evitarlo.
3. Acotar los terrenos quemados de acuerdo con la normativa vigente en la materia, mantener un sistema de seguimiento sobre su cumplimiento y efectuar las comunicaciones oportunas al organismo competente en materia ganadera para la aplicación de los regímenes que procedan en relación con las ayudas públicas que se estén recibiendo por la actividad.
4. Aplicar medidas correctivas, disuasorias, pecuniarias y de control de la legalidad y efectuar un seguimiento plurianual de dicha aplicación, especialmente en áreas de reiteración o solape.
5. Establecer un protocolo operativo para la eventual reclamación de daños y perjuicios y costes de extinción.
3.3.3.4 Áreas de peligro relacionado con la actividad cinegética.
Se estudian los incendios cuyo origen puede estar relacionado con el manejo de la cubierta vegetal para la gestión de actividades cinegéticas, analizando en qué términos municipales se detecta con más frecuencia esta circunstancia, o en qué tipo de terrenos cinegéticos. Para ello se seleccionan los puntos de inicio relacionados con este tipo de actividad, que se localicen en superficies incluidas en cotos cinegéticos, con el fin de detectar zonas de elevada incidencia que puedan necesitar actuaciones específicas a este respecto.
El análisis a nivel autonómico muestra la siguiente concentración de puntos de inicio relacionados con la causa cinegética e el siguiente mapa.
Imagen 11. Mapa de calor sobre densidad de puntos de inicio de incendios relacionados con actividades cinegéticas. 2007-2017
A continuación se analizan pormenorizadamente las provincias (León, Salamanca y Zamora) con una problemática más relevante.
La provincia de León presenta una problemática relevante desde el punto de vista incendios por causa cinegética, tanto provocados por los cazadores para facilitar la caza como los provocados contra los acotados, por lo que se van a estudiar los que presentan una elevada siniestralidad.
Imagen 12. Mapa de calor sobre densidad de puntos de inicio de incendios relacionados con actividades cinegéticas. León, 2007-2017
Se trata por un lado de la zona suroeste de la provincia, en el término municipal de Encinedo, cuya superficie constituye el coto privado de caza denominado el Vildeo, con matrícula LE-10295 en el que se produjeron 32 incendios entre los años 2007-2017. Lindando con él se encuentra el término municipal de Benuza, que constituye otro coto denominado La Portilla con matrícula LE-11031 en el que se produjeron 11 incendios entre los años 2007-2016 con idéntica motivación. En el mismo municipio se solapan varios cotos de caza siendo el riesgo muy alto y alto en los cotos con matrícula LE11000 denominado Canto Gudina afectado por 9 incendios, el coto LE-11020 denominado Sigüeya con 7 incendios, el coto LE-10635 denominado Silván con 4 incendios y el coto LE-10572 denominado Silgüelomba con 2 incendios.
Por otro lado, en el oeste de la provincia, en el término municipal de Corullón, en el que se encuentra el coto denominado San Sadorni, con matrícula LE-10371, se vio afectado por 11 incendios entre los años 2009-2017.
Hay que destacar que la Reserva Regional de Caza de los Ancares Leoneses se ha visto afectada por 9 incendios entre los años 2008-2017.
A partir del mapa de color generado los términos municipales y acotados cinegéticos con riesgo alto y muy alto y con una superficie afectada de más de 500 ha son:
Tabla 1. Cotos con riesgo alto y muy alto derivado de la actividad cinegética. León
Matrícula coto | Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|---|
LE-10295 | Encinedo. | Truchas. | 3.804,26 |
LE-11031 | Benuza. | Truchas. | 2.488,58 |
LE-10371 | Corullón. | Villafranca. | 1.461,02 |
LE-10881 | Peranzanes. | Vega de Espinareda. | 968,84 |
LE-10569 | Corullón. | Villafranca. | 916,99 |
LE-11020 | Benuza. | Truchas. | 873,97 |
LE-11000 | Benuza. | Truchas. | 847,89 |
LE-10054 | Truchas. | Truchas. | 643,63 |
LE-10911 | Benuza. | Truchas. | 587,32 |
LE-11075 | Páramo del Sil. | Vega de Espinareda. | 552,20 |
LE-10756 | Benuza. | Truchas. | 532,85 |
LE-11032 | Benuza. | Truchas. | 516,09 |
Si se suma la superficie de los diferentes cotos de caza por término municipal diecinueve presentan riesgo alto o muy alto en la provincia, localizándose en la mitad oeste suroeste de la provincia de León, y especialmente en la comarca de Truchas. Sobresale entre todos, Benuza con más de 7.000 ha de riesgo alto o muy alto.
Tabla 2. Términos municipales con riesgo alto y muy alto derivado de la actividad cinegética. León
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Benuza. | Truchas. | 7.641,91 |
Encinedo.> | Truchas. | 5.511,05 |
Corullón. | Villafranca. | 2.394,51 |
Peranzanes. | Vega de Espinareda. | 1.694,81 |
Truchas. | Truchas. | 1.248,16 |
Villamontán de la Valduerna. | La Bañeza. | 686,24 |
Villagatón. | Astorga. | 670,56 |
Berlanga del Bierzo. | Vega de Espinareda. | 632,07 |
Páramo del Sil. | Vega de Espinareda. | 565,01 |
La Pola de Gordón. | La Robla. | 550,26 |
La incidencia y concentración de incendios sobre los montes de Utilidad Pública es relevante, siendo el riesgo derivado de la actividad cinegética alto y medio en el oeste de la provincia y bajo en el resto. Hay diecinueve montes de utilidad pública afectados cuya superficie quemada es superior a 1.500 ha y entre los que destacan los M.U.P 58, Palo y Riocabo y el M.U.P 331 con más de 4.000 ha quemadas.
La provincia de Salamanca no presenta un problemática relevante desde el punto de vista incendios por causa cinegética, tanto provocados por los cazadores para facilitar la caza como los provocados contra los acotamientos, pero sí que existe un punto que deben ser analizados por presentar una elevada siniestralidad.
Imagen 13. Mapa de calor sobre densidad de puntos de inicio de incendios relacionados con actividades cinegéticas. Salamanca, 2007-2017
Se trata por un lado de la zona suroeste de la provincia, en el término municipal de Serradilla del Llano, cuya superficie constituye el coto privado de caza denominado La Llano, con matrícula SA-11289, en el que se produjeron 5 incendios entre los años 2009 y 2010, y uno más en el año 2016 con el fin de facilitar la caza. Lindando con él se encuentra el término de Serradilla del Arroyo, que constituye otro coto, de igual nombre y matrícula SA-11469, en el que se produjeron dos incendios en 2009 y 2011 con idéntica motivación.
Por otro lado, en el límite sureste de la provincia, en el término municipal de Fresnedoso, en el que se encuentra el coto denominado Los Robles, con matrícula SA-11354, se produjeron dos incendios en enero del año 2012. En la parte este destaca la concentración de incendios entre la colindancia de los términos de Bañobarez ‒cotos SA-10600 y SA-10398‒ y San Felices de Gallegos ‒SA-10509‒. Y en la esquina noroeste el coto SA-10649, en Villarina de los Aires, también registro dos incendios en el periodo 2007-2017.
A partir del mapa de calor generado los términos municipales y acotados cinegéticos con riesgo alto y muy alto son:
Tabla 3. Cotos con riesgo alto y muy alto derivado de la actividad cinegética. Salamanca
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Salamanca. | Salamanca. | 2.511,20 |
Sorihuela. | Béjar. | 1.421,94 |
Aldeatejada. | Salamanca. | 823,74 |
El Cerro. | Béjar. | 695,97 |
Vallejera de Riofrío. | Béjar. | 693,85 |
La Hoya. | Béjar. | 616,54 |
Fresnedoso. | Béjar. | 597,47 |
Cristóbal. | Béjar. | 493,50 |
Navacarros. | Béjar. | 442,42 |
Santa Marta de Tormes. | Salamanca. | 413,42 |
Si se suma la superficie de los diferentes cotos de caza por término municipal sólo seis presentan riesgo alto o muy alto en la provincia, localizándose todos ellos dentro de Zonas de Alto Riesgo –ZAR-, en la mitad oeste de Salamanca, y especial en la comarca de Robleda. Sobresale entre todos Serradilla del Llano, con casi 1.000 ha de riesgo alto o muy alto.
Tabla 4. Términos municipales con riesgo alto y muy alto derivado de la actividad cinegética. Salamanca
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Serradilla del Llano. | Robleda. | 908,17 |
La Atalaya. | Robleda. | 156,73 |
San Felices de los Gallegos. | Vitigudino. | 87,60 |
Serradilla del Arroyo. | Robleda. | 77,11 |
Bañobárez. | Vitigudino. | 74,57 |
Castillejo de Martín Viejo. | Ciudad Rodrigo. | 8,64 |
Existe poca incidencia y concentración de incendios sobre los montes de Utilidad Pública, siendo por lo general bajo el riesgo derivado de la actividad cinegética, y sólo en el M.U.P. n.º 41, Dehesa, Vallefrío y Sierra, el riesgo es medio y en el n.º 43, Dehesa Boyal, Val de Herreros y Lombo, alto. Todos los montes se encuentran en la zona sur la provincia, en las comarcas de La Alberca, Robleda y Béjar.
La provincia de Zamora presenta una problemática relevante desde el punto de vista incendios por causa cinegética, tanto provocados por los cazadores para facilitar la caza como los provocados contra los acotados, y por lo tanto deben ser analizados por presentar una elevada siniestralidad.
Imagen 14. Mapa de calor sobre densidad de puntos de inicio de incendios relacionados con actividades cinegéticas. Zamora, 2007-2017
La zona más conflictiva es el noroeste de la provincia, y se concentra en los municipios de Lubián, Pedralba de la Pradería y Hermisende. El término municipal de Lubián cuya superficie la constituyen los cotos privados ZA-10632 afectado por 6 incendios, ZA10767 con 15 incendios, ZA-10759 con 7 incendios y el ZA-10776 con 4 incendios. El municipio de Hermisende dispone del coto ZA-10528 en el que se produjeron 48 incendios entre los años 2007-2017. El municipio de Pedralba de la Pradería tiene el coto privado ZA-10690 en el que se produjeron 5 incendios y la Reserva Regional de Caza Sierra de la Culebra que se vio afectada por 16 incendios entre 2010 y 2017.
Los términos municipales de San Justo y Pías también tienen un alto riesgo de incendio por causas cinegéticas. Este problema también se extiende por el oeste provincial aunque en menor medida y desciende a medida que nos desplazamos al sur provincial.
A partir del mapa de calor generado los términos municipales y acotados cinegéticos con riesgo alto y muy alto son:
Tabla 5. Cotos con riesgo alto y muy alto derivado de la actividad cinegética. Zamora
Matrícula coto | Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|---|
ZA-10528 | Hermisende. | Puebla de Sanabria. | 5.513,44 |
ZA-RRC | Pedralba de la Pradería. | Puebla de Sanabria. | 1.486,26 |
ZA-10632 | Lubián. | Puebla de Sanabria. | 941,62 |
ZA-10767 | Lubián. | Puebla de Sanabria. | 922,28 |
ZA-10690 | Pedralba de la Pradería. | Puebla de Sanabria. | 911,52 |
ZA-10759 | Lubián. | Puebla de Sanabria. | 565,07 |
ZA-10769 | San Justo. | Galende. | 544,47 |
ZA-10776 | Lubián. | Puebla de Sanabria. | 484,20 |
ZA-10572 | Figueruela de Arriba. | Alcañices. | 474,44 |
ZA-10607 | San Justo. | Galende. | 387,41 |
Si se suma la superficie de los diferentes cotos de caza por término municipal trece de ellos presentan riesgo alto o muy alto en la provincia, localizándose en la mitad noroeste de Zamora, y en especial en la comarca de Puebla de Sanabria. Sobresale entre todos Lubián, con más de 6.000 ha de riesgo alto o muy alto.
Tabla 6. Términos municipales con riesgo alto y muy alto derivado de la actividad cinegética. Zamora
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Lubián. | Puebla de Sanabria. | 6.120,61 |
Pedralba de la Pradería. | Puebla de Sanabria. | 3.042,75 |
Muelas del Pan. | Alcañices. | 2.410,67 |
Vegalatrave. | Tábara. | 1.383,13 |
Hermisende. | Puebla de Sanabria. | 475,33 |
Figueruela de Arriba. | Alcañices. | 356,33 |
San Justo. | Galende. | 274,38 |
Requejo. | Puebla de Sanabria. | 62,55 |
San Vitero. | Alcañices. | 17,67 |
Videmala. | Alcañices. | 7,62 |
Porto. | Galende. | 6,63 |
Palacios de Sanabria. | Puebla de Sanabria. | 4,56 |
Pías. | Galende. | 1,81 |
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Acotar los terrenos quemados de acuerdo con la normativa vigente en la materia, mantener un sistema de seguimiento sobre su cumplimiento y efectuar las comunicaciones oportunas al organismo competente en materia ganadera para la aplicación de los regímenes que procedan en relación con las ayudas públicas que se estén recibiendo por la actividad.
2. Aplicar medidas correctivas, disuasorias, pecuniarias y de control de la legalidad y efectuar un seguimiento plurianual de dicha aplicación, especialmente en áreas de reiteración o solape.
3. Establecer un protocolo operativo para la eventual reclamación de daños y perjuicios y costes de extinción.
3.3.3.5 Áreas de peligro asociado a los cursos de agua.
A lo largo de los recorridos de los principales cursos de agua que discurren por la región se han detectado incendios cuyo origen se analiza con el fin de detectar una correlación con las actividades vinculadas a esos cursos de agua
Para ello se estudian los puntos de inicio de incendios que se localizan en las áreas de influencia de cada uno de los cursos de agua que componen la red hidrográfica principal, generadas en una distancia de 100 metros desde el eje, tanto en el margen derecho como en el izquierdo.
Las corrientes de agua constituyen vías de acceso y al mismo tiempo de propagación del fuego, ya que las riberas tienen unas condiciones muy especiales de propagación por su linealidad, falta de discontinuidad, presencia de especies que arden rápido, a veces vientos encajonados, etc. Por el contrario, presentan disponibilidad de agua para su extinción. La gestión de su protección frente a incendios forestales es compleja.
El resultado con los tramos de río en los que se producen incendios en sus márgenes permite elevar a los organismos competentes esa situación de riesgo, programar actuaciones o establecer de vigilancia.
Como se aprecia en la imagen en el periodo de estudio se han originado incendios en zonas cercanas a los márgenes de corrientes de agua con diferente concentración o densidad.
Imagen 14 bis. Mapa de calor sobre densidad de puntos de inicio en área de influencia de la red hidrográfica, 2007-2017. Fuente: Junta de Castilla y León
Ávila:
Se observa una especial siniestralidad junto a las riberas del río Adaja y el Río Arevalillo a su paso por el municipio de Arévalo, con densidades de más de 10 incendios en el periodo 2007-2017.
A lo largo del curso del río Alberche también se identifica dos zonas de alta siniestralidad, la primera alcanzado el término municipal de Navaluenga y la segunda en el municipio de Navalosa ambas con una concentración de más de 10 incendios en las proximidades del curso de agua.
El río Arenal a su paso por los municipios de Arenas de San Pedro y El Arenal presenta dos zonas de concentración de puntos elevada, con más de 20 incendios.
Otro punto con siniestralidad relevante es el río Tiétar a su paso por el municipio de Sotillo de la Adrada.
En lo que se refiere a la causalidad de las zonas con alta concentración de incendios ‒>5 incendios en el periodo de estudio‒ a partir de los puntos de inicio en las áreas de mayor concentración ‒DN alta en el mapa de calor‒ el 15% de los incendios producidos se debe a negligencias, mientras que el 23% a incendios intencionados.
El mayor número de incendios originados dentro de la franja de 100 m situada a ambos lados de los principales ríos se localiza en Arenas de San Pedro, con 2 incendios debido a negligencias y 8 con origen intencionado. En el municipio de Arévalo se produjeron 4 incendios debido a negligencias y 1 intencionado.
Las principales causas de los incendios próximos a corrientes de agua son Incendios intencionados sin datos ‒GCS 400‒ con 9 incendios, provocados por pastores y ganaderos para regenerar el pasto ‒GCS 402‒ con 5, provocados por campesinos para eliminar matorral y residuos agrícolas –GCS 401– con 4, y fumadores ‒GCS250‒ también con 5 incendios.
Burgos:
Se observa una especial siniestralidad en el río Nela a su paso por el municipio de Merindad de Valdeporres con densidades de entre 10 y 40 incendios en el periodo 20072017.
La otra zona de gran concentración de incendios se localiza en el río Trueba a su paso por el municipio de Espinosa de los Monteros donde se alcanzas densidades de entre 21 y 40 incendios.
El río Arlanzón a su paso por los municipios de Cardeñajimeno y Burgos alcanza valores de densidad altos ‒entre 11-20 incendios‒ en el periodo de estudio.
En lo que se refiere a la causalidad de las zonas con alta concentración de incendios –>5 incendios en el periodo de estudio– a partir de los puntos de inicio en las áreas de mayor concentración ‒DN alta en el mapa de calor‒ el 14,8% de los incendios producidos se debe a negligencias, mientras que el 11,1% a incendios intencionados.
El mayor número de incendios originados dentro de la franja de 100 m situada a ambos lados de los principales ríos se localiza en Espinosa de los Monteros, con 3 incendios debido a negligencias y 7 incendios con origen intencionado. En el municipio de Aranda de Duero se produjeron 5 incendios debido a negligencias y 2 incendios intencionados.
León:
Las principales causas de los incendios próximos a corrientes de agua son Incendios intencionados por pastores y ganaderos para regenerar pasto ‒GCS 402‒ con 9 incendios, intencionados por campesinos para eliminar matorral y residuos agrícolas ‒GCS 401‒ con 6, Sin datos ‒GCS 400‒ con 5 incendios.
Se observa una extrema siniestralidad ‒más de 40 PINI‒ en los municipios de Fabero y Vega de Espinareda junto a la ribera del río Cúa, a pasando a ser muy alta la siniestralidad a su paso por el municipio de Cacabelos con densidades de más de 20 incendios en el periodo 2008-2017.
Otra zona con alta siniestralidad es la ribera de río Sil a su paso por Ponferrada con más de 20 incendios.
A lo largo del curso del río Cabrera también se identifica una elevada siniestralidad, alcanzado en el término municipal de Encinedo una concentración de más de 20 incendios en las proximidades de los cursos de agua.
En lo que se refiere a la causalidad de las zonas con alta concentración de incendios ‒>5 incendios en el periodo de estudio‒ a partir de los puntos de inicio en las áreas de mayor concentración ‒DN alta en el mapa de calor‒ el 26% de los incendios producidos se debe a negligencias, mientras que el 23% a incendios intencionados.
El mayor número de incendios originados dentro de la franja de 100 m situada a ambos lados de los principales ríos se localiza en Ponferrada, con 4 incendios debido a negligencias y 3 con origen intencionado. En el municipio de Cacabelos se produjeron 5 incendios con origen intencionado y el de Castropodame con 3 debido a negligencias y 2 con carácter intencionado.
Las principales causas de los incendios próximos a corrientes de agua son Incendios intencionados sin datos ‒GCS 400‒ con 64 incendios, intencionados provocados por campesinos para eliminar matorral y residuos agrícolas ‒GCS 401‒ con 14, intencionado otras motivaciones ‒GCS 499‒ con 13, y negligencia quema de matorral ‒GCS 280‒ con 9 intervenciones.
Palencia:
Se observa una especial siniestralidad en el Río Pisuerga a su paso por el municipio de Cervera de Pisuerga con una densidad de más de 10 incendios en el periodo 20072017.
Otra zona con gran concentración de incendios se localiza en Villamuriel de Cerrato en las proximidades del río Carrión con una densidad de más de 10 incendios en el periodo de estudio.
En lo que se refiere a la causalidad de las zonas con alta concentración de incendios ‒>5 incendios en el periodo de estudio‒ a partir de los puntos de inicio en las áreas de mayor concentración ‒DN alta en el mapa de calor‒ el 11% de los incendios producidos se debe a negligencias, mientras que el 13% a incendios intencionados.
El mayor número de incendios originados dentro de la franja de 100 m situada a ambos lados de los principales ríos se localiza en Villamuriel de Cerrato, con 5 incendios debido a negligencias y 3 con origen intencionado. En el municipio de Cervera de Pisuerga se produjeron 1 incendios debido a negligencias y 4 con carácter intencionado.
Las principales causas de los incendios próximos a corrientes de agua son Incendios Sin datos ‒GCS 400‒ con 20 incendios, Incendios provocados por campesinos para eliminar matorral y residuos agrícolas ‒GCS 401‒ con 17 incendios, incendios provocados por pastores y ganaderos para regenerar pasto ‒GCS 402‒ y Otras motivaciones –GCS 499‒ con 11 incendios cada una de ellas.
Salamanca:
Se observa una especial siniestralidad en los alrededores de la capital junto a la ribera del río Tormes, entre los municipios de Huerta y Salamanca, y del arroyo del Zurguen en Aldeatejada y Salamanca, con densidades de más de 10 incendios en el periodo 2007-2017, llegando a más de 40 en los alrededores de la ciudad.
Otra zona con gran concentración de incendios se localiza en Alba de Tormes en las proximidades del río Tormes y el embalse de Villagonzalo.
A lo largo del curso del río Cuerpo de Hombre también se identifica una elevada siniestralidad, alcanzado en el término municipal de Béjar una concentración de más de 20 incendios en las proximidades de los cursos de agua, siendo también significativa en Candelario y Montemayor del Río.
A su paso por Ciudad Rodrigo el río Agueda también se detecta otra zona de concentración de puntos elevada, con más de 20 incendios.
Otros puntos con siniestralidad relevante son el río Agadón en los municipios de Monsagro y Serradilla del Llano; y el río Alagón en San Esteban de la Sierra.
En lo que se refiere a la causalidad de las zonas con alta concentración de incendios ‒>5 incendios en el periodo de estudio‒ a partir de los puntos de inicio en las áreas de mayor concentración ‒DN alta en el mapa de calor‒ el 48% de los incendios producidos se debe a negligencias, mientras que el 47% a incendios intencionados.
El mayor número de incendios originados dentro de la franja de 100 m situada a ambos lados de los principales ríos se localiza en Santa Marta de Tormes, con 11 incendios debido a negligencias y 19 con origen intencionado. En el municipio de Salamanca se produjeron 5 incendios debido a negligencias y el de Béjar 6 con carácter intencionado.
Las principales causas de los incendios próximos a corrientes de agua son Incendios intencionados por vandalismo ‒GCS 482‒ con 29 incendios, Fumadores ‒GCS 250‒ con 11, Otros incendios por quema de basuras ‒GCS 260‒ con 5, y Otras causas no intencionales ‒GCS 399‒ también con 5.
Segovia:
No se observa una especial siniestralidad en la provincia de Segovia, se encuentran áreas con riesgo medio junto a la ribera del río Eresma a su paso por el municipio de Coca y entre los municipios de Segovia, Palazuelos de Eresma y el Real Sitio de San Ildefonso con densidades entre 6-10 incendios en el periodo 2007-2017.
En el término municipal de Coca hay otra área de riesgo medio junto a la ribera del río Voltoya.
A lo largo del curso del río Cega también se identifica una siniestralidad media, que se alcanza en dos puntos a su paso por la provincia uno en el término municipal de Cuéllar y otro en Navafría ambos con una concentración de entre 6-10 incendios en las proximidades de al curso de agua.
A su paso por el municipio de Fuentidueña el río Duratón también se detecta otra zona de concentración media de puntos de incendio, con densidad entre 6-10.
En lo que se refiere a la causalidad de las zonas con alta concentración de incendios –>5 incendios en el periodo de estudio– a partir de los puntos de inicio en las áreas de mayor concentración ‒DN alta en el mapa de calor‒ el 9,84% de los incendios producidos se debe a negligencias, mientras que el 4,9% a incendios intencionados.
El mayor número de incendios originados dentro de la franja de 100 m situada a ambos lados de los principales ríos se localiza en Coca, con 2 incendios debido a negligencias.
Las principales causas de los incendios próximos a corrientes de agua son Incendios intencionados por vandalismo ‒GCS 482‒ con 3 incendios y Fumadores ‒GCS 250– con 2 incendios.
Soria:
Se observa una especial siniestralidad en los alrededores de la ribera del río Razón a su paso por Sotillo del Rincón y en río Duero a su paso por Almazán, con densidades de entre 11 y 20 incendios en el periodo 2007-2017.
En las riberas de los ríos Tera, Caracena, Ucero, así como en el río Duero ‒su paso por el municipio de El Burgo de Osma y San Estaban de Gormaz‒ se encuentran pequeñas áreas con densidades de entre 6-10 incendios, en el periodo de estudio.
En lo que se refiere a la causalidad de las zonas con alta concentración de incendios ‒>5 incendios en el periodo de estudio‒ a partir de los puntos de inicio en las áreas de mayor concentración ‒DN alta en el mapa de calor‒ el 9,8% de los incendios producidos se debe a negligencias, mientras que el 5% a incendios intencionados.
El mayor número de incendios originados dentro de la franja de 100 m situada a ambos lados de los principales ríos se localiza en El Burgo de Osma, con 2 incendios debido a negligencias y 2 con origen intencionado. En el municipio de Almazán se produjeron 2 incendios debido a negligencias y 2 con carácter intencionado.
Las principales causas de los incendios próximos a corrientes de agua son incendios intencionados por campesinos para eliminar matorral y residuos agrícolas ‒GCS 401‒ con 3 incendios, Otras causas no intencionadas ‒GCS 399‒ con 3 incendios y Fumadores ‒GCS 250‒ con 2 incendios.
Valladolid:
Se observa una especial siniestralidad en el río Duero, a su paso por los municipios de Tordesillas y Laguna de Duero, con densidades entre 11 y 20 incendios en el periodo 2007-2017.
El resto de los cursos de agua tienen un riesgo bajo o medio en puntos concretos sin suponer un riesgo grave en ninguno de los casos.
En lo que se refiere a la causalidad de las zonas con alta concentración de incendios ‒>5 incendios en el periodo de estudio‒ a partir de los puntos de inicio en las áreas de mayor concentración ‒DN alta en el mapa de calor‒ el 13% de los incendios producidos se debe a negligencias, mientras que el 4,35% a incendios intencionados.
El mayor número de incendios originados dentro de la franja de 100 m situada a ambos lados de los principales ríos se localiza en Valladolid con 5 incendios debidos a negligencias y Bahabón con 4 incendios debido a negligencias
Las principales causas de los incendios próximos a corrientes de agua son Incendios sin datos ‒GCS 400‒ con 5 incendios, Fumadores ‒GCS 250‒ con 4, Otras negligencias ‒GCS 294‒ con 4 incendios.
Zamora:
Se observa una extrema y muy alta siniestralidad junto a la ribera del río Tuela a su paso por los municipios de Hermisende y Lubián alcanzando densidades de más de 40 incendios en el periodo 2007-2017. El río Tera a su paso los municipios de Galende y Robleda Cervantes alcanza una muy alta y alta siniestralidad en las proximidades de sus curso de agua, al igual que el río Aliste a su paso por los municipios de Mahide y San Vicente de la Cabeza.
Otra zona con gran concentración de incendios se localiza en Porto en las proximidades del río Bibei.
Otros puntos con siniestralidad relevante son el río Castrón en el municipio de Ferreras de Abajo; y el río Ería en Morales del Rey.
En lo que se refiere a la causalidad de las zonas con alta concentración de incendios ‒>5 incendios en el periodo de estudio‒ a partir de los puntos de inicio en las áreas de mayor concentración ‒DN alta en el mapa de calor‒ el 9,16% de los incendios producidos se debe a negligencias, mientras que el 26,7% a incendios intencionados.
El mayor número de incendios originados dentro de la franja de 100 m situada a ambos lados de los principales ríos se localiza en Hermisende, con 9 incendios con origen intencionado y en San Vicente de la Cabeza con 2 incendios debido a negligencias y 8 con origen intencionado. En el municipio de Galende se produjeron 1 incendios debido a negligencias 2 con origen intencionado al igual que en el municipio de Villaralbo.
Las principales causas de los incendios próximos a corrientes de agua son Incendios intencionados sin datos ‒GCS 400‒ con 9 incendios, intencionados provocados por pastores y ganaderos para regenerar pasto ‒GCS 402‒ con 5 incendios, Fumadores ‒GCS 250‒ con 4, intencionados provocados por campesinos para eliminar matorral y residuos agrícolas –GCS 401‒ con 4 incendios.
Medidas:
Abordar un seguimiento y análisis específico de causas en los tramos de mayor peligro y practicar las comunicaciones pertinentes al organismo de cuenca en las zonas de alta concentración de siniestros.
3.3.3.6 Áreas de peligro por intencionalidad en monte arbolado.
Las áreas arboladas son las más susceptibles de sufrir los daños más importantes por causa de los incendios forestales por la pérdida de cubierta arbolada, formaciones de mayor valor ecológico y ambiental, mayor carácter protector o que ofrecen productos con mayor valorización económica entre otras razones. Por ello, es de especial interés conocer donde se produce una mayor intencionalidad en como causa del origen de los incendios forestales en montes arbolados ‒fcc > 20%‒.
Para ello se estudian los puntos de inicio que llevan asociada como causa la intencionalidad, incluyendo las analizadas en apartados anteriores, de forma que se obtenga una densidad que permita identificar zonas en las que se detecte una especial incidencia.
En el anexo 12 se incluyen los términos municipales con riesgo alto por incendios intencionados en monte arbolado y situados en Zona de Alto Riesgo –ZAR‒ (Orden MAM/851/2010, de 7 de junio, por la que se declaran zonas de alto riesgo de incendio en la Comunidad de Castilla y León).
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Implantar un sistema de prevención activa encaminada a la raíz de los problemas a partir de análisis sobre la causalidad y motivaciones predominantes en las diferentes zonas de alta siniestralidad o de mayor riesgo, planificando las acciones a desarrollar en una nueva versión del Plan 42.
2. Elaborar material de divulgación, información y sensibilización sobre el problema y sus consecuencias, así como manuales específicos de buenas prácticas para evitarlo y fomentar la participación local en el tratamiento de esta problemática.
3. Persecución del delito de incendios, intensificación de la vigilancia e impulso de la labor sancionadora.
4. Abordar un análisis específico de las causas y motivaciones en cada una de las zonas en que esta problemática sea más relevante.
3.3.3.7 Áreas de peligro relacionado con centros de almacenamiento y gestión de residuos y otros lugares de acumulación de residuos.
En este apartado se analizan los incendios forestales cuyo origen está relacionado con centros de almacenamiento y gestión de residuos o con la quema de basuras. A pesar de ser instalaciones que se han ido clausurando paulatinamente en la Comunidad de Castilla y León aún sigue alguno de ellos en funcionamiento, por lo que se considera necesario analizarlos para ver en cuáles de ellos se originan incendios por esta causa y si se repiten o no en el mismo lugar.
En la cartografía se han representado los puntos de inicio por esta causa.
No se aprecia alta concentración de incendios originados por esta causa. No obstante, se identificarán los puntos de mayor riego para nostificarlos al órgano competente para fomentar la aplicación de medidas corectivas si son viables como clausura o sellado si procede.
Imagen 15. Mapa de puntos de inicio de incendio forestal con origen en el manejo de los residuos, 2007-2017
3.3.3.8 Peligro derivado de infraestructuras.
Lo extenso de las infraestructuras lineales (red de carreteras, vías férreas y líneas eléctricas) con una intensa actividad humana directamente asociada a ellas, suponen una fuente inespecífica de peligro asociada a estas infraestructuras, por lo que es necesario analizar su siniestralidad más reciente.
3.3.3.8.1 Peligro asociado a la red viaria.
La red viaria supone un factor importante de peligro de incendios forestales, tanto por la posibilidad de generar accidentes de tráfico que provoquen incendios como debido a la negligencia derivada del comportamiento de personas ‒fumadores‒, labores de mantenimiento de cunetas, etc.
La red viaria de Castilla y León se extiende a lo largo de más de 33.000 km, distribuidos por todo el territorio.
Se analizan los incendios forestales que se han originado junto a carreteras y elementos de la red viaria, con el fin de detectar si hay carreteras en las que se repiten más incendios, o accesos a determinados lugares en los que haya más frecuencia de siniestros. Se incluyen los incendios que han sido causados intencionadamente y aquellos debidos a negligencias de fumadores; en ambos casos localizados en un área de influencia de 100 metros a cada lado de cada una de las infraestructuras que componen la red viaria.
Imagen 16. Mapa de calor sobre la densidad de puntos con origen de incendio forestal en la red viaria y fumadores, 2007-2017
En el anexo 6 se detallan, por provincia, las vías de comunicación situadas en áreas con mayor siniestralidad ‒>40 ya que la representación cartográfica a escala autonómica no es posible.
La medida a adoptar será la siguiente:
1. Identificar los tramos de la red de carreteras con más concentración de incendios en la franja de 100 metros y notificarlos al órgano competente para fomentar la aplicación de las medidas preventivas pertinentes en las franjas de uso público y de servidumbre.
3.3.3.8.2 Peligro asociado a las vías férreas.
La red ferroviaria supone un factor de peligro de incendios forestales, tanto por la posibilidad de generar accidentes que provoquen incendios como, fricciones que provoquen chispas, labores de mantenimiento de catenarias, etc.
El análisis se realiza de forma que se permita determinar el peligro asociados a las líneas férreas mediante dos análisis:
a) Tramos de máximo riesgo por especial concentración de incendios, mediante el estudio de la densidad de puntos de inicio que se ubiquen en un área de influencia de 100 metros a cada lado de cada una de las líneas.
b) Tramos de siniestralidad específica debida a este tipo de infraestructuras, mediante el estudio de los puntos de inicio de incendios con causa relacionada, que se localicen en un área de influencia de 100 metros a cada lado de cada una de las líneas de ferrocarril.
La incidencia de las líneas férreas como punto de inicio de incendios no tiene una concentración elevada, con escasos lugares donde que haya una concentración de puntos en un mismo lugar. No obstante, en el anexo 8 se detallan, por provincia, la incidencia de las líneas férreas como punto de inicio de incendios.
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Identificar los tramos con más concentración de incendios y notificarlos al órgano competente para fomentar la aplicación de las medidas preventivas pertinentes.
2. Establecer convenios de colaboración con las principales entidades responsables de estas líneas para facilitar la aplicación de medidas preventivas y su seguimiento, así como la actuación coordinada en caso de siniestro.
3. Establecer un protocolo operativo para la eventual reclamación de daños y perjuicios y costes de extinción.
Imagen 17. Mapa de puntos de inicio de incendio forestal con origen en vías férreas, 2007-2017
3.3.3.8.3 Peligro asociado a las líneas eléctricas.
La presencia de líneas eléctricas que atraviesan superficies forestales incrementa el peligro de inicio y propagación de los incendios forestales, debido a accidentes en las labores de mantenimiento o por el mal estado de las infraestructuras o por el impacto con aves.
Se analizan en este apartado los incendios forestales cuyo origen hayan sido las líneas eléctricas y se estudia el trazado de las mismas para analizar si hay zonas en las que se observa reiteración de incendios a través de dos perspectivas:
a) Tramos de máximo riesgo por especial concentración de incendios, mediante el estudio de la densidad de puntos de inicio que se ubiquen en un área de influencia de 100 metros a cada lado de cada una de las líneas.
b) Tramos de siniestralidad específica debida a este tipo de infraestructuras, mediante el estudio de los puntos de inicio de incendios con causa relacionada, que se localicen en un área de influencia de 100 metros a cada lado de cada una de las líneas.
Tras el análisis no se identifican superficies concretas donde exista peligro alto de incendio relacionado con líneas eléctricas, ya que no existe un patrón de reiteración localizado. En todo caso es necesario mantener en condiciones óptimas de limpieza de combustible vegetal la red de líneas eléctricas, porque disminuye el riesgo de propagación y porque facilita las labores del operativo de extinción.
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Identificar si se detectasen tramos con más concentración de incendios y notificarlos al órgano competente para fomentar la aplicación de las medidas preventivas pertinentes.
2. Establecer convenios de colaboración con las principales entidades responsables de estas líneas para facilitar la aplicación de medidas preventivas y su seguimiento, así como la actuación coordinada en caso de siniestro.
3. Establecer un protocolo operativo para la eventual reclamación de daños y perjuicios y costes de extinción.
Imagen 18. Mapa de calor sobre la densidad de puntos de inicio de incendio forestal con origen en líneas eléctricas, 2007-2017
3.3.3.8.4 Peligro asociado a la actividad en las instalaciones del Ministerio de Defensa.
Las maniobras militares son otra de las fuentes de peligro de incendio forestal por lo que desde el año 2006, la Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, acordó con el Ministerio de Defensa un procedimiento operativo de actuación en caso de incendios forestales en las propiedades del Ministerio de Defensa ‒Ejército de Tierra‒.
El objetivo del acuerdo establece un procedimiento que permite da una respuesta eficiente a la extinción de incendios forestales con el necesario apoyo del dispositivo del Operativo de Lucha Contra Incendios Forestales de la Junta de Castilla y León. Este acuerdo está referido a las comunicaciones y a las actuaciones en caso de incendio estableciendo los responsables militares, procedimiento operativo, medios militares, etc.
Tanto la Junta de Castilla y León como el Ministerio de Defensa consideraron conveniente prorrogar en junio de 2017 dado el buen funcionamiento de los últimos años.
En la provincia de Burgos se encuentran la Base Militar Cid Campeador en la localidad de Castrillo del Val, perteneciente al municipio de Ibeas de Juarros, a 3 km de este. En esta misma localidad se encuentra la el Campo de Maniobras y Tiro y Polvorín rodeado en parte por superficie con alta carga de combustible, habiéndose detectado un incendio en su recinto en el año 2012 causado en maniobras militares.
En la provincia de León se encuentra el Mando de Artillería de Campaña denominado el «El Ferral de Bernesga» en la localidad de Ferral de Bernesga perteneciente al término municipal de San Andrés del Rabanero situado a escasos kilómetros al oeste del núcleo urbano de dicha localidad. Se encuentra rodeado por monte abierto con numerosas pistas forestales.
También encontramos el Campo de Maniobras y Tiro del Teleno, que pertenece al Ejército de Tierra, que ocupa una superficie de 6.100 ha y tiene su comandancia en el Acuartelamiento de Santolices en Astorga. El campo de maniobras está compuesto principalmente de matorral y pasto aunque también hay zonas arboladas principalmente en las vaguadas. Estas instalaciones fueron escenario de grandes incendios en los años 1998 y 2022.
En la provincia de Salamanca únicamente se encuentra el campo de maniobras y de tiro denominado «Los Montalvos» en el término municipal de Aldeatejada, situado a escasos kilómetros al suroeste del núcleo urbano. Se encuentra rodeado en parte por superficie con alta carga de combustible y con presencia de urbanizaciones cercanas, pero no se ha detectado ningún incendio en sus alrededores, salvo unos ocurridos a un kilómetro de distancia, en la urbanización de Vistahermosa, pero que fueron debidos a quemas de basuras.
En la provincia de Valladolid en el campo de maniobras de El Empecinado, ni en el polvorín de Sardón, se han producido incendios en maniobras militares, si bien, en las proximidades a veces se dan situaciones de riesgo por incendio en tierras de labor.
Tabla 7. Instalaciones militares situadas en Castilla y León
Provincia | Nombre | Tipo | Nivel de riesgo |
---|---|---|---|
Burgos. | Matagrande. | Base Militar y CMT. | Alto |
Burgos. | Ibeas. | Polvorín. | Alto |
Burgos. | Villatoro. | Campo Maniobras_Tiro. | Alto |
León. | Teleno. | Campo Maniobras_Tiro. | Alto |
León. | El Ferral. | Campo Maniobras_Tiro. | Alto |
Salamanca. | Los Montalvos. | Campo Maniobras_Tiro. | Alto |
Segovia. | Matabueyes. | Campo Maniobras_Tiro. | Alto |
Valladolid. | El Empecinado. | Campo Maniobras_Tiro. | Alto |
Valladolid. | Sardón. | Polvorín_Destacamento. | Alto |
3.3.4. Medidas a adoptar.
Además de las específicas contenidas en cada epígrafe, se adoptarán las siguientes medidas:
1. Abordar la problemática de las áreas de alta siniestralidad mediante un planteamiento específico a partir del análisis de las zonas con mayor concentración de puntos de inicio o de mayor porcentaje de terrenos con incendios reiterados.
2. Implantar un sistema de prevención activa encaminada a la raíz de los problemas a partir de análisis sobre la causalidad y motivaciones predominantes en las diferentes zonas de alta siniestralidad o de mayor riesgo, planificando las acciones a desarrollar en una nueva versión del Plan 42.
3. Fomentar en las áreas de alta siniestralidad alternativas al uso del fuego, priorizando la ejecución de planes de desbroces, el manejo integrado del territorio mediante actividades económicamente sostenibles y la educación preventiva.
4. Aplicar medidas correctivas, disuasorias, pecuniarias y de control de la legalidad y efectuar un seguimiento plurianual de dicha aplicación.
5. Analizar de forma específica los solapes y la reiteración de incendios en las mismas áreas, profundizando en la determinación de motivaciones concretas para incidir en superficies pequeñas sobre las dos líneas anteriores.
3.4 Identificación y catalogación de áreas de peligro por su baja accesibilidad.
Las zonas con menor accesibilidad son más sensibles o peligrosas para el control y extinción de incendios, ya que la falta de infraestructuras viarias dificulta los trabajos de progresión de las cuadrillas, realización de tendidos de manguera, creación de líneas de defensa, etc.
El objetivo no es conocer sólo la accesibilidad en función de la topología de la red viaria, sino identificar las áreas de peligro en función de la distancia a la infraestructura más cercana y de la pendiente del terreno.
En Ávila el área de mayor extensión y riesgo por baja accesibilidad se localiza en la Sierra de Gredos, en los municipios de Candeleda y Arenas de San Pedro ‒comarca de Arenas de San Pedro‒ y en los municipios de Solana de Ávila y Navalonguilla –comarcas de El Barco de Ávila‒, tradicionalmente una zona con una baja densidad de red viaria.
En la parte sur de las comarcas de Piedrahita y Ávila presentan un riesgo bajo y en algunos puntos medio por baja accesibilidad. Los términos municipales donde se encuentran estas áreas son Navaescurial, Navacepedilla de Corneja, Villafranca de la Sierra, Villatoro y Casas del puerto.
Otras zonas donde se observa un riesgo medio bajo son entre las comarcas de Piedralaves y El Tiemblo llegando al Valle de Iruelas afectando principalmente a los municipios de Gavilanes, Piedrales, Navaluengo y el Barranco.
En Burgos El área de mayor extensión y riesgo alto por baja accesibilidad se localiza en la Sierra de la Demanda, en el municipio de Neila, se trata de una zona con baja densidad de red viaria. En el resto de la Sierra el riesgo disminuye a medio-bajo, siendo los municipios con menor accesibilidad Valle de Valdelaguna, Huerta de Arriba, Ledanías de Castrillo la Reina, Hacinas y Salas de los Infantes, Riocavado de la Sierra, Pineda de la Sierra, Rábanos, Villasur de Herreros y Barbadillo de Herreros.
Las zonas altas de las áreas de montaña del Puerto de Estacas de Trueba son otros territorios de cierta extensión donde existe un riesgo medio-bajo por falta de accesibilidad. Los términos municipales donde se encuentran estas áreas son Merindad de Valdeporres y Merindad de Sotoscueva.
En las zonas montañosas de transición entre la región atlántica y la mediterránea como la Sierra de la Tesla y los Montes de Miranda también hay varias áreas de riesgo medio y bajo.
En León el área de mayor extensión y riesgo por baja accesibilidad se localiza en Picos de Europa en los municipios de Boca de Huérgano, Burón y Posada de Valdeón en la comarca de León; Crémenes en la comarca del mismo nombre; y Puebla de Lillo en la comarca de Boñar, se trata de una zona aislada y con baja densidad de red viaria.
Las zonas altas de las áreas de montaña de la comarca de La Robla son otros territorios de cierta extensión donde existe un riesgo elevado por baja accesibilidad. Los términos municipales donde se encuentran estas áreas son los de Valdelugueros, Cármenes y Villamanín.
Otras zonas donde se observa un mayor riesgo son en el Parque Natural de Babia y Luna en los municipios de Sena de Luna y San Emiliano; en la Sierra de Ancares en los términos municipales de Palacios del Sil, Bembibre y Candín.
En los Montes Aquilianos en los municipios de Benuza y Castrillo de Cabrera y Lucillo, así como en la Sierra de Cabrera en el municipio de Encinedo se dan otras áreas de riesgo alto por baja accesibilidad.
Por último, se observa como el extremo norte de la provincia se caracteriza por tener una baja accesibilidad alternando los niveles desde e riego bajo al muy alto.
En Palencia el área de mayor extensión y riesgo por baja accesibilidad se localiza en la Montaña Palentina, en los municipios de Velilla de Rio Carrión, Cervera de Pisuerga, Castrejón de la Peña y La Pernía, tradicionalmente es una zona aislada y con baja densidad de red viaria.
El resto de la provincia no tiene riesgo por accesibilidad, aunque hay que comentar que las comarcas de Páramos Valdavia, Boedo-Ojeda y Cerrato tienen pequeñas áreas de peligro bajo por accesibilidad.
En Salamanca el área de mayor extensión y riesgo por baja accesibilidad se localiza en la Sierra de Las Quilamas, en el municipio de La Bastida y San Miguel Valero, tradicionalmente una zona aislada y con baja densidad de red viaria.
Las zonas altas de las áreas de montaña de la Sierra de Francia y de la Sierra de Béjar son otros territorios de cierta extensión donde existe un riesgo elevado por baja accesibilidad. Los términos municipales donde se encuentran estas áreas son los de La Alberca, Sotoserrano, Candelario, y en menor medida Agallas y Serradilla del Llano.
Otras zonas donde se observa un mayor riesgo son algunas de las situadas a lo largo de las márgenes de los ríos Agueda ‒en las localidades de San Felices de los Gallegos y Ahigal de los Aceiteros‒ y Huebra ‒en Hinojosa de Duero y Saucelle‒, donde la inexistencia de puentes o infraestructura vial a lo largo de la margen del respectivo río hace de estas áreas poco accesibles.
Por último, se observa como la mitad oeste de la comarca de Guijuelo y la mitad este de la de Vitigudino tienen mucha superficie con menor accesibilidad que la mayor parte del resto de territorio provincial, aunque se trata de un riesgo bajo o muy bajo.
En Segovia el área de mayor extensión y riesgo por baja accesibilidad se localiza en la Sierra de Guadarrama, en la comarca de Riaza en los municipios de Riofrío de Riaza y Riaza tradicionalmente una zona aislada y con baja densidad de red viaria.
Las zonas altas de las áreas de montaña de la Sierra de Guadarrama en las comarcas de Navafría y El Espinar son otros territorios de cierta extensión donde existe un riesgo bajo a muy bajo por baja accesibilidad. Los términos municipales donde se encuentran estas áreas son los Aldealengua de Pedraza, Torre Val de San Pedro, Sotosalbos, Trescasas, Real Sitio de San Idelfonso, Otero de Herreros y El Espinar.
Otra zona donde se observa un riesgo medio es en la situada a lo largo de las márgenes del río Duratón a su paso por Carrascal del Río, donde la inexistencia de puentes o infraestructura vial a lo largo de la margen del respectivo río hace de esta área poco accesible.
En Soria el área de mayor extensión y riesgo por baja accesibilidad se localiza en la Sierra de Alcarama, en el municipio de San Pedro Manrique, tradicionalmente una zona aislada y con baja densidad de red viaria.
Las zonas altas de las áreas de montaña de la Sierra del Urbión son otros territorios de cierta extensión donde existe un riesgo bajo por accesibilidad. Los términos municipales donde se encuentran estas áreas son los Sotillo del Rincón, El Royo, Montenegro de Cameros, Vinuesa, Covaleda y Duruelo de la Sierra.
Otras zonas donde se observa un riesgo mediobajo son las situadas en la Sierra del Moncayo en los municipios de Ágreda, Cueva de Ágreda, Beratón y Borobia; y en Los Altos Campos de Gómara en los municipios de Quiñonería y Deza.
Por último, se observa como todas las comarcas tienen mucha superficie de riesgo muy bajo de accesibilidad, mostrando la falta de acceso a estas áreas en caso de incendio.
Valladolid no presenta áreas de riesgo alto o medio por baja accesibilidad en su territorio. En las comarcas de Quintanilla de Onésimo, Valladolid, Medina de Rioseco y Tordesillas podemos encontrar pequeñas áreas de riesgo muy bajo por su baja accesibilidad.
En Zamora el área de mayor extensión y riesgo por baja accesibilidad se localiza en la Sierra de la Cabrera y el Lago de Sanabria y sus alrededores en los municipios de San Justo, Porto, Galende, Lubián y los municipios de Pías, Hermisende y Pedralba de la Pradería tienen un riesgo medio por baja accesibilidad, son tradicionalmente una zona aislada y con baja densidad de red viaria.
Las zonas altas de las áreas de montaña de la Sierra de la Cabrera son otros territorios de cierta extensión donde existe un riesgo medio por baja accesibilidad en las comarcas de Puebla de Sanabria y Mombuey. Los términos municipales donde se encuentran estas áreas son los de Espadañedo y Rosinos de la Requejada.
Por último, se observa como en el resto de las comarcas hay pequeñas áreas con riesgo muy bajo por baja accesibilidad, alcanzando las mayores superficies en la comarca de Alcañices y Tábara.
La medida a adoptar será la siguiente:
1. Diseñar y ejecutar actuaciones de infraestructura preventiva de incendios (cortafuegos y vías de acceso) de forma priorizada, en todo caso compatible con la conservación de sus valores ecológicos.
3.5 Identificación y catalogación de las áreas con mayor peligro de propagación de los incendios.
3.5.1 Combustibilidad.
La presencia de combustibles dispuestos para arder y con acumulación suficiente, potencian el fenómeno de incendios forestales. El grado de desarrollo y distribución permite evaluar el peligro de ignición y propagación.
Un incendio forestal, como cualquier proceso de combustión, se desarrolla de acuerdo a las reglas de transmisión de calor y de la emisión de gases combustibles. Se define como combustible toda aquella materia de origen vegetal que puede arder. Del combustible forestal depende, en buena parte, el inicio y propagación del fuego. Es, además, el único de los tres factores implicados en un incendio sobre el que se puede actuar directamente y de forma preventiva.
Se define la combustibilidad como la capacidad que tiene un sistema forestal para arder, desprendiendo la energía suficiente para consumirse y provocar la inflamación de la vegetación vecina extendiendo el fuego. La combustibilidad se ha analizado mediante la clasificación establecida por Rothermel, y adaptada para los sistemas forestales españoles por la Dirección General para la Biodiversidad del entonces Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, que describe la estructura espacial del combustible en 13 modelos estructurales distribuidos en cuatro grupos: pastos, matorral, hojarasca bajo arbolado y restos de corta y operaciones selvícolas.
Para determinar la combustibilidad de la vegetación existente en Castilla y León se ha utilizado el estudio de «Elaboración del mapa de modelos de combustibles de Castilla y León», Junta de Castilla y León, 2012, que analiza la vegetación existente en la comunidad y la clasifica en base a los modelos de Rothermel, partiendo de las siguientes fuentes de información: Mapa de modelos de combustible en base al MFE 1:200.000, Tercer Inventario Forestal Nacional, cartografía de matorrales 1:50.000 de Castilla y León, Mapa forestal de España-Foto Fija 2009 e información del SIOSE.
En dicho estudio, no se tienen en cuenta los modelos 10, 11, 12 y 13 por considerarse modelos temporales por lo cual no se incluyeron dentro del mapa de modelos de combustibles de Castilla y León. Se considera modelo de combustible 0 a la superficie considerada como forestal pero sin vegetación ‒roquedos o similar‒.
Una vez realizada la asignación de modelos de combustibles a las teselas, se realiza una estratificación territorial agrupando los modelos en función de su mayor o menor combustibilidad. Para el presente Plan se establecen cuatro categorías de combustibilidad según el modelo de combustible: nula, baja, moderada y alta. En este análisis sólo se tienen en cuenta los combustibles situados sobre superficie forestal.
Imagen 19. Mapa de combustibilidad
Tabla 8. Modelos de combustible presentes en Castilla y León
Modelo de combustible | Ávila | Burgos | León | Palencia | Salamanca | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
|
0 | 58.362,47 | 7,26% | 47.428,86 | 3,33% | 114.358,30 | 7,35% | 30.360,93 | 3,78% | 40.361,73 | 3,27% |
1 | 232.881,99 | 28,97% | 174.495,51 | 12,26% | 407.063,42 | 26,16% | 145.865,80 | 18,15% | 326.783,40 | 26,45% |
2 | 78.240,46 | 9,73% | 93.937,16 | 6,60% | 214.416,04 | 13,78% | 37.305,38 | 4,64% | 64.884,93 | 5,25% |
3 | 194.115,91 | 24,15% | 633.559,69 | 44,50% | 252.850,22 | 16,25% | 439.947,56 | 54,75% | 283.569,12 | 22,96% |
4 | 34.463,31 | 4,29% | 177.519,35 | 12,47% | 291.958,30 | 18,76% | 63.191,61 | 7,86% | 79.955,79 | 6,47% |
5 | 124.655,80 | 15,51% | 86.944,27 | 6,11% | 84.834,21 | 5,45% | 18.180,28 | 2,26% | 370.256,80 | 29,97% |
6 | 36.287,04 | 4,51% | 70.601,33 | 4,96% | 61.699,81 | 3,97% | 19.712,59 | 2,45% | 32.372,50 | 2,62% |
7 | 32.267,89 | 4,01% | 73.716,68 | 5,18% | 40.111,07 | 2,58% | 22.048,46 | 2,74% | 10.242,65 | 0,83% |
8 | 10.079,64 | 1,25% | 35.429,23 | 2,49% | 37.810,87 | 2,43% | 10.190,80 | 1,27% | 21.733,35 | 1,76% |
9 | 2.411,02 | 0,30% | 30.019,84 | 2,11% | 50.874,37 | 3,27% | 16.761,34 | 2,09% | 5.125,41 | 0,41% |
Total. | 803.765,54 | 100,00% | 1.423.651,92 | 100,00% | 1.555.976,61 | 100,00% | 803.564,76 | 100,00% | 1.235.285,68 | 100,00% |
Modelo de combustible | Segovia | Soria | Valladolid | Zamora | Castilla y León | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
|
0 | 23.486,37 | 3,40% | 23.517,47 | 2,29% | 32.144,13 | 3,96% | 47.879,28 | 4,53% | 417.899,54 | 4,44% |
1 | 131.937,71 | 19,09% | 151.800,97 | 14,78% | 170.690,24 | 21,05% | 227.058,29 | 21,50% | 1.968.577,33 | 20,93% |
2 | 34.090,19 | 4,93% | 73.517,95 | 7,16% | 13.711,50 | 1,69% | 93.630,10 | 8,86% | 703.733,71 | 7,48% |
3 | 280.766,79 | 40,63% | 373.877,31 | 36,41% | 477.666,58 | 58,91% | 405.168,18 | 38,36% | 3.341.521,36 | 35,52% |
4 | 41.286,36 | 5,97% | 142.000,62 | 13,83% | 20.017,34 | 2,47% | 119.245,08 | 11,29% | 969.637,76 | 10,31% |
5 | 97.204,38 | 14,07% | 88.738,35 | 8,64% | 51.934,46 | 6,41% | 74.402,03 | 7,04% | 997.150,58 | 10,60% |
6 | 22.414,48 | 3,24% | 57.165,01 | 5,57% | 14.722,07 | 1,82% | 43.719,39 | 4,14% | 358.694,22 | 3,81% |
7 | 49.067,13 | 7,10% | 89.924,84 | 8,76% | 24.965,86 | 3,08% | 21.959,23 | 2,08% | 364.303,81 | 3,87% |
8 | 5.878,36 | 0,85% | 13.307,06 | 1,30% | 1.495,20 | 0,18% | 17.504,72 | 1,66% | 153.429,23 | 1,63% |
9 | 4.943,52 | 0,72% | 13.125,45 | 1,28% | 3.470,34 | 0,43% | 5.693,11 | 0,54% | 132.424,40 | 1,41% |
Total. | 691.075,28 | 100,00% | 1.026.975,03 | 100,00% | 810.817,70 | 100,00% | 1.056.259,41 | 100,00% | 9.407.371,94 | 100,00% |
Tabla 9. Clasificación de la combustibilidad según su peligrosidad. Castilla y León
Modelos de combustible |
Combustibilidad | Ávila | Burgos | León | Palencia | Salamanca |
---|---|---|---|---|---|---|
Superficie forestal (ha) |
Superficie forestal (ha) |
Superficie forestal (ha) |
Superficie forestal (ha) |
Superficie forestal (ha) |
||
0 | Nula. | 42.961,38 | 20.224,63 | 64.794,38 | 11.470,69 | 9.899,38 |
8, 9 | Baja. | 12.359,25 | 65.844,63 | 88.735,00 | 27.103,06 | 26.978,63 |
1, 2 | Moderada. | 231.044,44 | 185.760,19 | 375.195,75 | 85.794,25 | 269.014,50 |
3, 4, 5, 6, 7 | Alta. | 235.484,06 | 409.968,63 | 488.140,06 | 127.893,19 | 491.461,50 |
Total. | 521.849,13 | 681.798,06 | 1.016.865,19 | 252.261,19 | 797.354,00 |
Modelos de combustible |
Combustibilidad | Segovia | Soria | Valladolid | Zamora | Castilla y León |
---|---|---|---|---|---|---|
Superficie forestal (ha) |
Superficie forestal (ha) |
Superficie forestal (ha) |
Superficie forestal (ha) |
Superficie forestal (ha) |
||
0 | Nula. | 8.113,00 | 11.848,50 | 4.499,56 | 15.202,88 | 189.014,40 |
8, 9 | Baja. | 10.858,06 | 26.466,94 | 4.974,69 | 23.206,69 | 286.526,95 |
1, 2 | Moderada. | 97.581,63 | 185.151,75 | 26.004,69 | 182.440,63 | 1.637.987,83 |
3, 4, 5, 6, 7 | Alta. | 212.671,69 | 377.467,44 | 110.879,44 | 263.378,19 | 2.717.344,20 |
Total. | 329.224,38 | 600.934,63 | 146.358,38 | 484.228,38 | 4.830.873,34 |
Gráfico 1. Clasificación de la combustibilidad según su peligrosidad. Castilla y León
3.5.2 Topografía.
La topografía es un factor clave en el comportamiento del fuego. Es el más constante de los tres componentes del «triángulo del comportamiento del fuego» y tiene gran influencia en las modificaciones de los otros dos –tiempo atmosférico y combustible–. Por este motivo se estudiará la pendiente, la exposición y la altitud con el fin de valorar el peligro de propagación.
3.5.2.1 Pendiente.
La pendiente es un factor decisivo en la propagación de un incendio forestal. Un frente que asciende por una ladera incrementa su velocidad de propagación a medida que aumenta la pendiente. En estos incendios, el fuego avanza con gran virulencia debido a la continuidad vertical de los combustibles, desarrollándose rápidamente la columna de convección, precalentándose el combustible y aumentando la velocidad del viento.
La fuente de información que se emplea para conocer la distribución superficial de este factor es el modelo digital del terreno –MDT25–, que realiza una clasificación de las pendientes en diversos intervalos, clasificando cada uno de ellos en función de la peligrosidad para un incendio.
Gráfico 2. Porcentaje de la superficie según la peligrosidad de su pendiente. Castilla y León
Tabla 10. Clasificación de la pendiente según su peligrosidad. Castilla y León
Intervalo de pendiente (%) |
Peligrosidad | Ávila | Burgos | León | Palencia | Salamanca | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
||
0 a 5 | Baja. | 243.366,56 | 30,25% | 433.863,50 | 30,38% | 485.474,88 | 31,14% | 458.829,69 | 57,00% | 593.991,63 | 48,06% |
5 a 20 | Moderada. | 349.160,19 | 43,40% | 660.199,50 | 46,24% | 398.714,81 | 25,58% | 231.646,75 | 28,78% | 527.714,31 | 42,70% |
20 a 40 | Alta. | 143.328,88 | 17,81% | 246.458,56 | 17,26% | 357.104,38 | 22,91% | 82.430,44 | 10,24% | 81.009,88 | 6,55% |
> 40 | Muy Alta. | 68.703,19 | 8,54% | 87.396,94 | 6,12% | 317.513,44 | 20,37% | 32.034,44 | 3,98% | 33.165,25 | 2,68% |
Intervalo de pendiente (%) |
Peligrosidad | Segovia | Soria | Valladolid | Zamora | Castilla y León | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
Superficie (ha) |
Porcentaje (%) |
||
0 a 5 | Baja. | 342.877,69 | 49,59% | 282.015,75 | 27,39% | 607.973,81 | 74,98% | 521.494,00 | 49,35% | 3.969.887,51 | 42,14% |
5 a 20 | Moderada. | 270.872,38 | 39,17% | 546.961,56 | 53,11% | 176.413,88 | 21,76% | 418.966,75 | 39,65% | 3.580.650,13 | 38,01% |
20 a 40 | Alta. | 61.121,25 | 8,84% | 170.691,75 | 16,58% | 24.258,25 | 2,99% | 94.056,13 | 8,90% | 1.260.459,52 | 13,38% |
> 40 | Muy Alta. | 16.621,75 | 2,40% | 30.116,44 | 2,92% | 2.246,56 | 0,28% | 22.224,75 | 2,10% | 610.022,76 | 6,48% |
3.5.2.2 Orientación / Exposición.
La orientación del terreno sigue una relación directa con la cantidad de radiación solar que recibe y por tanto con la humedad del combustible y su probabilidad de ignición. Las laderas orientadas al norte ‒umbría‒ se caracterizan por combustibles con mayor humedad, temperaturas medias menores y menor velocidad de propagación. Sin embargo, los combustibles que se encuentran en orientaciones sur ‒solana‒ tienen generalmente menor contenido de humedad y por tanto mayor probabilidad de ignición ya que reciben mayor nivel de radiación solar. Las exposiciones este y oeste suponen la transición entre solana y umbría. Se extrae como conclusión que las caras sur tienen características distintivas, y está probado que las mayores temperaturas y los vientos del sureste secan las exposiciones sur en una mayor profundidad e intensidad.
Partiendo igualmente del MDT25, se hace un análisis de la orientación del terreno:
Gráfico 3. Porcentaje de la superficie según la orientación. Castilla y León
Tabla 11. Valores y porcentaje de la superficie según la orientación. Castilla y León
Rango de valores | Orientación | Ávila | Burgos | León | Palencia | Salamanca | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | ||
– | Sin orientación. | 27.540,00 | 3,42% | 31.990,50 | 2,24% | 62.594,19 | 4,02% | 54.042,63 | 6,71% | 35.242,81 | 2,85% |
0º - 22,5º 270º - 360º |
Norte. | 248.543,69 | 30,88% | 440.900,06 | 30,87% | 452.903,06 | 29,05% | 229.132,19 | 28,47% | 378.207,19 | 30,60% |
22,5º - 135º | Sur. | 239.441,00 | 29,75% | 432.439,63 | 30,28% | 473.309,94 | 30,36% | 238.571,31 | 29,64% | 378.443,75 | 30,62% |
135º - 225º | Este. | 199.383,75 | 24,77% | 357.504,25 | 25,03% | 383.926,00 | 24,63% | 191.169,13 | 23,75% | 299.901,38 | 24,26% |
225º - 270º | Oeste. | 90.017,06 | 11,18% | 165.348,50 | 11,58% | 186.267,13 | 11,95% | 91.964,00 | 11,43% | 144.280,44 | 11,67% |
Rango de valores | Orientación | Segovia | Soria | Valladolid | Zamora | Castilla y León | |||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | ||
– | Sin orientación. | 37.941,06 | 5,49% | 19.056,31 | 1,85% | 96.836,69 | 11,94% | 46.622,06 | 4,41% | 411.866,25 | 4,37% |
0º - 22,5º 270º - 360º |
Norte. | 202.901,69 | 29,34% | 311.558,25 | 30,25% | 222.032,44 | 27,38% | 309.326,25 | 29,27% | 2.795.504,82 | 29,67% |
22,5º - 135º | Sur. | 208.243,94 | 30,11% | 316.019,06 | 30,69% | 225.085,88 | 27,76% | 320.184,19 | 30,29% | 2.831.738,70 | 30,05% |
135º - 225º | Este. | 161.915,69 | 23,41% | 258.899,06 | 25,14% | 184.680,69 | 22,78% | 260.324,13 | 24,63% | 2.297.704,08 | 24,39% |
225º - 270º | Oeste. | 80.659,25 | 11,66% | 124.344,75 | 12,07% | 82.253,19 | 10,14% | 120.442,19 | 11,40% | 1.085.576,51 | 11,52% |
3.5.2.3 Altitud.
De manera general no se considera la altitud como un componente determinante que condicione el comportamiento del fuego, pero sí se puede considerar un factor importante del desarrollo de la vegetación y por tanto del modelo de combustible presente. De manera general, la cantidad de combustible disminuye a medida que aumenta la altitud y, además, los combustibles situados a mayor altura maduran más tarde que los situados a menor altitud.
De la misma manera, a medida que se asciende en altura, la temperatura disminuye (gradiente térmico), la humedad relativa aumenta e influye en la cantidad de oxígeno disponible. El gradiente térmico para zonas templadas se considera que desciende de media 0,65 °C por cada aumento de 100 m de altitud, aunque se trata de un valor estimativo ya que depende de la humedad del aire.
La altitud influye en la propagación del fuego debido a las dificultades que ocasiona a los medios de extinción. La escasez de vías para los medios terrestres y las existentes no suelen estar en el mismo estado de conservación que las de cotas inferiores debido a su escasa utilización. Esto sumado a una mayor distancia desde una vía rápida (carreteras, autovías, etc.), se traduce en una mayor tardanza en la llegada al incendio.
A los medios aéreos también les afecta la altitud ya que la distancia a los puntos de agua suele ser mayor en zonas de mayor altitud y la densidad de su distribución es mayor en cotas más bajas. Cualquier medio aéreo tiene que tener en cuenta la altitud a la que está el incendio ya que su capacidad de carga disminuye a medida que esta aumenta.
Por ello, partiendo igualmente del MDT25, se hace un análisis de las altitudes del terreno, analizando cada provincia. Una vez analizados los datos se ha utilizado la clasificación del terreno contenida en la siguiente tabla, para facilitar el análisis.
Tabla 12. Rangos de clasificación del terreno según su altitud
Rango de Altitud |
---|
100 - 350 |
350 - 600 |
600 - 850 |
850 - 1.100 |
1.100 - 1.350 |
1.350 - 1.600 |
1.600 - 1.850 |
1.850 - 2.100 |
2.100 - 2.350 |
3.5.3 Obtención del mapa de peligro de propagación.
De la integración de la peligrosidad del terreno debido a la combustibilidad de la vegetación y a los factores fisiográficos (pendiente, altitud y orientación) se puede determinar el nivel de gravedad o el peligro de propagación que tiene dicho territorio.
La integración se realiza mediante herramientas GIS, pasando la información a formato ráster con un tamaño de celda de 25 x 25 m. A cada celda se le asignará el valor de peligrosidad más alto existente para cada factor. Una vez realizado esto, mediante una matriz de decisión, se asignan a cada celda los valores de gravedad debida a la integración de combustibilidad y topografía: Nula, baja, moderada, alta, muy alta y extrema:
Tabla 13. Integración de combustibilidad y pendiente
Una vez estimada la peligrosidad del incendio utilizando las variables de combustibilidad y pendiente, se incluye en el análisis el factor de exposición para calcular el peligro de propagación. De esta manera, el peligro aumenta en un grado el nivel si la zona de análisis se encuentra en zona de solana (22,5º - 247,5º):
Tabla 14. Integración de la peligrosidad y la exposición
A continuación, en base a lo anterior, se incluye el mapa final de peligro de propagación:
Imagen 20. Mapa de peligro de propagación
3.6 Identificación de las áreas con mayor peligro de consolidación de los incendios.
En el apartado anterior se ha identificado el peligro de propagación, imprescindible para determinar en qué superficies del territorio castellano y leonés es previsible que los incendios se propaguen más rápidamente por el combustible existente, dicho índice pondera notablemente los combustibles ligeros puesto que son los que más capacidad de propagación tienen y los que más influyen en la velocidad de propagación de los incendios.
No obstante, aunque es evidente que, cuanto mayor es el peligro de propagación, mayor es probabilidad de ocurrencia de cualquier tipología de incendios, incluidos los incendios de alta intensidad, se considera imprescindible, en el marco de este plan, tratar de identificar de forma disociada del índice de propagación aquellas áreas de la Comunidad Autónoma en las que la probabilidad de ocurrencia de incendios de alta intensidad es mayor, ya que en esas zonas es donde posiblemente, bajo ciertas condiciones de anomalía de la humedad de los combustibles gruesos, y bajo ciertas condiciones meteorológicas extremas (olas de calor, índices de inestabilidad elevados), puedan suceder los incendios de gran magnitud y virulencia, es decir, los denominados comúnmente incendios de sexta generación.
Para tratar de identificar estas zonas se va a estudiar por un lado la consolidación real mediante el análisis de la capa de perímetros de incendios, que trata de identificar las superficies dónde hay una acumulación de incendios de gran magnitud y, por otro lado, la consolidación potencial, identificando aquellas superficies con una elevada productividad potencial, por ser zonas en que generalmente la carga de combustible es muy alta, cruzándolas a través de una matriz de integración, con las zonas de alta sequía para identificar aquellas superficies donde las precipitaciones estivales son extremadamente bajas. Finalmente el mapa de zonas de alta intensidad de incendios forestales se cruza con aquellas superficies donde la masa arbolada tiene cierta continuidad con el fin de identificar las áreas donde los incendios, en ciertas condiciones meteorológicas y de la humedad de los combustibles, pueden tener un comportamiento más virulento y unas consecuencias más catastróficas.
3.6.1 Consolidación potencial.
Para calcular las zonas de consolidación potencial de los incendios forestales de determinarán en primer término las zonas de alta intensidad, que son aquellas con una productividad forestal elevada y donde existen periodos de sequía intensos, con precipitaciones de verano exiguas. (La productividad potencial determina la potencialidad del territorio de generar grandes acumulaciones vegetales, y la escasez de precipitación estival, la falta de humedad en esa vegetación).
La productividad potencial se toma del «Mapa de productividad potencial» -2000, Ministerio de Medio Ambiente, actualización Banco de Datos de la Naturaleza MITECO 2017.
Y la sequía se toma de la serie histórica de precipitaciones de AEMET y los mapas elaborados por la Junta de Castilla y León a través del Atlas Climático elaborado por ITACYL.
Se considera la siguiente gradación de la intensidad en función de la sequía y la productividad potencial:
Tabla 15. Matriz de cálculo de las zonas de alta intensidad
Imagen 21. Mapa de zonas de alta intensidad de incendios forestales
Las zonas de consolidación son áreas con alta intensidad coincidentes con extensas masas arboladas, en las que hay combustible en cantidad suficiente para que se produzca un incendio importante.
De este modo se obtienen áreas con alta productividad, condiciones climáticas adversas y grandes superficies continuas, que por tanto presentan un peligro elevado para incendios de alta intensidad con amplia afección superficial sobre masas forestales que podrán requerir medidas específicas de prevención.
Tabla 16. Matriz de cálculo de las zonas de consolidación
4 - Muy Alta; 3 - Alta; 2 - Media; 1 - Baja.
Imagen 22. Mapa de zonas de consolidación de incendios forestales
3.6.2 Análisis de factores de consolidación real.
El análisis estadístico de grandes incendios e incendios significativos permite determinar las zonas que ya han sufrido incendios de gran magnitud, intensidad y gravedad y que, por tanto, ha existido una consolidación real. Del análisis de los perímetros de grandes incendios se observa concentración de estos en algunas zonas. Estas zonas se han tenido en cuenta para la determinación de las áreas de peligro de incendios.
Pare reducir el riesgo que suponen los grandes incendios se adoptarán las siguientes medidas:
1. Integrar la identificación de estas áreas en las plataformas informáticas de apoyo a la gestión de emergencias y a la extinción para aplicar despachos contundentes desde el inicio del incendio en época de peligro alto.
2. Promover en estas zonas la anticipación en todo tipo de medidas preventivas, incluyendo las derivadas de las alertas por situaciones de riesgo meteorológico.
3. Establecer un protocolo operativo específico para la gestión de grandes emergencias a nivel autonómico
4. Articular formación específica en grandes incendios para el personal de decisión y mando y para las diferentes unidades operativas.
5. Contar con unidades de apoyo a los puestos de mando avanzados con experiencia y funciones de apoyo específicas en este tipo de incendios.
6. Organizar reuniones periódicas de coordinación operativa con todos los organismos implicados
3.7 Determinación del mapa de peligro de incendios.
Para la determinación del mapa de peligro de incendios que se cruzará posteriormente con los distintos elementos vulnerables del territorio para identificar las zonas de riesgo, se utiliza la confluencia del peligro de propagación calculado en el epígrafe 3.5.6., que tiene en cuenta la combustibilidad, pendiente y orientación del territorio, al que se procede a integrar la frecuencia de incendios como elemento potenciador del peligro de incendios, el peligro de consolidación potencial calculado en el epígrafe 3.6.1, que pondera factores relativos a las condiciones climáticas y de las masas forestales –continuidad y productividad–,al que también se integra la frecuencia de incendios y finalmente el peligro de consolidación real que selecciona las zonas que han sufrido varios incendios reales de magnitud significativa (mas de 200 ha), en un determinado territorio.
Esquema 1. Esquema secuencial de zonificación del peligro
3.7.1 Identificación de las áreas con mayor peligro de propagación por frecuencia.
Se trata de un índice combinado entre siniestralidad ‒frecuencia de incendios‒ y peligro de propagación, pero que se centra en el territorio al margen de divisiones administrativas, es decir, no se calcula sobre unidades territoriales administrativas, sino sobre áreas geográficas. Pone de relieve aquellas zonas en que la frecuencia de incendios en el municipio es alta y el peligro de propagación también es es elevado.
Imagen 23. Mapa de zonas de peligro por frecuencia y propagación
3.7.2 Zonas con peligro por frecuencia y consolidación potencial.
Las zonas con peligro por frecuencia y consolidación potencial elevado son aquellas que presentan una siniestralidad elevada, donde además existe un peligro alto de consolidación por existir masas forestales arboladas extensas y donde la intensidad del fuego puede ser alta por las condiciones climáticas y de presencia de biomasa ‒alta productividad potencial forestal‒. En ellas es probable que la afección superficial sea elevada.
La consolidación se determina en función del mapa de productividad potencial forestal (MITECO)(3), la precipitación de verano y la continuidad de masas forestales con Fcc > 20% según el Mapa Forestal de Castilla y León.
3 Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Es mayor cuanta más productividad potencial y mayor masa continua haya en la zona.
La agrupación de ambos valores Consolidación y Siniestralidad, permite ver dónde hay más probabilidad de ocurrencia de incendios y que además éstos puedan consolidarse y afectar a superficies extensas dando lugar a grandes incendios de especila virulencia. Todo ello según la siguiente matriz de cruce.
Tabla 17. Valores matriz de cruce de zonas de alta consolidación con frecuencia de incendios
Imagen 24. Mapa de áreas con frecuencia y consolidación potencial
3.7.3 Cálculo del mapa de peligro.
De este modo, a partir de los datos anteriores, añadiendo la consiolidación real, se obtiene, mediante la siguiente matriz de cruce, las áreas de peligro de incendios recogiendo todos los criterios que condicionan su propagación.
Tabla 18. Valores matriz de cruce de frecuencia y consolidación potencial con frecuencia y consolidación de incendios
A las áreas catalogadas con un índice de peligro alto se les ha añadido posteriormente todas las áreas forestales ‒arboladas y desarboladas‒ que se encuentran situadas en el interior y en un radio de 3 kilómetros de distancia de las superficies afectadas por varios GIF e IS próximos en el periodo 2007-2017.
De este modo, quedan identificadas las Áreas de Peligro de Castilla y León, clasificadas según el índice de Peligro en Alto, Medio y Bajo.
Imagen 25. Mapa de áreas de peligro de incendios forestales
En la provincia de Ávila las zonas donde se localizan las áreas con índice de peligro alto se concentran en el oeste de la comarca de El Barco de Ávila, en la comarca de Arenas de San Pedro, así como en el grupo de municipios situados en la vertiente norte de la Sierra de Gredos y el valle del Alberche, formado principalmente por Sotalbo, Navalacruz, Hoyocasero, Hoyos de Miguel Muñoz, Navarredonda de Gredos, Navalosa Navarrevisca y Burgohondo, zonas donde se han producido numerosos IS.
Otras áreas también destacables son las formadas por los municipios de San Juan de Gredos, Navaescurial y Navalperal de Tormes, en el suroeste de la provincia; y por El Barraco y El Tiemblo, en el sureste.
El municipio con una mayor superficie con índice de peligro alto es Arenas de San Pedro ‒4.293 ha‒, seguido por Navarredonda de Gredos ‒3.655 ha‒ y Hoyocasero ‒3.607 ha‒.
En la provincia de Burgos las zonas donde se localizan las áreas con índice de peligro alto se concentran en las Merindades en el extremo norte de la provincia ‒Espinosa de los monteros, Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana‒, como en los municipios situados en la franja centro ‒Valle de Oca, Castil de Peones, Monasterio de Rodilla, Fresno de Rodilla, Quintanapalla, Burgos, Villanueva de Argaño, Sasamón y Castrojeriz‒; así como en el Condado de Treviño en la comarca de Miranda de Ebro.
Finalmente, destaca el municipio de Fuentenebro alejado de las áreas tradicionalmente con mayor siniestralidad de la provincia de Burgos pero no de las de Segovia.
El municipio con una mayor superficie con índice de peligro alto es Espinosa de los Monteros ‒8.931 ha‒, seguido del Condado de Treviño –8.210 ha– y Merindad de Valdeporres ‒5.704 ha‒.
En la provincia de León las zonas donde se localizan las áreas con índice de peligro alto se concentran el noroeste y oeste provincial, ocupando las áreas de peligro alto y medio dos tercios de la superficie provincial. Destacan las comarcas de Vega de Espinareda, Villafranca y Truchas en la que prácticamente la totalidad de su superficie está clasificada como área de peligro alto.
El municipio con una mayor superficie con índice de peligro alto es Truchas ‒27.374 ha‒, seguido por Ponferrada ‒19.053 ha‒ y por Encinedo ‒17.404 ha‒.
En la provincia de Palencia las zonas donde se localizan las áreas con índice de peligro alto se concentran en el extremo norte de la provincia ‒Cervera de Río Pisuerga‒ y en el oeste de la provincia en las comarcas de Páramos ‒Valdavia– en los término municipales de Villota del Páramo y Santervás de la Vegay de Campos ‒en los municipios de Villarrabé y de forma más puntual en Nogal de las Huertas‒.
El municipio con una mayor superficie con índice de peligro alto es Santervás de la Vega ‒1.487,8 ha‒, Villota del Páramo ‒1.290,03 ha‒ y Cervera de Pisuerga ‒1.249,33 ha‒.
En la provincia de Salamanca las zonas donde se localizan las áreas con índice de peligro alto se concentran en los Arribes del Duero, tanto en el extremo noroeste de la provincia ‒Villarino de los Aires, Pereña de la Ribera o Mieza‒, como en los municipios situados al sur ‒Villar de Ciervo, Puerto Seguro o San Felices de los Gallegos‒; en la comarca de Béjar ‒Candelario, Puente del Congosto‒; municipios próximos a la Sierra de Francia y a la Sierra de Gata, como Serradilla del Llano. Finalmente, destacan otros términos municipales, como Castillejo de Martín Viejo en la comarca de Ciudad Rodrigo, o Puertas y Villaseco de los Reyes, en la de Vitigudino, alejadas de las áreas tradicionalmente con mayor siniestralidad.
El municipio con una mayor superficie con índice de peligro alto es Villarino de los Aires ‒6.360 ha‒, seguido muy de lejos por Castillejo de Martín Viejo ‒2.202 ha‒ y Serradilla del Llano ‒2.039 ha‒.
En la provincia de Segovia las zonas donde se localizan las áreas con índice de peligro alto se concentran la Sierra de Pradales, tanto en el extremo norte de la provincia –Aldealaguna de Santa María, Navalilla, Fuentidueña, Fuenterebollo y San Miguel de Bernuy‒; como en los municipios situados al este de la provincia próximos a la Sierra de Guadarrama –Santo Domingo de Pirón, Adrada de Pirón, Brieva, Espirdo, Vernuy de Porreros y Segovia‒.
El municipio con una mayor superficie con índice de peligro alto es Navalilla ‒1.260,21 ha‒, Moral de Hornuez ‒1.258,08 ha‒ y Fuenterebollo ‒1.252,72 ha‒.
En la provincia de Soria las zonas donde se localizan las áreas con índice de peligro alto se concentran en la Sierra de Cabrejas, en el extremo noroeste de la provincia ‒El Burgo de Osma‒, así como en todo el término municipal de Soria que afecta entre otras a la Sierra de Constanazo. En el término municipal de Almazán también encontramos otra área de peligro alto de incendios.
El municipio con una mayor superficie con índice de peligro alto es Soria ‒1.432 ha‒, seguido muy de lejos por Burgo de Osma ‒509,88 ha‒ y Almazán ‒359.26 ha‒.
En la provincia de Valladolid las zonas donde se localizan las áreas con índice de peligro alto se concentran en torno al municipio de Valladolid y los municipios colindantes como Laguna de Duero, Cistérniga y Renedo de Esgueva. En la comarca de Tordesillas hay nivel medio en las proximidades a las Riberas de Castronuño.
El municipio con una mayor superficie con índice de peligro alto es Valladolid ‒644,59 ha‒, Laguna de Duero ‒435,27 ha‒ y Renedo de Esgueva ‒308,24 ha‒.
En la provincia de Zamora las comarcas de Galende y Puebla de Sanabria presentan la práctica totalidad de su superficie clasificada como Áreas de Peligro de Incendio alto, siendo también muy elevado el territorio que presenta también este índice en Alcañices. Tábara y Bermillo de Sayago también tienen áreas importantes catalogadas como de peligro alto, consecuencia principalmente de la existencia de GIF e IS en varios de sus municipios.
Otras áreas también destacables son los municipios de San Pedro de Ceque, Vega de Tera y Camarzana de Tera en la comarca de Benavente; y Cubo de Benavente, Uña de Quintana, Molezuelos de la Carballeda y Justel, a caballo entre Benavente y Mombuey. En esta última comarca, prologándose con las de Galende y Puebla de Sanabria, también aparece como zona de peligro alto una parte importante del término municipal de Espadañedo.
El municipio con una mayor superficie con índice de peligro alto es Porto ‒17.620,98 ha‒ seguido por Figueruela de Arriba ‒12.628,90 ha‒ y Hermisende ‒10.415,93 ha‒.
3.7.4 Medidas a adoptar.
Las medidas a adoptar, con prioridad en montes gestionados y en montes particulares, serán las siguientes:
1. Diseñar y ejecutar actuaciones de selvicultura preventiva de incendios de forma priorizada en las zonas de intervención prioritaria.
2. Introducir criterios de priorización para las zonas y actuaciones prioritarias en las líneas de ayudas públicas para actuaciones preventivas.
3. Priorizar las ayudas públicas a la asociación o agrupación de propietarios y productores forestales, así como la puesta en marcha de aprovechamientos de madera y biomasa que permitan reducir la carga de combustible.
4. Integrar la identificación de estas áreas en las plataformas informáticas de apoyo a la gestión de emergencias y a la extinción para aplicar despachos contundentes desde el inicio del incendio en época de peligro alto.
5. Plantear en los principales macizos actuaciones de ruptura de la continuidad horizontal en puntos estratégicos mediante alternativas sostenibles.
4. Vulnerabilidad
La vulnerabilidad, entendida como un concepto clásico para la definición del riesgo de incendios forestales, se define en general en los planes de incendios, y en concreto en el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL) como «el grado de daños o pérdidas que, en caso de incendio forestal, pueden afectar a la población, los bienes y el entorno, destacando expresamente: la vida de las personas, la preservación de las infraestructuras, los valores económicos, ecológicos, paisajísticos, histórico artísticos y medioambientales…».
El INFOCAL, y la mayor parte de los planes existentes hasta ahora, definen un índice de vulnerabilidad basado en este concepto, que trata de integrar matemáticamente todos esos valores tan heterogéneos y difícilmente cuantificables y ponderables, para obtener un valor único que asigne al conjunto del territorio municipal un parámetro de vulnerabilidad global ante los incendios forestales. Una vez obtenido este valor único, se integra con el peligro local y el peligro meteorológico para identificar los municipios de alto riesgo de la comunidad.
No obstante, esta metodología clásica, que permite tener una estimación grosera de la gradación del riesgo regional por municipios, es poco útil para la gestión diaria, tanto desde el punto de vista de la priorización de las intervenciones en extinción ‒en la que es imprescindible, cuando se produce un incendio, saber cuáles son y dónde están los elementos del territorio que debemos proteger prioritariamente y cómo‒, como desde la perspectiva de la gestión y priorización de medidas preventivas destinadas a la protección de los elementos del medio de mayor vulnerabilidad frente al fuego.
El presente plan pretende ser una herramienta de gestión del territorio y una toma de decisiones, que permita orientar la ejecución de las tareas preventivas, dentro del marco presupuestario existente, a las zonas en que realmente son más prioritarias dichas intervenciones.
Por ello, el enfoque se basa en la identificación de forma independiente de los elementos del medio más merecedores de protección por sus valores: humanos, económicos, ecológicos, paisajísticos, medioambientales, histórico artísticos, etc., y en la clasificación de estos elementos en función de su vulnerabilidad ante el fuego, englobando en el concepto de vulnerabilidad no sólo el valor intrínseco de cada elemento, sino también su respuesta ante el fuego, es decir, su recuperabilidad o restitución post incendio.
De esta forma y con esta perspectiva, se establecen los apartados que se analizan a continuación, en el estudio de vulnerabilidad.
4.1 Vulnerabilidad de las formaciones forestales arboladas.
Un incendio forestal es siempre un elemento alterador de la vegetación existente, generando un daño que en ocasiones puede resultar difícilmente reparable. El efecto que produce un incendio no es igual en unos ecosistemas forestales que en otros. Al margen de que haya formaciones vegetales que cuenten con alguna figura de protección, cuestión que será considerada en el epígrafe siguiente, las formaciones arboladas se encuentran entre los ecosistemas más vulnerables ante la presencia de un incendio, por su valor y por la dificultad y el tiempo que es necesario para que dichas formaciones recuperen su estado original.
Por ello se analiza su vulnerabilidad en base a la capacidad y el tiempo que necesita cada tipo de masa arbolada para volver al estado que tenía antes del incendio, es decir, su capacidad de restitución, además de considerar su valor productivo.
4.1.1 Capacidad de restitución.
Se entiende capacidad de restitución de las formaciones forestales como la dificultad que supondría devolver cada masa arbolada a su estado original.
A efectos del presente plan, el sistema de valoración se establece con la información aportada por las teselas del MFE.
Los factores que se van a tener en cuenta para determinar dicho valor son la capacidad de regeneración de las especies que conforman la masa, el estado de desarrollo de ésta y la velocidad de crecimiento de la especie principal:
a) Capacidad de regeneración: Para estimar la capacidad de regeneración tras un incendio de las masas forestales a una escala autonómica, se establece una clasificación de las especies principales que las constituyen, de forma que se puedan considerar tipos de bosque diferentes en función de la dificultad de regeneración natural o artificial de dichas especies y por tanto de la dificultad de restitución de esa masa al estado original. Se distinguirán además las especies cuya capacidad de regeneración varía notablemente en función en la zona en que se encuentren dentro de la Comunidad (como por ejemplo los pinares de resinero en dunas continentales).
b) Estado de desarrollo: A la hora de estimar la dificultad de devolver una masa a su estado original hay que considerar que no se tarda lo mismo en llegar a tener un latizal o un fustal adulto, independientemente de la especie. Por esta razón, otro de los factores importantes a tener en cuenta es la información que aporta el MFE referido al estado de desarrollo de la masa.
c) Velocidad de crecimiento: También es importante tener en cuenta la velocidad de crecimiento que tiene la especie principal de una masa porque condicionará el tiempo que podrá tardar en restituirse. A cada registro de los obtenidos del MFE se le asigna un valor de crecimiento, en función de las especies que ocupan la tesela, que puede ser lento, como es el caso de género Quercus, enebros o nogal, medio, pinos y arces, o rápido, chopos y sauces.
Una vez establecidos los valores para cada uno de los factores mencionados anteriormente, se realizará una integración entre ellos, obteniendo clases (de 1 a 4 en orden decreciente de vulnerabilidad).
4.1.2 Valor productivo.
La pérdida de aquellas masas cuyas producciones adquieren elevados importes, como son las choperas, pinares de Pinus radiata, masas de cerezos, dehesas… supondría un importante perjuicio económico, por lo que se considera que la protección debe ser mayor que en el resto. Dado que este factor no está ligado a la vulnerabilidad entendida como dificultad de restitución de la masa, sino únicamente a su valor económico, las zonas cuyo valor económico sea alto se añadirán a las definidas anteriormente.
4.1.3 Análisis de vulnerabilidad forestal.
Una vez obtenidos los valores comentados anteriormente, se analiza la vulnerabilidad de las formaciones forestales, considerando que serán más vulnerables todas las masas incluidas en las clases 1 y 2, destacando además aquellas que presenten valor productivo muy alto. También se deben tener en cuenta aquellas masas con una valoración inferior en la clasificación, pero que debido al valor productivo que tienen, merecen una atención preferente sobre el resto de las masas.
Imagen 26. Mapa de Clases de Vulnerabilidad de las Formaciones Forestales
Tabla 19. Clases de vulnerabilidad de las formaciones forestales. Castilla y León
Clase | Subclase | Ávila | Burgos | León | Palencia | Salamanca | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | |||
1 | MUY ALTA | 1_1 | 1.561,57 | 0,67% | 35.597,54 | 7,47% | 29.281,37 | 5,75% | 6.304,16 | 3,67% | 323,98 | 0,06% |
1_2 | 8.357,81 | 3,59% | 33.760,66 | 7,09% | 5.226,03 | 1,03% | 4.621,88 | 2,69% | 751,92 | 0,14% | ||
1_3 | 26.287,50 | 11,29% | 64.272,69 | 13,49% | 52.790,18 | 10,36% | 15.498,40 | 9,02% | 7.313,86 | 1,40% | ||
Total Clase 1 | 36.206,89 | 15,55% | 133.630,89 | 28,05% | 87.297,57 | 17,13% | 26.424,44 | 15,38% | 8.389,76 | 1,60% | ||
2 | ALTA | 2_1 | 17.655,87 | 7,58% | 57.899,28 | 12,15% | 50.305,94 | 9,87% | 37.477,81 | 21,82% | 6.984,91 | 1,33% |
2_2 | 69.662,00 | 29,91% | 29.351,82 | 6,16% | 9.493,83 | 1,86% | 2.251,60 | 1,31% | 273.391,41 | 52,23% | ||
Total Clase 2 | 87.317,87 | 37,49% | 87.251,10 | 18,31% | 59.799,76 | 11,73% | 39.729,41 | 23,13% | 280.376,32 | 53,56% | ||
3 | MEDIA | 3_1 | 48.757,52 | 20,93% | 97.457,14 | 20,46% | 59.217,12 | 11,62% | 32.071,67 | 18,67% | 19.841,90 | 3,79% |
3_2 | 306,11 | 0,13% | 7937,26 | 1,67% | 4106,52 | 0,81% | 1839,43 | 1,07% | 2.772,76 | 0,53% | ||
Total Clase 3 | 49.063,63 | 21,07% | 105.394,40 | 22,12% | 63.323,64 | 12,43% | 33.911,10 | 19,74% | 22.614,66 | 4,32% | ||
4 | BAJA | 4_1 | 44.692,97 | 19,19% | 101.553,25 | 21,32% | 141.181,92 | 27,70% | 24.719,18 | 14,39% | 156.439,42 | 29,89% |
4_2 | 15.624,47 | 6,71% | 48.602,86 | 10,20% | 158.007,21 | 31,01% | 46.999,68 | 27,36% | 55.632,94 | 10,63% | ||
Total Clase 4 | 60.317,44 | 25,90% | 150.156,11 | 31,52% | 299.189,12 | 58,71% | 71.718,86 | 41,75% | 212.072,36 | 40,51% | ||
Total | 232.905,83 | 100,00% | 476.432,50 | 100,00% | 509.610,09 | 100,00% | 171.783,81 | 100,00% | 523.453,10 | 100,00% |
Clase | Subclase | Segovia | Soria | Valladolid | Zamora | Castilla y León | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | Superficie (ha) | % de orientación | |||
1 | MUY ALTA | 1_1 | 4.161,14 | 1,72% | 38.565,54 | 9,19% | 767,81 | 0,06% | 246,74 | 0,10% | 116.809,85 | 3,97% |
1_2 | 10.535,36 | 4,35% | 41.931,98 | 9,99% | 70,45 | 0,14% | 1.083,33 | 0,45% | 106.339,42 | 3,61% | ||
1_3 | 30.570,34 | 12,63% | 47.752,46 | 11,38% | 47.831,90 | 1,40% | 14.502,63 | 5,97% | 306.819,96 | 10,43% | ||
Total Clase 1 | 45.266,85 | 18,70% | 128.249,97 | 30,57% | 48.670,15 | 1,60% | 15.832,70 | 6,52% | 529.969,22 | 18,01% | ||
2 | ALTA | 2_1 | 25.930,10 | 10,71% | 63.163,95 | 15,06% | 17.629,55 | 1,33% | 21.145,69 | 8,71% | 298.193,10 | 10,13% |
2_2 | 8.912,96 | 3,68% | 11.326,99 | 2,70% | 6.692,47 | 52,23% | 62.110,81 | 25,59% | 473.193,89 | 16,08% | ||
Total Clase 2 | 34.843,05 | 14,39% | 74.490,94 | 17,76% | 24.322,02 | 53,56% | 83.256,50 | 34,30% | 771.386,97 | 26,21% | ||
3 | MEDIA | 3_1 | 90.102,31 | 37,22% | 82.091,38 | 19,57% | 32.694,99 | 3,79% | 25.944,89 | 10,69% | 488.178,92 | 16,59% |
3_2 | 828,86 | 0,34% | 3.429,84 | 0,82% | 1.765,28 | 0,53% | 984,33 | 0,41% | 23970,39 | 0,81% | ||
Total Clase 3 | 90.931,18 | 37,56% | 85.521,22 | 20,38% | 34.460,27 | 4,32% | 26.929,22 | 11,09% | 512.149,32 | 17,40% | ||
4 | BAJA | 4_1 | 46.744,97 | 19,31% | 101.859,42 | 24,28% | 15.817,79 | 29,89% | 91.736,04 | 37,79% | 724.744,96 | 24,63% |
4_2 | 24.306,63 | 10,04% | 29.426,15 | 7,01% | 1.032,45 | 10,63% | 24.971,66 | 10,29% | 404.604,05 | 13,75% | ||
Total Clase 4 | 71.051,60 | 29,35% | 131.285,57 | 31,29% | 16.850,25 | 40,51% | 116.707,70 | 48,08% | 1.129.349,01 | 38,38% | ||
Total | 242.092,68 | 100,00% | 419.547,70 | 100,00% | 124.302,68 | 100,00% | 242.726,12 | 100,00% | 2.942.854,52 | 100,00% |
4.2. Vulnerabilidad de las áreas naturales, especies protegidas y recursos genéticos.
Castilla y León posee un rico, variado y bien conservado patrimonio natural que constituye una de sus señas de identidad.
La preocupación por la conservación del medio ambiente se ha ido consolidando como uno de los patrones característicos de la sociedad actual. En respuesta a esta conciencia social, y dentro de los marcos normativos establecidos por la Unión Europea y por el Gobierno de la Nación, la Comunidad de Castilla y León ha incorporado entre los principios inspiradores de sus políticas la obligación de preservar el patrimonio natural, tanto para las actuales generaciones como para las venideras.
En Castilla y León más del 26% del territorio cuenta con alguna figura de protección. Estas figuras de protección, a través de las normas que las regulan y de los respectivos documentos de planificación, establecen para zonas concretas del territorio una protección especial que tiene como finalidad preservar las singularidades, los valores paisajísticos, ecológicos, faunísticos, florísticos, etc., que motivaron su declaración.
Dentro del contexto del presente plan, y a fin de poder determinar las áreas del territorio castellanoleonés que presentan un mayor valor desde el punto de vista medioambiental, ecológico, paisajístico o de biodiversidad, se va a tomar como punto de partida la Red de Áreas Naturales Protegidas y puntos utilizados como Reservas Genéticas de Castilla y León.
Partiendo de esta zonificación inicial se ha hecho una clasificación en dos niveles en función de la respuesta que estas superficies tendrían ante la presencia de un incendio forestal, de forma que se clasifican como áreas naturales protegidas de «vulnerabilidad alta» aquellas que ante la presencia de un incendio perderían de forma significativa los valores que motivaron su declaración y como zonas de «vulnerabilidad moderada» el resto de áreas naturales protegidas.
Para la clasificación de las áreas naturales protegidas en las dos categorías ‒alta y moderada‒, se han establecido unos criterios técnicos generales que se exponen a continuación.
4.2.1 Vulnerabilidad alta.
Se consideran de vulnerabilidad alta todas las Áreas Naturales Protegidas y recursos genéticos que pueden verse especialmente amenazados por un incendio forestal, de forma que podrían incluso perder las características que hicieron posible su declaración como tales. Dentro de esta categoría se incluyen: Las Zonas de Reserva de la Red de Espacios Protegidos (REN), las Zonas de Uso Limitado de Interés Especial (ZULIE) de la REN, las Zonas de Uso Limitado de la REN., las Zonas de Uso Compatible con el Medio Natural de la REN, los árboles singulares, las Zonas Naturales de Esparcimiento, las Microrreservas de flora y una selección de las siguientes áreas: Las áreas críticas de especies de fauna, las Zonas Húmedas Catalogadas, las Zonas Especiales de Conservación (ZEC) de la Red Natura, los Hábitats de Interés Comunitario y los recursos genéticos.
4.2.2 Vulnerabilidad moderada.
Se consideran de vulnerabilidad moderada todas las Áreas Naturales Protegidas que no se han catalogado como de vulnerabilidad alta.
Imagen 27. Mapa de Vulnerabilidad de las Áreas Naturales, Especies Protegidas y Recursos Genéticos
4.3 Vulnerabilidad por el uso social y recreativo del monte.
Con el fin de facilitar la función social de los montes potenciada por la Ley de Montes de Castilla y León, las distintas administraciones competentes, situaron numerosas infraestructuras de uso recreativo y social que permiten ejercer el derecho de uso y disfrute del patrimonio natural de la comunidad, pero que también generan en los montes situaciones de riesgo.
Estas infraestructuras se identifican como uno de los elementos más vulnerables del medio ambiente ante la presencia de un incendio forestal.
Por un lado, se ubican generalmente dentro de una masa forestal, y por otro, pueden llegar a concentrar gran número de personas en las épocas del año con mayor riesgo de incendios forestales, generando un problema de seguridad ciudadana que ha de contemplarse, especialmente en las zonas de peligro de incendio forestal. Es lo que llamaríamos el riesgo pasivo de la infraestructura (riesgo de ser afectada por un incendio y provocar daños).
No todas las áreas recreativas presentan la misma vulnerabilidad frente a los incendios forestales, existen diferentes factores que las hacen más o menos vulnerables a este fenómeno.
Para graduar la vulnerabilidad derivada del uso recreativo de estas instalaciones se parte de información disponible sobre las instalaciones recreativas elaborada por la Junta de Castilla y León en el marco del Programa V8 del Plan Forestal. Dicha información se ha ido recopilando con los años hasta obtener una base de datos que data del año 2010, y que se ha ido consolidando con datos provinciales aportados por los servicios territoriales en años sucesivos. La última actualización se ha realizado a partir de un inventario de campo realizado por los servicios territoriales a través de los agentes medioambientales en 2018.
La información disponible ofrece por tanto la ubicación y las características que permiten definir el tipo de instalaciones, el uso que se realiza de ellas, la época, el nivel de afluencia y otras características que permiten evaluar estas instalaciones y conocer los usos actuales y potenciales de cada una de ellas. No obstante, es necesario tener en cuenta que todas estas características corresponden a una situación concreta en el momento de su recopilación, por lo que pueden haber cambiado tanto las características propias de la instalación (por mantenimiento, o deterioro) como del entorno inmediato.
A partir de la base de datos elaborada, las infraestructuras se agrupan en dos tipologías según su vulnerabilidad: Las zonas recreativas y merenderos, cuyo uso implica una estancia en el monte más corta y que generalmente no cuentan con instalaciones de pernocta.
Y las zonas de acampada, campamentos, campings, refugios y aulas, en que se realiza un uso más prolongado en el tiempo a veces con estancias nocturnas y generalmente con edificaciones y otras infraestructuras permanentes.
La clasificación tiene como objetivo realizar distintos grupos de equipamientos recreativos en función de la problemática asociada para diseñar una gestión más adaptada y eficaz.
Una vez agrupados los equipamientos, se podrá profundizar en las características de cada equipamiento para concretar un poco más las posibilidades de mejora y adaptación a un uso recreativo más seguro frente a incendios forestales.
Otro elemento vinculado al uso social y recreativo de los montes lo constituyen las Zonas naturales de esparcimiento, que ya fueron tenidas en cuenta en el apartado de vulnerabilidad de Áreas Naturales Protegidas y Recursos Genéticos, por su vinculación a la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.
4.4 Vulnerabilidad de los núcleos, asentamientos y edificaciones.
Los núcleos y asentamientos urbanos próximos al monte, o integrados en el mismo, son unos de los elementos del territorio más vulnerable ante la presencia de los incendios forestales. Asimismo, las edificaciones de diversa índole emplazadas en área forestal siguen siendo numerosas en virtud de una economía con fuerte componente agraria.
El enfoque para determinar la vulnerabilidad de los núcleos, asentamientos y edificaciones pasa por un análisis de la interfaz urbano-forestal, desde el punto de vista de la probabilidad de afección significativa sobre dichos núcleos en caso de incendio.
4.4.1 Interfaz urbano-forestal.
El éxodo rural y el abandono de las prácticas tradicionales que mantenían el entorno de las poblaciones libres de vegetación (eras, huertas, prados…), unido al potente desarrollo urbanístico de otras zonas, generalmente próximas a los grandes núcleos urbanos, ha cambiado la concepción tradicionalmente asumida en Castilla y León de que «los pueblos no arden», poniendo de manifiesto una nueva realidad que cada vez en más numerosas ocasiones, pone en jaque al operativo de extinción y que es necesario conocer y cuantificar.
Por ello, en el presente plan, se presta una especial atención a esta nueva problemática, llevando a cabo en primer lugar un trabajo de identificación cartográfica de los asentamientos existentes y de clasificación en función de su entidad.
Se distinguen así dos categorías: «Núcleos» y «Asentamientos». En primer lugar, se consideran «Núcleos» tanto los pueblos o localidades de superficie mayor a 50 ha, que en la metodología se han denominado Asentamientos Urbanos (AU), como el resto de núcleos o agrupaciones de edificios que ocupan entre 1 y 50 ha, así como aquellos que sin llegar a 1 ha se componen de 5 edificaciones o más, que se denominan Asentamientos Rurales (AR).
En un segundo grupo se encuentran los «Asentamientos», que comprenden aquellos que ocupan menos de una hectárea y además tienen menos de 5 casas. En el caso de ser grupos de 3 o 4 casas se denomina asentamiento rural disperso (ARD) y si son únicamente 1 o 2 casas se denominan asentamiento rural aislado (ARA). Este grupo de «Asentamientos» constituye un modelo de colindancia diferente al anterior de «Núcleos» debido a las características específicas de cada uno de ellos y por eso se realiza su análisis por separado.
Posteriormente se calcula la vulnerabilidad de cada uno de los registros, que trata de determinar lo afectados que resultarían en caso de la ocurrencia de un incendio forestal. Para ello se hace un análisis del combustible cercano y lejano en base a los modelos de combustible:
Tabla 20. Carga de combustible según modelos de combustible y MFE
Carga de combustible |
Modelos de Combustible (MDC) |
Foto Fija 2012 (Mapa Forestal Español) |
---|---|---|
Alta. | 4 | Arbolado denso (≥ 40%FCC). |
Moderada. | 5, 6, 7, 8, 9 | Arbolado disperso (< 40%FFC). |
Baja. | 1, 2, 3 | Resto forestal, agrícola. |
Muy baja. | 0 | Urbano, viales, agua... |
Nota: Al tratarse de modelos temporales, no se han tenido en cuenta los modelos 10, 11, 12 y 13, que se ven mejor reflejados por sus características de fracción de cabida cubierta.
La planificación interpreta la proximidad entre núcleos urbanos y áreas forestales a partir del análisis de superficie colindante entre ambos sistemas. En una primera fase se estudia el área cercana, como responsable directa de la ignición de la vivienda, citada en abundante bibliografía como aquella que se encuentra dentro de un radio de 30 m alrededor de cada núcleo. Esta área constituye por tanto la primera barrera de defensa de las edificaciones y en ella han de cumplirse las condiciones mínimas de seguridad frente a incendios forestales definidas en la normativa de protección civil y en el código técnico de edificación(4). A esta área se le asigna un valor de riesgo cercano en función de los porcentajes de cada tipo de carga de combustible que se encuentren presentes en cada asentamiento.
4 Las zonas urbanizadas tienen obligación de tener Planes de autoprotección según lo establecido en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, y en el Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales.
Tabla 21. Rangos de combustible para el cálculo del Riesgo Cercano
Rango de combustible |
Modelos de Combustible (MDC) |
---|---|
> 170 | Alto. |
170-75 | Moderado. |
0-75 | Bajo. |
< 0 | Muy bajo. |
Así, el valor del Riesgo Cercano se calculará según la siguiente expresión: 3 PC Alta + 2 PC Moderado + PC Bajo – PC Nulo.
Además, para determinar la posibilidad de que el incendio alcance una intensidad alta, y que por tanto afecte de manera significativa a un asentamiento, se calcula también el riesgo asociado a la carga de combustible en un área más extensa, en un radio de 200 m alrededor del núcleo urbano.
Por tanto, la vulnerabilidad de la Interfaz Urbano Forestal, integra el riesgo de incendio en el área cercana ‒Riesgo cercano‒, y el riesgo de incendio en el área lejana ‒Riesgo lejano‒, según se muestra en la siguiente matriz:
Tabla 22. Matriz de cálculo de la Vulnerabilidad de la Interfaz Urbano-Forestal ‒IUF‒
* ARD: Asentamiento Rural Disperso; ARA: Asentamiento Rural Aislado; AR: Asentamiento Rural; AU: Asentamiento Urbano.
Como resultado de este análisis, se obtiene un diagnóstico de la vulnerabilidad de la interfaz urbano-forestal diferente para los «Núcleos» y para los «Asentamientos», ya que serán tratados de manera diferenciada en la selección de zonas de máximo riesgo y el posterior diseño de medidas.
Imagen 28. Mapa de Vulnerabilidad de interfaz urbano-foresal alta y muy alta
Tabla 23. Número de núcleos por tipo de vulnerabilidad IUF. Castilla y León
Tipo asentamiento | Ávila | Burgos | León | ||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
|||||||||||||
Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | |
Asentamiento rural (AR). | 810 | 319 | 865 | 155 | 2.149 | 1.204 | 498 | 922 | 334 | 2.958 | 1.605 | 422 | 1.212 | 427 | 3.666 |
Asentamiento urbano (AU). | 26 | 5 | 12 | 8 | 51 | 26 | 13 | 18 | 16 | 73 | 55 | 7 | 21 | 20 | 103 |
Total general. | 836 | 324 | 877 | 163 | 2.200 | 1.230 | 511 | 940 | 350 | 3.031 | 1.660 | 429 | 1.233 | 447 | 3.769 |
Tipo asentamiento | Palencia | Salamanca | Segovia | ||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
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Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | |
Asentamiento rural (AR). | 366 | 203 | 631 | 148 | 1.348 | 1.251 | 397 | 1.131 | 172 | 2.951 | 709 | 264 | 936 | 201 | 2.110 |
Asentamiento urbano (AU). | 17 | 2 | 14 | 15 | 48 | 9 | 6 | 27 | 23 | 65 | 24 | 7 | 13 | 14 | 58 |
Total general. | 383 | 205 | 645 | 163 | 1.396 | 1.260 | 403 | 1.158 | 195 | 3.016 | 733 | 271 | 949 | 215 | 2.168 |
Tipo asentamiento | Soria | Valladolid | Zamora | ||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
|||||||||||||
Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | |
Asentamiento rural (AR). | 587 | 232 | 460 | 129 | 1.408 | 29 | 14 | 33 | 23 | 99 | 719 | 299 | 1.293 | 259 | 2.570 |
Asentamiento urbano (AU). | 14 | 2 | 3 | 3 | 22 | 556 | 202 | 790 | 208 | 1.756 | 5 | 3 | 21 | 33 | 62 |
Total general. | 601 | 234 | 463 | 132 | 1.430 | 585 | 216 | 823 | 231 | 1.855 | 724 | 302 | 1.314 | 292 | 2.632 |
Tipo asentamiento | Castilla y León | ||||
---|---|---|---|---|---|
Vulnerabilidad IUF (n.º núcleos) |
|||||
Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | |
Asentamiento rural (AR). | 7.280 | 2.648 | 7.483 | 1.848 | 19.259 |
Asentamiento urbano (AU). | 732 | 247 | 919 | 340 | 2.238 |
Total general. | 8.012 | 2.895 | 8.402 | 2.188 | 21.497 |
Tabla 24. Número de asentamientos por tipo de vulnerabilidad IUF. Castilla y León
Tipo asentamiento | Ávila | Burgos | León | ||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
|||||||||||||
Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | |
Asentamiento rural aislado (ARA). | 5.826 | 1.845 | 5.747 | 142 | 13.560 | 3.477 | 1.339 | 3.693 | 299 | 8.808 | 4.190 | 1.252 | 5.466 | 370 | 11.278 |
Asentamiento rural disperso (ARD). | 317 | 111 | 276 | 6 | 710 | 168 | 61 | 197 | 29 | 455 | 274 | 78 | 323 | 31 | 706 |
Total general. | 6.143 | 1.956 | 6.023 | 148 | 14.270 | 3.645 | 1.400 | 3.890 | 328 | 9.263 | 4.464 | 1.330 | 5.789 | 401 | 11.984 |
Tipo asentamiento | Palencia | Salamanca | Segovia | ||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
|||||||||||||
Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | |
Asentamiento rural aislado (ARA). | 1.520 | 493 | 2.598 | 116 | 4.727 | 9.553 | 1.924 | 6.323 | 176 | 17.976 | 1.938 | 694 | 2.843 | 144 | 5.619 |
Asentamiento rural disperso (ARD). | 78 | 17 | 103 | 8 | 206 | 349 | 64 | 252 | 15 | 680 | 126 | 30 | 117 | 8 | 281 |
Total general. | 1.598 | 510 | 2.701 | 124 | 4.933 | 9.902 | 1.988 | 6.575 | 191 | 18.656 | 2.064 | 724 | 2.960 | 152 | 5.900 |
Tipo asentamiento | Soria | Valladolid | Zamora | ||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
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Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | |
Asentamiento rural aislado (ARA). | 3.244 | 873 | 2.652 | 83 | 6.852 | 1.412 | 642 | 4.332 | 187 | 6.573 | 2.548 | 1.057 | 5.318 | 233 | 9.156 |
Asentamiento rural disperso (ARD). | 135 | 46 | 79 | 5 | 265 | 80 | 21 | 142 | 19 | 262 | 183 | 54 | 314 | 18 | 569 |
Total general. | 3.379 | 919 | 2.731 | 88 | 7.117 | 1.492 | 663 | 4.474 | 206 | 6.835 | 2.731 | 1.111 | 5.632 | 251 | 9.725 |
Tipo asentamiento | Castilla y León | ||||
---|---|---|---|---|---|
Vulnerabilidad IUF (n.º asentamientos) |
|||||
Muy alta | Alta | Media | Baja | Total | |
Asentamiento rural aislado (ARA). | 33.708 | 10.119 | 38.972 | 1.750 | 84.549 |
Asentamiento rural disperso (ARD). | 1.710 | 482 | 1.803 | 139 | 4.134 |
Total general. | 35.418 | 10.601 | 40.775 | 1.889 | 88.683 |
4.5 Vulnerabilidad de la colindancia agrícola-forestal.
Un 38% de los incendios forestales ocurridos en Castilla y León en el último decenio se debe a causas relacionadas con la actividad agroganadera, bien por accidentes o negligencias ocurridos al llevar a cabo ese tipo de trabajos o bien por una intencionalidad con el fin de conseguir beneficios respecto a dicha actividad. Por este motivo se considera importante tener localizadas las zonas agrícolas que lindan con las áreas forestales, ya que en esas líneas de colindancia se incrementa la probabilidad de ocurrencia de un incendio forestal, al aumentar la superficie de contacto que facilitaría el paso del fuego de la zona agrícola a la forestal.
Tomando como referencia los datos de parcelas SIGPAC se calcula el perímetro común entre superficies forestales y agrícolas, entendiendo como colindancia Agrícola-Forestal de un municipio la suma de esas longitudes en cada término municipal.
Al existir municipios de muy diferente tamaño, estos datos no dan una idea de la distribución territorial de las zonas de riesgo por colindancia agrícola forestal, por lo que se ha calculado también una ratio, a modo de densidad, entre los km de colindancia y la superficie en km2 de los municipios ‒excluyendo aquellos en los que no se presenta esta incidencia‒.
A la vista de los resultados obtenidos, se establecen unos intervalos para clasificar la vulnerabilidad de los municipios:
Perímetro común (km) Colindancia Agrícola-Forestal: 0-25 Muy Baja; 25,001-50 Baja; 50,001-150 Moderada; 150,001-300; Alta y > 300 Muy Alta.
Imagen 29. Mapa de Vulnerabilidad de colindancia agrícola-forestal
4.6 Vulnerabilidad de las infraestructuras lineales.
Al igual que ocurre con la vulnerabilidad de las edificaciones el análisis de las infraestructuras y los asentamientos próximos al monte, atravesando o integrados en el mismo debe realizarse desde una doble perspectiva. Por un lado, como elementos vulnerables por el riesgo pasivo que presentan ante la presencia de un incendio forestal, que puede generar incidencias de protección civil que lleguen a declaraciones de nivel 2 de gravedad por el riesgo que implica para las personas (evacuaciones, cortes de carreteras…). Y por otro, como elementos origen de incendios, generando un peligro de incendios ocasionado generalmente por accidentes o negligencias que ha sido evavualado en el epígrafe 3.3.3.5.
De las infraestructuras lineales, se hace un análisis de la vulnerabilidad de la red viaria y líneas férreas por un lado y las líneas eléctricas por otro.
4.6.1 Red viaria y líneas férreas.
Las redes viarias y ferroviarias son elementos vulnerables frente a incendios forestales por la afección directa de un incendio que llega a dichas redes, afectando a las personas que circulen por ellas ‒el corte de infraestructuras provoca situaciones de riesgo y pérdidas económicas‒. Daños, embotellamientos, accidentes, afecciones, etc.
Para determinar las zonas más vulnerables por presencia de la red viaria o líneas férreas, se realiza un análisis a partir de la información cartográfica disponible de ambos tipos de infraestructuras, referida a la longitud de autovías, carreteras nacionales, carreteras comarcales y líneas ferroviarias en uso. A través de metodología SIG se establece un área de influencia de 100 metros a cada lado de cada una de las infraestructuras lineales, de la que únicamente se tendrá en cuenta la que coincide con superficie forestal, tomando como fuente para ésta la que aparece definida por el MFE.
4.6.2 Líneas eléctricas.
La presencia de líneas eléctricas que atraviesan superficies forestales se considera un elemento vulnerable frente a los incendios forestales, debido a la posible incidencia sobre los servicios que prestan, con cortes de suministro o deterioros de la infraestructura que pueden ocasionar impactos económicos de relevancia.
Al igual que en el apartado anterior, mediante un análisis con SIG, se determina la influencia de las líneas eléctricas que atraviesan superficies forestales, considerando un área de 100 metros a cada lado de las líneas para definir así las zonas vulnerables.
4.7 Vulnerabilidad del patrimonio artístico y cultural.
El patrimonio cultural de Castilla y León es un bien del que participan todos los ciudadanos de la Comunidad y está definido como un valor esencial y objeto de especial protección. El actual marco conceptual, social, económico y político reclama el planteamiento de nuevos modelos de ordenación, conservación y gestión de los bienes que lo integran, entendiendo este legado patrimonial como recurso ordinario para el desarrollo del territorio y del bienestar social.
Los actuales planteamientos de conservación preventiva se focalizan en los factores de deterioro «cotidiano» con el fin de minimizar sus efectos sobre el patrimonio, ejerciendo una actuación continuada en el entorno de los bienes para evitar, en la medida de lo posible, la intervención directa sobre los mismos. Estos planteamientos se revelan inútiles si no se tienen en cuenta las situaciones de riesgo que pueden destruirlo o dañarlo de manera irreversible, como es el caso de los bienes en entornos forestales, ya que corren el riesgo de verse afectados por incendios que menoscaben los valores que han dado lugar a su especial protección.
Dentro del contexto de los planes de defensa de las zonas de alto riesgo de la comunidad, y con el fin de poder determinar las áreas del territorio castellano y leonés que presentan un mayor valor patrimonial, se ha tomado como punto de partida una selección de bienes declarados Patrimonio Mundial y Bienes de Interés Cultural (BIC) de especial sensibilidad.
La declaración de bienes como Patrimonio Mundial es un reconocimiento que otorga la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), con el fin de promover la identificación, la protección y la preservación del patrimonio cultural y natural de todo el mundo. Se concede a los sitios que poseen un valor universal excepcional, de forma que su disfrute, protección y cuidado pasa a ser reconocido por todos los pueblos del mundo, independientemente del territorio en el que estén localizados. En Castilla y León existen ocho bienes inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial, de los que tres se encuentran en entorno natural.
La Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, que tiene como finalidad la protección, acrecentamiento y difusión del Patrimonio Cultural de Castilla y León, contempla la inclusión de determinados elementos en una figura de protección denominada Bien de Interés Cultural (BIC), considerando como tales los bienes muebles e inmuebles y actividades integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León que reúnan de forma singular y relevante un interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico, y hayan sido declarados como tales en los términos previstos en la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español y el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, o bien en la más reciente Ley autonómica mencionada anteriormente. Además la declaración de un BIC determinará la obligación para el Ayuntamiento en cuyo término municipal radique, de redactar un plan especial de protección del área afectada u otro instrumento de los previstos en la legislación urbanística o de ordenación del territorio. El procedimiento de declaración está regulado por el Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, en el que además se crea el Registro de Bienes de Interés Cultural de Castilla y León cuya finalidad será la de garantizar su adecuada conservación y conocimiento general.
Castilla y León dispone de más de dos mil doscientos Bienes de Interés Cultural ‒BIC‒, que se reparten en alrededor de 750 municipios de los 2.248 que integran la región, de los que un 90 % no superan los 3.000 habitantes. Desde el punto de vista territorial, y a pesar de la extensión de la Comunidad, hay un Bien de Interés Cultural aproximadamente cada 50 km2.
De entre los bienes mencionados se seleccionan van a clasificar como de «vulnerabilidad alta» aquellos que ante la presencia de un incendio forestal verían afectados de forma significativa los valores que motivaron su declaración, diferenciándolos así, del resto de bienes ubicados en terrenos forestales que previsiblemente se verán afectados en menor grado.
Para realizar la clasificación la Dirección General de Patrimonio Cultural a través de la Unidad de Gestión de Riesgos y Emergencias en Patrimonio Cultural de Castilla y León (UGRECYL), ha establecido unos criterios técnicos generales, que se exponen a continuación.
Las zonas de «vulnerabilidad alta» son aquellas que éstos de un incendio perderían de forma significativa los valores que motivaron su declaración. En esta categoría la Dirección General de Patrimonio Cultural incluyen los siguientes elementos:
– El patrimonio de Castilla y León inscrito en la Lista de Patrimonio Mundial que se encuentra situado en entornos forestales, es decir, con la máxima protección jurídica del patrimonio del estado español.
– Aquellos elementos declarados BIC de especial relevancia que, por sus características materiales e inserción en el paisaje, podrían verse afectados de manera directa por un incendio forestal o de manera indirecta por los medios empleados en la extinción del mismo. En algunos de ellos convergen además declaraciones de protección de áreas naturales.
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Abordar la creación y la integración en los sistemas de manejo de emergencias de geodatabases con BIC de alta priorización con riesgo de perder ante un incendio características principales que motivaron su declaración.
2. Al menos en los BIC de alta priorización abordar la definición de medidas preventivas concretas, analizar la existencia y características de planes de autoprotección y asesorar al órgano competente en los riesgos y las formas de reducirlos.
3. Establecer un protocolo de funcionamiento operativo en emergencias que puedan afectar a estos bienes, sopesando la declaración de nivel correspondiente e incorporando al Cecopi al órgano responsable.
5. Determinación de los puntos estratégicos de gestión, así como de las áreas de actuación singularizada
En el precedente apartado 3 se han categorizado las épocas de peligro y las situaciones de peligro, y se han identificado y catalogado las áreas con mayor peligro de ocurrencia de incendios forestales, las áreas con mayor peligro de propagación de los incendios y las áreas con mayor peligro de consolidación. Posteriormente, en el apartado 4 se han identifficado las áreas de alta vulnerabilidad en relación con diversos valores.
De acuerdo con la identificación y análisis de estas áreas se ha procedido, en cada epígrafe de ambos apartados, a identificar las principales medidas a llevar cabo para, en función de los casos, mejorar el marco de prevención y extinción, reducir el peligro de ocurrencia, propagación o consolidación, o aportar un tratamiento específico a las áreas, infraestructuras y situaciones de mayor peligro con el objetivo de reducir éste.
A continuación, en el presente apartado, se abordará de una forma análoga la problemática del riesgo, a partir de una zonificación del territorio de la Comunidad en función de éste. Esta zonificación aporta un nuevo enfoque sobre la zonificación clásica de las áreas de riesgo. Gran parte de Castilla y León estaba clasificada como Zona de Alto Riesgo, en virtud de la aplicación de índices integrados, y que por tanto no es posible concretar las áreas y situaciones de mayor riesgo.
En el presente documento, se sustituye la zonificación del riesgo a partir de índices integrados, por la definición de Áreas de Riesgo menos generalistas y por tanto más adaptadas a cada territorio, sus características frente a los incendios forestales y la vulnerabilidad de sus elementos, así como las actividades desarrolladas en ellos, que constituyen por tanto áreas de actuación singularizada.
Por lo tanto, en el presente apartado se pretende identificar aquellas áreas que bien presentan una mayor ocurrencia de incendios, o tienen un mayor peligro de propagación en virtud de sus condiciones territoriales y su siniestralidad, o bien presentan una siniestralidad elevada asociada a determinadas actividades, a determinadas infraestructuras, o un por presentar un potencial riesgo asociado a la intencionalidad, entre otros aspectos.
Todo ello se realiza en base al análisis realizado en los dos apartados anteriores (peligro y vulnerabilidad) sobre el comportamiento del medio frente al fuego y teniendo en cuenta la siniestralidad y la causalidad, además de aspectos como la accesibilidad, la distribución actual de medios del operativo y otros aspectos que se irán describiendo a lo largo de los apartados.
Para estas áreas de actuación singularizada se definen en este mismo apartado las oportunas medidas encaminadas a la reducción del riesgo, de una forma aprticularizada a la problemática de cada una de ellas, que se relacionan a partir de los puntos estratégicos de gestión o de las áreas de actuación singularizada previamente objeto de identificación y categorización.
Sobre estas medidas, al igual que sobre las identificadas en los apartados de peligro y de vulnerabilidad se abordarán acciones a lo largo del año, sin perjuicio de que su ejecución sea plurianual y exceda el periodo de aplicación de este plan.
En cuanto a los puntos estratégicos de gestión, se prevé avanzar en su determinación a nivel de macizo forestal de forma gradual y progresiva, priorizando aquellos territorios en las que sea más necesaria. En 2023 se prevé presentar un primer análisis de prioridades en este sentido, seleccionando las áreas en que, a partir de los análisis de peligro, vulnerabilidad y riesgo aquí presentados, se desarrollen en años sucesivos los estudios de detalle dirigidos a establecer y optimizar una planificación espacio-temporal de combustibles e infraestructuras que limite la potencialidad del incendio, detectando oportunidades de extinción y anticipando una estrategia de defensa eficaz y segura para grandes incendios forestales tipo para los que se ha diseñado.
Esquema 2. Esquema secuencial de zonificación del riesgo
5.1 Identificación y catalogación de áreas de riesgo de afección a formaciones forestales de alta vulnerabilidad.
El objetivo es identificar las masas de mayor riesgo por encontrarse en zonas con un riesgo intrínseco asociado a las características del territorio y cuyas masas presentan una vulnerabilidad elevada.
Como ya se especificó en apartados anteriores, la vulnerabilidad de las formaciones forestales se estima principalmente a partir del valor de restitución de la masa a su estado original, que se calcula en función del estado de desarrollo de la formación, el tipo de crecimiento y el tipo de bosque, teniendo en cuenta la capacidad de regeneración de la especie principal que lo forma y la longevidad de la masa.
En este apartado se pretende obtener los datos necesarios que permitan priorizar las actuaciones de defensa en aquellas masas más vulnerables de entre las que coincidan con las áreas de peligro de incendio, según la clasificación que se detalla a continuación.
Tabla 25. Matriz de cruce para la catalogación de áreas de riesgo formaciones forestales de alta vulnerabilidad.
Imagen 30. Mapa de áreas de riesgo a formaciones forestales de alta vulnerabilidad
En el anexo 1 se incluyen, por provincia, las tablas con los 10 municipios por provincia con mayor superficie forestal con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan.
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Diseñar y ejecutar actuaciones de selvicultura preventiva de incendios de forma priorizada en las zonas de intervención prioritaria.
2. Introducir criterios de priorización para las zonas y actuaciones prioritarias en las líneas de ayudas públicas para actuaciones preventivas.
3. Integrar la identificación de estas áreas en las plataformas informáticas de apoyo a la gestión de emergencias y a la extinción de cara a priorizar las acciones dirigidas a evitar que el fuego alcance estas áreas.
5.2 Identificación y catalogación de áreas de riesgo de afección a áreas naturales protegidas y recursos genéticos frente a incendios forestales.
En apartados anteriores se han categorizado las Áreas Naturales Protegidas y los Recursos Genéticos según su vulnerabilidad frente a los incendios, debido a elementos que por su singularidad o figura de protección, conllevan una especial consideración en la gestión y protección del medio. La integración de esta vulnerabilidad con las áreas de peligro de incendios permite identificar las áreas de riesgo a áreas naturales protegidas y a recursos genéticos.
La clasificación del riesgo se determina estableciendo un riesgo máximo (AR1) en aquellas Áreas de vulnerabilidad Alta que coincidan con áreas con índice de peligro Alto y Medio, según puede verse en la siguiente matriz de integración:
Tabla 26. Integración Vulnerabilidad de las Áreas Naturales Protegidas y Áreas de Peligro de incendios
Imagen 31. Mapa de integración de Vulnerabilidad de las Áreas Naturales Protegidas y Áreas de Peligro de incendio
En el anexo 2 se incluyen, por provincia, las áreas naturales protegidas con áreas de riesgo AR1 y AR2.
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Diseñar y ejecutar actuaciones de selvicultura preventiva de incendios de forma priorizada en las zonas de intervención prioritaria.
2. Introducir criterios de priorización para las zonas y actuaciones prioritarias en las líneas de ayudas públicas para actuaciones preventivas.
3. Integrar la identificación de estas áreas en las plataformas informáticas de apoyo a la gestión de emergencias y a la extinción de cara a priorizar las acciones dirigidas a evitar que el fuego alcance estas áreas.
4. Considerar medidas concretas para estas áreas en los documentos de planificación y gestión de los montes y/o áreas naturales protegidas en que se encuentren.
5. Sopesar en cada caso la posible declaración de nivel a consecuencia del impacto ecológico global en caso de incendios en estas áreas.
5.3 Identificación y catalogación de áreas de riesgo de afección a bic de alta vulnerabilidad.
Dentro de los Bienes de Interés Cultural –BIC–, se clasifican como de «vulnerabilidad alta» aquellos que ante la presencia de un incendio forestal verían afectados de forma significativa los valores que motivaron su declaración tal y como se ha indicado en el apartado 4.8.
En la provincia de Ávila, únicamente se encuentra el Castro de la Mesa de Miranda, situada en el término municipal de Chamartín, en la Sierra de Ávila. El resto de BIC de la provincia se clasifican como vulnerables
En la provincia de Burgos, únicamente se encuentra la Sierra de Atapuerca, situada en el término municipal de Ibeas de Juarros. El resto de BIC de la provincia se clasifican como vulnerables.
En la provincia de León, únicamente se encuentra la Zona arqueológica de Las Médulas, situada en los términos municipales de, Carucedo, Borrenes, Carracedelo, Puente de Domingo Flórez y Benuza. El resto de BIC de la provincia se clasifican como vulnerables.
En la provincia de Palencia carece de BIC de alta vulnerabilidad, por lo tanto, los que hay están clasificados como vulnerables
En la provincia de Salamanca, únicamente se encuentra la Zona arqueológica de Siega Verde, situada en el término municipal de Villar de Argañán. El resto de BIC de la provincia se clasifican como vulnerables.
En la provincia de Segovia, únicamente se encuentra El Cerro de San Isidro, situada en el término municipal de Domingo García. El resto de BIC de la provincia se clasifican como vulnerables.
En la provincia de Soria, únicamente se encuentra Monte Valonsadero, situado en el término municipal de Soria. El resto de BIC de la provincia se clasifican como vulnerables.
En la provincia de Valladolid, únicamente se encuentra el Monasterio de Nuestra Señora de la Armedilla, situado en el término municipal de Cogeces del Monte. El resto de BIC de la provincia se clasifican como vulnerables.
En la provincia de Zamora, únicamente se encuentra las Ruinas del Monasterio de Santa María de Moreruela, situada en el término municipal de Granja de Moreruela. El resto de BIC de la provincia se clasifican como vulnerables.
5.4 Identificación y catalogación de las infraestructuras de riesgo.
Las infraestructuras son elementos no naturales del territorio que pueden generar un riesgo o bien pueden verse afectadas con posible daño grave para bienes y personas.
5.4.1 Riesgo sobre equipamientos recreativos –áreas recreativas y campings–.
Una vez calculada la vulnerabilidad de los equipamientos recreativos, se estudia la relación entre su vulnerabilidad y las áreas de peligro de incendios, con el fin de identificar aquellos de máximo riesgo o que tienen mayor probabilidad de verse afectados por este tipo de siniestros.
La clasificación del riesgo se determina estableciendo la siguiente matriz de integración:
Tabla 27. Integración Vulnerabilidad de los Equipamientos Recreativos y Áreas de Peligro de incendios
En el anexo 3 se detallan, por provincia, los equipamientos recreativos de mayor riesgo y mayor afluencia de visitantes.
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Diseñar y ejecutar actuaciones de selvicultura preventiva de incendios de forma priorizada en estas áreas y en áreas forestales colindantes.
2. Introducir criterios de priorización en la actuación de los medios de entidades locales, propios o financiados por la administración autonómica, en labores preventivas en estas áreas.
3. Integrar la identificación de estas áreas en las plataformas informáticas de apoyo a la gestión de emergencias y a la extinción con simulaciones automáticas de cara a priorizar las acciones dirigidas a evitar que el fuego alcance estas áreas y a limitar el desarrollo de los incendios que puedan provenir de ellas.
4. Analizar el estado de riesgo de las áreas de este tipo en montes de utilidad pública, diseñando una planificación de aplicación de medidas de reducción del riesgo, incluyendo la adaptación o, en su caso, al demolición de instalaciones de riesgo elevado.
5. Evaluar los accesos en instalaciones de afluencia masiva y accesos limitados proponiendo medidas de mejora y promoviendo por parte de los titulares la señalización oportuna para una eventual evacuación.
5.4.2 Riesgo de la interfaz urbano-forestal núcleos de población y otras construcciones.
Calculada la vulnerabilidad de la interfaz urbano-forestal, se estudia la relación entre los incendios y su proximidad a núcleos de población y asentamientos, con el fin de identificar aquellos de máximo riesgo, es decir aquellos que tienen mayor probabilidad de verse afectados por un incendio forestal.
Para extraer de entre todos los tipos de asentamientos aquellos que presentan mayor riesgo se cruzarán el peligro de incendio y la vulnerabilidad de la interfaz urbano-forestal conforme a la siguiente matriz:
Tabla 28. Integración Vulnerabilidad de la interfaz Urbano-Forestal y Áreas de Peligro de incendios
Imagen 32. Mapa de riesgo de la interfaz Urbano-Forestal en asentamientos urbanos y rurales
Dentro de los asentamientos con riesgo AR1 aquellos que presentan un mayor valor en la fórmula de Riesgo cercano de IUF serán prioritarios de cara a la planificación de actuaciones para la reducción del riesgo.
En el anexo 4 se detallan, por provincia, los municipios con superficies de riesgo AR1 iguales o superiores a 1 ha.
Las medidas a adoptar serán las siguientes:
1. Hacer pública la información de detalle sobre los análisis de riesgo desde diferentes perspectivas de modo que las entidades locales puedan evaluar el riesgo de los diferentes núcleos o construcciones de su circunscripción y planificar las medidas adecuadas en el ámbito de sus competencias.
2. Abordar la identificación de los municipios de mayor riesgo de cara a la elaboración, por parte de las entidades locales, de planes de emergencia de ámbito local de su competencia.
3. Efectuar comunicaciones específicas a las corporaciones locales de las circunscripciones de mayor peligrosidad con identificación de sus valores de riesgo.
4. Promover la estandarización de la información relacionada con las competencias de las entidades locales y su integración en plataformas informáticas que permitan un uso eficiente de la información necesaria para un correcto desarrollo de la actuación en emergencias.
5. Introducir criterios de priorización en la actuación de los medios de entidades locales, propios o financiados por la administración autonómica, en labores preventivas en áreas de interfaz urbano-forestal en el entorno de los núcleos de mayor riesgo.
6. Diseñar o fomentar actuaciones de selvicultura preventiva de incendios de forma priorizada en las áreas forestales de colindantes con los enclaves de mayor riesgo, ejecutándolas en Montes de Utilidad Pública o gestionados.
7. Integrar la identificación de estas áreas en las plataformas informáticas de apoyo a la gestión de emergencias y a la extinción con simulaciones automáticas de cara a priorizar las acciones dirigidas a evitar que el fuego alcance estas áreas.
8. Fomentar la formación en medidas de autoprotección.
5.4.3 Riesgo de la red viaria.
El análisis se realiza de forma que se permita determinar los los tramos de red viaria de mayor riesgo, entendiendo como tal aquel que determina el grado en el que la red viaria se puede ver afectada por un incendio, generando una incidencia de protección civil. Para determinarlo, se analizan las áreas de influencia de 100 metros a cada lado de cada una de las infraestructuras que componen la red viaria con índice de peligro alto.
En el anexo 5 se detallan, por provincia, las vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto ya que la representación cartográfica a escala autonómica no es posible.
5.4.4 Riesgo de las líneas eléctricas.
El análisis se realiza de forma que se permita determinar los lugares prioritarios de actuación mediante selección de los tramos de líneas cuya área de influencia ‒buffer de 100 m a cada lado‒ coincida con áreas de peligro alto.
En el anexo 7 se detallan, por provincia, los términos municipales con nivel de riesgo alto provocado por líneas eléctricas.
La medida a adoptar será la siguiente:
1. Identificar los tramos de infraestructura con mayor riesgo de afección, que son las que atraviesan las áreas de mayor peligro de incendios, y notificarlos al órgano competente para fomentar la aplicación de las medidas preventivas pertinentes.
5.4.5 Líneas férreas.
Se determina el riesgo identificando los tramos de líneas cuya área de influencia ‒buffer de 100 m a cada lado‒ coincida con áreas de peligro alto, por considerarse que tienen mayor probabilidad de verse afectadas por los incendios.
La medida a adoptar será la siguiente:
1. Identificar los tramos de vía férrea de mayor riesgo que atraviesen las áreas de mayor peligro y notificarlos al órgano competente para fomentar la aplicación de las medidas preventivas pertinentes.
6. Diseño general del operativo
El territorio de Castilla y León es eminentemente rural. La configuración actual de su paisaje se caracteriza por la gran extensión, carga y continuidad de los ecosistemas forestales, en continua expansión desde mediados del siglo XX. El espacio forestal se encuentra en proceso de recuperación y hoy es más extenso y rico que nunca, pero también es más peligroso y vulnerable, ya que el abandono de las actividades tradicionales y la restauración forestal han propiciado un aumento en la carga de biomasa y su continuidad, con mayor extensión y potencia del combustible. En definitiva, supone alcanzar niveles de carga de biomasa por hectárea muy superiores a las conocidas con anterioridad. La tasa neta de acumulación de combustible forestal continúa en aumento y conduce, junto con los cambios en el registro climático, a la generación de incendios inabordables. Por ello, es de vital importancia reforzar los programas de prevención y de manejo del combustible, no solo como inversiones públicas sino favoreciendo el desarrollo de iniciativas de aprovechamiento sostenible que reduzcan dichas cargas al tiempo que proveen a la sociedad de bienes y servicios, y también mediante la adecuada optimización de los dispositivos de extinción mediante su integración en la prevención. Esto implica un modelo de operativo de base forestal que, además, tiene la doble ventaja de colaborar en el sostenimiento de un sector forestal proveedor de servicios y canalizador de iniciativas de aprovechamiento sostenible y creadoras de empleo que ayuden a reducir el problema de los incendios forestales, tanto por la reducción de combustible inherente a su labor, como por la reducción de la ocurrencia de incendios intencionados o negligentes a través del incremento del aprecio de la población rural por sus montes.
Otra de las condiciones características de Castilla y León es la notable variación de sus condiciones climáticas, tanto espacial como estacionalmente. Nuestro territorio es más propenso a sufrir incendios forestales en la época estival, como consecuencia del clima mediterráneo y la estacionalidad de las sequías estivales, mientras que, en otras épocas caracterizadas por frío y humedad, la ocurrencia de incendios o la probabilidad de que supongan un riesgo son muy bajas. Sin embargo, diversas realidades matizan esta afirmación genérica. Por una parte, las diferencias entre diferentes áreas de la Comunidad son patentes, hasta el punto de que su borde norte no corresponde a la región biogeográfica mediterránea sino a la atlántica, lo que evidencia grandes diferencias entre los riesgos de incendio en unos u otros periodos. Además, en algunas comarcas las condiciones anticiclónicas con heladas desecantes que se dan en buena parte de las zonas del norte y oeste donde aún se sigue produciendo un uso intencionado de fuego para la gestión del combustible con distintas finalidades, genera episodios de riesgo en plena época invernal que, aunque poco conocidos por los medios de comunicación y la población en general, en algunas provincias ocasionalmente implican tantos siniestros como en la época estival e incluso con mayor extensión afectada. Por otra parte, en el actual contexto de cambio climático asistimos a una alteración de las condiciones ambientales habituales, prolongándose o adelantándose, según los años, las épocas de mayor peligro de incendio. Finalmente, bajo los escenarios de cambio climático actual y futuro, las situaciones límite en forma de episodios extremos que combinan olas de calor de larga duración y vientos muy fuertes en contextos de escasa precipitación, están incrementando su frecuencia y la severidad de sus condiciones. Todo ello recomienda contar con un operativo de dimensión variable, ajustada a la necesidad de cada periodo, y que cuente con posibilidades ciertas y ágiles de escalada.
Tanto la estructura territorial como las condiciones de riesgo, unidas a la articulación del territorio por las vías de comunicación, y la necesidad de optimización en el uso de los medios disponibles, aconsejan una configuración de rango autonómico, en que prime sobe cualquier aspecto territorial la solidaridad, la eficiencia y la equidad en la atención a los siniestros, sin perjuicio de que en los aspectos ordinarios la organización más efectiva tenga un carácter descentralizado de tipo provincial.
A partir de estas consideraciones se organiza un operativo de lucha contra incendios forestales en torno a los siguientes ejes principales, que le dotan de sus principales características:
Un sistema integrado, que desde su concepción aborde prevención y extinción, en que el propio operativo de extinción de incendios forestales esté imbricado con la necesaria prevención de estos, sin perjuicio de su necesaria especialización y profesionalización y de que su dedicación a la extinción sea prioritaria en todo momento y máxima cuando las circunstancias de riesgo así lo requieran.
Un sistema público abierto, que en los medios humanos y materiales que lo conforman, en función de la naturaleza de las funciones encomendadas y en aras de la mayor eficiencia, integre personal y medios ligados a la administración pública tanto por una relación laboral como por una relación contractual de prestación de servicios, es decir, tanto personal de la administración pública como perteneciente a empresas públicas y privadas, siempre bajo la dirección y coordinación de personal público en quien han de recaer las tomas de decisión.
Un sistema flexible en su dimensionamiento, que sea cuidadoso y eficiente en el manejo de los fondos públicos, de modo que las máximas capacidades estén disponibles para las épocas de máximo riesgo y puedan irse modulando a lo largo del año en función de los cambios previsibles o imprevistos en las circunstancias de riesgo real, de modo además que esta modulación afecte en la menor medida posible a la estabilidad laboral del personal afecto, tratándose de que sea absorbida por la complementariedad que suponen las labores más netamente preventivas.
Un sistema de ámbito autonómico, en que la mayoría de sus elementos, conforme al principio de subsidiariedad, respondan a una organización y un manejo provinciales, pero en que las necesidades del conjunto primen sobre las de cada parte y en que la supraorganización de nivel autonómico prime sobre cualquier otra y permita una movilización de los recursos disponibles adecuada a los riesgos concretos que se puedan presentar.
En los siguientes epígrafes se describen los diferentes medios y recursos que forman parte operativo INFOCAL de Castilla y León. También una previsión de los ejes de mejora a desarrollar en los próximos años para cada tipo de medio o recurso, especificándose las medidas concretas previstas para el presente año 2023 en cada uno de los ejes de actuación.
La puesta en marcha de las mejoras reflejadas en el plan está sujeta a la disponibilidad presupuestaria y al volumen de personal disponible en la administración para llevarlas a efecto en los plazos establecidos. Algunas de ellas, están plasmadas en el Acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Diálogo Social en materia forestal para la mejora del operativo de lucha contra incendios forestales de la Junta de Castilla y León 2023-2025, estimándose la siguiente senda presupuestaria que supone un incremento del presupuesto existente de: 22.185.000 euros en 2023, 39.834.000 euros en 2024 y 65.000.000 euros en 2025. Esto implica una inversión en el global de los 3 años de 127.019.000 euros, superior a lo consolidado en 2022. De ese importe, se prevé que al menos 86 millones de euros vayan destinados a la estabilización del personal del operativo y a la mejora de sus prestaciones y condiciones de trabajo, en concreto al menos 54 millones de euros para la estabilización de personal (funcionario y laboral de la administración y empresas públicas) y 31 para el de empresas contratadas, mientras que 40 millones se destinarían a otras mejoras, fundamentalmente en vehículos, infraestructuras y equipamientos para el personal propio, así como en nuevos medios, tecnología y formación.
En los puntos siguientes se van indicando las correspondientes mejoras asociadas.
La relación de medios se presenta en el Anexo 13.
6.1 Medios y recursos de coordinación del operativo.
6.1.1 Centros de mando.
En Castilla y León, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio posee la competencia en la organización de la defensa contra los incendios forestales y de coordinación operativa en la prevención y extinción de incendios forestales, en coordinación con la administración local y con el apoyo de los medios estatales en los casos en que procede su intervención y sin perjuicio de las competencias de ambos. La composición del operativo será variable con el objetivo de adaptarlo a las diferentes situaciones de peligro existentes en cada época del año y a cada provincia.
El operativo de Castilla y León se caracteriza por ser público, único y autonómico. Se organiza desde 9 Centros Provinciales de Mando (CPM) coordinados por el Centro Autonómico de Mando (CAM). Estos Centros están constituidos de manera permanente.
La ubicación del CAM y los 9 los CPM es la siguiente:
Tabla 29. Ubicación de los CPM y CAM
Provincia | Centro Autonómico de Mando (CAM) |
---|---|
Valladolid. | C/ Rigoberto Cortejoso, 14, 47014 - Valladolid (Servicios Centrales). |
Provincia | Centros Provinciales de Mando (CPM) |
---|---|
Ávila. | C/ Pasaje del Císter, 1, 05071 - Ávila. |
Burgos. | C/ Juan Padilla, s/n, 09071 - Burgos. |
León. | Avda. Peregrinos, s/n, 24008 - León. |
Palencia. | Avda. Casado del Alisal, 27, 34071 - Palencia. |
Salamanca. | C/ Príncipe de Vergara, 53-71, 37071 - Salamanca. |
Segovia. | Plaza Reina Dña. Juana, s/n, 40071 - Segovia. |
Soria. | C/ Los Linajes, 1, 42002 - Soria. |
Valladolid. | C/ Duque de la Victoria, 8, 47071 - Valladolid. |
Zamora. | C/ Leopoldo Alas Clarín, 4, 49071 - Zamora. |
Además, dependiendo de la gravedad de la emergencia, se podrá constituir un Puesto de Mando Avanzado (PMA), en el que inicialmente un agente medioambiental y posteriormente un técnico, si es preciso, asume la dirección de la extinción, coordinando la actuación de los medios que intervienen en la misma y aplicando el Sistema de Manejo de Emergencias por Incendios Forestales (SMEIF) que le permite optimizar los recursos humanos y materiales disponibles.
Así mismo, cuando un incendio adquiere un nivel de gravedad elevado (Nivel 2), se constituye el Centro de Coordinación Operativa Integrado (CECOPI), como centro directivo superior en la toma de decisiones a nivel provincial. Los CECOPI se ubicarán en el CPM de la provincia correspondiente –o, en su caso, en el CAM–.
Estos cuatro elementos (CAM, CPM, PMA y CECOPI) constituyen los órganos de coordinación del operativo de incendios de Castilla y León, y actúan de forma reglada según el INFOCAL.
En cuanto a las herramientas de trabajo en los Centros de Mando, se utilizan varias aplicaciones informáticas: de predicción meteorológica y de peligro de incendios, simuladores de incendios, perimetración automática de superficies quemadas, posicionamiento de medios en tiempo real, captación de imágenes, vídeos y mapeo de incendios sobre aeronaves tripuladas y no tripuladas, visualización de imágenes de las cámaras de vigilancia, etc. La mayor parte de ellas están integradas o en proceso de integración en una única aplicación modular desarrollada en entorno corporativo para el seguimiento integral de los incendios, denominada SINFO.
6.1.2 Personal de dirección y coordinación.
El personal de dirección y coordinación está compuesto por personal técnico (Jefe de Jornada, Técnico de Guardia, Director Técnico de Extinción, así como técnicos de operaciones hasta que adquieran la experiencia necesaria para abordar las otras funciones), Agentes Medioambientales y Celadores de Medio Ambiente.
El Personal técnico está compuesto por Ingenieros Técnicos Forestales y/o Ingenieros de Montes funcionarios y personal laboral de la administración.
El Centro Provincial de Mando (CPM) es un centro funcional de decisión que está dirigido por el Jefe de Jornada de la provincia respectiva. Su misión fundamental es la supervisión y coordinación de todos los recursos humanos y medios asignados a la provincia y su empleo para la extinción de los incendios forestales. El Jefe de Jornada es, por tanto, el responsable funcional del operativo provincial y del despacho de medios de extinción y cuenta con personal de apoyo para el desempeño de sus funciones en el CPM, como son los Técnicos de Guardia, que desempeñan funciones en el CPM o son movilizados al incendio por el jefe de Jornada para asumir la dirección de extinción u otras posiciones del Sistema de manejo de emergencias por incendios forestales (SMEIF), y los Técnicos de Operaciones, que son técnicos con menos de dos años de experiencia que realizan labores de apoyo al jefe de jornada o director de extinción hasta que adquieren la experiencia necesaria para desempeñar dichos puestos de responsabilidad en el operativo.
Los Agentes Medioambientales también son personal de la administración que realiza funciones de Jefe de Extinción de incendios, de vigilancia y de investigación de causas. Los Celadores de Medio Ambiente son personal de la administración que, en cuestiones relativas a la extinción, realizan tareas similares a las de los Agentes durante cuando tienen asignada guardia de incendios.
Las tareas y funciones generales asignadas a cada una de estas posiciones del operativo y el sistema de guardias están reguladas en los Decretos 89/2004 y 113/2007.
El plan de protección civil ante emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL)se encuentra estructurado y desplegado (en mayor o menor medida) de forma continua, relevándose los trabajadores en los diferentes puestos de que consta.
La estructura y organización del Plan, así como las funciones del personal en los diferentes puestos durante el transcurso de la emergencia, están definidas en mismo.
Actualmente el operativo cuenta con un total de 214 técnicos y 832 Agentes Medioambientales y Celadores, además de otro personal de diversas categorías.
6.1.3 Personal de apoyo.
Además del personal descrito anteriormente, en todos los centros de mando existen diferentes figuras que dan apoyo al personal de dirección y coordinación y refuerzan la estructura del operativo en los centros de mando, tales como escuchas de incendios, operadores, técnicos de apoyo, técnicos operadores de aplicaciones informáticas, operadores de cámara, etc., y otro personal que da apoyo a la dirección de extinción durante el transcurso de los incendios como los conductores de guardia, la unidad de apoyo al PMA, los coordinadores de medios aéreos, los EPAIF, etc.
6.1.3.1 Operadores de los centros de mando y escuchas de incendios.
Los Operadores del CPM son, según el convenio colectivo, los trabajadores que, estando en posesión del título de bachiller (BUP o Superior) o de formación profesional de grado superior o equivalente, atienden o realizan llamadas y avisos dentro del funcionamiento del Operativo de Lucha contra Incendios Forestales y de los servicios derivados de las diversas actuaciones de la Consejería, debiendo utilizar los medios de telecomunicaciones dispuestos a tal fin, además de recoger e introducir datos en sistemas informáticos y manejar cartografía en cualquier formato, rellenar informes, fichas y partes relacionados con todas las tareas anteriormente citadas y operar con todos aquellos sistemas informáticos con que se dote para tal fin.
Los Escuchas de incendios son, según el convenio colectivo, aquellos trabajadores que en lugares de recepción-transmisión de mensajes, se ocupan preferentemente de la vigilancia de incendios a través de medios audiovisuales o por emisores receptores o centralitas telefónicas. Tendrán aptitudes si las circunstancias lo requieren para realizar tareas de especialidad similar o parecida.
La labor prioritaria de Escuchas y Operadores con destino en el CPM, por su carácter urgente, es la atención a las emergencias por incendios forestales. Ambas competencias funcionales comparten las labores de apoyo al responsable del CPM, atendiendo el teléfono, el fax y las emisoras del CPM, y anotando dicha información en el libro de actas y otros registros escritos. Durante su jornada de trabajo, darán traslado a los responsables, de los avisos y de toda la información relevante relacionada con las emergencias o con el Operativo de Extinción. Además, comunicarán, a los medios del operativo y otros involucrados en las emergencias, las decisiones del responsable técnico del CPM. Trasladarán e informarán al CAM de lo establecido en el Protocolo de coordinación CPM-CAM.
Los Operadores del CPM, además de estas funciones propias también de los Escuchas con destino en el CPM, tendrán que realizar otras funciones exclusivas de su competencia funcional, que consisten en la introducción de todos los datos de los incendios y de los medios y personas del operativo en la aplicación informática SINFO, la extracción de informes de las distintas aplicaciones informáticas para facilitar el funcionamiento del CPM y su coordinación con el CAM, la alimentación de bases de datos, el manejo de aplicaciones informáticas para el control y consulta de cartografía y seguimiento de medios, etc.
En la actualidad existes dos escuchas y tres operadores en cada centro provincial de mando y cuatro operadores en el centro autonómico de mando.
6.1.3.2 Conductores.
Las funciones asignadas a los Conductores de guardia son desempeñadas por personal laboral del Grupo III del Convenio Colectivo de la Junta de Castilla y León con la categoría de Oficial Primera, especialidad Conductor, que, en base a la confección del correspondiente calendario de Guardias, queda integrado en el Operativo para el desarrollo de todas las actividades de conducción y entretenimiento de vehículos que sean necesarias para el normal desarrollo de las operaciones de extinción de incendios forestales.
Para los Conductores de Guardia, su jornada de trabajo se establecerá en función de las circunstancias de peligro existentes durante la duración de la misma, debiendo permanecer el resto de las horas del día en situación de disponibilidad. Además, tendrá que realizar 3,5 horas de presencia en los días festivos, sábados y domingos y tres horas más de la duración de la jornada habitual en los días laborables; coordinando el momento efectivo de esta presencia con el Jefe de Jornada y adecuándolo a los momentos de mayor riesgo o carga de trabajo.
6.1.3.3 Técnicos de apoyo de los centros de mando y otro personal de apoyo.
El incremento de la severidad y virulencia de los Incendios y la mayor ocurrencia de episodios generalizados de gravedad, tanto dentro como fuera de la época de peligro alto, unido a la tecnificación de los operativos de lucha contra incendios y el desarrollo de las nuevas tecnologías aplicadas a prevención y extinción (drones, satélites, aplicaciones informáticas específicas, SIG, sistemas de posicionamiento, simuladores, modelizaciones…), mejoran la respuesta ante las emergencias, pero incrementan su complejidad técnica. Por ello, se hace imprescindible que el operativo y los centros de mando cuenten de forma específica con un apoyo técnico especializado que dé soporte al jefe de jornada en funcionamiento y control de las actividades a desarrollar en los centros de mando. Durante el transcurso de las emergencias, este personal debe manejar las aplicaciones y herramientas tecnológicas, generando los informes técnicos necesarios para facilitar la rápida y eficaz toma de decisiones y, en las fases en que las emergencias no se están desarrollando, debe mantener los centros de mando en perfecto estado de operatividad, además de participar en la dotación de medios del operativo, su logística y su funcionamiento, reforzando las labores necesarias para el sistema de prevención y extinción de incendios forestales.
Durante las últimas décadas se han empleado varias fórmulas para tratar de cubrir las necesidades apuntadas, cuando aún no habían llegado a ser tan acuciantes ni tan voluminosas ni tan estructurales. Después de una larga trayectoria que comenzó en los años 90 con la figura del Técnico de apoyo en prácticas (estudiantes becados), en 2022 se nombraron 10 funcionarios interinos del Cuerpo de Ingenieros de Montes y 20 interinos del cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales con una duración de su prestación de 9 y 5 meses respectivamente.
6.1.3.4 Unidades de Apoyo al PMA.
Existen 4 Unidades de Apoyo Técnico con cargo a encargos a medio propio o contratos públicos de servicios, ubicadas en Valladolid, Salamanca, León y Ávila para dar cobertura a todo el territorio de la Comunidad con mayor presencia en las zonas de mayor riesgo, una Unidad de Refuerzo y una Unidad de Apoyo Logístico con disponibilidad permanente durante toda la Época de Peligro Alto de Incendios.
Su principal labor es la de dar apoyo técnico y logístico a la Dirección de Extinción en incendios de especial relevancia, ya sea por su peligrosidad, superficie o número de medios. Las Unidades de Apoyo Técnico y la Unidad de refuerzo están dotadas por un Ingeniero Técnico Forestal o de Montes, con los conocimientos y el material necesario para realizar las labores, mientras que la Unidad de Apoyo Logístico está dotada de un capataz.
Entre las funciones a desempeñar durante su intervención en Incendios por los integrantes de las Unidades de Apoyo Técnico y la Unidad de refuerzo se encuentran:
‒ Ayuda en el control, despacho y gestión de medios actuantes en los incendios.
‒ Manejo de los Sistemas de Información Geográfica de ayuda a la localización, evaluación y planificación de los trabajos de extinción.
‒ Análisis de la actual y futura evolución del incendio y apoyo en la planificación.
‒ Digitalización de un perímetro aproximado y generación de planos, con capas de fondo en ortofoto y topográfico y con la localización de los diferentes medios.
‒ Generación de planos con la planificación de relevos, indicando los medios que abandonan el incendio y los entrantes en el mismo.
‒ Preparación del material y documentación necesaria para realizar funciones de apoyo en el PMA.
‒ Realización de labores de apoyo a la coordinación de medios aéreos, programando tiempos de repostaje, paradas técnicas, establecimiento de bases auxiliares y todas aquellas tareas que le sea encomendadas por el Jefe de Operaciones Aéreas.
Entre las funciones a desempeñar por los integrantes de la Unidad de Refuerzo Logístico se encuentran:
‒ Ayuda en el control, despacho y gestión de medios actuantes en los incendios.
‒ Preparación del material logístico necesario para realizar funciones de apoyo en el PMA.
‒ Realización de labores de despliegue y mantenimiento de la infraestructura necesaria para el funcionamiento del PMA.
‒ Labores de avituallamiento y apoyo logístico necesarios durante la gestión de la emergencia.
‒ Labores de control de los integrantes del operativo de extinción en la zona de espera.
‒ Todas aquellas que le sean asignadas por el Director Técnico de Extinción o el Jefe de Jornada derivadas de la emergencia.
Las Unidades de Apoyo, cuando no se encuentran en incendios, realizan diferentes estudios e informes de análisis, evolución, operaciones, etc., para tratar de mejorar los procedimientos en la extinción de incendios forestales.
Las Unidades de Apoyo Técnico estarán disponibles durante todo el año, mientras que las Unidades de Refuerzo Técnico y Logístico estarán disponibles desde el 1 de junio al 15 de octubre.
6.1.3.5 Coordinadores de medios aéreos.
La coordinación de medios aéreos es un servicio de información y asesoramiento cuyo fin es mejorar la seguridad, eficacia y eficiencia de las operaciones aéreas de extinción de incendios forestales. Las funciones de Técnico Coordinador de medios aéreos serán realizadas por técnicos adscritos al Operativo con conocimientos y experiencia en combate y extinción de incendios forestales con aeronaves, capaces de planificar y poner en práctica el plan de extinción establecido por el Director Técnico de Extinción y regular el tráfico aéreo de aeronaves en el área de vuelo en incendio (en principio un radio de 5 millas náuticas) y en su incorporación a la misma. Deberán estar capacitados para realizar perímetros de evolución de los incendios y el manejo del sistema de captura y transmisión de imágenes y vídeos.
Se cuenta con un contrato de servicios para coordinadores de medios aéreos, que junto con el helicóptero de coordinación, se encuentran ubicados en la base del Vivero Forestal de Valladolid. Su activación moviliza el helicóptero de coordinación con la tripulación formada por un piloto titular y uno de refuerzo para los relevos, así como el equipo coordinador de medios aéreos formado un coordinador jefe de equipo y un coordinador auxiliar. En general el equipo de coordinación se divide las tareas asignadas. El jefe de equipo coordinador es el que coordina el tráfico aéreo y realiza las indicaciones pertinentes a las aeronaves que le transmite el Director Técnico de Extinción directamente o, en su caso, a través del Jefe de Operaciones Aéreas. El equipo coordinador realiza un análisis de la evolución del incendio y de los bienes en peligro. El coordinador auxiliar colabora anotando los tiempos de vuelo en incendio, ayuda a la planificación de los tiempos de vuelo las aeronaves, informa del desarrollo del incendio y de la evolución de las operaciones de los medios aéreos a los centros de mando y la dirección de extinción a través de los servicios de mensajería instantánea o en su caso de telefonía o emisora.
El equipo de coordinación está contratado durante un periodo de 6 meses. En las semanas previas a la época de peligro alto se encargan de mejorar la formación a los Jefes de Operaciones Aéreas para ajustar los protocolos y mejorar las comunicaciones con los medios aéreos. En las semanas posteriores a la época de peligro alto los coordinadores terminarán los informes de la actuación de los medios aéreos de los incendios a los que han asistido, la estadísticas de las actuaciones y organizarán las fotos y vídeos que se hayan tomado en los incendios forestales.
6.1.3.6 Equipos de Prevención y análisis de Incendios Forestales (EPAIF).
Se trata de un medio del MITECO, creadas en 2022 como fusión de servicios EPRIF (equipos de prevención integral de incendios forestales) y las UMAP (unidades móviles de análisis y planificación) del MITERD. Estos equipos tienen dos tipos de actividades fundamentales diferentes durante el año: en el periodo no ligado a vehículo UMAP, desarrollan sus trabajos en colaboración con los servicios forestales de la comunidad, con diferentes intervenciones preventivas; en el periodo de máximo riesgo, realizan labores de apoyo a la dirección de extinción, tanto de análisis y asistencia a incendios como de prevención.
En la Comunidad de Castilla y León existe una unidad EPAIF, ubicada en la comarca de Sanabria, provincia de Zamora, desde la que se puede movilizar conforme a las directrices del MITECO.
6.1.4 Mejoras en los medios y recursos de coordinación del operativo.
Las mejoras previstas en los medios humanos y materiales y de los recursos de coordinación del operativo se centran en los siguientes ejes generales:
Eje 1. Mejora de los centros de mando:
Medida 1.1: «Mejora de las dependencias donde se ubican los centros de mando provinciales y regional y de sus medios materiales»: dotándolas de mayores espacios, más puestos de trabajo y de los equipos informáticos necesarios para la adecuada gestión de las emergencias: ordenadores con las prestaciones necesarias para captar imágenes en streaming del territorio a través de medios aéreos tripulados y no tripulados, cámaras de vigilancia dispuestas en las bases y en el territorio, etc., pantallas, pizarras interactivas, etc.
Medida 1.2: «Mejora de la conectividad de los centros de mando»: Mejora de la conectividad de los centros de mando con todos los interlocutores que participan en la gestión de las emergencias por incendios forestales.
– Mejora de la red telefonía: grabación de llamadas en los centros de mando, implementando un nuevo diseño de la red telefónica para crear nuevas líneas que permitan sistematizar la sectorización de las llamadas facilitando la gestión de grandes emergencias.
– Mejora de la conectividad informática con las distintas infraestructuras distribuidas por el territorio que guarden relación con la lucha contra incendios (bases de medios aéreos, cámaras de vigilancia, oficinas comarcales en su caso…).
– Mejora de la conectividad de los centros de mando con los puestos de mando avanzado de los incendios y con los medios de extinción:
● Adquisición de dispositivos portátiles tipo tableta y creación de aplicaciones para el manejo e intercambio de información de los centros de mando y el puesto de mando avanzado en el incendio.
● Mejora de la conectividad con los medios del operativo a través de la modernización de los dispositivos embarcados en los vehículos autobomba y de los dispositivos móviles de las autobombas conveniadas y otros medios de extinción.
Medida 1.3: «Mejora de las aplicaciones informáticas y desarrollos tecnológicos para la gestión integral de los incendios e integración de todos los aplicativos en una plataforma tecnológica corporativa única», que permita a los usuarios manejar de una manera fácil e integrada toda la información procedente de los distintos sistemas tecnológicos (satélites, imágenes de los medios aéreos, emisiones de los localizadores, datos de las APP, etc.)
Medida 1.4: «Apertura de los centros de mando 24 horas y especialización del personal». Medida relacionada con la 2.2, que se indica en el siguiente eje.
Medida 1.5: «Mejora de la coordinación en los centros de mando ante la presencia de incendios simultáneos de alto potencial devastador», análisis de las lecciones aprendidas de la experiencia en 2023 para elaborar un SMEIF para centrales de mando específico para gestión de emergencias simultaneas de gran magnitud.
Eje 2. Mejoras del personal de dirección y coordinación de los incendios forestales de del personal de apoyo:
Medida 2.1 Personal responsable.
Acción 1: Cobertura de las vacantes de RPT de personal responsable para dotar de técnicos y agentes medioambientales necesarios para la adecuada atención de los incendios especialmente en las zonas de mayor peligro de incendios.
Acción 2: Creación, modificación, adscripción o cobertura de plazas de personal técnico y agentes medioambientales en las provincias y comarcas más deficitarias teniendo en cuenta el riesgo de incendios para que el volumen de personal existente permita afrontar la problemática de los incendios sin excesiva sobrecarga sobre el personal, minimizando las situaciones en que se producen excesos horarios o exceso de guardias.
Acción 3. Modificación del sistema de guardias con nuevas tipologías y ampliación de las épocas y crear un sistema que permita la atención a las emergencias también fuera de las épocas de peligro, todos los días del año, por personal técnico y agentes medioambientales.
Medida 2.2 Personal de apoyo.
Acción 1: Escuchas de Incendios y Operadores de los centros de mando. Se promoverá potenciar y ampliar a lo largo del año la labor del operador de centros de mando, grupo III, mediante la ampliación de la plantilla. Se tratará de dar una atención continua a las posibles emergencias durante las 24 horas del día y los 365 días del año y favorecer la retención del talento y de la experiencia en estos puestos para dar una respuesta más eficaz y profesional a las emergencias por Incendios forestales. Además se prevé la modificación del actual convenio colectivo del personal laboral, para mejorar sus condiciones y lograr una mayor adecuación de cara a la cobertura de las necesidades relacionadas con la prevención y extinción de incendios forestales.
Acción 2: Conductores. Cobertura de vacantes y creación, modificación o adscripción de las plazas necesarias para la atención a los incendios en función de las necesidades de cobertura de cada centro provincial
Acción 3: Técnicos de apoyo y otro personal técnico especializado. Se dotará de personal técnico específico para cada centro de mando especializado y dedicado exclusivamente a los incendios forestales que se especialice en la aplicación de las nuevas tecnologías a la lucha contra incendios forestales y sea un apoyo sólido y permanente a los jefes de jornada y a las secciones de defensa en a la gestión de las emergencias y a la gestión del operativo y de las labores de prevención de incendios forestales.
Acción 4: Unidad de apoyo al PMA. Se ampliarán los periodos de prestación para consolidar perfiles altamente especializados en la comunidad de Castilla y León y en las características de su territorio y de sus incendios forestales.
Acción 5: Coordinadores de medios entrenamiento y formación continua. Se articularán sistemas y mecanismos de formación continua y entrenamiento de todo el personal del operativo, dirigidos a su perfil profesional y a la labor que desempeñan.
Estas líneas de mejora indicadas en ellos párrafos anteriores se prevén concretar a lo largo de 2023 del siguiente modo:
Mejoras previstas en el 2023:
Las mejoras indicadas en ellos párrafos anteriores se prevén concretar a lo largo de 2023 del siguiente modo:
Eje 1. Mejora de los centros de mando:
Medida 1.1: «Mejora de las dependencias donde se ubican los centros de mando provinciales y regional y de sus medios materiales». Se prevé realizar un estudio y análisis especifico de cada centro de mando para identificar las necesidades definiendo en cuales de ellos es necesario mejorar su habitabilidad, buscando alternativas para ampliar las dependencias más reducidas, e incorporando nuevos puestos de trabajo para el personal en los centros que no dispongan de los mismos.
Medida 1.2: «Mejora de la conectividad de los centros de mando». En cuanto a la red telefónica se realizará el diseño de la red telefónica de los CPM y del CAM creando las nuevas líneas y habilitando la grabación de llamadas en los centros de mando.
En cuanto a la mejora de los equipos informáticos y su conectividad con el Territorio, se comenzará con la renovación de los equipos informáticos para remplazarlos con otros de mayores prestaciones, se facilitarán varias pantallas, pizarras… Se comenzará de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria existente a mejorar la conectividad de los centros de mando con el territorio dotando de equipos portátiles (tabletas, etc) a los Agentes medioambientales y técnicos que realizan la dirección de extinción mejorando la conectividad con las bases de medios aéreos y con las cámaras distribuidas por el territorio o ubicadas en las bases.
Medida 1.3: «Mejora de las aplicaciones informáticas y desarrollos tecnológicos para la gestión integral de los incendios e integración de todos los aplicativos en una plataforma tecnológica corporativa única». En este ámbito se prevé avanzar en la nueva plataforma del programa de seguimiento de incendios forestales en entorno SIG SINFO2. Este año se prevé que estén disponibles el módulo de partes e informes de vuelos RMAIF, de partes e informes de brigadas helitransportadas ARBIF, prepartes e IAI de Agentes Medioambientales, partes EGIF e IAI estadísticos, informes y consultas estadísticas, así como en fase de pruebas la integración de los datos con los que ya se cuenta de localización de medios y seguimiento de los medios. Además, se prevé contratar más desarrollos de la aplicación que abarcarán módulos aún no desarrollados y migración a la nueva plataforma de los últimos módulos que quedan por migrar, así como implementar una plataforma tecnológica para el monitoreo del comportamiento del fuego y el cálculo del riesgo diario dinámico de incendios forestales, con evaluación de la dificultad de extinción en ataque inicial, la evaluación del peligro meteorológico para la ocurrencia de grandes incendios forestales y la predicción de la propagación de incendios forestales en tiempo real. Finalmente, se prevé la plena integración de dos nuevas aplicaciones desarrolladas con fondos europeos del programa INTERREG POPTEC denominado INTERLUMES: INFRIF, para toma y actualización de datos en campo, en concreto los datos de los puntos de agua para la extinción de los incendios forestales, y PPIAI, para toma y actualización de datos en campo, en concreto los datos de los IAI (informe abreviado de investigación) y preparte, informes que cumplimentan los agentes medioambientales.
Medida 1.4: «Apertura de los centros de mando 24 horas y especialización del personal». Medida relacionada con la 2.2, que se indica en el siguiente eje. Para la apertura continua de los centros se llevará a cabo la ampliación de la plantilla, pasando de tres a seis operadores por cada centro provincial y a cinco en el autonómico, creando de este modo 28 nuevas plazas de personal laboral fijo, de manera que los centros estén activos todos los días del año y con capacidad de respuesta las 24 horas y que el personal, al tener prestación continua alcance una mayor especialización y profesionalización e el desempeño de sus funciones.
Medida 1.5: «Mejora de la coordinación en los centros de mando ante la presencia de incendios simultáneos de alto potencial devastador». Se comenzará la fase de análisis basada en la realización de un diagnóstico del funcionamiento de los centros de mando durante las semanas de Incendios simultáneos de gran magnitud para sacar lecciones aprendidas y mejorar los procedimientos de trabajo.
Eje 2. Mejoras del personal de dirección y coordinación de los incendios forestales de del personal de apoyo:
Medida 2.1 Personal responsable.
Se prevé abordar la modificación del Decreto 89/2004, de 29 de julio, por el que se establece el Operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León y se regula el sistema de guardias, para lo que ya se ha constituido una mesa técnica con representación de las organizaciones sociales, en la que ya se han debatido las bases del nuevo sistema.
Por otra parte, una de las medidas recogidas en el acuerdo de dialogo social es la de potenciar y ampliar la labor desarrollada en los centros de mando por los técnicos de apoyo tanto durante la época de peligro alto de incendios forestales como en el resto del año, mediante la ampliación del personal técnico adscrito a los mismos, creando 40 nuevas plazas en la RPT para de este modo poder disponer de 4 técnicos por centro de mando durante todo el año.
Se prevé también incrementar la especialización y eficacia en equipos de apoyo de los PMA, incorporando analistas de planificación y comportamiento del fuego, especialistas en investigación y refuerzo del CDF. Además, se prevé contratar un servicio asociado a estos PMA de ayuda para la organización de las radiocomunicaciones.
En cuanto al personal operador de centros de mando, se prevé ampliar la plantilla, pasando a 5 por cada CPM y a 5 en el CAM, creando 28 plazas.
Finalmente, está prevista en 2023 la modificación del convenio colectivo del personal laboral.
6.2 Medios de extinción.
El operativo de extinción de incendios cuenta con un conjunto de medios repartidos a lo largo de la comunidad que permite la pronta respuesta ante las posibles eventualidades detectadas. Los medios se distribuyen por el territorio teniendo en cuenta el riesgo de incendios y las masas a proteger. De los medios concretos de los que se dispone para asumir las labores de prevención y extinción, algo más de la mitad son propios de la Administración y el resto es contratado a empresas privadas o públicas, pero siempre bajo la dirección y supervisión de la Administración.
6.2.1 Medios terrestres.
Los medios terrestres del operativo contra incendios están formados por: personal de dirección y coordinación, vehículos autobombas, cuadrillas de tierra y buldócer. A continuación, se describen las funciones de cada uno de ellos.
6.2.1.1 Vehículos autobombas.
La dotación de los vehículos autobomba está formada por un Oficial de Primera conductor y un Peón de Montes en tareas de manguerista, ambos son personal Laboral Fijo Discontinuo de la Junta de Castilla y León.
Las autobombas tienen una base donde la dotación inicia su jornada laboral. Durante la época de peligro alto, su misión principal es la atención rápida a los incendios, realizando también entrenamientos y participando en diversos ejercicios prácticos. Estos ejercicios prácticos consisten, por un lado, en prácticas combinadas con las cuadrillas de tierra coordinadas por los agentes medioambientales de la comarca, y por otro lado en prácticas de sectorización que se realizan en las bases, en las que participan distintos medios de extinción coordinados por el personal técnico y los agentes medioambientales.
En caso de incendio, es el CPM quien moviliza a la autobomba y a su llegada se ponen bajo las órdenes del Jefe/Director de Extinción.
Fuera de la época de peligro alto la ampliación de sus periodos de prestación va a permitir una mayor acción preventiva mediante la realización de tareas tales como podas, desbroces, mejora de pistas, cortafuegos, accesos, puntos de agua, acondicionamiento de áreas recreativas, etc.
Todas las autobombas disponen de un sistema de localización GPS integrado, de manera que desde el CPM y el CAM se puede ver en una aplicación informática la posición de la misma, lo cual aumenta la seguridad en la extinción, este sistema cuenta con un dispositivo de marcación de eventos que registra las horas de salida, llegada al incendio y la salida y llegada a la base. Dichos registros se incorporan automáticamente a la aplicación de gestión de los incendios SINFO 2 para generar documentos de apoyo a la dirección de extinción y para el control estadístico de las intervenciones.
El operativo de Castilla y León cuenta con un total de 94 autobombas propias –28 de ellas con dotaciones nocturnas–. Se trata de vehículos equipados con depósitos de agua de más de 3.000 litros y con el material necesario para acometer las tareas de extinción necesarias. A fin de modernizar la flota de vehículos autobomba, desde el 2015 se han adquirido más de 30 vehículos en los que ha primado la protección de los trabajadores durante la extinción con la inclusión de arcos anti-colapso y sistemas de autoprotección del vehículo.
De igual modo el operativo dispone de 132 vehículos pick-up con depósito de agua para su uso por las cuadrillas de tierra.
Además, existen otras 101 autobombas en convenios de colaboración con distintos Ayuntamientos y Diputaciones. En el caso de los convenios con las Diputaciones, son ellas quienes despachan los medios por petición de la Junta de Castilla y León mediante la centralita correspondiente.
Las autobombas se nombran con el indicativo Charlie y se codifican por un número correlativo y el indicativo de la provincia.
En el anexo 19 se muestra el listado con las principales características y el mapa de distribución de cada una de las autobombas del operativo.
6.2.1.2 Cuadrillas terrestres.
La Junta de Castilla y León pone a disposición del operativo las cuadrillas terrestres para la realización de tratamientos selvícolas preventivos y para la extinción de incendios forestales.
Las cuadrillas terrestres son denominadas con el indicativo de Romeo –o November, en el caso de las nocturnas–, y se codifican por un número correlativo y la provincia Durante la época de peligro alto, las Romeo están formadas por 1 capataz forestal y 6 peones especialistas que se desplazan por tierra con vehículos todoterreno. La cuadrilla se establece durante 7 días a la semana en el lugar asignado por la Administración, realizando actuaciones preventivas, actividades formativas, y de entrenamiento o espera en estado de retén. También en 2016 se pusieron en marcha cuadrillas de tierra nocturnas en las provincias con mayor frecuencia de incendios forestales, y están formadas por 1 capataz, 4 peones especialistas y 1 vehículo pick-up con depósito de agua, con horario habitual de trabajo de 22:00 a 6:00 h.
El contrato incluye un periodo de disponibilidad, en el cual la cuadrilla deberá estar permanentemente localizable por teléfono dentro y fuera de su jornada de trabajo. La hora de entrada o salida es la determinada por la Administración, al igual que la ubicación los tajos previstos. Las cuadrillas cuentan con un localizador que permite conocer su ubicación a tiempo real, aumentando la seguridad en el incendio.
Durante la época de peligro alto, el CPM comunicará a las cuadrillas diurnas las horas en estado de retén o módulo de parada, entendiendo como retén el tiempo en el que las cuadrillas deberán permanecer con el EPI de incendios, en un lugar que establezca la Administración y en alerta para su salida inmediata. Con la interrupción de los trabajos selvícolas se consigue reducir el tiempo de respuesta de la cuadrilla y la fatiga física, para mejorar su rendimiento en las labores de extinción. La Administración puede organizar programas de entrenamiento o capacitación del personal con el fin de mejorar el rendimiento durante esas horas de parada.
El operativo de Castilla y León contará en 2023 con 127 cuadrillas terrestres: 111 Romeos, 1 dotación de personal fijo discontinuo y 16 November (5 de ellas incorporadas como novedad en 2023).
Además, existen otras cuadrillas terrestres que están integradas en el operativo, 4 de ellas pertenecientes al Ministerio de Defensa, 3 de ellas pertenecientes al Organismo Autónomo de Parques Nacionales.
En el anexo 19 se muestra el listado con las principales características y el mapa de distribución de cada una de las autobombas.
6.2.1.3 Retenes de maquinaria.
Los retenes de maquinaria utilizados en el operativo contra incendios están compuestos por un buldócer cargado sobre una góndola y un vehículo señalizador. Permanecen en su ubicación durante una jornada de 10 horas, localizados por teléfono y/o emisora. Fuera de la jornada tendrán disponibilidad debiendo estar localizables por teléfono. Además, en la mayor parte de los contratos existe en época de peligro alto una segunda máquina en disponibilidad. Los retenes de repaso de cortafuegos dispondrán del EPI de incendios por si es necesaria su actuación en un incendio. Todas las maquinas ya sean de retén, en disponibilidad, o de cortafuegos disponen de un dispositivo de localización, que deberá llevar consigo siempre el maquinista, permitiendo su seguimiento desde una aplicación informática y aumentando la seguridad en el incendio.
La comunidad cuenta con 33 máquinas asociadas a los diferentes contratos de retenes de maquinaria y buldócer cortafuegos. El Servicio de Defensa del Medio Natural o bien las Secciones de Defensa del Medio Natural de las provincias puede adaptar las prestaciones modificar los periodos de trabajo en las épocas de peligro medio y bajo, por condiciones meteorológicas.
Los retenes de maquinaria se denominan con el indicativo Delta, y se codifican por un número correlativo y la provincia. En el anexo 19 se muestra el listado con las principales características y el mapa de distribución de los buldócer del operativo.
6.2.2 Medios aéreos y cuadrillas helitransportadas.
6.2.2.1 Medios aéreos.
Medios aéreos de la Junta de Castilla y León:
El Operativo de emergencias contra incendios forestales de Castilla y León cuenta para el año 2023 con 21 bases de helicópteros y aeródromos con medio aéreo asignado (donde se encuentran 22 helicópteros y 1 avión). Además, cuenta con 2 bases de helicópteros desde las que operan medios del MITECO, así como varias bases auxiliares perfectamente operativas para su uso en caso de incendio en zonas próximas.
Uno de los helicópteros está disponible durante todo el año y realiza tanto funciones de extinción (principalmente en Época de Peligro Bajo y Medio), como de coordinación de medios aéreos (en Época de Peligro Alto y cuando sea requerido para ello). El helicóptero de coordinación es movilizado por el Jefe de Jornada del CAM en incendios en los que se encuentren operando 4 o más aeronaves o se considere necesaria su intervención por otros motivos.
Las bases aéreas se distribuyen por el territorio en función de los índices de peligro definidos y cada una de ellas lleva asociada una «Zona de despacho automático» formada por los términos municipales del entorno de la base.
El despacho automático de un medio aéreo es un protocolo de actuación que consiste en establecer un ámbito de acción por término municipal en el cual el helicóptero sale sin confirmación del CPM. El Jefe de Jornada del CPM puede detener el despacho automático si lo considera oportuno una vez que el piloto notifica la activación del medio aéreo a la central, con el fin de descartar una posible falsa alarma o de obtener más información de los puestos de vigilancia.
Los indicativos utilizados para denominar a los medios aéreos corresponden a la inicial de la provincia –o, en caso de repetición, con una letra posterior–, y posteriormente se codifican por un número correlativo. En el anexo 19 se muestra el listado con las principales características y el mapa de distribución de cada uno de los medios aéreos pertenecientes a la Junta de Castilla y León.
Medios aéreos del MITECO:
A los medios indicados anteriormente se suman los medios del MITECO ubicados en Castilla y León se codifican según la Metodología de Codificación de los Medios Aéreos de Extinción de Incendios, aprobada en la reunión del Comité de Lucha contra Incendios Forestales del 21 de noviembre de 2019. En Castilla y León se encuentran ubicados 5 helicópteros, 2 aviones anfibios de menos de 5000 litros, 2 aviones anfibios de más de 5000 litros, y 1 avión de comunicación y observación (ACO).
Los medios aéreos del MITECO que cuentan con despacho automático en el territorio de Castilla y León son los que se encuentren ubicados habitualmente en las siguientes bases: Ibias, Tineo, Tabuyo, Rosinos, Laza, Pinofranqueado, Plasencia, Puerto El Pico, La Iglesuela, Las Minas, Lubia y Agoncillo.
6.2.2.2 Cuadrillas helitransportadas.
Los Equipos de Lucha Integral contra Incendios Forestales de la Junta de Castilla y León (ELIF) son unidades helitransportadas de personal altamente especializado en la extinción de incendios forestales. A lo largo del año estas cuadrillas prestan un servicio integral de prevención y extinción de incendios en función de las condiciones de riesgo existentes. De acuerdo con esto las cuadrillas helitransportadas ELIF pueden prestar servicio como ELIF A o ELIF B. Las ELIF A están destinadas fundamentalmente a la extinción, mientras que las ELIF B pueden realizar tratamientos selvícolas y trabajos de mejora o acondicionamiento de infraestructuras, aunque siempre de forma subordinada a la prestación de extinción de incendios forestales y a las necesidades del operativo de extinción de incendios en que se integran.
Durante la época de peligro alto la Junta de Castilla y León despliega cuadrillas helitransportadas en 20 bases aéreas distribuidas por toda la Comunidad. En cada una de estas bases hay personal suficiente para disponer de tres cuadrillas completas (una de mañana, otra de tarde y otra de descanso), que trabajarán a doble turno diario de forma continua los siete días de la semana durante toda la época de peligro alto. Durante este periodo las cuadrillas helitransportadas serán siempre ELIF A, teniendo una composición variable dependiendo de la base en la que se ubique la cuadrilla. En todos los casos disponen de un Jefe de cuadrilla (técnico o capataz) que es la persona que está al mando de cada turno de la ELIF y que ejerce como responsable en cada actuación de la cuadrilla. Además del jefe de cuadrilla, y en función de la base, cada ELIF A está compuesta por cuatro, cinco, seis o siete peones especialistas.
Cuando las condiciones de riesgo de incendios lo requieran, y siempre en la época de peligro alto, las cuadrillas ELIF permanecerán en base preparadas para salir con el medio aéreo de forma inmediata ante un aviso de posible incendio. Durante su permanencia en base, y siempre que no sea necesaria la intervención en incendios, son actividades fundamentales la formación y el entrenamiento. Los componentes de la cuadrilla realizarán prácticas de extinción, ejercicios destinados a mejorar o mantener su capacidad física, ensayos de procedimientos, así como formación teórica y práctica en materia de técnicas de extinción, seguridad, primeros auxilios y manejo de herramientas.
Fuera de la época de peligro alto y cuando las condiciones de riesgo de incendio lo permitan, las cuadrillas helitransportadas que presten servicio como ELIF B podrán realizar otro tipo de tareas encaminadas a la prevención de incendios forestales y a la mejora del medio natural. Entre estas tareas destacan los tratamientos selvícolas preventivos y la adecuación de áreas cortafuegos, los trabajos en infraestructuras de prevención y extinción de incendios (puntos de agua o puestos de vigilancia) así como la adecuación de pistas y caminos forestales. Además de estos, podrán realizar también otros trabajos en el medio natural, como adecuación de áreas recreativas y espacios naturales protegidos, mantenimiento de infraestructuras destinadas al servicio del monte, tratamientos sanitarios en masas o quemas controladas relacionadas con la gestión de los combustibles.
Cuadrillas helitransportadas del MITECO:
Las BRIF ‒Brigadas de Refuerzo en Incendios Forestales‒ son las cuadrillas helitransportadas especializadas en la extinción de incendios forestales pertenecientes al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO); tienen carácter nacional y, por tanto, pueden actuar en cualquier punto del territorio nacional donde sean necesarias.
Actualmente, el MITECO tiene en servicio diez BRIF durante las campañas de verano, distribuidas por toda la geografía nacional y cinco BRIF de menor tamaño durante la campaña de invierno-primavera, en el norte y oeste de la Península. Sus bases se ubican en zonas de alto riesgo de incendio o de elevada riqueza forestal que es necesario proteger.
6.2.3 Otros medios de apoyo.
El operativo de extinción de la Junta de Castilla y León cuenta con una serie de medios que se ponen a su disposición para dar apoyo, y son los siguientes:
Otros medios forestales disponibles: en el caso de que el incendio lo requiera, la Junta de Castilla y León podrá solicitar los servicios de medios cercanos al incendio. En el CPM existe un listado disponible para el Jefe de Jornada con los teléfonos de la maquinaria, tractores, etc, que están trabajando en la provincia, así como de las principales empresas del sector.
Otros organismos: Además, cuando es necesario, se cuenta con el apoyo de cuerpos como Protección Civil, SACYL y Guardia Civil, entre otros, que actúan bajo los mandos de sus jefes naturales y según su propio protocolo de actuación. También es frecuente la presencia de Agentes de Autoridad de los municipios afectados.
6.2.4 Mejoras en los medios de extinción.
Las mejoras previstas en los medios de extinción del operativo se centran en los siguientes ejes generales:
Eje 1. Mejoras en los vehículos autobomba:
Medida 1.1: «Mejora de las bases para vehículos autobomba», centrada en la construcción de nuevas infraestructuras o en la mejora de las condiciones de las existentes para adaptarlas a la nueva necesidad de permanencia del personal durante todo el año.
Mejora 1.2: «Mejora y modernización de la flota de vehículos autobomba» a través de la retirada de los vehículos de mayor antigüedad y sustituyéndolos por nuevas unidades con mayores prestaciones y elementos de seguridad e incorporando nuevos vehículos pick-up con depósito.
Mejora 1.3: «Ampliación del periodo de prestación de las dotaciones»: La ampliación de los periodos de trabajo del personal y, en consecuencia, del periodo de activación de los vehículos autobomba se llevará a efecto con un triple objetivo:
‒ Una cobertura más amplia de medios que permita una mejor respuesta a los incendios que ocurren fuera de la época de peligro alto de incendios forestales.
‒ Una mayor estabilidad y profesionalización del personal.
‒ Una mayor acción preventiva en incendios forestales, a través de un programa concreto y definido de labores preventivas asignado a cada unidad de intervención que se lleve a cabo durante las épocas de menor riesgo de incendios.
‒ Se prevé incrementar el tiempo de trabajo de las dotaciones de modo que los integrantes de la primera dotación alcancen 12 meses al año en 2023, los de la segunda en 2025 (9 meses en 2023, 10 en 2024 y 12 en 2025) y los del tercer turno o nocturno alcancen 5 meses desde 2023.
Medida 1.4: «Mejora de la respuesta durante la EPA mediante creación de unidades UBA» que den una mejor respuesta en las zonas de mayor riesgo y mejoren la cobertura territorial. Se trata de incorporar un nuevo tipo de vehículos autobomba con doble cabina, con cuadrilla, que permitan una mayor cobertura territorial en la época peligro alto a las zonas de riesgo y que desarrollará en peligro bajo actuaciones preventivas. Se prevé una implantación progresiva hasta disponer de, al menos, 9 unidades de estas características en 2025.
Eje 2. Mejoras en las cuadrillas terrestres y nocturnas:
Medida 2.1: «Mejorar el funcionamiento, las condiciones, el equipamiento y la cobertura a lo largo del año de las cuadrillas terrestres». Se procederá paulatinamente a aumentar los tiempos de trabajo, dotando los nuevos contratos como mínimo con trabajo para 9 meses cada año, ampliando el periodo de prestación de servicio propia de la época de peligro alto (7 integrantes los 7 días de la semana) hasta un mínimo de cuatro meses y ampliando la configuración básica de las cuadrillas en peligro bajo desde los 5 anteriores a un mínimo de 7 componentes. Igualmente, se prevé de forma gradual extender a todas estas cuadrillas el sistema de servicio durante la época de peligro alto, mejorando y homogeneizando la aplicación del sistema de módulos de parada retén, y restringir la realización de trabajos pesados o con maquinaria en las fases y áreas en que coincidan riesgo de incendios y/o condiciones térmicas desfavorables, incrementando los ámbitos formativos y de entrenamiento y articulando estos extremos mediante la oportuna instrucción del régimen de trabajo durante estos servicios.
Medida 2.2: «Mejorar el funcionamiento, las condiciones, el equipamiento y la cobertura espacio temporal de las cuadrillas nocturnas». Aumentar los contratos como mínimo a 5 meses al año y ampliar el número en al menos 4 cuadrillas.
Eje 3. Mejoras en los retenes de maquinaria:
Medida 3.1: «Integración de prevención y extinción». Se tratará de ampliar las prestaciones integrando en un mismo contrato obras de cortafuegos (durante 5 meses al año) y retén de maquinaria (durante 4 meses al año) y con segunda máquina en EPA. Cuando finalicen los contratos en vigor, se continuará con esta trasformación. En concreto aumentar como mínimo los trabajos a 9 meses al año, en contratos plurianuales, combinando trabajo en otras actividades forestales.
Medida 3.2: «Análisis de la situación de la maquinaria pesada a nivel provincial y regional». Se va a proceder a analizar la situación provincial y regional para evaluar la posibilidad de incorporar no sólo una segunda máquina en el contrato, sino propuestas de maquinaria complementarias a las existentes para facilitar la estabilización del personal especializado en el uso de maquinaria para la lucha contra incendios facilitando su continuidad a lo largo del año.
Medida 3.3: «Mejora en las infraestructuras de defensa»: Se trata de mejora de la red de fajas cortafuegos y pistas específicas para facilitar el acceso de medios a la extinción. Al integrar prevención y extinción estas infraestructuras, cuya configuración actual y futura se detalla en el apartado correspondiente, se pueden mejorar y ampliar, teniendo a la vez la posibilidad de disponer de maquinaria que pueda acudir durante todo el año a los incendios que puedan ocurrir.
Eje 4. Mejoras en los medios aéreos y cuadrillas helitransportadas:
En relación con las cuadrillas helitransportadas la línea de trabajo en los próximos años se centra en tres medidas de actuación:
Medida 4.1: «Incremento de la duración de permanencia en ELIF A a doble turno», ampliando hasta al menos 4 meses el periodo de prestación ampliada propia de la época de peligro alto.
Medida 4.2: «Incremento de duración de la permanencia en ELIF B» aumentando los nuevos contratos para contemplar como mínimo trabajo para 9 meses al año para las dotaciones de dos turnos.
Medida 4.3 «Profesionalización del personal de las cuadrillas y de las tareas previstas de forma que para futuro se pretende que en las ELIF B haya siempre un técnico responsable de cada una de las cuadrillas todo el año, lo que va a permitir una mayor planificación y control de las labores de prevención.
Eje 5. Mejoras en la respuesta ante las grandes emergencias:
Medida 5.1: «elaboración de un SMEIF para centros de mando» Se elaborará un sistema de organización de los centros de mando especial para la gestión de grandes incendios simultáneos, será un sistema modular y escalable con distintas posiciones que desarrollarán funciones especificas para facilitar la gestión de emergencias simultaneas de gran magnitud.
Medida 5.2: «Dotación con más perfiles de apoyo técnico especializado para la gestión de las emergencias en los PMA«: Se incorporará al PMA de una posición de apoyo especifico a las radiocomunicaciones dotada por personal experto en esta materia, que facilite y dé apoyo a la dirección de extinción en la organización de éstas, desplegando la sectorización de las comunicaciones y los repetidores para la implantación del canal de mando del incendio. También se dotará a los centros de mando de técnicos analistas que colaboren en las tareas de planificación y análisis del incendio.
Medida 5.3: «Elaboración de protocolo de movilización de convoyes interprovinciales». Se desarrollarán unas directrices para facilitar la labor de los convoyes de apoyo de medios de unas provincias a otras, mejorando la eficacia de sus intervenciones y garantizando sus periodos de descanso y sustitución de personal.
Medida 5.4: «Elaboración de un protocolo de manutención del personal durante su intervención en los incendios». Aunque en todos los incendios o emergencias en las que participa el operativo INFOCAL el personal al que se le asigna las tareas de logística se encargan de adquirir y distribuir agua y alimentos a todos los asistentes, se ha visto la necesidad de tener una dotación mínima de raciones energéticas que permitan que el personal tenga un mínimo recurso hasta que se entregue el avituallamiento y por otro lado se tengan raciones disponibles de forma más inmediata en los incendios de cierta duración.
Mejoras previstas en el 2023:
Estas líneas de mejora indicadas en ellos párrafos anteriores se prevén concretar a lo largo de 2023 del siguiente modo:
Eje 1. Mejoras en los vehículos autobomba:
Medida 1.1: «Mejora de las bases para vehículos autobomba»: las mejoras a realizar en 2023 relacionadas con el eje 1 se especifican en el apartado correspondiente a infraestructuras.
Medida 1.2: «Mejora y modernización de la flota de vehículos». En 2023 se continuará con la modernización de la flota, estando prevista la adquisición de un total de 30 nuevos vehículos, en concreto 26 nuevos camiones con financiación del Fondo de Desarrollo Regional FEDER-REACT UE, «Financiado como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19», en el marco del Programa Operativo FEDER 2014-2020 y de otros 4 con financiación del Fondo Europeo Mecanismo de Recuperación y Resiliencia-NextGeneration EU. Asimismo, está prevista la adquisición de 24 nuevos vehículos pick-up dotados de depósito de agua para su uso en las labores de prevención o de extinción que pueda realizar el personal que verá incrementado su tiempo de trabajo. Estos vehículos serán adquiridos gracias al Fondo de Desarrollo Regional FEDER-REACT UE, «Financiado como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19».
Medida 1.3: «Ampliación del periodo de prestación de las dotaciones»: El personal encargado de las operaciones con vehículo autobomba (Charlie): incrementará los tiempos de trabajo en 2023, de modo que la primera dotación alcance 12 meses al año en 2023, la segunda dotación 9 meses y los del turno nocturno alcancen 5 meses.
Medida 1.4 «Mejora de la respuesta durante la EPA mediante creación de unidades UBA»: En 2023 se dispondrá con apoyo de los fondos FEDER de 4 unidades de este tipo.
Eje 2. Mejoras en las cuadrillas terrestres y nocturnas:
Medida 2.1: «Mejorar el funcionamiento, las condiciones, el equipamiento y la cobertura a lo largo del año de las cuadrillas terrestres». En los contratos y encargos a medio propio a renovar en 2023 para las cuadrillas ROMEO, se prevén introducir diversas mejoras en los nuevos contratos, fundamentalmente el establecimiento de la nueva unidad de servicio para peligro alto y, en su caso, peligro medio, de modo que la suma de ambas sea como mínimo de 4,5 meses al año, el incremento del tiempo en que la cuadrilla mantiene la composición de 7 integrantes 7 días a la semana a al menos 4 meses, el incremento de la dotación de peligro bajo a 7 integrantes y la ampliación de los meses considerados a un mínimo de 9 por cada año. En cuanto al número de cuadrillas ROMEO se prevé mantener en 111, con la misma distribución provincial que en 2022.
Medida 2.2: «Mejorar el funcionamiento, las condiciones, el equipamiento y la cobertura espacio temporal de las cuadrillas nocturnas». En 2023 se ampliará la duración a 5 meses de 9 de las 11 cuadrillas que se han licitado para comenzar en 2023 y se ampliará en 5 el número de cuadrillas para que en todas las provincias haya al menos una de estas cuadrillas para dar un relevo a los medios de intervención, así como vigilar zonas de riesgo y actuar en los incendios que ocurran. La distribución prevista para 2023 es la siguiente:
Tabla 30. Distribución provincial prevista de las cuadrillas November
Provincia |
November (N) |
---|---|
Ávila. | 2 |
Burgos. | 1 |
León. | 4 |
Palencia. | 1 |
Salamanca. | 2 |
Segovia. | 1 |
Soria. | 1 |
Valladolid. | 1 |
Zamora. | 3 |
Total. | 16 |
Eje 3. Mejoras en los retenes de maquinaria:
Como novedad tras el Acuerdo de Dialogo social se ha incrementado en un nuevo contrato de retén y labores de prevención completo en 2023 ubicado en Salamanca y se han modificado el sistema de prestación de los 4 contratos a renovar de forma que se integra prevención y extinción en periodos de 9 meses efectuando labores cortafuegos y días de servicio de retén en función del periodo de riesgo en el que se encuentren, con refuerzo de segunda maquina en parte de la EPA.
Eje 4. Mejoras en los medios aéreos y cuadrillas helitransportadas:
Medida 4.1: «Incremento de la duración de permanencia en ELIF A a doble turno», Este cambio se prevé hacer efectivo en las 20 ELIF en 2023 mediante modificados de todos los expedientes de contratos y medios propios en vigor dada la importancia de ajustar esta duración a los cambios previstos de configuración del operativo lo antes posible.
Medida 4.2: «Incremento de duración de la permanencia en ELIF B». Este cambio también se prevé hacer efectivo en esta primera fase en los modificados de 20 expedientes para adecuar los contratos en vigor a las nuevas necesidades y circunstancias del operativo, así como al Dialogo Social. Concretamente en 2023 las cuadrillas trabajarán de forma continua en formato B estando activas en prevención durante todos los días de la semana durante todos los días que no están en ELIF A (8 meses de forma continua que sumados a los 4 suponen 12 meses) y durante 2 meses mas (43 días) se active un doble turno de B en las cuadrillas correspondientes a las provincias de Avila, Leon, Salamanca, Valladolid y Zamora.
Medida 4.3: «Profesionalización del personal de las cuadrillas y de las tareas previstas de forma que para futuro se pretende que en las ELIF B haya siempre un técnico responsable de cada una de las cuadrillas todo el año». Este cambio se articulará en 2023 en las 10 cuadrillas de medios propios de la administración (empresa pública).
Eje 5. Mejoras en de la respuesta ante las grandes emergencias:
Medida 5.1: «Elaboración de un SMEIF para centros de mando» En base a las lecciones aprendidas del 2022 se comenzarán a analizar las necesidades para la configuración del documento.
Medida 5.2: «Dotación con más perfiles de apoyo técnico especializado para la gestión de las emergencias en los PMA»: Se contratará un servicio de apoyo experto a las radiocomunicaciones para grandes de incendios y se contará con un nuevo servicio de 4 técnicos especializados en análisis de incendios.
Medida 5.3: «Elaboración de protocolo de movilización de convoyes interprovinciales». Se creará un grupo de trabajo para desarrollar unas directrices, en base a las experiencias de los últimos años, que marcarán las pautas generales de elaboración del protocolo.
Medida 5.4: «Elaboración de un protocolo de manutención del personal durante su intervención en los incendios» Se ha establecido ya un grupo de trabajo técnico para elaborar un Protocolo específico de logística de avituallamiento de todo el personal que intervenga en la extinción que se apoye en hostelería local, que contemple soluciones de emergencia previamente diseñadas para zonas remotas o con dificultades de abastecimiento y que considere las necesidades alimenticias en condiciones de sobreesfuerzo, la diversidad de dietas y la disponibilidad de raciones de emergencia. Para esta labor se está contando con la colaboración del Colegio Oficial de Dietistas y Nutricionistas de Castilla y León y del Colegio de Educación Física de Castilla y León. En este contexto ya se ha definido raciones tipo para el operativo INFOCAL y se tiene previsto la adquisición a través de una propuesta de adquisición o suministro de una serie de raciones de emergencia que serán distribuidas al personal tanto previamente como en el momento de la emergencia a través de los responsables de logística, por un presupuesto de 150.000 euros.
6.3 Infraestructuras de defensa.
Las infraestructuras de defensa comúnmente consideradas son pistas forestales, áreas y fajas cortafuegos, puntos de agua, bases de medios aéreos y garajes de vehículos autobomba y otras instalaciones relacionadas con la prevención y extinción de incendios forestales. Todas las infraestructuras tienen relevancia para la prevención y extinción de incendio, así la red de pistas y cortafuegos es esencial para el desplazamiento del operativo y como apoyo en la extinción, los puntos de agua permiten utilizar este recurso imprescindible en la extinción y las bases y otras infraestructuras para personal y vehículos permiten que los medios tengan unas instalaciones adecuadas.
Se ha estado llevando a cabo en los últimos años un análisis exhaustivo de las infraestructuras asociadas a la defensa de la superficie forestal para que la prevención y extinción de incendios desde las mismas sea lo más eficaz posible, para ello se prevén una serie de inversiones para mantenimiento y mejora de las mismas, así como en algún caso construcción de nuevas infraestructuras.
6.3.1 Pistas forestales.
Las pistas forestales proporcionan accesibilidad al monte. En la defensa del medio, las pistas permiten el acceso de los medios de extinción a los incendios.
La Junta de Castilla y León dispone de la cartografía digital de las pistas forestales, proyecto desarrollado desde los propios Servicios Territoriales y la Dirección General con el apoyo de los Agentes medioambientales y Forestales, SIGMENA y COCEDOR. Se ha registrado su estado y equipamiento, grado de accesibilidad en función de la tipología de los vehículos, época del año o firme y toda esta información se utiliza para planificar su gestión con el fin de mejorar y ampliar la red de pistas.
Castilla y León cuenta con una amplia red de caminos y pistas forestales. El total de caminos estimado es de más de 250.000 kilómetros, y de ellos más del 40 %, en torno a 120.000 kilómetros, atraviesan o dan servicio a terrenos forestales. El conocimiento de las dimensiones y características de la red viaria forestal permite conocer la capacidad de respuesta de los medios de extinción terrestres y del personal de dirección y coordinación.
6.3.2 Puntos de agua.
Castilla y León cuenta con una amplia red de puntos de agua. Estas infraestructuras pueden ser naturales (ríos, lagunas, charcas, arroyos, etc.) o artificiales (estanques, canales, piscinas, etc.), o creadas únicamente para la extinción de incendios forestales en zonas sin otros puntos de agua o con falta de accesibilidad, de apoyo a la extinción o en zonas con alta problemática de incendios.
Existe un inventario con 1.862 puntos de agua diferenciándose los aptos para helicóptero o autobomba, de los cuales 925 balsas son utilizables por helicópteros. Además, los embalses permiten recargar a los aviones anfibios.
Se ha realizado un análisis de la distribución de los puntos de agua con el objetivo de establecer una red de primer orden o puntos de agua óptimos para la carga de agua con helicópteros. Esta red de primer orden permitirá tener al menos un punto de agua con capacidad de carga óptima en cada cuadrícula de 20 km x 20 km, principalmente en superficie forestal. Esta distribución supone una frecuencia media de descarga en el incendio forestal de unos 10 minutos con cualquier tipo de helicóptero de los que se utilizan normalmente en la extinción, desde los más pequeños a los más grandes. Para realizar este análisis se ha realizado un inventario de los puntos de agua, primero por tierra por los agentes medioambientales y luego desde el aire con los técnicos de las cuadrillas helitransportadas. Se han clasificado los puntos de agua de helicóptero en 3 categorías (óptimo, bueno, con limitaciones) según su aptitud para la carga, tipología de helicóptero, permanencia o estacionalidad del agua, distancia de obstáculos y otras características. En los planes anuales se irán analizando la ubicación de los nuevos puntos de agua a construir conforme al análisis mencionado, a los presupuestos existentes y la disponibilidad de los terrenos para su construcción. Se presenta el mapa de la distribución.
Imagen 33. Mapa de distribución de puntos de agua
6.3.3 Áreas de defensa: Red de cortafuegos.
Las áreas o fajas cortafuegos son superficies sin vegetación o con menor carga de combustible, que pueden estar asociadas o no a infraestructuras viarias. Se crean para conseguir, en caso de incendio, frenar el avance de las llamas o disminuir su intensidad y favorecer de esta forma las labores de extinción al crear una discontinuidad en la vegetación y permitir que desde la misma se puedan actuar en la extinción como apoyo de labores de defensa directa o indirecta. Su anchura es variable en función del combustible, pendiente, exposición o topografía. Estas infraestructuras requieren de un mantenimiento periódico y en otros casos de apertura de nuevos accesos en función del crecimiento y la ordenación de las masas, lo que requiere una inversión anual especifica.
La red de cortafuegos de la comunidad cuenta con más de 19.000 km de los cuales anualmente la consejería actúa de forma directa mediante inversión en promedio en unas 3.000 a 3.500 ha en terrenos de gestión de la Junta de Castilla y León (fundamentalmente Montes de Utilidad Pública y montes contratados) tanto mediante apertura o repaso con buldócer como gradeo con tractor de gradas en las zonas de Valladolid, Segovia y Soria que tienen este tipo de terreno más arenoso donde este tratamiento resulta más efectivo, y sin perjuicio de las actuaciones análogas objeto de subvención a través del Programa de Desarrollo Rural.
El funcionamiento integral de prevención y extinción del operativo de incendios forestales de Castilla y León supone que los contratos de ejecución de cortafuegos siempre llevan asociada durante su ejecución la asistencia a incendios en caso de ser necesario en unas condiciones establecidas en pliego. Por otro lado, los contratos específicos de retén de maquinaria para extinción, en función del riesgo incluyen unos días de trabajo para contribuir también a la prevención al utilizarse fundamentalmente la misma maquinaria (buldócer) lo que permite tener una experiencia en el medio forestal integral.
6.3.4 Edificios de apoyo a equipos de prevención y extinción.
Los vehículos autobombas propios del operativo de prevención y extinción y el personal asociado a los mismos se encuentran actualmente en infraestructuras muy variadas, propias o cedidas por otros organismos públicos. La ubicación de estas instalaciones no puede ser centralizada sino que para permitir su mayor eficacia se requiere que estén ubicadas estratégicamente por el territorio. Estas infraestructuras deben disponer de un módulo tipo garaje para los vehículos y estancias asociadas para el personal.
En el marco del Dialogo Social en relación con las infraestructuras, se ha acordado abordar de forma generalizada un plan de mejora de garajes de autobombas con equipamientos para el personal asociado, así como las mejoras ya indicadas en puntos de vigilancia y accesos a los mismos, así como abordar la elaboración de un Plan de
Infraestructuras que además de las citadas contemple centros adecuadamente dotados.
6.3.5 Helipuertos y aeródromos.
La Junta de Castilla y León gestiona 23 bases de helicópteros y aeródromos de uso restringido con autorización de apertura al tráfico y dispone de otras 6 bases de uso eventual, distribuidas por el territorio de la Comunidad Autónoma. La distribución territorial de estas infraestructuras sigue criterios de peligro de incendios, orografía y operatividad de los medios. Operan desde ellas los helicópteros y aviones contratados por la Junta, así como algunos del MITECO, y eventualmente son utilizadas por otras comunidades autónomas en su apoyo a esta comunidad o a otras.
6.3.6 Sistemas de vigilancia y detección.
La pronta detección de un incendio permite acortar el tiempo de llegada del operativo de extinción, aspecto fundamental para reducir la magnitud de un incendio y la peligrosidad de las labores de extinción. En Castilla y León esta importante labor se realiza a través de diferentes canales: alertas a través del teléfono de emergencias 1-12, puestos y cámaras de vigilancia fijos, vigilancia móvil y Agentes Medioambientales y Celadores de Medio Ambiente.
La mayor parte de las alertas de incendios son recibidas a través de llamadas de particulares, generalmente a través del número de emergencias 1-1-2.
Los puestos de vigilancia son medios del operativo cuya principal función es la detección de incendios. Se trata de torres o casetas donde, personal laboral designado como escuchas, detectan, localizan y comunican el inicio de un fuego al CPM. La detección se comunicará a través de la emisora fija o portátil de la que disponen en dichos puestos de vigilancia, que además permite que puestos cercanos también reciban el aviso y confirmen el avistamiento. Todos los avistamientos de la jornada –ya sean incendios o falsas alarmas– son recogidos en un libro diario.
En su labor de vigilancia, los escuchas emplean prismáticos y alidadas, con las que calculan el rumbo y ayudan a la localización y posicionamiento del incendio, y mapas del área de vigilancia del puesto. El cálculo del rumbo del humo es importante ya que si esté es detectado por dos puestos de vigilancia, el CPM puede cruzar ambas visuales, obteniendo una localización más precisa a la que enviar los medios de extinción.
Los trabajadores asignados a puestos de vigilancia tienen carácter de personal laboral fijo discontinuo de la Junta de Castilla y León.
La comunidad cuenta con una red de 171 puestos de vigilancia, los cuales se relacionan en el Anexo 14.
La función principal del sistema de cámaras de videovigilancia es la identificación y localización de forma inmediata de las alertas que se reciben en el CPM, así como la detección de nuevas alertas y la valoración y el seguimiento de la evolución de los incendios. Las imágenes están georreferenciadas y así, una vez recibida la alerta, el software de gestión del sistema de videovigilancia integrado en SINFO, facilita al operador visualizar la columna de humo, obtener sus coordenadas, y al técnico realizar una rápida valoración, despachando los medios necesarios en función de la intensidad y bienes afectados. Esta es la segunda principal función, facilitar una rápida valoración del incendio, mejorando los tiempos de respuesta y de los medios despachados, en función del riesgo del incendio. La tercera función es poder realizar un seguimiento de la evolución del incendio desde el CPM, comparando con otros de la provincia, para ofrecer a los directores de extinción apoyo en la distribución de medios. Las cámaras están en funcionamiento las 24 horas del día los 365 días del año.
Actualmente el total de cámaras de videovigilancia es de 52 distribuidas por las provincias de León (Bierzo), Soria y Zamora (Sanabria), ubicadas de forma que se obtenga la mayor cobertura visual.
6.3.7 Red de comunicaciones.
El Operativo dispone de un sistema propio de comunicaciones para los medios que lo conforman. La comunicación consiste en la transmisión de la información a través de ondas radioeléctricas. La comunicación de los medios terrestres se hace mediante frecuencia modulada (FM) y la aérea se hace por modulación de la amplitud (AM).
Para poder comunicarse, los medios de extinción disponen de emisoras fijas –necesitan corriente y se instalan en los coches, autobombas y puestos de vigilancia–, o móviles –funcionan con una batería y se transportan con facilidad–. Cuando un medio está transmitiendo un mensaje el canal no puede ser ocupado por otro, por eso los mensajes han de ser claros, concretos y concisos. El CPM establece una disciplina de tráfico, siendo prioritario la comunicación entre el CPM y el Director de extinción. Para una mejor comprensión de los mensajes a través de la red de comunicación se han codificado los medios según el Alfabeto Fonético Internacional.
La red de comunicación de cada provincia permite la transmisión a través de:
Modalidad de Comunicación simplex: cada emisora contacta directamente con otras que estén dentro de su alcance. Utilizan una sola frecuencia (transmisión=recepción). Es una comunicación alternativa entre los equipos y por vía directa, sin utilizar repetidores. El alcance puede verse limitado por los obstáculos existentes (líneas de alta tensión, montañas, etc.). Salvo en zonas muy abruptas, su uso está recomendado durante los trabajos de extinción.
Modalidad de Comunicación semidúplex: cada emisora contacta con las otras a través de un repetidor, pero no directamente. Utilizan un canal de dos frecuencias (una de transmisión y otra de recepción). Es una comunicación alternativa entre los equipos mediante repetidor. Los repetidores se ponen en puntos dominantes y tienen más potencia que las emisoras portátiles, por lo que tienen mayor alcance. No obstante, los obstáculos intermedios siguen condicionando mucho el alcance de la señal. Son los que se usan habitualmente para transmitir al CPM las alertas de incendio y despachar los medios desde allí. Se sitúan a lo largo de toda la comunidad para radio enlazar todos los canales y que las comunicaciones sean efectivas en todas las comarcas.
La red de comunicaciones está formada por sectores y cada uno usa un canal de comunicación distinto. Los canales utilizados en cada una de las provincias son los que se exponen en la tabla.
Tabla 31. Canales de comunicación por provincia
Provincia |
Canales directos (simplex) |
Canales a través de repetidor (semidúplex) |
---|---|---|
Ávila. | 2 | 29 / 30 / 34 / 35 / 42 / 43 / 44 / 45 |
Burgos. | 15 | 90 / 91 / 92 / 93 / 94 / 95 / 96 / 97 / 98 / 99 / 9 |
León. | 16 / 17 / 18 | 64 / 67 / 80 / 81 / 83 |
Palencia. | 22 | 21 / 23 / 24 / 25 / 26 / 27 / 28 / 31 / 32 / 33 |
Salamanca. | 20 | 71 / 84 / 85 / 86 |
Segovia. | 1 | 59 / 61 / 62 / 63 / 65 / 66 / 68 / 69 |
Soria. | 10 | 74 / 75 / 76 / 77 / 78 / 79 / 87 / 88 / 89 |
Valladolid. | 7 | 50 / 51 / 52 / 53 / 54 / 55 / 56 / 60 |
Zamora. | 5 / 6 | 36 / 37 / 38 / 39 / 40 / 41 / 47 |
Autonómicos. | 3 / 4 / 57 / 58 |
Por último, hay que hacer referencia a las comunicaciones tierra-aire, necesarias para establecer contacto con los medios aéreos. Las frecuencias utilizadas en las nueve provincias son las que se exponen en la tabla.
Tabla 32. Frecuencias aéreas por provincia
Provincia | Principal | Auxiliar |
---|---|---|
Ávila. | 122,350 | 123,425 |
Burgos. | 130,500 | 130,325 |
León. | 130,500 | 130,325 |
Palencia. | 123,425 | 122,475 |
Salamanca. | 123,425 | 122,475 |
Segovia. | 123,425 | 130,325 |
Soria. | 122,350 | 123,425 |
Valladolid. | 122,475 | 130,500 |
Zamora. | 130,325 | 122,350 |
6.3.8 Mejoras en las infraestructuras.
Las mejoras previstas en materia de infraestructuras se centran en los siguientes ejes generales:
Eje 1. Mejoras en las pistas forestales:
Se potenciará dentro del marco presupuestario existente, la realización de pistas forestales, priorizando las zonas de baja accesibilidad determinadas en el punto 3.4 del presente plan, en que sea viable técnicamente su ejecución.
Eje 2. Mejoras en los puntos de agua:
Medida 2.1: «Análisis continuo de la distribución de los puntos de agua y su situación» Garantizando una red adecuada de puntos de carga para helicópteros de primer orden que faciliten tiempos de cadencia de las descargas inferiores a 10 minutos, priorizando en función de la capacidad de inversión, la construcción de puntos en las zonas más deficitarias y con mayor peligro y riesgo de incendios.
Medida 2.2: «Mejoras tecnológicas para facilitar la actualización de la Información y su uso».
Eje 3. Mejoras en el área de defensa (red de cortafuegos):
Medida 3.1: «Mejora de las prestaciones de los servicios de maquinaria pesada». Se tiene previsto un incremento de inversión en esta línea en los próximos años al tener previsto por dialogo social incrementar los tiempos de trabajo de la maquinaria a 9 meses anuales, configurando equipos de maquinaria pesada más completos y eficientes. Se trabajará sobre la base de contratos plurianuales, en que se combine trabajo en otras actividades, como la restauración forestal, la conservación de cortafuegos o la mejora de pistas y caminos forestales. La planificación futura de estas infraestructuras incluye que todas las propuestas contratadas que se vayan finalizando se vaya al esquema descrito de 9 meses integrando prevención y extinción y ejecutando una mayor superficie de repaso y adecuación de estas infraestructuras con un incremento en la inversión prevista progresivo para llegar a un incremento de 2.500.000 euros en 2025. Se estima que la actuación sobre las superficies de cortafuegos pueda sufrir un incremento estimado en unas 1.000 o 1.500 ha aproximadamente más de las habituales en dicha anualidad dependiendo de rendimientos y actuaciones necesarias.
Eje 4. Mejoras en las dependencias:
Medida 4.1: «Elaboración de un Plan de renovación y mejora de infraestructuras», que además de las citadas contemple centros adecuadamente dotados. Estas actuaciones resultan esenciales pues unido al cambio normativo y operativo de la organización de este sistema especializado de emergencias, es necesario modernizar y adaptar las instalaciones y recursos disponibles a las nuevas circunstancias de continuidad en el tiempo y de ubicación en las zonas de riesgo. De esta manera, para que tanto los medios materiales (vehículos) como el personal especializado, pueda llevar a cabo las tareas asignadas de prevención y extinción en condiciones de seguridad y bienestar para su tiempo de descanso, es esencial poder disponer de instalaciones adecuadas para lo cual se ha analizado las opciones más innovadoras en cuanto a eficiencia energética y adaptación al medio disponible en el mercado.
Eje 5. Mejoras en los helipuertos y aeródromos:
Medida 5.1: «Mantenimiento continuo y mejora de la capacidad operativa de los medios aéreos en las bases de medios aéreos de Castilla y León»
Medida 5.2: «Mejora de la operatividad y habitabilidad de las bases»
Medida 5.3: «Evaluación continua y especializada de la capacidad aeronáutica y habitabilidad», de todas las bases para cumplimiento de la normativa y posible mejora.
Eje 6. Mejoras en los sistemas de vigilancia y detección:
Medida 6.1: «Análisis de las coberturas visuales de todos los puestos de vigilancia» con el objetivo de mejorar su distribución provincial. Este análisis, en combinación con una evaluación del estado de estas infraestructuras y de sus necesidades de adecuación, permitirá tomar decisiones de amortización de determinados, puestos, reubicación y mejora de otros. Se prevé analizar la eficacia del sistema de vigilancia en sus vertientes humana y telemática para formular una propuesta de modernización, reestructuración y adaptación que optimice las capacidades de ambos.
Medida 6.2: «Centralizar la gestión de los sistemas de videovigilancia provinciales», en el Centro de Supercomputación de Castilla y León e integrar SINFO en este sistema para acceder a las funcionalidades de las cámaras a través de esta aplicación desde cualquiera de los CPM provinciales, CAM, PMA o oficina comarcal. Se seguirá analizando la operatividad del sistema de videovigilancia para una continua adaptación a los requerimientos que se le pide de rápida identificación de las alertas y amplia visual provincial.
Medida 6.3: «Ampliación del tiempo de trabajo del colectivo de escuchas», dentro del compromiso adquirido en el diálogo social, ampliar el tiempo de trabajo de los vigilantes en los próximos años hasta los 12 meses de prestación al año en 2025 con el personal necesario para compatibilizar ambos sistemas de visualización humana y telemática. Se buscará garantizar la máxima prestación de todo el personal durante la época de peligro alto para permitir una detección precoz de incendios potencialmente catastróficos, incrementando su operatividad, incluyendo la asunción de otras funciones complementarias propias de su grupo.
Eje 7. Mejoras en la red de comunicaciones:
Medida 7.1: «Modernización de equipos de radiocomunicaciones» a través de nuevas compras para ampliar el número de equipos y mejoras en las prestaciones de los mismos.
Medida 7.2: «Mejora de la respuesta en Grandes Incendios mediante la eficiencia de las comunicaciones», a través de la formación y el establecimiento de protocolos y medidas organizativas orientadas a mejorar las comunicaciones en incendios grandes o con muchos medios.
Medida 7.3: «Mejora de la cobertura territorial de radiocomunicaciones», estudio continuo de todas las posibilidades que ofrece la tecnología para mejorar la red de comunicaciones.
Mejoras previstas en el 2023:
Estas líneas de mejora indicadas en ellos párrafos anteriores se prevén concretar a lo largo de 2023 del siguiente modo:
Eje 1. Mejoras en las pistas forestales:
Se prevé abordar la mejora de pistas forestales priorizando aquellas en zonas de baja accesibilidad y las que resulten necesarias para garantizar el acceso a los puestos fijos de la red vigilancia.
Eje 2. Mejoras en los puntos de agua:
Medida 2.1: «Análisis continuo de la distribución de los puntos de agua y su situación». Se prevé mejorar la actualización de información de puntos de agua, mediante el prevé el desarrollo de una aplicación móvil para la actualización de la Información de puntos de agua. Además se analizará la distribución de los puntos de agua, categorizándolos en prioridades según sus características para operar los distintos tipos de helicópteros, persistencia del agua, obstáculos y otras. Se intentará observar el estado del punto de agua. Se priorizará la construcción de nuevos puntos de agua conforme a las necesidades detectadas.
Medida 2.2. «Mejoras tecnológicas para facilitar la actualización de la Información y su uso». Se prevé adecuar los dispositivos GPS de los helicópteros para recibir la Información sobre los puntos de agua. Se trabajará con las empresas operadoras la adaptación o búsqueda de un dispositivo en el mercado para alcanzar un formato fácilmente interoperable y actualizable y a la vez homologable por la autorizadad aeronáutica.
Eje 3. Mejoras en el área de defensa (red de cortafuegos):
Medida 3.1: Se prevé ampliar los períodos de ejecución de los contratos de retén en los 5 expedientes (4 renovados y uno adicional en Salamanca) a 9 meses de duración, de los cuales 5 meses son de trabajos de cortafuegos y mejora de infraestructuras relacionadas. Esto supone un incremento en las labores preventivas de relevancia para la Comunidad y una mayor continuidad de los servicios y del personal contratado. Este sistema de contratación de mayor duración (10 meses) ya existía en 7 expedientes de la zona oeste de la comunidad, aunque con actuación preventiva más puntual.
Eje 4. Mejoras en los edificios de apoyo a equipos de prevención y extinción:
Medida 4.1: Dado el encaje de estas mejoras de infraestructuras existentes o dotaciones nuevas en el programa de financiación europeo REACT-UE de inversiones de este tipo se ha puesto en marcha un plan de actuación de urgencia en los lugares en los que se requiere una inversión más inmediata para la reparación o construcción de nuevas infraestructuras. Para ello se ha diseñado un prototipo de edificio modular de apoyo a equipos de prevención y extinción que al ser adaptable a diferentes ubicaciones y necesidades se puede ubicar en diferentes localidades con una instalaciones relativamente fácil y económica al ser módulos prefabricados (no requiere construcción propiamente dicha). El diseño de cada una de las infraestructuras y su instalación estas acciones de modernización y adaptación de la infraestructura prevista ejecutar en la propuesta encaja con los fines previstos de la financiación dichos fondos al suponer una mejora de las condiciones de resiliencia y adaptación del operativo de prevención y extinción de Castilla y León y en particular de las infraestructuras en cuanto a la mejora de su habitabilidad, integración en el medio natural y eficiencia energética. La inversión prevista en 2023 va a ser como mínimo: 4.300.000 euros en infraestructuras modulares y 700.000 euros en mejora y reparación de infraestructuras existentes.
Eje 5. Mejoras en los helipuertos y aeródromos:
Medida 5.1: «Mantenimiento continuo y mejora de la capacidad operativa de los medios aéreos en las bases de medios aéreos de Castilla y León». En 2023 se prevé abordar las siguientes mejoras principales: construcción de la base de Oterico (León), mejora del firme del aeródromo de Rosinos (Zamora) y continuación con el proceso de apertura al tráfico del aeródromo de El Maíllo y el Helipuerto de Oterico (León).
Medida 5.2: «Mejora de la operatividad y habitabilidad de las bases». En 2023 se prevé abordar la revisión y posible ampliación de las bases de Ávila y Burgos mediante propuestas gasto que permitan la adecuación de las infraestructuras.
Medida 5.3: «Evaluación continua y especializada de la capacidad aeronáutica y habitabilidad», de todas las bases para cumplimiento de la normativa y posible mejora. En 2023 se prevé el mantenimiento de la operatividad aeronáutica de las bases de lucha contra incendios forestales con autorización de apertura al tráfico, abordar la auditoría de la situación de la base en relación con el Proyecto aeronáutico por el que se autorizó la apertura al tráfico de la base y redactar el proyecto de mejora de la base de Villardeciervos (Zamora) y su puesta en marcha.
Eje 6. Mejoras en los sistemas de vigilancia y detección:
Medida 6.1: «Análisis de las coberturas visuales de todos los puestos de vigilancia». Se prevé abordar este análisis y continuar mejorando los accesos a los puestos y las infraestructuras de los más deficientes en función de la disponibilidad presupuestaria.
Medida 6.2: «Centralizar la gestión de los sistemas de videovigilancia provinciales». Se prevé integrar los sistemas de videovigilancia actuales de León, Soria y Zamora en el nuevo software de gestión y su visualización a través de SINFO, e incrementar el número de cámaras de videovigilancia incorporándolas a las provincias de Ávila (20 cámaras), Salamanca (21) y ampliar la red de Zamora en 7 cámaras, logrando en estas tres provincias una amplia cobertura visual provincial.
Medida 6.3: «Ampliación del tiempo de trabajo del colectivo de escuchas». Se prevé incrementar los tiempos de trabajo, de modo que en 2023 alcancen los 6 meses y que se garantice la máxima prestación en peligro alto.
Eje 7. Mejoras en la red de comunicaciones:
Medida 7.1: «Modernización de equipos de radiocomunicaciones». En 2023 se prevé la adquisición de equipos de banda aérea para que todo el personal que pueda actuar en el puesto de JOA (Jefe de Operaciones Aéreas) disponga de un equipo portátil, y en concreto para todos los Agentes Medioambientales y técnicos de guardia. Además se abordará la compra de equipos banda terrestre y repetidores para renovar los equipos deteriorados, y se dotarán los coches PMA con un repetidor de banda terrestre, dos emisoras de banda terrestre y dos emisoras de banda aérea, además de equipos portátiles de banda terrestre y de equipos portátiles de banda aérea.
Medida 7.2: «Mejora de la respuesta en Grandes Incendios mediante la eficiencia de las comunicaciones». Se prevé abordar la programación para todos los medios de la realización de prácticas combinadas que incluyen sectorización en las comunicaciones y la contratación de un servicio de ayuda para la organización de las radiocomunicaciones y despliegue de repetidores si fuera necesario para garantizar las comunicaciones en el incendio.
Medida 7.3: «Mejora de la cobertura territorial de radiocomunicaciones». Se continuará con las pruebas de una aplicación móvil Android de radiocomunicaciones que permite utilizar el móvil como equipo de radio. Se va a establecer una pasarela por provincia entre la red virtual y la red de radiocomunicaciones analógica con lo que se a través de la App del móvil se podrá mantener comunicaciones con el resto de los equipos analógicos de la red.
6.4 Formación, sensibilización e investigación de causas.
6.4.1 Formación.
El Centro para la Defensa contra el Fuego (CDF) lleva funcionando desde el año 2003 como centro de formación, investigación y educación ambiental del operativo de lucha contra incendios de la Junta de Castilla y León. Este Centro, con sede en León, depende de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio como una unidad del Servicio de Defensa del Medio Natural de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal.
A lo largo de los 20 años de funcionamiento el CDF ha organizado actividades de formación para más de 30.000 profesionales.
La Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal promueve una formación específica para todos los trabajadores que conforman el operativo autonómico. Esta formación se realiza siguiendo un esquema que comenzó a desarrollarse en 2005, y que actualmente se establece por la Resolución de 28 de marzo de 2021 de la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, por la que aprueba el programa general de formación y certificación profesional en la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León.
Este programa general determina la formación mínima obligatoria para poder integrarse en el operativo. Se basa en el diseño de acciones formativas específicas para los trabajadores del operativo:
‒ Se establecen unos perfiles profesionales para cada puesto de trabajo con funciones diferenciadas, estableciendo los requisitos formativos necesarios para empezar a desempeñar ese puesto.
‒ Los cursos se definen de forma específica para cada perfil, quedando establecidos sus objetivos, contenidos mínimos, duración y requisitos de acceso.
‒ Se establecen unos ejercicios prácticos periódicos que complementan a los cursos de formación, permitiendo así mantener los conocimientos actualizados y entrenar las habilidades adquiridas.
‒ Los trabajadores que participan en cualquier curso o ejercicio se registran en una base de datos que gestiona el CDF.
La formación se estructura en cuatro niveles:
‒ Formación básica inicial obligatoria.
‒ Formación de reciclaje: en perfiles con funciones de mando se concreta en cursos avanzados que forman parte del itinerario formativo y para los perfiles básicos se concreta sobre todo en prácticas de campo.
‒ Formación continua, estructurada en prácticas en campo y en una revisión anual de conclusiones y novedades específica para cada perfil.
‒ Formación específica para necesidades detectadas o novedades en el funcionamiento.
En las actividades formativas se abordan contenidos sobre procedimientos de trabajo en extinción de incendios forestales, los fundamentos necesarios para poder aplicarlos, el desarrollo de habilidades en su aplicación y el fomento de una actitud preventiva desde la perspectiva de la seguridad en el trabajo. La formación se realiza con un enfoque muy práctico.
El Programa da cumplimiento a las exigencias establecidas en la Ley de Montes sobre la formación del responsable de la extinción e integra las recomendaciones sobre estándares de formación para este perfil del CLIF.
El diseño y coordinación de la formación corresponde al Centro para la Defensa contra el Fuego (CDF). El programa incluye los siguientes cursos:
TEC.1 - Básico para técnicos en incendios forestales.
TEC.2 - Avanzado para técnicos en incendios forestales.
TEA.0 - Capacitación de técnicos de apoyo.
TEC.0 - Capacitación de técnicos de apoyo en prácticas.
OPE.0 - Capacitación para operadores de centro de mando en incendios forestales.
AGM.1 - Básico para agentes medioambientales en incendios forestales.
AGM.2 - Avanzado para agentes medioambientales en incendios forestales.
AGM.3 - Actualización para agentes medioambientales en incendios forestales.
AGM.4 - Básico de investigación de causas para agentes medioambientales.
VIG.0 - Capacitación de vigilantes de incendios forestales.
AUT.0 - Capacitación de conductores y peones de vehículos autobomba contra incendios forestales.
AUT.1 - Actualización para conductores y peones de vehículos autobomba contra incendios forestales.
MAQ.0 - Capacitación de conductores maquinaria pesada contra incendios forestales.
REL.1 - Coordinación para técnicos y capataces helitransportados.
CAP.0 - Capataces de cuadrillas de tierra en incendios forestales.
ARM.1 - Actualización para responsables de medios.
FOR.1 - Formación de formadores en incendios forestales.
PHT.0 - Formación para pilotos y coordinadores de aeronaves sobre actuaciones en incendios forestales.
CUA.0 - Cursos para trabajadores de cuadrillas contra incendios forestales.
Todos los cursos se imparten directamente por el CDF, salvo el curso CUA.0 que se imparte por formadores habilitados desde el CDF mediante el curso FOR.1 y acreditación de experiencia.
6.4.2 Programas de información y sensibilización.
En el año 2006, con la entrada en funcionamiento de la sede del CDF, se puso en marcha un programa continuo de educación ambiental para la prevención de incendios forestales. Este programa se apoya en el Aula del Fuego, equipamiento educativo del Centro, que ha recibido más de 50 mil visitantes. El 90% de los mismos han sido grupos organizados, principalmente escolares, que han participado en una actividad guiada por el equipo educativo.
El objetivo general del programa se puede resumir en sensibilizar y concienciar sobre el valor de nuestros bosques y la gestión forestal sostenible, e invitar a participar de forma activa en la prevención de los incendios forestales.
Los objetivos del programa son:
‒ Dar a conocer los valores ambientales y socioeconómicos del medio natural.
‒ Identificar los incendios forestales como un problema ambiental creciente y global.
‒ Valorar el alcance de los daños que producen los incendios forestales y el tiempo necesario para la regeneración de un hábitat.
‒ Sensibilizar y producir algún cambio de actitudes en nuestra sociedad entorno a la problemática actual de los incendios forestales y sus efectos ambientales.
‒ Divulgar las estrategias y los medios para la conservación del medio natural frente a los incendios, resaltando la labor en prevención y extinción de los profesionales del operativo.
‒ Dar continuidad a los programas educativos relacionados con la prevención de incendios en los centros escolares.
El fin último es evitar los incendios forestales que se inician debido a causas humanas. La labor educativa es la faceta de la prevención que a medio y largo plazo permite obtener mejores resultados para superar las motivaciones socioculturales de los incendios forestales.
Se está realizando un importante esfuerzo en extender la labor educativa del CDF apoyando otras iniciativas que enlazan con los objetivos del programa educativo. Para ello se cuenta con herramientas como exposiciones portátiles, actividades basadas en recursos digitales para realizar por los docentes en los centros escolares sin necesidad de preparación previa, cuadernillos didácticos, etc.
6.4.3 Investigación de causas.
En materia de investigación de causas, el Decreto 89/2004, de 29 de julio, establece que las funciones de investigación de incendios forestales serán desempeñadas por Ingenieros de Montes, Ingenieros Técnicos Forestales y Agentes Medioambientales y/o Forestales adscritos al operativo.
La Instrucción 3/FYM/2016, de 1 de abril, de la Dirección General del Medio Natural sobre la recogida de datos en campo y la investigación de incendios forestales establece que la realización del preparte estadístico de todos los incendios forestales, así como la elaboración del Informe Abreviado de Investigación (IAI) es función de los Agentes Medioambientales y/o Forestales y debe realizarse en todos los incendios forestales para tener conocimiento preciso de su causa. Para los incendios de mayor severidad o en los que es previsible una reclamación de daños, perjuicios y gastos de extinción, suele ser necesaria la elaboración de un informe ampliado de investigación realizado por los Agentes medioambientales. En los aquellos de especial magnitud, relevancia o complejidad se puede solicitar la colaboración de técnicos especialistas en investigación de Incendios Forestales, que desarrollan un trabajo de apoyo a los Agentes Medioambientales y a las secciones de Defensa provinciales en el desarrollo de su función de investigación de las causas de los incendios forestales y elaboración de los informes pertinentes.
A mayores de este personal se cuenta con un servicio de técnicos de investigación que ofrecen un apoyo especializado a la investigación de incendios de mayor relevancia en el territorio de la comunidad, trabajando en coordinación continua con los Técnicos, los Agentes y con el personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
6.4.4 Mejoras en formación, sensibilización e investigación de causas.
Las mejoras en formación, sensibilización e investigación de causas se centran en los siguientes ejes generales:
Eje 1. Mejora en la formación:
Medida 1.1: «Mejora de la calidad de la formación», con mayor carga practica y presencial especializada para cada uno de los perfiles del operativo. Refuerzo anual de formación adaptada a cada colectivo.
Medida 1.2: «Mejora de la plataforma de teleformación» para apoyo y refuerzo de la formación práctica periódica.
Medida 1.3: «Impulso a las prácticas y el entrenamiento sobre sectorización y organización del incendio» de todo el personal del operativo con apoyo de formadores del CDF.
De cara a la puesta en marcha de las medidas de este eje, se prevé revisar las necesidades formativas de todo el personal del Operativo y elaborar un nuevo Programa de Formación del Operativo en materia de prevención y extinción de Incendios, coordinado desde el Centro para Defensa contra el Fuego (CDF) y con paquetes formativos de carácter obligatorio para el desempeño de las diversas posiciones, que se impartirán en horas de trabajo. Todo ello sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Escuela de Administración Pública respecto de los empleados públicos, y en coordinación con la misma y con otras entidades responsables en materia de formación, como las propias empresas en relación con su personal. Para ello el CDF ha de ser reforzado con personal asociado específico en todas las provincias. El Programa debe contemplar diversos niveles, como formación inicial mínima, de reciclaje, continua y específica para necesidades concretas, establecer periodos de vigencia y mantener un registro detallado de la situación formativa de cada trabajador. El acuerdo de dialogo social incluye un resumen de bases de programa formativo.
También se prevé, dentro del marco legalmente previsto para ello, apoyar técnicamente a las entidades responsables en prevención de riesgos laborales (por lo que se refiere a los empleados públicos de la administración autonómica, este apoyo se realizará al Servicio de Coordinación y Prevención de Riesgos Laborales de la Dirección General de la Función Pública) de modo que en la formación que impartan se contemplen los riesgos laborales asociados al comportamiento del fuego, la formación en primeros auxilios, la realización de ejercicios y simulacros para situaciones de emergencia y, en los casos en que proceda, la conducción de vehículos todo terreno y el manejo de maquinaria y herramienta.
Eje 2. Mejora en la información y la sensibilización:
Medida 2.1: Integración de los programas divulgativos y de comunicación específicos de incendios tanto al público general como al escolar acercando la labor de prevención y extinción de incendios a los ciudadanos.
Medida 2.2: Mejora y actualización de los recursos didácticos del Centro para la Defensa contra el Fuego, tanto en la exposición permanente ubicada en León como en la temporal e itinerante.
Medida 2.3: Diseño e impulso de campañas específicas de concienciación dirigidas a diferentes colectivos (infantil, rural, agricultores, etc.)
Eje 3. Mejora en la investigación:
Medida 3.1: Creación de un área de investigación en el CDF, con un impulso que permita mejorar conocimiento del comportamiento del fuego y búsqueda de líneas de innovación aplicadas.
Medida 3.2: Mejorar las actividades practicas y formativas para técnicos y Agentes medioambientales en materia de investigaciones de causas y valoración de daños y perjuicios ocasionados por los incendios.
Medida 3.3: Fomentar las reuniones de coordinación entre los distintos involucrados en materia de investigación de causas para potenciar el trabajo coordinado y mejorar la eficacia de las acciones (fiscalía, cuerpos y fuerzas de seguridad del estado…).
Mejoras previstas en el 2023:
Estas líneas de mejora indicadas en ellos párrafos anteriores se prevén concretar a lo largo de 2023 del siguiente modo:
Eje 1. Mejora en la formación:
Para el año 2023 se han programado las actividades formativas correspondientes para atender las necesidades definidas en el programa general de formación y certificación, garantizando la formación básica obligatoria para el personal de nueva incorporación, así como la continuidad de la formación de reciclaje para los trabajadores con experiencia.
Se van a poner en marcha tres equipos con tres formadores de campo cada uno para llevar a cabo de forma periódica en todas las provincias una serie de ejercicios prácticos a los que deberán asistir profesionales de los distintos perfiles. El objetivo de los ejercicios es actualizar los conocimientos y entrenar las habilidades necesarias para desempeñar las distintas funciones Estos ejercicios constituirán la formación continua a realizar por los trabajadores a lo largo de su trayectoria profesional. La base de datos de profesionales registrará todas las actividades que ha realizado cada trabajador. La asistencia a los ejercicios prácticos permitirá, en muchos casos, renovar la vigencia de los cursos recibidos. Los trabajadores que no puedan renovar la vigencia de su curso mediante la asistencia a ejercicios prácticos habrán de volver a realizar un curso para poder seguir desempeñando sus funciones en extinción.
Las prácticas incluidas en los itinerarios formativos, que estarán recogidas en la base de datos, son:
‒ Práctica 1 de tendido de mangueras y de protocolo OACEL para AM, C y R o ELIF.
‒ Práctica 2 de ataque directo con mochila, batefuegos y medios aéreos y de protocolo OACEL para AM y R o ELIF.
‒ Práctica 3 de línea de defensa y liquidación con herramienta y de protocolo OACEL para AM y R o ELIF.
‒ Práctica 4 de contrafuego, de trabajo con bulldozer y de protocolo OACEL para TG, AM, C, D y R o ELIF.
‒ Práctica 5 sesión formativa de análisis de comportamiento y seguridad sobre un caso práctico para TG, AM, C, D y R o ELIF.
‒ Práctica 6 de sectorización y organización del incendio para TG, AM, C, D y R o ELIF.
‒ Práctica 7 de planificación y organización de la extinción para TG y AM.
Eje 2. Mejora en la información y la sensibilización:
Medida 2.1: Cumpliendo con uno de los objetivos de mejorar el acercamiento del trabajo realizado por el operativo a los ciudadanos para lograr un mayor conocimiento de la problemática y de los daños que pueden causar los incendios forestales, la Junta de Castilla y León, facilitará más información de cada incendio con los correspondientes partes de prensa emitidos con información gráfica para informar puntualmente de las incidencias ocasionadas en la Comunidad de Castilla y León así como su evolución.
En el ámbito de la comunicación, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio va a llevar a cabo una campaña en medios regionales y provinciales para concienciar a la población en la necesidad de extremar las precauciones para reducir el riesgo de incendios forestales, así como de abordar las medidas preventivas necesarias. Está previsto que la campaña cuente con una dotación económica de 90.000 euros, se desarrolle entre los meses de junio, julio o agosto de 2023, y utilice prensa, radio, medios especializados, televisión y medios digitales.
Además, durante los meses de riesgo alto de incendios, la cuenta de Twitter @naturalezacyl prestará una atención especial a todas las cuestiones que suscitan interés entre la población: cambios de nivel de los incendios, medios de extinción, evacuaciones, etc.
Esto se suma al refuerzo de las tareas de comunicación habituales de la Consejería con la elaboración y puesta a disposición de dos partes diarios de incendios, a las 10 y 19 horas, elaboración de notas de prensa sobre aquellos incendios o actuaciones que se consideren de interés mediático, así como la atención y seguimiento durante el desarrollo de las emergencias a redes sociales y medios de comunicación.
Medidas 2.2 y 2.3: Se ha puesto en marcha una nueva medida de refuerzo en el área de educación ambiental, impulsando la actividad realizada por el Aula del Fuego, a través de talleres para escolares en el marco de la campaña «Depende de todos, depende de ti» destinado a alumnos de 5.º y 6.º de primaria. Una de las principales características de estos talleres es que serán impartidos por Agentes medioambientales y técnicos del operativo INFOCAL, que han recibido previamente formación específica para ello. Esta actividad servirá para mostrar el trabajo de los profesionales en prevención y extinción el trabajo del operativo y fomentar la implicación de la población escolar en la prevención la prevención de incendios forestales entre escolares. Se va a llevar a cabo en 120 centros escolares de todas las provincias de la Comunidad.
Eje 3. Mejora en la investigación:
Medida 3.1: Se continuará trabajando en la determinación precisa de las causas de todos los incendios que se produzcan, labor fundamental para la orientación posterior de las diferentes acciones preventivas.
Medida 3.2: Se comenzará con actividades formativas concretas en materia de identificación de situaciones de riesgo e investigación de causas para el colectivo de agentes medioambientales en las comarcas de mayor peligro de incendios.
Medida 3.3: Se realizará un plan de trabajo y reuniones con los distintos organismos involucrados en la investigación de las causas de los incendios forestales.
El CDF también continuará en el ámbito de las tareas de estudios e investigación analizando incendios forestales significativos de la región, tanto desde el punto de vista de su relevancia, como desde su aplicabilidad a la formación práctica. Además, de trabajos de investigación sobre comportamiento del fuego, validación de modelos y concreción de parámetros para su predicción, análisis de equipos y materiales en campo, informes y recomendaciones de aplicación, etc.
6.5 Coordinación interna y con otros organismos.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio lleva a cabo la coordinación interna del operativo de lucha contra incendios, mejorando y homogeneizando la gestión de los incendios a través de protocolos, instrucciones y directrices de funcionamiento, dedicando especial atención a la gestión de grandes incendios forestales. A lo largo de los años, se han realizado avances significativos en la colaboración y coordinación entre los distintos organismos implicados en la lucha contra incendios forestales, mediante herramientas como reuniones de coordinación, convenios y protocolos de colaboración, etc., con el fin de que las administraciones públicas aúnen esfuerzos para optimizar la respuesta y la coordinación ante las emergencias por incendios forestales.
En el supuesto de que una provincia no pueda controlar un incendio con los medios asignados, se activa el protocolo de solicitud de medios al CAM, que gestiona los medios disponibles en la Comunidad y se encarga de su movilización. El Jefe de Jornada del CPM solicita la actuación de medios autonómicos para que acudan a un incendio y será autorizado por el Jefe de Jornada del CAM.
Además, existen una serie de convenios y protocolos que regulan la actuación de medios de otros organismos o administraciones, en caso de que sea necesario.
Otros organismos y administraciones provinciales:
La Junta de Castilla y León tiene firmados convenios con algunos ayuntamientos y diputaciones en materia de extinción de incendios para la realización de determinadas actuaciones en función del riesgo de incendios forestales. En época de peligro alto, estos medios se integran en el Operativo de extinción de incendios forestales.
En el Anexo 20 se incluye el listado de convenios que existen en la actualidad.
Los medios de otras Administraciones u Organismos públicos, aunque no estén adscritos al Plan Infocal, previa solicitud, pueden reforzar a los ya existentes. Estos medios se pondrán a disposición de Director de Extinción.
El Centro de emergencias 1-1-2, dentro de su protocolo, en caso de incendio forestal lo comunica al CPM, a los Bomberos, a la Guardia Civil. Una vez comunicada la incidencia cada uno activa su protocolo. Si se incorpora una dotación de bomberos a un incendio forestal, se pondrán a las órdenes del Director de Extinción, siguiendo su protocolo de actuación.
Otras comunidades autónomas
La Junta de Castilla y León tiene suscritos Convenios de colaboración en materia de Incendios Forestales con las Comunidades Autónomas limítrofes, como Galicia, Asturias, Cantabria, La Rioja, Extremadura, Madrid, Castilla-La Mancha y Aragón, para establecer unos patrones de funcionamiento y coordinación en caso de incendios forestales en zonas limítrofes.
En virtud de estos acuerdos, se actúa de forma inmediata en una franja de anchura variable y se establecen protocolos de cooperación. El objetivo fundamental es establecer las condiciones para la colaboración de las Comunidades Autónomas firmantes en la prestación del servicio de extinción de incendios forestales, así como en materia de seguridad y prevención de los mismos.
La Unidad Militar de Emergencias:
El protocolo de intervención de la UME viene determinado en el Real Decreto 1097/2011. Dicho protocolo indica que la intervención de la UME podrá ser ordenada directamente por el Ministerio del Interior a través del Ministerio de Defensa en casos de emergencia de interés nacional. En el caso de emergencias graves no declaradas de interés nacional las comunidades autónomas competentes podrán solicitar la intervención de la UME al Ministerio del Interior.
La UME deberá ajustar sus intervenciones a lo establecido en la legislación vigente en materia de protección civil, y especialmente en lo relativo a la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas y actuarán siempre dirigidos por un Mando de su propia unidad que se integrará en el Puesto de Coordinación de la emergencia.
Portugal:
Existe un Protocolo entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre Cooperación Técnica y Asistencia Mutua en materia de Protección Civil, firmado en Évora el 9 de marzo de 1992. En el año 2003 se establece un Protocolo adicional por el cual se establecen los modelos de petición de actuación de medios.
Según el Protocolo, ambos países pueden actuar en la franja de 25 kilómetros del país contrario sin que sea requerida su actuación. Pasados esos 25 kilómetros, el país que tenga el incendio deberá ser quién solicite la actuación de los medios del país vecino mediante los modelos establecidos por el protocolo adicional del 2003.
Será de aplicación a las zonas fronterizas que, tanto del lado portugués como del español, están constituidas por los municipios limítrofes. Dentro de las zonas fronterizas tendrán una especial consideración, en cuanto a los procedimientos a aplicar, los incendios forestales que, no observándose que se estén llevando a cabo trabajos de extinción por parte de las autoridades del país afectado, se encuentren cercanos a la frontera y cuyas condiciones de propagación –viento, relieve, modelos de combustible, etc.–, hagan previsible una muy elevada probabilidad de que el fuego pase de un país a otro, en un corto período de tiempo.
7. Medidas preventivas
7.1 Trabajos de carácter preventivo.
El marco regulatorio de la gestión de los montes en Castilla y León viene aportado por la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y por la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León. La Administración de la Junta de Castilla y León desempeña diversos papeles en relación con la gestión forestal en según qué tipos de montes, que se detallan a continuación.
A) Montes propiedad de la Junta de Castilla y León («montes propios»).
La Comunidad de Castilla y León es propietaria de diversos montes en su territorio (93.898,54 ha de las cuales 68.667,27 ha arboladas). La administración de estos montes corresponde a la consejería competente en materia de montes (en estos momentos, Consejería de Fomento y Medio Ambiente), a través de los Servicios Territoriales, uno en cada provincia, que actúan como centros gestores. A ellos se suman otras aproximadamente 93.000 ha de vías pecuarias, repartidas a lo largo de 32.000 km de vías y 3.200 parcelas de reemplazo.
B) Montes con participación económica de la Junta de Castilla y León (montes «contratados»).
La Junta de Castilla y León tiene suscritos diversos contratos (consorcios y convenios) con los propietarios de algunos montes (ayuntamientos, entidades locales menores, propietarios privados…). La superficie de estos montes en la Comunidad se eleva a 115.517,14 ha (92.284,41 ha arboladas).
En su día el Estado (antes de las transferencias autonómicas) y posteriormente la Junta de Castilla y León suscribieron esos contratos para la implantación de nuevas masas forestales en los montes o parte de los montes. En virtud de tales contratos, la administración autonómica ostenta un derecho real sobre el vuelo (arbolado) creado, en tanto la propiedad del terreno corresponde íntegramente al propietario.
C) Montes de Utilidad Pública propiedad de entidades locales.
En estos casos la administración autonómica ejerce sus competencias de administración en conjunto con las entidades propietarias, por ejemplo, en cuanto a la determinación técnica de los aprovechamientos, aprobación de pliegos de prescripciones técnico-facultativas y precios mínimos.
El número total de montes catalogados de utilidad pública, incluyendo tanto los que son propiedad de la propia Junta de Castilla y León, asciende a 3.541, con más de 2.000 propietarios, ocupando 1.826.103,50 ha.
En estos tres tipos de montes antedichos, la Consejería responsable de su gestión técnica está habilitada para efectuar inversiones directas para su conservación y mejora de acuerdo con el artículo 99 de la Ley 43/2003, de 6 de abril, de Montes, lo que viene haciendo de forma regular, y sin perjuicio de las posibles inversiones en los mismos por parte de las entidades propietarias.
Además, en el caso de los de utilidad pública, la misma consejería también canaliza las inversiones de los Fondos de Mejora de tales montes, regulados por la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (art. 38), la Ley 3/2009, de 6 de abril (art. 107 y ss.) y el Decreto 23/2018, de 23 de agosto, por el que se regula el fondo de mejoras, el funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Mejoras y las mejoras forestales en los montes catalogados de utilidad pública.
D) Montes en régimen privado de gestión (no de UP ni contratados).
En estos casos la administración autonómica ejerce sus competencias de control de la legalidad de los aprovechamientos y otras actuaciones, y fomenta su conservación y mejora mediante la concesión de ayudas e incentivos. Las ayudas se regulan a través de procesos de concurrencia competitiva siguiendo los principios de toda ayuda pública.
En todo el marco expuesto, tanto en el caso de las inversiones propias como de las ayudas públicas concedidas, la consejería tiene en consideración necesidades específicamente relacionadas con la prevención de incendios forestales. El grueso de las actuaciones mediante inversión en montes catalogados y vías pecuarias se articula a través de la acción de las propias cuadrillas de operativo INFOCAL (ROMEO y ELIF), aunque también se contratan otras actuaciones a empresas forestales o medios propios mediante los fondos de mejora de los montes o a través de programas autonómicos, nacionales o europeos con financiación específica. En cuanto a las actuaciones mediante subvención en todo tipo de montes, el grueso de las actuaciones se articula mediante los regímenes de ayudas del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León, sin perjuicio del uso de otras fuentes de financiación.
En este punto se desarrollan las actuaciones que desde la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio se desarrollan sobre el terreno, en el ámbito de prevención de incendios forestales de la Comunidad de Castilla y León. Se incluyen también referencias a los trabajos que se ejecutan por parte de otros organismos, como son el MITERD, los ayuntamientos o las Diputaciones provinciales.
Por otro lado, además de los convenios citados anteriormente en materia de extinción, también existen otros convenios en material de prevención, expuestos a continuación.
El 7 de mayo de 2002 se firmó, entre la Consejería de Medio Ambiente y el Consejo General del Poder Judicial, un Convenio específico de Colaboración entre el Consejo General del Poder Judicial y la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en materia de lucha contra los incendios forestales mediante el que se trata de articular una colaboración entre la Administración de Justicia y la Consejería de Medio Ambiente para la más eficaz lucha contra los incendios forestales.
La Junta de Castilla y León mantiene un convenio de colaboración, desde 2006, con el Ministerio de Defensa ‒a través de la Cuarta Subinspección General del Ejército (Noroeste)‒, para los casos de incendio dentro de su perímetro y el campo de maniobras y tiro.
El 1 de Junio de 2010 se suscribió el Convenio de colaboración para la prevención y lucha contra los incendios forestales entre la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y adenda de 1 de junio de 2010 ampliando su duración.
Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y Red Eléctrica de España S.A.U. (REE) para la coordinación de actuaciones en prevención y lucha contra los incendios forestales de 5 de abril de 2017.
7.1.1 Selvicultura preventiva.
Las labores de selvicultura preventiva tienen el objetivo de reducir el riesgo y frenar la propagación del fuego en caso de incendio forestal, a la vez que se realiza una adecuada gestión de los recursos forestales.
Esto se consigue creando discontinuidades, tanto horizontales como verticales en las masas forestales. Dentro de los trabajos de selvicultura preventiva, podemos desglosar las siguientes labores:
Clareos, claras y cortas, consistentes en la reducción de la densidad del arbolado mediante el apeo de los árboles no deseados para obtener espesuras acordes con su estado de desarrollo, en función de la edad. Con ello se consigue reducir principalmente la continuidad horizontal, aunque también la vertical en caso de masas con diferentes estratos.
Podas consistentes en la eliminación por corta de las ramas con el fin de conformar fustes más adecuados al objetivo de gestión establecido. Las podas reducen la continuidad vertical, reduciendo en gran medida la posibilidad de que el fuego suba a las copas del arbolado, lo cual dificultaría en gran medida la extinción del incendio en cuestión.
Desbroces de matorral mediante operaciones de arranque, descuaje o roza. Es el trabajo que se realiza más frecuentemente, y una de las que mejor resultados se obtienen, ya que se crea discontinuidad, tanto horizontal como vertical. Mediante el desbroce se crean fajas cortafuegos y zonas sin vegetación que impedirán la propagación del fuego. Además, en las masas arboladas el desbroce del matorral favorece el crecimiento del arbolado por la eliminación de competencia.
Eliminación de restos vegetales generados en los tratamientos selvícolas preventivos. Una vez que se han realizado los trabajos anteriormente descritos, es habitual la eliminación de restos, ya sea mediante extracción o mediante el triturado de los mismos en el propio monte.
Labores combinadas de los trabajos anteriormente descritos. En la mayor parte de los casos, se realizan varias labores en el mismo periodo, generando discontinuidades que habitualmente disminuyen o evitan la propagación del fuego por las masas forestales.
Gestión y manejo de la densidad del arbolado. Mediante el mantenimiento de una densidad del arbolado adecuada, se consigue mantener proporcionar sombra a la superficie del terreno y minimizar en gran medida el crecimiento de especies arbustivas, a la vez que se favorece el crecimiento de la masa arbolada.
La mayor parte de estos trabajos son llevados a cabo por cuadrillas terrestres (Romeo) contratadas por la Dirección General Patrimonio Natural y Política Forestal y distribuidas por todo el territorio de la región. A continuación, se expone la superficie y el presupuesto estimado para 2023 de la Junta de Castilla y León destinado a la ejecución de tratamientos selvícolas por parte de estas cuadrillas, que además están durante gran parte del año disponibles para extinción de incendios.
Estos datos son estimados provisionalmente, ya que el importe definitivo será en función del resultado de las licitaciones que han de adjudicarse este año.
Tabla 33. Presupuesto destinado a labores preventivas con cuadrillas terrestres previstas para 2023 en Castilla y León
Provincia | Superficie |
Importe 2023 (€) |
---|---|---|
Ávila. | 2.387,68 | 4.815.320 |
Burgos. | 1.684,47 | 4.734.936 |
León. | 2.473,62 | 6.172.563 |
Palencia. | 1.155,69 | 2.454.568 |
Salamanca. | 1.551,62 | 3.426.607 |
Segovia. | 1.734,47 | 2.653.854 |
Soria. | 2.375,04 | 3.946.891 |
Valladolid. | 1.201,81 | 2.002.218 |
Zamora. | 4.778,23 | 4.902.437 |
Total. | 19.342,64 | 35.109.394 |
A estos trabajos se les suman los trabajos realizados con los importes obtenidos del Fondo de Mejoras de los diferentes montes. Estas labores son de naturaleza similar a las anteriormente descritas.
Además, las cuadrillas helitransportadas (ELIF), cuando se encuentran en fase de prevención (ELIF B), también realizan este tipo de labores en los montes cercanos a sus bases. En el punto 5.1.2 se exponen los días de trabajo que las ELIF invierten en realizar estas labores.
Estas labores se complementan con trabajos de naturaleza preventiva realizada con maquinaria pesada tales como desbroces, eliminación de restos y preparación de terreno.
Por otro lado, en los montes de la Comunidad de Castilla y León se realizan multitud de aprovechamientos, entre los que se encuentra la extracción de recursos maderables o leñosos. Al ejecutar estos aprovechamientos se reduce la continuidad del combustible y se modifica la estructura de la masa, favoreciendo la prevención de incendios forestales.
Según los datos recogidos en años anteriores por la Junta de Castilla y León, se extraen unos 3 millones de m3 al año, de los cuales aproximadamente un 40 % corresponde a Montes gestionados por la Junta de Castilla y León.
De forma paralela, el MITERD dispone de un servicio de Brigadas de Labores Preventivas de incendios forestales, en las que trabaja el personal BRIF fuera de campaña de incendios. En el territorio de Castilla y León se encuentran las siguientes bases BRIF:
‒ BRIF Tabuyo: ubicada en la provincia de León.
‒ BRIF Lubia: ubicada en la provincia de Soria.
‒ BRIF Puerto de El Pico: ubicada en la provincia de Ávila.
Además, las diputaciones provinciales y ayuntamientos, a través de personal propio o de la contratación de cuadrillas, realizan anualmente labores de prevención de incendios, generalmente en el entorno de los cascos urbanos o vías de comunicación. Desde 2016, la Junta de Castilla y León subvenciona anualmente dichas actividades y en 2022, a través del programa MONTEL, concedió ayudas a las Diputaciones por importe de algo más de 5 M €, conforme al siguiente reparto provincial.
Tabla 34. Ayudas concedidas a las Diputaciones a través del programa MONTEL
Diputación Provincial |
Importe (€) |
---|---|
Diputación Provincial de Ávila. | 540.000 € |
Diputación Provincial de Burgos. | 588.000 € |
Diputación Provincial de León. | 480.000 € |
Consejo Comarcal de El Bierzo. | 120.000 € |
Diputación Provincial de Palencia. | 480.000 € |
Diputación Provincial de Salamanca. | 624.000 € |
Diputación Provincial de Segovia. | 504.000 € |
Diputación Provincial de Soria. | 552.000 € |
Diputación Provincial de Valladolid. | 468.000 € |
Diputación Provincial de Zamora. | 648.000 € |
Total. | 5.004.000 € |
7.1.2 Mantenimiento de infraestructuras.
Además de los tratamientos selvícolas, se realizarán las correspondientes mejoras y el mantenimiento de las infraestructuras de prevención presentes en el monte, tales como cortafuegos, pistas forestales, puestos de vigilancia, puntos de agua o bases de medios aéreos, además de la red de repetidores.
En el caso de realización y mejora de cortafuegos y pistas forestales, son ejecutados por maquinaria pesada contratada por la Junta de Castilla y León, que además de realizar estas labores preventivas, en algunos casos también están disponibles para trabajar en extinción de incendios forestales. La Junta de Castilla y León tiene prevista para 2023 una inversión de 2 millones de euros para la ejecución de este tipo de labores en una superficie que ronda las 3.000 ha. Es importante destacar que, tanto el presupuesto como la superficie a ejecutar se ha incrementado en más de un 25% respecto a años anteriores.
En la siguiente tabla se expone el presupuesto y la superficie de actuación, desglosado por provincia y por tipo de contrato.
Tabla 35. Superficie y presupuesto destinado a labores preventivas con maquinaria pesada previstas para 2023 en Castilla y León
Provincia |
Propuesta de servicio retén/obra cortafuegos |
Importe (€) |
Superficie cortafuegos (ha) |
---|---|---|---|
Ávila. | Retén con obra. | 160.725,50 | 118 |
Burgos. | Retén con obra. | 120.919,77 | 120 |
Retén. | 28.078,05 | 0 | |
León. | Cortafuegos. | 48.400,00 | 50 |
Cortafuegos. | 96.800,00 | 131 | |
Cortafuegos. | 900.000,00 | 134 | |
Palencia. | Retén con obra. | 119.059,86 | 110 |
Salamanca. | Retén con obra. | 118.979,66 | 138 |
Cortafuegos. | 96.800,00 | 104 | |
Reten. | 10.030,63 | 97 | |
Segovia. | Retén. | 30.091,89 | 11 |
Gradeos. | 36.000,00 | 470 | |
Cortafuegos. | 40.000,00 | 86 | |
Soria. | Retén con obra. | 122.775,00 | 93 |
Gradeos. | 40.000,00 | 242 | |
Valladolid. | Gradeos. | 24.732,61 | 420 |
Gradeos. | 34.349,16 | 581 | |
Zamora. | Cortafuegos. | 90.000,00 | 149 |
Cortafuegos. | 70.000,00 | 109 | |
Cortafuegos. | 40.000,00 | 115 | |
Total. | 2.227.742,13 | 3.278,05 |
Además de lo mencionado anteriormente, las cuadrillas helitransportadas en fase de prevención (ELIF B) y las cuadrillas terrestres, generalmente en días de prestación de servicio, ejecutan labores de mantenimiento y mejora de infraestructuras, además de encontrarse con disponibilidad para acudir a las emergencias de incendios que puedan ocurrir. Son otro exponente claro de la integración prevención-extinción, llevando a cabo tareas preventivas variadas como:
– Recuperación de puntos de agua.
– Limpieza de caminos.
– Adecuación de pistas y caminos forestales.
– Mantenimiento de áreas recreativas.
– Aplicación de tratamientos fitosanitarios.
– Instalación, reparación o retirada de cerramientos ganaderos.
– Ejecución de quemas controladas.
En la siguiente tabla se expone la proporción de tiempo que invierten las cuadrillas helitransportadas en los distintos tipos de actuaciones preventivas, según los datos recogidos en años anteriores
Tabla 36. Proporción del tiempo de trabajo en labores preventivas de cuadrillas helitransportadas en ELIF B
Tipo de Actuación |
Porcentaje (%) |
---|---|
Adecuación Áreas Recreativas. | 3,0% |
Adecuación Puntos de Agua / Revisión Puntos de Agua. | 2,9% |
Adecuación Puntos de Encuentro Medios Operativo. | 1,2% |
Adecuación de Pistas y Caminos Forestales. | 19,7% |
Adecuación de Perímetros de Montes. | 2,3% |
Adecuación de Puestos de Vigilancia. | 0,9% |
Tratamientos Sanitarios en Masas. | 1,0% |
Adecuación Cortafuegos. | 3,4% |
Trabajos Selvícolas Preventivos. | 14,3% |
Quemas Controladas. | 2,6% |
Mejora de Bases. | 22,6% |
Limpieza de Daños Nevadas. | 0,0% |
Mantenimiento de Infraestructuras. | 0,4% |
Extinción de Incendios. | 2,4% |
Otros. | 23,4% |
Total días ELIF B. |
Para 2023, se prevé un incremento de un 17% en el total de los días de ELIF B, por lo que los días de trabajo en las distintas labores de prevención aumentarán previsiblemente en la misma proporción. A continuación, se muestra una tabla resumen con los días de trabajo de las cuadrillas helitransportadas en fase de prevención para el año 2023.
Tabla 37. Días de trabajo de cuadrillas helitransportadas en ELIF B para 2023
Provincia | Base | Días | Meses |
---|---|---|---|
ELIF B | ELIF B | ||
Ávila. | Cebreros. | 139 | 6 |
Piedralaves. | 161 | 7 | |
Barco. | 145 | 6 | |
Burgos. | Medina. | 133 | 6 |
Pradoluengo. | 98 | 4 | |
León. | Cueto. | 139 | 6 |
Camposagrado. | 156 | 7 | |
Rabanal. | 139 | 6 | |
Sahechores. | 107 | 4 | |
Palencia. | Villaeles. | 77 | 3 |
Salamanca. | El Bodón. | 134 | 6 |
Maillo. | 139 | 6 | |
Guadramiro. | 77 | 3 | |
Segovia. | Coca. | 93 | 4 |
Casillas. | 93 | 4 | |
Soria. | Garray. | 82 | 3 |
Valladolid. | Quintanilla/vivero. | 184 | 8 |
Zamora. | Rosinos. | 139 | 6 |
Villardeciervos. | 178 | 5 | |
Villaralbo. | 82 | 3 | |
Total. | 2.496,1 | 111,3 |
7.1.3 Ayudas forestales.
La Junta de Castilla y León convoca subvenciones en concurrencia competitiva cofinanciadas con el FEADER (Programa de Desarrollo Rural 2014-2022 y Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2022-2027) para realizar actuaciones preventivas, tanto en terrenos públicos como privados con diferente periodicidad en función del tipo de ayuda.
Las líneas de ayudas existentes, y que se describen en los apartados posteriores, son las siguientes:
– Prevención de Daños a los bosques.
– Labores de mejora en terrenos forestales con vocación silvopastoral.
– Redacción de planes de gestión forestal (ver en el punto 8.1.4).
– Restauración de daños causados a los bosques por incendios (ver en el punto 8.1.4).
7.1.3.1 Prevención de daños a los bosques.
La finalidad de estas ayudas es prevenir los daños a los bosques por incendios, desastres naturales y catástrofes contribuyendo con ello a la protección del medio natural y al freno del cambio climático. Se trata de una ayuda quinquenal.
Las actuaciones que se pueden subvencionar son:
– Redacción del plan de actuaciones preventivas de daños a los bosques.
– Actuaciones de selvicultura preventiva, tratamiento de restos y creación y mantenimiento de fajas y áreas cortafuegos.
– Creación y mantenimiento de infraestructuras viaria que tengan finalidad de defensa contra incendios.
– Creación y mantenimiento de puntos de agua que tengan finalidad el abastecimiento de medios de extinción terrestres o aéreos.
La estimación de la superficie y presupuesto con las convocatorias que continúan abiertas para la anualidad 2023 se muestran a continuación.
Tabla 38. Resumen ayudas a prevención de daños a los bosques para 2023
Prevención | ||
---|---|---|
Provincia |
Importe (€) |
Superficie (ha) |
Ávila. | 1.273.211,00 | 554 |
Burgos. | 298.975,00 | 130 |
León. | 1.084.722,00 | 472 |
Palencia. | 497.394,00 | 216 |
Salamanca. | 175.257,00 | 76 |
Segovia. | 849.695,00 | 369 |
Soria. | 1.555.662,00 | 676 |
Valladolid. | 446.953,00 | 194 |
Zamora. | 450.858,00 | 196 |
Total. | 6.632.727,00 | 2.883 |
7.1.3.2 Labores de mejora en terrenos forestales con vocación silvopastoral.
Tienen la finalidad de conservar y mejorar los terrenos silvopastorales, mediante la planificación previa y ejecución de diversas actuaciones en la explotación ganadera objeto de la ayuda, así como implicar a los ganaderos en la gestión de los terrenos forestales vinculándolos con ellos al menos 5 años, desarrollar un programa de labores de mejora sobre la base territorial y reducir el riesgo de incendios.
Se subvencionan las siguientes actuaciones:
– Redacción de un plan silvopastoral.
– Desbroce o arranque.
– Resalveo.
– Cerramientos ganaderos.
– Puntos de agua.
– Implantación y mejora de pastizales.
– Protectores para la densificación del arbolado.
– Mangas ganaderas.
– Pasos canadienses.
La estimación de la superficie y presupuesto con las convocatorias que continúan abiertas para la anualidad 2023 se muestran a continuación.
Tabla 39. Resumen ayudas a mejora en terrenos forestales con vocación silvopastoral para 2023
Silvopastoral | ||
---|---|---|
Provincia |
Importe (€) |
Superficie (ha) |
Ávila. | 196.909,00 € | 246 |
Burgos. | 313.015,00 € | 391 |
León. | 2.988.072,00 € | 3.735 |
Palencia. | 357.747,00 € | 447 |
Salamanca. | 68.889,00 € | 86 |
Segovia. | 488.203,00 € | 610 |
Soria. | 381.246,00 € | 477 |
Valladolid. | 0,00 € | 0 |
Zamora. | 774.330,00 € | 968 |
Total. | 5.568.411,00 € | 6.960 |
7.1.4 Redacción de planes de gestión forestal.
Todas las labores preventivas descritas en el punto 5.1. Trabajos de carácter preventivo, son gestionadas y coordinadas por técnicos de la administración desde los diferentes Servicios Territoriales, tanto provinciales como autonómico.
Además, en algunos casos se lleva a cabo la contratación de la redacción de instrumentos de ordenación de montes (IOF), ya sean proyectos de ordenación, revisiones de dichos proyectos, planes dasocráticos u otras asistencias técnicas. En la tabla 12 se expone el presupuesto destinado a la redacción de instrumentos de ordenación para el año 2023.
Tabla 40. Importe destinado a realización de planes de prevención en 2023 para Castilla y León
Provincia |
Importe 2023 (€) |
---|---|
Ávila. | 90.498,31 |
Burgos. | 299.147,99 |
León. | 189.819,39 |
Palencia. | 527.764,71 |
Salamanca. | 24.180,00 |
Segovia. | 15.370,73 |
Soria. | 517.259,84 |
Valladolid. | 64.532,57 |
Zamora. | 181.538,90 |
Total. | 1.910.112,44 |
Por otro lado, también se realiza la contratación de redacción de Instrumentos de Ordenación Forestal con parte del importe de los Fondos de Mejora de los propios montes.
7.1.4.1 Ayudas cofinanciadas por el FEADER para la redacción de planes de gestión forestal.
La finalidad de esta ayuda es incrementar la superficie que cuente con la planificación de su gestión forestal, en la que se establezcan acciones preventivas destinadas a conseguir un estado selvícola y de manejo que disminuya los daños derivados de incendios, desastres naturales y catástrofes.
Los objetivos de este tipo de planes serán la conservación, mejora y protección de los ecosistemas forestales, su rendimiento sostenido y la obtención global máxima de utilidades. Harán hincapié en la prevención de daños motivados por incendios forestales, plagas o enfermedades, así como por agentes bióticos o abióticos de otro tipo. Contemplarán la planificación y diseño de la gestión del monte en relación con los objetivos antes descritos y en particular las acciones específicas para prevenir los mencionados daños.
La estimación de la superficie y presupuesto con las convocatorias que continúan abiertas en la anualidad 2023 se muestran a continuación.
Tabla 41. Resumen ayudas redacción de planes de gestión forestal para 2023
Planificación | ||
---|---|---|
Provincia |
Importe (€) |
Superficie (ha) |
Ávila. | 22.694,00 | 1.891 |
Burgos. | 4.557,00 | 380 |
León. | 190.174,00 | 15.848 |
Palencia. | 52.553,00 | 4.379 |
Salamanca. | 100.257,00 | 8.355 |
Segovia. | 54.959,00 | 4.580 |
Soria. | 198.098,00 | 16.508 |
Valladolid. | 26.717,00 | 2.226 |
Zamora. | 0,00 | 0 |
Total. | 650.010,00 | 54.168 |
7.1.5 Restauración de daños causados a los bosques por incendios.
La restauración de los daños ocasionados por los incendios forestales en los bosques requiere de actuaciones ordenadas en varias fases:
1. De forma lo más inmediata posible, y en función también de la severidad del incendio en cada zona, se comienza a trabajar en la conservación de los terrenos con el fin de minimizar los daños a futuro, centrándose en la protección del suelo como capital productivo insustituible, en la prevención fitosanitaria, en la reparación y mejora de infraestructuras y en la ayuda a la fauna. Para ello se llevan a cabo una serie de actuaciones de emergencia que con carácter general consisten en:
‒ Actuaciones para frenar la erosión hídrica y evitar el lavado del terreno (albarradas y fajinas).
‒ Adecuación de infraestructuras lineales mediante la ejecución de pistas forestales y la adaptación de las ya existentes.
‒ Ejecución de puntos de agua/charcas que permitan la supervivencia de las especies animales y sirvan de puntos de agua estratégicos frente a incendios forestales.
‒ Realización de controles periódicos de plagas para el control de las poblaciones en las zonas quemadas y minimizar el daño a las masas remanentes que no han sido afectadas por el incendio, fundamentalmente mediante el monitoreo de Ips y Monochamus.
‒ Otras actuaciones (más singulares y de carácter más específico, allí donde son necesarias).
2. Simultáneamente a las actuaciones anteriores, se procede a la cuantificación, formación y licitación de los lotes de madera quemada por el incendio, con una cuádruple finalidad:
‒ Obtener el máximo beneficio de dicha madera para las entidades propietarias, paliando en alguna medida la pérdida patrimonial que, sin lugar a dudas, se produce a largo plazo.
‒ Evitar la aparición y extensión de plagas forestales
‒ Eliminar vegetación que, con el paso del tiempo y las pudriciones, caería sobre las nuevas masas que se fueran desarrollando, condicionando su crecimiento
‒ Permitir una ejecución adecuada de las labores de restauración que pudieran ser necesarias
3. Una vez llevadas a cabo las actuaciones de emergencia y finalizados los aprovechamientos de madera quemada, es importante evaluar la respuesta que la regeneración natural pueda haber tenido en la zona, por ser esta la más eficaz, compatible y económica forma de recuperar los terrenos. Y, solo entonces, debe iniciarse la fase que podríamos denominar estrictamente restauración sobre aquellas áreas donde no ha sido posible la regeneración natural.
Estas labores, centradas casi exclusivamente en la reforestación y obras anexas (como cerramientos), varían en dimensiones anualmente, en función del número de incendios ocurridos en los años anteriores y del éxito de la regeneración natural.
7.1.5.1 Ayudas cofinanciadas por el FEADER para la restauración de daños causados a los bosques por incendios.
Su finalidad se trata de reparar los daños causados a los bosques por incendios, contribuyendo con ello a la protección del medio ambiente y al freno del cambio climático.
Las actuaciones que se pueden subvencionar son:
– Redacción del plan de actuaciones destinadas a la restauración de los daños causados a los bosques por incendios, con objetivos específicos en materia de restauración forestal.
– Actuaciones de restauración del potencial forestal dañado mediante actuaciones como la ayuda al regenerado mediante tratamientos selvícola, plantación, restauración de hábitats y reparación o reinstauración de infraestructuras dañadas.
– Eliminación de restos vegetales.
Tabla 42. Resumen ayudas a restauración de daños causados a los bosques para 2023
Restauración | ||
---|---|---|
Provincia |
Importe (€) |
Superficie (ha) |
Ávila. | 0,00 | 0 |
Burgos. | 0,00 | 0 |
León. | 194.167,00 | 81 |
Palencia. | 0,00 | 0 |
Salamanca. | 0,00 | 0 |
Segovia. | 467.803,00 | 195 |
Soria. | 0,00 | 0 |
Valladolid. | 0,00 | 0 |
Zamora. | 0,00 | 0 |
TOTAL. | 661.969,00 | 276 |
8. Regulación de usos y prohibiciones o limitaciones
En Castilla y León la regulación de usos del fuego y prohibiciones o limitaciones para la lucha contra incendios forestales está regulada por la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León.
Dicha orden es aplicable a todos los montes, sean arbolados o desarbolados, de la Comunidad de Castilla y León y la franja de 400 metros de ancho que los circunda, como perímetro de protección.
9. Planificación en el ámbito local
9.1 Planes de actuación en el ámbito local.
Siguiendo lo dispuesto en el Decreto 274/1999, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (INFOCAL), los Planes Municipales o de otras entidades locales, ante Emergencias por Incendios Forestales establecerán la organización y procedimiento de actuación de los recursos y servicios cuya titularidad corresponda a la Administración de que se trate, al objeto de hacer frente a las emergencias por Incendios Forestales, dentro de su ámbito territorial.
Además, también se tendrá en cuenta lo indicado para los Planes de Actuación en el Ámbito Local en el Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales.
En cuanto a la responsabilidad de su elaboración, contenido mínimo y procedimiento de aprobación, estos planes se regirán por lo dispuesto en las normas de aplicación indicadas en los dos párrafos precedentes.
9.2 Planes de autoprotección ante incendios forestales.
Desde el punto de vista de la protección Civil, tiene especial importancia el Decreto 274/1999, de 28 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León, así como la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León y el Decreto 6/2014, de 20 de febrero que crea y regula el Registro de Planes de Autoprotección de Castilla y León.
Además, también se tendrá en cuenta lo indicado para los Planes de Autoprotección en el Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales
En cuanto a la responsabilidad de su elaboración, contenido mínimo, integración en los planes de actuación en el ámbito local y procedimiento de aprobación, estos planes se regirán por lo dispuesto en las normas de aplicación indicadas en los dos párrafos precedentes.
10. Anejos plan de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales
10.1 Municipios con mayor superficie forestal con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan.
A continuación de muestran los 10 municipios por provincia con mayor superficie forestal con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan.
Tabla 1. Municipios de Ávila con mayor superficie forestal vulnerable con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan
Formaciones forestales | ||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Término municipal | Comarca | Arbolado disperso de coníferas | Arbolado disperso coníferas y frondosas | Arbolado disperso de frondosas | Bosque mixtos de frondosas | Bosque ribereño y chopera producción | Castañar | Dehesa | Encinar | Enebral | Eucaliptal | Madroñal | Melojar | Mezclas de coníferas | Mezcla coníferas y frondosas | Pinar de pino albar | Pinar de pino piñonero | Pinar de pino negral | Pinar de pino laricio | Total |
Arenas de San Pedro. | Arenas de San Pedro. | 13,71 | 118,82 | 328,60 | 55,77 | 3.691,37 | 2.413,1 | 209,16 | 25,72 | 945,97 | 612,32 | 49,12 | 6,14 | 2954,16 | 1,87 | 11.425,86 | ||||
Candeleda. | Arenas de San Pedro. | 178,26 | 11,59 | 471,07 | 1,20 | 12,38 | 1.142,33 | 207,66 | 223,39 | 40,18 | 3581,16 | 741,78 | 87,15 | 1128,01 | 7.826,16 | |||||
Cebreros. | El Tiemblo. | 14,69 | 1,26 | 23,56 | 242,70 | 778,51 | 47,03 | 400,78 | 1360,28 | 230,88 | 3.099,70 | |||||||||
El Barraco. | El Tiemblo. | 2,44 | 17,60 | 25,53 | 0,51 | 7,25 | 0,21 | 1015,93 | 160,30 | 146,29 | 24,97 | 129,34 | 1588,91 | 3.119,28 | ||||||
Hoyocasero. | Navarredonda de Gredos. | 9,19 | 240,49 | 7,70 | 315,77 | 573,15 | ||||||||||||||
Navalacruz. | Navarredonda de Gredos. | 186,36 | 0,22 | 186,58 | ||||||||||||||||
Navarredonda de Gredos. | Navarredonda de Gredos. | 381,85 | 381,85 | |||||||||||||||||
San Juan de Gredos. | Navarredonda de Gredos. | 2,36 | 5,98 | 181,10 | 0,00 | 189,45 | ||||||||||||||
San Martín del Pimpollar. | Navarredonda de Gredos. | 5,44 | 1,45 | 64,23 | 1.163,1 | 1.234,18 | ||||||||||||||
Solana de Ávila. | El Barco de Ávila. | 110,20 | 0,68 | 11,62 | 633,64 | 5,71 | 35,02 | 796,88 |
Tabla 1. Municipios de Burgos con mayor superficie forestal vulnerable con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan
Formaciones forestales | |||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Término municipal | Comarca | Arbolado disperso de coníferas | Arbolado disperso coníferas y frondosas | Arbolado disperso de frondosas | Bosque mixtos de frondosas | Bosque ribereño y chopera producción | Castañar | Dehesa | Encinar | Enebral | Eucaliptal | Madroñal | Melojar | Mezclas de coníferas | Mezcla coníferas y frondosas | Pinar de pino albar | Pinar de pino piñonero |
Condado de Treviño. | Miranda de Ebro. | 863,29 | 719,88 | 0,58 | 524,64 | 570,10 | 243,83 | 5,08 | 267,00 | 1.152,61 | 5,44 | 286,68 | 46,64 | 2.440,96 | 7.126,73 | ||
Espinosa de los Monteros. | Espinosa de los Monteros. | 223,08 | 2,02 | 27,70 | 22,76 | 2.068,86 | 154,17 | 20,64 | 1,71 | 409,04 | 15,51 | 11,74 | 2.957,22 | ||||
Merindad de Valdeporres. | Villarcayo. | 250,02 | 40,01 | 7,48 | 138,35 | 464,66 | 463,07 | 70,26 | 149,50 | 596,21 | 5,00 | 244,78 | 112,04 | 2.541,38 | |||
Valle de Valdebezana. | Villarcayo. | 238,16 | 65,62 | 2,32 | 453,74 | 11,38 | 308,71 | 59,10 | 0,31 | 36,29 | 320,37 | 3,22 | 182,41 | 371,54 | 2.053,16 | ||
Burgos. | Burgos. | 18,65 | 18,15 | 138,12 | 120,58 | 0,03 | 295,54 | ||||||||||
Monasterio de Rodilla. | Ibeas de Juarros. | 23,03 | 32,52 | 5,83 | 56,64 | 29,35 | 11,78 | 77,96 | 39,78 | 276,90 | |||||||
Castrojeriz. | Burgos. | 3,96 | 3,42 | 6,61 | 3,25 | 31,72 | 163,41 | 2,32 | 38,45 | 0,61 | 253,75 | ||||||
Valle de Oca. | Pradoluengo. | 67,53 | 0,20 | 0,95 | 12,50 | 57,18 | 97,97 | 236,33 | |||||||||
Sasamón. | Burgos. | 19,27 | 7,33 | 194,54 | 0,91 | 222,05 | |||||||||||
Fuentenebro. | Aranda de Duero. | 37,00 | 2,52 | 1,56 | 38,29 | 21,09 | 120,77 | 221,24 |
Tabla 3. Municipios de León con mayor superficie forestal vulnerable con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan
Formaciones forestales | |||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Término municipal | Comarca | Arbolado disperso de coníferas | Arbolado disperso de frondosas | Bosques mixtos de frondosas | Bosques ribereños y choperas de producción | Castañares | Abedulares | Encinares | Alcornocales | Melojares | Mezclas de coníferas autóctonas | Mezcla de coníferas y frondosas | Pinares de pino albar | Pinares de pino negral | Pinares de pino pinatar | Pinares de radiata | Pinares de pino salgareño | Robledales de Qercus Robur y Quercus petrae a | Total general |
Truchas. | 14,74 | 51,30 | 592,80 | 130,51 | 68,53 | 102,59 | 2.718,43 | 83,17 | 28,73 | 3.018,67 | 6.809,47 | ||||||||
Ponferrada. | 76,41 | 15,26 | 1.021,65 | 668,16 | 924,97 | 764,48 | 50,06 | 4.007,45 | 456,93 | 268,17 | 125,43 | 241,00 | 515,08 | 17,44 | 9.152,48 | ||||
Encinedo. | 14,09 | 427,86 | 85,76 | 18,25 | 573,10 | 3.462,53 | 0,04 | 523,07 | 5.104,70 | ||||||||||
Villablino. | 278,72 | 158,73 | 1.986,77 | 11,03 | 811,48 | 2.677,91 | 475,95 | 9,80 | 156,93 | 57,00 | 807,06 | 7.431,37 | |||||||
Benuza. | 38,53 | 945,82 | 85,97 | 468,89 | 371,01 | 120,24 | 4.281,30 | 0,10 | 10,48 | 6.322,34 | |||||||||
Villafranca del Bierzo. | 49,55 | 21,90 | 1.101,68 | 100,41 | 735,85 | 597,16 | 2.058,53 | 151,74 | 94,65 | 256,22 | 490,45 | 412,10 | 89,86 | 558,57 | 6.718,65 | ||||
Riello. | 0,01 | 6,65 | 16,23 | 7.592,61 | 7,13 | 10,88 | 294,26 | 63,64 | 7.991,42 | ||||||||||
Igüeña. | 69,43 | 96,47 | 1.016,51 | 27,43 | 10,26 | 118,11 | 2,32 | 4.503,61 | 317,08 | 120,68 | 1.742,24 | 18,49 | 0,42 | 10,12 | 70,21 | 8.123,37 | |||
Murias de Paredes. | 38,75 | 76,05 | 707,54 | 3,87 | 1.031,62 | 3.727,51 | 248,60 | 6,32 | 127,78 | 0,68 | 25,29 | 5.994,00 | |||||||
Castrocontrigo. | 0,52 | 4,03 | 48,68 | 93,56 | 13,90 | 1,63 | 71,62 | 1.055,32 | 559,30 | 860,75 | 820,89 | 6.551,09 | 165,31 | 10.246,61 |
Tabla 4. Municipios de Palencia con mayor superficie forestal vulnerable con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan
Formaciones forestales | |||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Término municipal | Comarca | Arbolado disperso de coníferas | Arbolado disperso de frondosas | Bosques mixtos de frondosas | Bosques mixtos de frondosas | Bosques ribereños y choperas de producción | Coníferas alóctonas de gestión | Encinares | Hayedos | Melojares | Mezclas de coníferas autóctonas | Mezclas de coníferas y frondosas autóctonas | Pinares de pino laricio | Robledal de Quercus robur y Quercus petrae | Total |
Santervás de la Vega. | Páramos - Valdavia. | 7,13 | 5,81 | 19,70 | 208,30 | 111,57 | 9,88 | 1.125,41 | 1.487,80 | ||||||
Villota del Páramo. | Páramos - Valdavia. | 9,13 | 15,14 | 460,92 | 218,42 | 51,00 | 535,42 | 1.290,03 | |||||||
Cervera de Pisuerga. | Alto Pisuerga. | 427,61 | 12,70 | 15,82 | 49,46 | 719,34 | 24,40 | 1.249,33 | |||||||
Villarrabé. | Campos. | 16,62 | 21,38 | 10,53 | 301,15 | 12,99 | 151,71 | 514,37 | |||||||
Lagartos. | Campos. | 113,63 | 107,13 | 60,31 | 14,06 | 295,13 | |||||||||
Nogal de las Huertas. | Campos. | 128,32 | 128,32 | ||||||||||||
Carrión de los Condes. | Campos. | 100,05 | 4,37 | 104,42 | |||||||||||
Villaturde. | Campos. | 69,60 | 69,60 | ||||||||||||
Frómista. | Campos. | 16,47 | 16,47 | ||||||||||||
Villaherreros. | Campos. | 0,00 |
Tabla 5. Municipios de Salamanca con mayor superficie forestal vulnerable con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan
Formaciones forestales | ||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Término municipal | Comarca | Arbolado disperso frondosas | Bosques mixtos de frondosas | Bosques ribereños y choperas de producción | Castañares | Dehesas | Encinares | Eucaliptales | Fresnedas | Melojares | Mezclas coníferas autóctonas y alóctonas | Mezcla coníferas y frondosas | Pinares pino albar | Pinares pino negral | Quejigares | Total |
Béjar. | Béjar. | 377,45 | 3,08 | 149,60 | 181,01 | 18,08 | 17,07 | 1.184,49 | 15,60 | 2,87 | 159,38 | 19,64 | 2.128,27 | |||
Castillejo de Martín Viejo. | Ciudad Rodrigo. | 23,08 | 1.289,65 | 351,96 | 6,07 | 3,21 | 206,76 | 1.880,73 | ||||||||
Ciudad Rodrigo. | Ciudad Rodrigo. | 7,27 | 107,67 | 4,01 | 647,01 | 605,16 | 9,73 | 3,14 | 15,15 | 86,42 | 2,72 | 1.488,27 | ||||
Olmedo de Camaces. | Vitigudino. | 23,64 | 10,60 | 2.660,82 | 78,06 | 2.773,12 | ||||||||||
Puertas. | Vitigudino. | 2,69 | 1.297,12 | 1,38 | 1.301,19 | |||||||||||
Serradilla del Llano. | Robleda. | 169,43 | 1,24 | 11,36 | 172,68 | 409,93 | 50,86 | 113,33 | 30,37 | 56,88 | 496,35 | 1.512,42 | ||||
Valdefuentes de Sangusín. | Béjar. | 197,96 | 647,27 | 287,75 | 558,70 | 5,33 | 1.697,00 | |||||||||
Villar de la Yegua. | Ciudad Rodrigo. | 6,12 | 32,63 | 284,51 | 943,80 | 1.267,05 | ||||||||||
Villarino de los Aires. | Vitigudino. | 18,09 | 248,61 | 2,67 | 610,90 | 11,10 | 2.387,42 | 58,22 | 3.337,01 | |||||||
Villavieja de Yeltes. | Ciudad Rodrigo. | 34,45 | 183,51 | 1104,27 | 55,10 | 142,12 | 1.519,46 |
Tabla 6. Municipios de Segovia con mayor superficie forestal vulnerable con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan
Formaciones forestales | |||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Término municipal | Comarca | Arbolado disperso de coníferas | Arbolado disperso coníferas y frondosas | Arbolado disperso de frondosas | Bosques mixtos de frondosas en región biogeográfica mediterránea | Bosques ribereños | Choperas y Plataneras de producción | Dehesas | Encinares | Melojares | Mezclas de coníferas autóctonas en la región biogeográfica Mediterránea | Mezclas de coníferas y frondosas autóctonas en la región biogeográfica mediterránea | Pinares de pino piñonero | Pinares de pino pinaster en región mediterránea (P.pinaster ssp, mesogeensis) | Pinares de pino salgareño | Sabinares albares | Total |
Navalilla. | Cantalejo. | 3,96 | 8,74 | 12,92 | 7,27 | 1.227,32 | 1.260,21 | ||||||||||
Moral de Hornuez. | Boceguillas. | 3,45 | 55,24 | 0,42 | 5,50 | 30,67 | 1,76 | 48,93 | 188,70 | 855,68 | 16,57 | 51,17 | 1.258,08 | ||||
Fuenterrebollo. | Cantalejo. | 17,58 | 9,39 | 6,78 | 1.218,15 | 0,82 | 1.252,72 | ||||||||||
Carabias. | Boceguillas. | 102,87 | 91,40 | 7,07 | 5,28 | 5,04 | 13,73 | 278,82 | 65,40 | 148,90 | 83,79 | 197,16 | 999,44 | ||||
Carrascal del Río. | Cantalejo. | 103,90 | 76,28 | 18,02 | 633,77 | 34,87 | 866,84 | ||||||||||
Segovia. | Nuestra Señora la Real de Nieva. | 4,80 | 10,38 | 17,82 | 1,47 | 10,59 | 302,16 | 296,88 | 76,56 | 46,63 | 0,28 | 767,56 | |||||
Villaverde de Montejo. | Boceguillas. | 2,91 | 1,43 | 31,09 | 69,75 | 501,03 | 126,80 | 733,01 | |||||||||
Fuentidueña. | Cantalejo. | 0,66 | 9,16 | 42,76 | 23,75 | 2,50 | 611,41 | 690,24 | |||||||||
San Miguel de Bernuy. | Cantalejo. | 6,56 | 6,39 | 65,81 | 2,81 | 5,94 | 493,83 | 8,24 | 589,58 | ||||||||
Honrubia de la Cuesta. | Boceguillas. | 2,30 | 43,94 | 103,35 | 29,45 | 183,63 | 15,25 | 377,92 | |||||||||
Espirdo. | Nuestra Señora la Real de Nieva. | 2,48 | 0,02 | 7,97 | 78,73 | 69,30 | 7,47 | 165,98 | |||||||||
Aldealengua de Santa María. | Boceguillas. | 1,68 | 88,84 | 11,09 | 101,61 |
Tabla 7. Municipios Soria con mayor superficie forestal vulnerable con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan
FORMACIONES FORESTALES | |||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Término municipal | Comarca | Arbolado disperso coníferas | Bosque mixtos de frondosas | Bosques ribereños | Choperas y plataneras de producción | Encinares | Melojares | Mezcla de coníferas autóctonas | Mezcla de coníferas y frondosas autóctonas | Pinares de pino albar | Pinares de pino pinaster | Pinares de pino salgareño | Quejigares | Sabinares albares | Total |
Soria. | Soria. | 0,21 | 12,97 | 0,01 | 0,03 | 227,32 | 99,83 | 174,49 | 345,27 | 420,73 | 113,68 | 34,48 | 13,54 | 1.442,55 | |
Burgo de Osma - Ciudad de Osma. | Burgo de Osma. | 33,8 | 2,41 | 0,74 | 1,67 | 43,66 | 9,07 | 22,49 | 126,46 | 2,75 | 78,34 | 6,85 | 25,18 | 156,46 | 509,89 |
Almazán. | Almazán. | 6,50 | 18,78 | 91,69 | 8,60 | 0,23 | 20,82 | 95,07 | 11,16 | 87,60 | 340,46 | ||||
Langa de Duero. | Burgo de Osma. | 5,06 | 5,06 | ||||||||||||
Golmayo. | Soria. | 0,22 | 0,22 | ||||||||||||
Molinos de Duero. | Covaleda. | 0,15 | 0,06 | 0,21 | |||||||||||
Rioseco de Soria. | Burgo de Osma. | 0,15 | 0,15 | ||||||||||||
Valdemaluque. | San Leonardo de Yagüe. | 0,01 | 0,05 | 0,02 | 0,02 | 0,02 | 0,12 | ||||||||
Borobia. | Gómara. | 0,03 | 0,03 | ||||||||||||
San Esteban de Gormaz. | Burgo de Osma. | 0,05 | 0,03 | 0,08 |
Tabla 8. Municipios de Valladolid con mayor superficie forestal vulnerable con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan
Formaciones forestales | ||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Término municipal | Comarca | Arbolado disperso de coníferas | Bosques ribereños | Choperas y plataneras de producción | Encinares | Mezclas de coníferas autóctonas | Mezclas de coníferas y frondosas autóctonas | Pinares de pino carrasco | Pinares de pino piñonero | Pinares de pino pinaster en región mediterránea (P.pinaster ssp, mesogeensis) | Sin formación arbolada | Total |
Valladolid. | Valladolid. | 0,00 | 0,69 | 4,31 | 3,12 | 51,32 | 559,15 | 22,51 | 3,49 | 644,59 | ||
Laguna de Duero. | Valladolid. | 0,24 | 108,09 | 27,97 | 298,97 | 0,01 | 435,27 | |||||
Renedo de Esgueva. | Valladolid. | 0,48 | 179,80 | 104,93 | 23,03 | 308,24 | ||||||
Tudela de Duero. | Valladolid. | 86,91 | 1,83 | 88,74 | ||||||||
Tordesillas. | Tordesillas. | 0,24 | 48,86 | 28,66 | 7,20 | 84,95 | ||||||
Castronuevo de Esgueva. | Valladolid. | 0,96 | 73,02 | 7,22 | 81,20 | |||||||
Melgar de Arriba. | Medina Rioseco. | 0,64 | 57,92 | 16,65 | 75,21 | |||||||
Cistérniga. | Valladolid. | 1,33 | 57,15 | 4,40 | 62,88 | |||||||
Monasterio de Vega. | Medina Rioseco. | 28,16 | 29,32 | 57,48 | ||||||||
Villabáñez. | Valladolid. | 12,65 | 6,15 | 18,81 | ||||||||
Melgar de Abajo. | Medina Rioseco. | 0,16 | 3,77 | 1,24 | 5,17 | |||||||
Geria. | Tordesillas. | 0,08 | 0,08 | |||||||||
Velliza. | Tordesillas. | 0,08 | 0,08 | |||||||||
Bercero. | Tordesillas. | 0,01 | 0,01 | |||||||||
Velilla. | Tordesillas. | 0,01 | 0,00 | 0,01 | ||||||||
Izagre. | Medina Rioseco. | 0,01 | 0,01 |
Tabla 9. Municipios de Zamora con mayor superficie forestal vulnerable con riesgo AR1 y AR2 y formaciones forestales que albergan
Formaciones forestales | ||||||||||||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Término municipal | Comarca | Abedular | Acebeda | Arbolado disperso de coníferas | Arbolado disperso coníferas y frondosas | Arbolado disperso de frondosas | Bosque mixtos de frondosas | Bosque ribereño y chopera producción | Castañar | Dehesa | Encinar | Melojar | Mezclas de coníferas | Mezcla coníferas y frondosas | Pinar de pino albar | Pinar de pino negro | Pinar de pino negral | Pinar de pino laricio | Quejigar | Total |
Fonfría. | Alcañices. | 72,37 | 559,31 | 1.123,89 | 3.094,75 | 5,52 | 16,68 | 16,13 | 291,45 | 4,46 | 5.184,56 | |||||||||
Figueruela de Arriba. | Alcañices. | 286,67 | 7,17 | 24,92 | 13,50 | 172,61 | 38,77 | 820,92 | 137,62 | 138,65 | 116,02 | 584,53 | 2.213,85 | 187,67 | 4.742,89 | |||||
Rosinos de la Requejada. | Puebla de Sanabria. | 1.003,51 | 15,36 | 2,53 | 1,16 | 334,33 | 84,05 | 2.198,33 | 40,05 | 7,86 | 3.687,16 | |||||||||
Galende. | Galende. | 18,31 | 278,97 | 2,47 | 3.034,69 | 3.334,43 | ||||||||||||||
Trabazos. | Alcañices. | 13,67 | 7,43 | 223,20 | 269,64 | 176,85 | 74,22 | 28,78 | 1834,50 | 2.628,29 | ||||||||||
Lubián. | Puebla de Sanabria. | 32,49 | 1,79 | 2.070,39 | 40,27 | 127,79 | 2.272,73 | |||||||||||||
Pedralba de la Pradería. | Puebla de Sanabria. | 16,24 | 169,77 | 92,78 | 11,28 | 41,94 | 49,27 | 348,94 | 1.106,51 | 66,03 | 1.902,78 | |||||||||
San Justo. | Galende. | 50,18 | 144,81 | 15,82 | 43,76 | 1.073,92 | 50,56 | 0,08 | 1.379,12 | |||||||||||
Hermisende. | Puebla de Sanabria. | 65,22 | 15,67 | 252,39 | 607,76 | 412,29 | 1.353,33 | |||||||||||||
Porto. | Galende. | 17,34 | 24,32 | 243,13 | 871,14 | 1.131,60 |
10.2 Áreas naturales protegidas situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2.
Áreas Naturales Protegidas con superficies clasificadas como AR1 y AR2. Las superficies indicadas en las tablas son las incluidas en áreas de riesgo AR1 y AR2.
Tabla 1. Áreas Naturales Protegidas de Ávila situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2
Espacio natural protegido | REN | Red Natura 2000 | ||
---|---|---|---|---|
Figura protección REN |
Sup. (ha) |
ZEC Sup. (ha) |
ZEPA Sup. (ha) |
|
Sierra de Gredos. | Parque regional. | 27.967,58 | 28.373,48 | 28.373,48 |
Valle del Tiétar. | 21.701,00 | 21.797,60 | ||
Valle de Iruelas. | Reserva Natural. | 4.905,06 | 4.909,71 | 4.909,71 |
Pinares del Bajo Alberche. | 11.334,93 | 11.354,23 | ||
Encinares de los ríos Adaja y Voltoya. | 10.229,65 | 10.375,10 | ||
Dehesa de los Ríos Gamo y Margañín. | 7.280,33 | |||
Campo Azolvaron - Pinares de Peguerinos. | 5.113,82 | 5.315,83 | ||
Sierra norte Guadarrama. | Parque natural. | 5.136,62 | ||
Sierras de la Paramera y Serrota. | Parque regional. | 5.103,60 | 5.167,49 | |
Encinares de la Sierra de Ávila. | 4.449,05 | 4.201,75 | ||
Cerro de Guisando. | 3.339,75 | 3.315,77 | ||
Pinar de Hoyocasero. | Parque natural. | 302,32 | 302,32 | |
Riberas del Río Alberche y afluentes. | 273,49 | |||
Riberas del Río Tormes y afluentes. | 164,73 | |||
Humedales de Los Arenales. | 74,26 | |||
Valles del Voltoya y el Zorita. | 38,65 | 38,66 | ||
Riberas del Río Adaja y afluentes. | 22,80 | |||
Tierra de Campiñas. | 0,11 |
Tabla 2. Áreas Naturales Protegidas de Burgos situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2
Espacio natural protegido | REN | Red Natura 2000 | ||
---|---|---|---|---|
Figura protección REN |
Sup. (ha) |
ZEC Sup. (ha) |
ZEPA Sup. (ha) |
|
Cañón del Río Lobos. | Parque Natural. | 1.674,93 | 1.673,59 | 1.673,59 |
Covalagua. | Paisaje Protegido. | 0,09 | 0,01 | |
Lagunas glaciares de Neila. | Parque Natural. | 3.008,76 | ||
Montes Obarenes - San Zadornil. | Parque Natural. | 1.526,13 | 1.523,55 | 1.523,55 |
Monte Santiago. | Monumento Natural. | 539,06 | 2.460,17 | 2.460,17 |
Ojo Guareña. | Monumento Natural. | 95,78 | 639,87 | |
Sabinares del Arlanza. | Parque Natural. | 9.868,91 | 10.269,30 | 9.873,78 |
Hoces del Alto Ebro y Rudrón. | Parque Natural. | 21.745,16 | 21.711,49 | 21.698,94 |
Las Tuerces. | Paisaje Protegido. | 0,12 | 37,54 | |
Bosques del Valle de Mena. | 1,48 | |||
Canal de Castilla. | 19,88 | |||
Embalse del Ebro. | 1.108,38 | |||
Embalse del Ebro - Monte Hijedo. | 1.108,38 | |||
Humada-Peña Amaya. | 947,12 | 782,10 | ||
Montes de Miranda de Ebro y Ameyugo. | 3.105,73 | 3.111,01 | ||
Montes de Valnera. | 2.167,06 | |||
Montes del Cerrato. | 130,90 | |||
Riberas del Ayuda. | 129,73 | |||
Riberas del Río Arlanza y afluentes. | 0,01 | |||
Riberas del Río Duero y afluentes. | 22,75 | |||
Riberas del Río Nela y afluentes. | 80,94 | |||
Riberas del Río Oca y afluentes. | 27,70 | |||
Riberas del Río Pisuerga y afluentes. | 29,77 | |||
Riberas del Río Tirón y afluentes. | 4,72 | |||
Riberas del Zadorra. | 10,47 | |||
Sierra de la Tesla-Valdivielso. | 51,84 | 37,62 |
Tabla 3. Áreas Naturales Protegidas de León situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2
Espacio natural protegido | REN | Red Natura 2000 | ||
---|---|---|---|---|
Figura protección REN |
Sup. (ha) |
ZEC Sup. (ha) |
ZEPA Sup. (ha) |
|
Alto Sil. | 37.220,58 | 37.220,58 | ||
Montaña de Riaño y Mampodre. | Parque Regional. | 31.833,71 | 31.732,56 | 31.732,56 |
Valle de San Emiliano. | 15.683,00 | 15.683,00 | ||
Montes Aquilanos. | 27.333,87 | |||
Montes Aquilanos y Sierra de Teleno. | 25.983,17 | |||
Picos de Europa. | Parque nacional. | 5.955,23 | 5.955,35 | 5.955,35 |
Omaña. | 14.906,13 | 17.756,75 | ||
Montaña Central de León. | 15.991,83 | |||
Babia y Luna. | Parque natural. | 15.753,06 | ||
Sierra de la Cabrera. | 7.685,55 | 6.257,94 | ||
Lago de Truchillas. | Monumento natural. | 1.019,92 | ||
Las Médulas. | Monumento natural. | 810,01 | ||
Valdería-Jamuz. | 778,15 | |||
Lago de la Baña. | Monumento natural. | 776,81 | ||
Rebollares del Cea. | 441,32 | |||
Riberas del Río Órbigo y afluentes. | 384,68 | |||
Sierra de la Encina de la Lastra. | 235,36 | |||
Riberas del Río Sil y afluentes. | 223,05 | |||
Lagunas de los Oteros. | 138,90 | |||
Riberas del Río Esla y afluentes. | 106,66 | |||
Oteros-Campos. | 79,26 | |||
Oteros-Cea. | 24,50 | |||
Hoces de Vegacervera. | 7,60 | 7,32 |
Tabla 4. Áreas Naturales Protegidas de Palencia situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2
Espacio natural protegido | REN | Red Natura 2000 | ||
---|---|---|---|---|
Figura protección REN |
Sup. (ha) |
ZEC Sup. (ha) |
ZEPA Sup. (ha) |
|
Camino de Santiago. | 7,50 | |||
Canal de Castilla. | 6,52 | |||
Covalagua. | Paisaje Protegido y Monumento Natural. | 2.171,32 | 2.193,26 | |
Fuentes Carrionas y Fuente el Cobre-Montaña Palentina. | Parque natural. | 18.810,57 | 18.809,61 | 18.809,61 |
La Nava-Campos Norte. | 1,20 | |||
La Nava-Campos Sur. | 0,16 | |||
Lagunas del Canal de Castilla. | 13,29 | 13,29 | ||
Las Tuerces. | Paisaje Protegido y Monumento Natural. | 1.195,28 | 1.258,01 | |
Montes del Cerrato. | 7.888,25 | |||
Montes Torozos y Páramos de Torquemada-Astudillo. | 1.051,51 | |||
Picos de Europa en Castilla y León. | Parque natural. | 0,03 | 0,00 | 0,00 |
Riberas del Río Carrión y afluentes. | 61,81 | |||
Riberas del Río Pisuerga y afluentes. | 0,10 |
Tabla 2. Áreas Naturales Protegidas de Salamanca situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2
Espacio natural protegido | REN | Red Natura 2000 | ||
---|---|---|---|---|
Figura protección REN |
Sup. (ha) |
ZEC Sup. (ha) |
ZEPA Sup. (ha) |
|
Arribes del Duero. | Parque Natural. | 35.024,61 | 35.045,28 | 35.341,08 |
Campo de Argañán. | 183,00 | 67,05 | ||
Campo de Azaba. | 2.015,18 | 2.022,74 | ||
Campos de Alba. | 89,48 | |||
El Rebollar. | Espacio Natural. | 491,94 | 534,17 | |
Las Batuecas-Sierra de Francia. | Parque Natural. | 10.901,42 | 10.899,34 | 10.762,63 |
Riberas de los Ríos Huebra, Yeltes, Uces y afluentes. | 26,09 | 2,43 | ||
Riberas del Río Águeda. | 613,38 | 458,43 | ||
Riberas del Río Agadín. | 71,59 | |||
Riberas del Río Alagón y afluentes. | 303,23 | 303,34 | ||
Riberas del Río Tormes y afluentes. | 69,29 | |||
Valle del Cuerpo de Hombre. | 577,59 |
Tabla 3. Áreas Naturales Protegidas de Segovia situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2
Espacio natural protegido | REN | Red Natura 2000 | ||
---|---|---|---|---|
Figura protección REN |
Sup. (ha) |
ZEC Sup. (ha) |
ZEPA Sup. (ha) |
|
Sierra de Guadarrama. | Parque Nacional. | 2.234,14 | 24.969,79 | 25.006,05 |
Sierra Norte de Guadarrama. | Parque Natural. | 25.689,81 | ||
Hoces del río Riaza. | Parque Natural. | 1.080,91 | 1.080,91 | 1.085,34 |
Hoces del río Duratón. | Parque Natural. | 4.292,52 | 4.312,04 | 4.312,04 |
Campo Azálvaro - Pinares de Peguerinos. | 6.325,26 | 6.564,14 | ||
Cueva de los Murciélagos. | 0,54 | |||
Encinares de los ríos Adaja y Voltoya. | 0,08 | 0,08 | ||
Lagunas de Cantalejo. | 933,78 | 1.750,89 | ||
Lagunas de Coca y Olmedo. | 145,73 | |||
Lagunas de Santa María la Real de Nieva. | 252,31 | |||
Riberas del Río Adaja y afluentes. | 1,20 | |||
Riberas del Río Cega. | 63,25 | |||
Riberas del Río Duratón. | 0,02 | |||
Sabinares de Somosierra. | 1.782,05 | |||
Sierra de Ayllón. | 823,93 | |||
Sierra de Pradales. | 1.323,24 | |||
Valles del Voltoya y el Zorita. | 13.757,37 | 13.750,64 |
Tabla 4. Áreas Naturales Protegidas de Soria situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2
Espacio natural protegido | REN | Red Natura 2000 | ||
---|---|---|---|---|
Figura protección REN |
Sup. (ha) |
ZEC Sup. (ha) |
ZEPA Sup. (ha) |
|
Laguna Negra y Circos Glaciares de Urbión. | Parque Natural. | 4.376,69 | ||
Lagunas Glaciares de Neila. | Parque Natural. | 0,16 | ||
Acebal de Garagüeta. | Reserva Natural. | 45,99 | ||
Sierra de Urbión. | 4.504,89 | |||
La Fuentona. | Monumento Natural. | |||
Cañón del Río Lobos. | Parque Natural. | 2.542,66 | 2.789,67 | 2.541,92 |
Altos Campos de Gómara. | 1.250,07 | |||
Altos de Barahona. | 1.115,49 | 1.047,63 | ||
Cigudosa-San Felices. | 42,67 | |||
Encinares de Sierra del Costanazo. | 2.010,00 | |||
Encinares de Tiermes. | 1.124,51 | |||
Monteagudo de las Vicarías. | 23,27 | |||
Oncala-Valtajeros. | 69,60 | |||
Páramo de Layna. | 59,61 | 50,53 | ||
Pinar de Losana. | 749,00 | |||
Quejigares de Gómara-Nájima. | 323,31 | |||
Quejigares y encinares de Sierra del Madero. | 3.680,03 | |||
Riberas del Río Duero y afluentes. | 229,24 | |||
Robledales del Berrón. | 489,22 | |||
Sabinares de Ciria-Borobia. | 2.323,90 | |||
Sabinares del Jalón. | 282,13 | |||
Sabinares Sierra de Cabrejas. | 541,04 | |||
Sierra del Moncayo. | 79,26 | 56,93 | ||
Sierras de Urbión y Cebollera. | 5.070,59 |
Tabla 8. Áreas Naturales Protegidas de Valladolid situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2
Espacio natural protegido | REN | Red Natura 2000 | ||
---|---|---|---|---|
Figura protección REN |
Sup. (ha) |
ZEC Sup. (ha) |
ZEPA Sup. (ha) |
|
Riberas de Castronuño - Vega del Duero. | Reserva Natural. | 351,62 | ||
El Carrascal. | 858,12 | |||
Humedales de Los Arenales. | 2.204,63 | |||
La Nava - Campos Norte. | 63,98 | |||
La Nava - Rueda. | 0,42 | |||
Lagunas de Coca y Olmedo. | 617,45 | |||
Lagunas de los Oteros. | 86,17 | |||
Montes del Cerrato. | 1.406,83 | |||
Montes Torozos y Páramos de Torquemada-Astudillo. | 2.026,75 | |||
Oteros - Campos. | 86,17 | |||
Oteros - Cea. | 59,63 | |||
Riberas del Río Adaja y afluentes. | 3,55 | |||
Riberas del Río Cea. | 44,58 | |||
Riberas del Río Cega. | 0,39 | |||
Riberas del Río Duero y afluentes. | 55,97 | |||
Salgueros de Aldeamayor. | 351,56 | |||
Tierra de Campiñas. | 1.411,17 | |||
Tierra del Pan. | 0,92 |
Tabla 9. Áreas Naturales Protegidas de Zamora situadas dentro de áreas de riesgo AR1 y AR2
Espacio natural protegido | REN | Red Natura 2000 | ||
---|---|---|---|---|
Figura protección REN |
Sup. (ha) |
ZEC Sup. (ha) |
ZEPA Sup. (ha) |
|
Arribes del Duero. | Parque natural. | 21.898,83 | 21.889,93 | 21.872,75 |
Cañones del Duero. | 1.833,47 | 2.304,33 | ||
Campo Alto de Aliste. | 1.961,60 | |||
Campo de Aliste. | 3.126,28 | |||
Lago Sanabria y Alrededores. | Parque natural. | 19.528,34 | 28.277,29 | 26.406,22 |
Lagunas de Tera y Vidriales. | 2.112,09 | |||
Lagunas de Villafáfila. | Reserva natural. | 808,25 | 794,70 | 808,25 |
Llanuras del Guareña. | 0,13 | |||
Quejigares de la Tierra del Vino. | 358,12 | |||
Riberas del Río Órbigo y afluentes. | 0,60 | |||
Riberas del Río Aliste y afluentes. | 439,47 | |||
Riberas del Río Manzanas y afluentes. | 235,15 | |||
Riberas del Río Tera y afluentes. | 857,24 | |||
Riberas del Río Tuela y afluentes. | 446,14 | |||
Sierra la Culebra. | Espacio Natral Protegido. | 30.306,33 | 30.663,36 | |
Tejedelo. | 135,79 | |||
Tierra del Pan. | 3,07 |
10.3 Equipamientos recreativos de mayor riesgo y mayor afluencia de visitantes.
Listado de Equipamientos identificados con mayor riesgo (AR1 y AR2) y mayor afluencia de visitantes.
Los registros repetidos que aparecen en las siguientes tablas, indican varios puntos de colindancia con la misma o distinta clasificación de riesgo.
Tabla 1. Equipamientos recreativos de mayor riesgo y mayor afluencia de visitantes por provincia
Nombre |
Código ID JCyL |
Equipamiento | Término municipal | Riesgo |
---|---|---|---|---|
El Regajo. | AV_25 | Zona recreativa. | El Tiemblo. | AR1- |
Ermita de Sonsoles. | AV_30 | Merendero. | Ávila. | AR1- |
Ermita Virgen del Espino. | AV_34 | Merendero. | Navaluenga. | AR1- |
El Regajo. | AV_25 | Zona recreativa. | El Tiemblo. | AR2- |
El Soto. | AV_27 | Merendero. | Ávila. | AR2- |
Ermita de Sonsoles. | AV_30 | Merendero. | Ávila. | AR2- |
Nombre |
Código ID JCyL |
Equipamiento | Término municipal | Riesgo |
---|---|---|---|---|
Pinarejos. | BU_8 | Zona recreativa. | Arauzo de Miel. | AR1 |
Valdegados. | BU_10 | Zona recreativa. | Arlanzón. | AR1 |
Valdefrías. | BU_61 | Merendero. | Hontoria del Pinar. | AR1 |
El Espliego. | BU_86 | Merendero. | Huerta de Rey. | AR1 |
Las Arandillas. | BU_89 | Zona recreativa. | Huerta de Rey. | AR1 |
Piscinas viejas. | BU_93 | Merendero. | Huerta de Rey. | AR1 |
El Espliego. | BU_86 | Merendero. | Huerta de Rey. | AR1 |
Los Campamentos. | BU_46 | Merendero. | Espinosa de los Monteros. | AR1 |
Playa el Salero. | BU_51 | Zona recreativa. | Frías. | AR1 |
Ermita de San Bernabé. | BU_119 | Zona recreativa. | Merindad de Sotoescueva. | AR1 |
San Vítores. | BU_162 | Zona recreativa. | Oña. | AR1 |
Bolera de Sedano. | BU_225 | Merendero. | Sedano. | AR1 |
Área Tablada. | BU_236 | Zona recreativa. | Tubilla del Agua. | AR1 |
Los Campamentos. | BU_46 | Merendero. | Espinosa de los Monteros. | AR1 |
Monte Santiago. | BU_20 | Zona recreativa. | Berberana. | AR1 |
San Juan del Monte. | BU_133 | Zona recreativa. | Miranda de Ebro. | AR1 |
Nombre |
Código ID JCyL |
Equipamiento | Término municipal | Riesgo |
---|---|---|---|---|
Nuestra Señora del Valle. | LE_215 | Merendero. | Benuza. | AR1 |
Ermita del Castro. | LE_63 | Riego de la Vega. | ||
Ermita del Castro. | LE_63 | Riego de la Vega. | ||
Confederación hidrográfica M-S. | LE_146 | Zona recreativa. | Cubillos del Sil. | AR1 |
Confederación hidrográfica M-S. | LE_146 | Zona recreativa. | Cubillos del Sil. | AR1 |
Confederación hidrográfica M-S. | LE_146 | Zona recreativa. | Cubillos del Sil. | AR2 |
La Velilla. | LE_78 | Merendero. | Valderrueda. | AR1 |
La Ermita. | LE_114 | Merendero. | Garrafé de Torio. | AR1 |
La Velilla. | LE_78 | Merendero. | Valderrueda. | AR2 |
La Ermita. | LE_114 | Merendero. | Garrafé de Torio. | AR2 |
Panderruedas. | LE_165 | Merendero. | Posada de Valdeón. | AR2 |
El Sorto de Cea. | LE_204 | Zona recreativa. | Cea. | AR2 |
Nombre |
Código ID JCyL |
Equipamiento | Término municipal | Riesgo |
---|---|---|---|---|
Monte el Viejo. | PA_121 | Zona recreativa. | Palencia. | AR2 |
Fresno del Rio 1. | PA_19 | Merendero. | Fresno del Rio. | AR1 |
Soto Abajo. | PA_25 | Zona recreativa. | Pino del Rio. | AR1 |
Fresno del Rio 1. | PA_19 | Merendero. | Fresno del Rio. | AR2 |
Soto Abajo. | PA_25 | Zona recreativa. | Pino del Rio. | AR2 |
Fresno del Rio 1. | PA_19 | Merendero. | Fresno del Rio. | AR1 |
Pantano de Ruesga (2). | PA_97 | Merendero. | Ruesga. | AR1 |
Pantano de Ruesga (2). | PA_97 | Merendero. | Ruesga. | AR2 |
Nombre |
Código ID JCyL |
Equipamiento | Término municipal | Riesgo |
---|---|---|---|---|
Fuente del Lobo. | SA-13 | Merendero. | Béjar. | AR1 |
La Pesquera. | SA-43 | Zona recreativa. | Ciudad Rodrigo. | AR1 |
Dehesa de Candelario. | SA-47 | Merendero / Zona de acampada / Campamento / Aula Naturaleza. | Candelario. | AR1 |
El Rebollar. | SA-118 | Zona recreativa / Refugio / Aula Naturaleza. | Tamames. | AR1 |
El Arenal (Pelayos). | SA-16 | Zona recreativa. | Pelayos. | AR1 |
La Dehesa, Las Playas. | SA_68 | Zona recreativa / Zona acampada / Camping. | Alba de Tormes. | AR2 |
Valcuevo. | SA_126 | Zona recreativa. | Valderdon. | AR2 |
El Pozo Viejo. | SA_35 | Zona recreativa. | Aldeanueva de Figueroa. | AR2 |
Nombre |
Código ID JCyL |
Equipamiento | Término municipal | Riesgo |
---|---|---|---|---|
La Panera. | SG_62 | Zona recreativa. | El Espinar. | AR1 |
La Boca del Asno. | SG_69 | Zona recreativa. | San Ildefonso. | AR1 |
Los Asientos. | SG_95 | Zona recreativa. | San Ildefonso. | AR1 |
La Panera. | SG_62 | Zona recreativa. | El Espinar. | AR2 |
La Boca del Asno. | SG_69 | Zona recreativa. | San Ildefonso. | AR2 |
Los Asientos. | SG_95 | Zona recreativa. | San Ildefonso. | AR2 |
Parque Robledo. | SG_112 | Zona recreativa. | San Ildefonso. | AR2 |
Nombre |
Código ID JCyL |
Equipamiento | Término municipal | Riesgo |
---|---|---|---|---|
San Marcos. | SO_17 | Merendero. | Ólvega. | AR1 |
Camping El Concurso. | SO_194 | Zona recreativa. | Abejar. | AR1 |
La Fuentona. | SO_216 | Merendero. | Muriel de la Fuente. | AR1 |
Punto de Información La Fuentona. | SO_218 | Zona recreativa. | Muriel de la Fuente. | AR1 |
Paso de la Serra. | SO_335 | Merendero. | Vinuesa. | AR1 |
La Fuentona. | SO_216 | Merendero. | Muriel de la Fuente. | AR1 |
Punto de Información La Fuentona. | SO_218 | Zona recreativa. | Muriel de la Fuente. | AR1 |
Playa Pita. | SO_257 | Zona recreativa. | Soria. | AR1 |
Paso de la Serra. | SO_335 | Merendero. | Vinuesa. | AR1 |
Nombre |
Código ID JCyL |
Equipamiento | Término municipal | Riesgo |
---|---|---|---|---|
Las Salinas. | VA_3 | Zona recreativa. | Medina del Campo. | AR2 |
Nombre |
Código ID JCyL |
Equipamiento | Término municipal | Riesgo |
---|---|---|---|---|
Ermita de San Mamés. | ZA_274 | Merendero. | Tábara. | AR1 |
Custa Llago. | ZA_28 | Merendero. | Galende. | AR1 |
Viquiella. | ZA_42 | Zona recreativa. | Galende. | AR1 |
La Viquiella. | ZA_157 | Merendero. | Galende. | AR1 |
Monte Gándara. | ZA_191 | Merendero. | Galende. | AR1 |
Playa de los Enanos. | ZA_212 | Zona recreativa. | Galende. | AR1 |
Playa el Folgoso. | ZA_214 | Zona recreativa. | Galende. | AR1 |
Custa Llago. | ZA_28 | Merendero. | Galende. | AR1 |
La Viquiella. | ZA_157 | Merendero. | Galende. | AR1 |
Monte Gándara. | ZA_191 | Merendero. | Galende. | AR1 |
10.4. Términos municipales con superficies de riesgo interfaz urbano-forestal AR1 mayores o iguales a 1 ha.
Listado de municipios con superficie de riesgo de interfaz urbano forestal AR1 igual o superior a 1 ha.
Tabla 1. Listado de municipios con superficie de riesgo por Interfaz Urbano-Forestal AR1 >= 1 ha
Provincia | Municipio |
Superficie AR1 (ha) |
---|---|---|
Ávila. | La Adrada. | 59,4 |
El Arenal. | 40,5 | |
Arenas de San Pedro. | 243,7 | |
Arévalo. | 27,8 | |
Ávila. | 100,2 | |
El Barraco. | 91,3 | |
Becedas. | 5,2 | |
Bonilla de la Sierra. | 16,4 | |
Burgohondo. | 172,5 | |
Cabezas del Villar. | 21,4 | |
Candeleda. | 176,2 | |
Casas del Puerto. | 4,5 | |
Casavieja. | 46,5 | |
Casillas. | 27,6 | |
Cebreros. | 40,6 | |
Cuevas del Valle. | 36,2 | |
Fresnedilla. | 2,4 | |
Gavilanes. | 13,4 | |
Gilbuena. | 1,2 | |
Guisando. | 34,6 | |
Herradón de Pinares. | 4,9 | |
Higuera de las Dueñas. | 5,0 | |
La Horcajada. | 6,5 | |
El Hornillo. | 15,4 | |
Hoyocasero. | 20,4 | |
El Hoyo de Pinares. | 23,0 | |
Hoyos del Espino. | 10,0 | |
Hoyos de Miguel Muñoz. | 3,3 | |
Lanzahíta. | 15,2 | |
El Losar del Barco. | 3,7 | |
Los Llanos de Tormes. | 4,3 | |
Maello. | 1,7 | |
Medinilla. | 20,8 | |
Mesegar de Corneja. | 1,0 | |
Mijares. | 16,2 | |
El Mirón. | 2,1 | |
Mombeltrán. | 22,8 | |
Muñogalindo. | 1,1 | |
Narrillos del Álamo. | 5,7 | |
Navaescurial. | 1,6 | |
Navahondilla. | 9,2 | |
Navalacruz. | 18,9 | |
Navalmoral. | 1,9 | |
Navalosa. | 23,6 | |
Navalperal de Pinares. | 3,5 | |
Navalperal de Tormes. | 10,0 | |
Navaluenga. | 69,9 | |
Navarredonda de Gredos. | 19,1 | |
Navarredondilla. | 1,2 | |
Navarrevisca. | 33,8 | |
Las Navas del Marqués. | 8,2 | |
Navatalgordo. | 10,3 | |
Navatejares. | 1,3 | |
Neila de San Miguel. | 2,6 | |
Padiernos. | 2,3 | |
Pascualcobo. | 4,1 | |
Pedro Bernardo. | 24,3 | |
Peguerinos. | 2,3 | |
Peñalba de Ávila. | 1,3 | |
Piedralaves. | 65,1 | |
Poyales del Hoyo. | 5,3 | |
Puerto Castilla. | 2,7 | |
Riofrío. | 1,0 | |
San Bartolomé de Pinares. | 6,8 | |
San Esteban del Valle. | 11,3 | |
San Juan de la Nava. | 18,3 | |
San Martín de la Vega del Alberche. | 1,5 | |
San Martín del Pimpollar. | 10,8 | |
San Miguel de Corneja. | 3,3 | |
San Miguel de Serrezuela. | 16,5 | |
Santa Cruz del Valle. | 13,3 | |
Santa Cruz de Pinares. | 5,3 | |
Santa María del Tiétar. | 11,5 | |
Serranillos. | 9,0 | |
Solana de Ávila. | 24,0 | |
Solana de Rioalmar. | 1,4 | |
Sotillo de la Adrada. | 19,7 | |
El Tiemblo. | 20,4 | |
Tórtoles. | 3,8 | |
Villafranca de la Sierra. | 6,2 | |
Villanueva del Campillo. | 1,9 | |
Villarejo del Valle. | 25,6 | |
Villatoro. | 4,8 | |
Zapardiel de la Ribera. | 2,2 | |
San Juan de Gredos. | 3,2 | |
Diego del Carpio. | 7,9 | |
Santiago del Tormes. | 1,3 | |
Villanueva de Ávila. | 42,7 | |
Burgos. | Abajas. | 1,4 |
Aguas Cándidas. | 3,7 | |
Alfoz de Bricia. | 1,4 | |
Los Altos. | 2,1 | |
Ameyugo. | 1,6 | |
Aranda de Duero. | 26,6 | |
Arauzo de Miel. | 1,8 | |
Arcos. | 1,7 | |
Barbadillo del Mercado. | 1,0 | |
Barbadillo del Pez. | 3,2 | |
Basconcillos del Tozo. | 3,6 | |
Belorado. | 10,5 | |
Berlangas de Roa. | 3,7 | |
Bozoó. | 1,8 | |
Briviesca. | 4,5 | |
Burgos. | 28,7 | |
Cavia. | 1,1 | |
Carazo. | 1,5 | |
Carcedo de Burgos. | 2,3 | |
Castrojeriz. | 5,1 | |
Cerezo de Río Tirón. | 20,9 | |
Cerratón de Juarros. | 1,4 | |
Cillaperlata. | 1,8 | |
Condado de Treviño. | 44,3 | |
Contreras. | 1,2 | |
Covarrubias. | 12,7 | |
Espinosa de los Monteros. | 57,7 | |
Fresno de Rodilla. | 3,3 | |
Frías. | 4,2 | |
Fuentenebro. | 2,7 | |
Hortigüela. | 2,2 | |
Huerta de Rey. | 3,9 | |
Ibeas de Juarros. | 4,3 | |
Isar. | 1,1 | |
Junta de Traslaloma. | 1,3 | |
Junta de Villalba de Losa. | 1,8 | |
Jurisdicción de Lara. | 1,3 | |
Lerma. | 2,9 | |
Medina de Pomar. | 4,5 | |
Merindad de Cuesta-Urria. | 1,5 | |
Merindad de Montija. | 2,1 | |
Merindad de Sotoscueva. | 11,2 | |
Merindad de Valdeporres. | 84,1 | |
Merindad de Valdivielso. | 6,4 | |
Miranda de Ebro. | 4,3 | |
Miraveche. | 1,1 | |
Monasterio de Rodilla. | 6,8 | |
Oña. | 10,1 | |
Palacios de la Sierra. | 1,0 | |
Pancorbo. | 7,3 | |
Pineda de la Sierra. | 2,5 | |
Pinilla de los Moros. | 1,8 | |
Poza de la Sal. | 3,7 | |
Pradoluengo. | 9,5 | |
Puentedura. | 5,4 | |
Quintanilla del Coco. | 2,4 | |
Quintanilla San García. | 6,8 | |
Rucandio. | 9,0 | |
Salas de los Infantes. | 2,5 | |
Saldaña de Burgos. | 23,0 | |
San Millán de Lara. | 1,8 | |
Santa Cruz del Valle Urbión. | 1,0 | |
Santibáñez del Val. | 1,2 | |
Santo Domingo de Silos. | 3,1 | |
Sargentes de la Lora. | 2,1 | |
Sotresgudo. | 2,0 | |
Tinieblas de la Sierra. | 1,7 | |
Torregalindo. | 4,8 | |
Trespaderne. | 2,5 | |
Tubilla del Agua. | 10,1 | |
Úrbel del Castillo. | 3,2 | |
Vadocondes. | 4,0 | |
Valmala. | 1,2 | |
Vallarta de Bureba. | 1,2 | |
Valle de Manzanedo. | 18,5 | |
Valle de Mena. | 12,2 | |
Valle de Oca. | 3,5 | |
Valle de Tobalina. | 3,6 | |
Valle de Valdebezana. | 42,6 | |
Valle de Valdelaguna. | 3,7 | |
Valle de Zamanzas. | 4,1 | |
La Vid y Barrios. | 5,5 | |
Vilviestre del Pinar. | 1,0 | |
Villafranca Montes de Oca. | 2,1 | |
Villanueva de Argaño. | 18,0 | |
Villasur de Herreros. | 5,4 | |
Villayerno Morquillas. | 1,0 | |
Villoruebo. | 2,3 | |
Quintanilla del Agua y Tordueles. | 6,2 | |
Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja. | 14,3 | |
Valle de Sedano. | 14,8 | |
Merindad de Río Ubierna. | 3,4 | |
Alfoz de Quintanadueñas. | 1,7 | |
Valle de Losa. | 8,5 | |
Comunidad de Castrillo de la Reina, Hacinas, Monasterio de la Sierra y salas de los I. | 2,8 | |
Comunidad de Castrillo de la Reina, Hacinas y Salas de los Infantes. | 1,1 | |
León. | Almanza. | 7,4 |
Arganza. | 28,3 | |
Astorga. | 1,2 | |
Balboa. | 35,1 | |
Barjas. | 46,0 | |
Los Barrios de Luna. | 10,0 | |
Bembibre. | 91,7 | |
Benuza. | 54,0 | |
Berlanga del Bierzo. | 15,3 | |
Boca de Huérgano. | 10,2 | |
Boñar. | 18,2 | |
Borrenes. | 46,3 | |
Brazuelo. | 7,8 | |
Burón. | 6,8 | |
Cabañas Raras. | 10,3 | |
Cabrillanes. | 16,8 | |
Cacabelos. | 14,2 | |
Candín. | 33,4 | |
Cármenes. | 22,7 | |
Carracedelo. | 33,4 | |
Carrizo. | 9,7 | |
Carrocera. | 4,8 | |
Carucedo. | 17,1 | |
Castrillo de Cabrera. | 33,5 | |
Castrillo de la Valduerna. | 10,1 | |
Castrocalbón. | 31,2 | |
Castrocontrigo. | 31,0 | |
Castropodame. | 53,4 | |
Cebanico. | 3,8 | |
Cebrones del Río. | 1,4 | |
Cimanes del Tejar. | 13,0 | |
Cistierna. | 33,4 | |
Congosto. | 9,2 | |
Corullón. | 114,2 | |
Crémenes. | 9,9 | |
Cuadros. | 26,5 | |
Cubillas de Rueda. | 5,0 | |
Cubillos del Sil. | 12,4 | |
Destriana. | 6,0 | |
Encinedo. | 51,4 | |
La Ercina. | 4,6 | |
Fabero. | 27,8 | |
Folgoso de la Ribera. | 57,4 | |
Garrafe de Torío. | 13,9 | |
Gradefes. | 23,4 | |
Igüeña. | 88,2 | |
León. | 1,2 | |
Lucillo. | 52,0 | |
Luyego. | 13,3 | |
Llamas de la Ribera. | 13,6 | |
Magaz de Cepeda. | 20,3 | |
Mansilla de las Mulas. | 3,1 | |
Maraña. | 5,3 | |
Matallana de Torío. | 16,8 | |
Molinaseca. | 51,3 | |
Murias de Paredes. | 40,5 | |
Noceda del Bierzo. | 19,1 | |
Oencia. | 54,7 | |
Las Omañas. | 29,9 | |
Oseja de Sajambre. | 11,4 | |
Palacios del Sil. | 62,8 | |
Páramo del Sil. | 56,5 | |
Peranzanes. | 32,2 | |
La Pola de Gordón. | 73,5 | |
Ponferrada. | 214,1 | |
Posada de Valdeón. | 9,7 | |
Prado de la Guzpeña. | 1,5 | |
Priaranza del Bierzo. | 13,5 | |
Prioro. | 2,3 | |
Puebla de Lillo. | 11,1 | |
Puente de Domingo Flórez. | 46,3 | |
Quintana del Castillo. | 40,4 | |
Quintana y Congosto. | 2,3 | |
Reyero. | 1,8 | |
Riaño. | 4,4 | |
Riello. | 88,2 | |
La Robla. | 20,7 | |
Sabero. | 13,2 | |
Sancedo. | 11,6 | |
San Emiliano. | 9,3 | |
San Justo de la Vega. | 2,1 | |
Santa Colomba de Curueño. | 15,3 | |
Santa Colomba de Somoza. | 30,5 | |
Santa María de Ordás. | 1,3 | |
Sariegos. | 5,8 | |
Sena de Luna. | 31,1 | |
Sobrado. | 43,6 | |
Soto de la Vega. | 1,0 | |
Soto y Amío. | 4,6 | |
Toreno. | 72,3 | |
Torre del Bierzo. | 116,4 | |
Trabadelo. | 40,9 | |
Truchas. | 58,1 | |
Valdelugueros. | 13,5 | |
Valdepiélago. | 16,7 | |
Valderrueda. | 56,4 | |
Valdesamario. | 9,5 | |
La Vecilla. | 6,8 | |
Vegacervera. | 10,8 | |
Vega de Espinareda. | 50,9 | |
Vega de Valcarce. | 92,0 | |
Vegaquemada. | 7,2 | |
Vegas del Condado. | 11,9 | |
Villablino. | 137,5 | |
Toral de los Vados. | 18,4 | |
Villafranca del Bierzo. | 94,0 | |
Villagatón. | 45,9 | |
Villamartín de Don Sancho. | 1,8 | |
Villamejil. | 29,7 | |
Villaobispo de Otero. | 3,1 | |
Villaquilambre. | 3,7 | |
Villarejo de Órbigo. | 8,0 | |
Villasabariego. | 1,0 | |
Villazala. | 2,1 | |
Villazanzo de Valderaduey. | 2,5 | |
Villamanín. | 38,3 | |
Palencia. | Aguilar de Campoo. | 17,6 |
Alar del Rey. | 4,7 | |
Venta de Baños. | 2,4 | |
Barruelo de Santullán. | 9,7 | |
Brañosera. | 1,7 | |
Buenavista de Valdavia. | 3,9 | |
Carrión de los Condes. | 7,7 | |
Cervera de Pisuerga. | 46,1 | |
Cevico Navero. | 3,5 | |
Cobos de Cerrato. | 2,5 | |
Congosto de Valdavia. | 1,8 | |
Cordovilla la Real. | 2,0 | |
Fresno del Río. | 3,8 | |
Guardo. | 3,9 | |
Magaz de Pisuerga. | 1,4 | |
Monzón de Campos. | 1,8 | |
Olmos de Ojeda. | 3,0 | |
Palencia. | 1,9 | |
Palenzuela. | 3,3 | |
Pomar de Valdivia. | 1,8 | |
La Puebla de Valdavia. | 1,8 | |
Quintana del Puente. | 1,9 | |
Reinoso de Cerrato. | 1,4 | |
Saldaña. | 1,3 | |
San Cebrián de Mudá. | 1,7 | |
Santervás de la Vega. | 4,3 | |
Santibáñez de Ecla. | 1,1 | |
Santibáñez de la Peña. | 8,8 | |
La Serna. | 1,7 | |
Soto de Cerrato. | 1,6 | |
Tabanera de Valdavia. | 2,3 | |
Triollo. | 2,1 | |
Velilla del Río Carrión. | 19,6 | |
Villalba de Guardo. | 1,8 | |
Villaturde. | 1,8 | |
Villota del Páramo. | 6,1 | |
La Pernía. | 4,2 | |
Salamanca. | Agallas. | 10,3 |
La Alameda de Gardón. | 3,9 | |
Alaraz. | 1,8 | |
Alba de Tormes. | 2,7 | |
La Alberca. | 71,0 | |
La Alberguería de Argañán. | 1,5 | |
Aldeacipreste. | 3,9 | |
Aldeadávila de la Ribera. | 11,5 | |
Aldeanueva de la Sierra. | 6,6 | |
Aldeatejada. | 4,3 | |
Aldehuela de la Bóveda. | 5,3 | |
Aldehuela de Yeltes. | 8,0 | |
Almenara de Tormes. | 1,4 | |
Añover de Tormes. | 2,0 | |
San Miguel del Robledo. | 8,6 | |
La Atalaya. | 8,4 | |
Babilafuente. | 1,7 | |
Bañobárez. | 2,0 | |
Barbadillo. | 1,4 | |
La Bastida. | 2,0 | |
Béjar. | 180,1 | |
Beleña. | 3,7 | |
Berrocal de Salvatierra. | 3,7 | |
Boada. | 3,5 | |
El Bodón. | 6,0 | |
Bogajo. | 3,2 | |
La Bouza. | 3,1 | |
Buenamadre. | 10,7 | |
El Cabaco. | 24,4 | |
La Cabeza de Béjar. | 2,5 | |
Cabeza del Caballo. | 2,5 | |
Cabrerizos. | 3,8 | |
La Calzada de Béjar. | 12,1 | |
Candelario. | 38,0 | |
Cantagallo. | 15,8 | |
Cantalpino. | 1,1 | |
Carpio de Azaba. | 2,1 | |
Carrascal de Barregas. | 5,0 | |
Carrascal del Obispo. | 14,8 | |
Casillas de Flores. | 9,8 | |
Castillejo de Martín Viejo. | 39,1 | |
Castraz. | 6,8 | |
Cereceda de la Sierra. | 3,5 | |
Cerezal de Peñahorcada. | 2,5 | |
Cerralbo. | 1,5 | |
El Cerro. | 15,0 | |
Cespedosa de Tormes. | 12,9 | |
Cipérez. | 6,9 | |
Ciudad Rodrigo. | 113,3 | |
Colmenar de Montemayor. | 7,3 | |
Cristóbal. | 4,3 | |
El Cubo de Don Sancho. | 7,4 | |
Endrinal. | 4,9 | |
Escurial de la Sierra. | 2,6 | |
Espeja. | 4,9 | |
Forfoleda. | 1,6 | |
Frades de la Sierra. | 4,3 | |
La Fregeneda. | 1,6 | |
Fresnedoso. | 3,5 | |
Fuenteguinaldo. | 31,5 | |
Fuenteliante. | 4,2 | |
Fuenterroble de Salvatierra. | 4,5 | |
Fuentes de Béjar. | 1,1 | |
Fuentes de Oñoro. | 1,2 | |
Galinduste. | 7,3 | |
Gallegos de Argañán. | 3,4 | |
Garcibuey. | 5,0 | |
Garcirrey. | 14,6 | |
Guijo de Ávila. | 1,4 | |
Guijuelo. | 25,2 | |
Herguijuela de la Sierra. | 2,8 | |
Hinojosa de Duero. | 9,8 | |
Horcajo de Montemayor. | 9,3 | |
Horcajo Medianero. | 5,0 | |
La Hoya. | 6,4 | |
Ituero de Azaba. | 6,2 | |
Juzbado. | 6,8 | |
Lagunilla. | 33,7 | |
Larrodrigo. | 2,7 | |
Ledesma. | 5,3 | |
Ledrada. | 9,7 | |
Linares de Riofrío. | 36,1 | |
El Maíllo. | 10,8 | |
El Manzano. | 2,8 | |
Martiago. | 2,7 | |
Martín de Yeltes. | 3,7 | |
Membribe de la Sierra. | 4,0 | |
Mieza. | 12,5 | |
Miranda del Castañar. | 5,2 | |
Mogarraz. | 3,0 | |
Monleón. | 7,3 | |
Monleras. | 1,4 | |
Monsagro. | 2,3 | |
Montemayor del Río. | 17,9 | |
Monterrubio de la Sierra. | 1,6 | |
Mozárbez. | 1,7 | |
Narros de Matalayegua. | 26,2 | |
Navacarros. | 2,7 | |
Nava de Béjar. | 4,4 | |
Nava de Francia. | 11,3 | |
Navalmoral de Béjar. | 13,0 | |
Navamorales. | 1,7 | |
Navasfrías. | 28,2 | |
Olmedo de Camaces. | 27,6 | |
El Payo. | 25,0 | |
Pedrosillo de los Aires. | 15,3 | |
La Peña. | 1,9 | |
Peñacaballera. | 11,9 | |
Peñaparda. | 27,5 | |
Pereña de la Ribera. | 5,4 | |
Peromingo. | 11,7 | |
Pinedas. | 1,2 | |
Pozos de Hinojo. | 10,6 | |
Puebla de Azaba. | 3,1 | |
Puebla de San Medel. | 6,4 | |
Puebla de Yeltes. | 6,1 | |
Puente del Congosto. | 6,1 | |
Puertas. | 10,6 | |
Puerto de Béjar. | 23,1 | |
Puerto Seguro. | 4,3 | |
Retortillo. | 30,6 | |
La Rinconada de la Sierra. | 1,9 | |
Robleda. | 8,0 | |
La Sagrada. | 1,7 | |
Sancti-Spíritus. | 8,8 | |
Sanchón de la Ribera. | 11,1 | |
Sanchón de la Sagrada. | 1,2 | |
Sanchotello. | 32,8 | |
Sando. | 17,4 | |
San Esteban de la Sierra. | 10,8 | |
San Martín del Castañar. | 21,3 | |
San Miguel de Valero. | 36,4 | |
Santibáñez de Béjar. | 35,0 | |
Santibáñez de la Sierra. | 4,1 | |
Los Santos. | 26,5 | |
Saucelle. | 4,0 | |
El Sahugo. | 1,7 | |
Sequeros. | 23,1 | |
Serradilla del Arroyo. | 9,6 | |
Serradilla del Llano. | 10,7 | |
La Sierpe. | 1,7 | |
Sorihuela. | 6,2 | |
Sotoserrano. | 3,8 | |
Tamames. | 6,9 | |
El Tejado. | 9,3 | |
Tejeda y Segoyuela. | 25,7 | |
Topas. | 5,4 | |
El Tornadizo. | 16,9 | |
Trabanca. | 2,3 | |
Valdefuentes de Sangusín. | 50,0 | |
Valdehijaderos. | 4,8 | |
Valdelacasa. | 2,7 | |
Valdelageve. | 6,6 | |
Valero. | 4,9 | |
Vallejera de Riofrío. | 3,8 | |
Vega de Tirados. | 11,4 | |
La Vídola. | 6,2 | |
Vilvestre. | 6,7 | |
Villalba de los Llanos. | 2,2 | |
Villanueva del Conde. | 6,8 | |
Villar de Ciervo. | 1,3 | |
Villar de la Yegua. | 5,3 | |
Villares de Yeltes. | 12,6 | |
Villarino de los Aires. | 33,6 | |
Villarmayor. | 4,6 | |
Villarmuerto. | 4,3 | |
Villaseco de los Reyes. | 7,7 | |
Villasrubias. | 6,7 | |
Villavieja de Yeltes. | 21,3 | |
Zamarra. | 6,8 | |
La Zarza de Pumareda. | 2,6 | |
Segovia. | Alconada de Maderuelo. | 5,8 |
Aldealengua de Santa María. | 4,8 | |
Aldehorno. | 1,8 | |
Arahuetes. | 1,2 | |
Armuña. | 3,8 | |
Ayllón. | 11,9 | |
Bernardos. | 4,3 | |
Caballar. | 6,0 | |
Cabañas de Polendos. | 10,6 | |
Carbonero el Mayor. | 3,7 | |
Carrascal del Río. | 1,2 | |
Cerezo de Abajo. | 2,1 | |
Cerezo de Arriba. | 1,7 | |
Collado Hermoso. | 2,5 | |
Cuéllar. | 98,7 | |
Duruelo. | 2,8 | |
Encinillas. | 1,9 | |
Escobar de Polendos. | 2,0 | |
El Espinar. | 7,3 | |
Fresno de Cantespino. | 1,0 | |
Fuente el Olmo de Fuentidueña. | 6,1 | |
Fuenterrebollo. | 4,0 | |
Fuentidueña. | 1,7 | |
Ituero y Lama. | 1,0 | |
Juarros de Riomoros. | 1,7 | |
Juarros de Voltoya. | 6,4 | |
Laguna de Contreras. | 2,0 | |
Languilla. | 6,7 | |
La Losa. | 10,6 | |
Montejo de la Vega de la Serrezuela. | 1,2 | |
Moral de Hornuez. | 17,6 | |
Navafría. | 4,7 | |
Navalilla. | 9,0 | |
Otero de Herreros. | 6,8 | |
Pedraza. | 4,9 | |
Pradales. | 14,5 | |
Prádena. | 3,9 | |
Sacramenia. | 1,6 | |
Real Sitio de San Ildefonso. | 13,9 | |
San Miguel de Bernuy. | 2,4 | |
Santo Tomé del Puerto. | 3,1 | |
Segovia. | 27,4 | |
Sepúlveda. | 10,9 | |
Sotosalbos. | 3,4 | |
Torreiglesias. | 2,1 | |
Valle de Tabladillo. | 7,9 | |
Vegas de Matute. | 18,3 | |
Villaverde de Montejo. | 9,3 | |
Navas de Riofrío. | 4,1 | |
Cuevas de Provanco. | 1,6 | |
Soria. | Ágreda. | 3,1 |
Alcubilla de las Peñas. | 1,3 | |
Alentisque. | 1,0 | |
Almaluez. | 1,6 | |
Almazán. | 19,5 | |
Arcos de Jalón. | 31,9 | |
Baraona. | 1,4 | |
Berlanga de Duero. | 6,5 | |
Burgo de Osma-Ciudad de Osma. | 82,1 | |
Caltojar. | 2,4 | |
Caracena. | 1,7 | |
Carrascosa de Abajo. | 2,9 | |
Casarejos. | 1,1 | |
Castillejo de Robledo. | 4,3 | |
Cerbón. | 2,0 | |
Cigudosa. | 2,6 | |
Covaleda. | 5,1 | |
Deza. | 10,8 | |
Espeja de San Marcelino. | 1,3 | |
Espejón. | 1,8 | |
Fuentelmonge. | 1,1 | |
Fuentes de Magaña. | 1,1 | |
Golmayo. | 4,5 | |
Langa de Duero. | 5,8 | |
Magaña. | 10,6 | |
Medinaceli. | 16,4 | |
Miño de San Esteban. | 1,5 | |
Molinos de Duero. | 2,4 | |
Monteagudo de las Vicarías. | 1,1 | |
Montejo de Tiermes. | 3,4 | |
Montenegro de Cameros. | 4,3 | |
Muriel de la Fuente. | 1,2 | |
Ólvega. | 2,1 | |
Los Rábanos. | 1,0 | |
Recuerda. | 1,3 | |
Retortillo de Soria. | 11,3 | |
San Esteban de Gormaz. | 3,9 | |
San Leonardo de Yagüe. | 4,1 | |
San Pedro Manrique. | 31,1 | |
Serón de Nágima. | 1,3 | |
Soria. | 54,1 | |
Talveila. | 2,0 | |
Ucero. | 1,4 | |
Vadillo. | 1,4 | |
Valdemaluque. | 1,2 | |
Valdenebro. | 1,7 | |
Valdeprado. | 3,0 | |
Velilla de los Ajos. | 2,8 | |
Villar del Río. | 1,2 | |
Vinuesa. | 5,3 | |
Vozmediano. | 1,2 | |
Yanguas. | 1,4 | |
Valladolid. | Boecillo. | 30,7 |
Castromonte. | 1,1 | |
Castroverde de Cerrato. | 1,7 | |
Cistérniga. | 10,0 | |
Cogeces del Monte. | 2,2 | |
Curiel de Duero. | 2,6 | |
Encinas de Esgueva. | 1,3 | |
Laguna de Duero. | 26,4 | |
Melgar de Arriba. | 2,1 | |
Peñafiel. | 33,3 | |
Piñel de Arriba. | 1,3 | |
Portillo. | 4,7 | |
Rábano. | 2,3 | |
San Miguel del Arroyo. | 2,9 | |
San Miguel del Pino. | 4,9 | |
Sardón de Duero. | 6,5 | |
Simancas. | 27,2 | |
Tordesillas. | 45,9 | |
Traspinedo. | 6,8 | |
Tudela de Duero. | 7,4 | |
Valladolid. | 24,8 | |
Villanueva de Duero. | 3,7 | |
Villanueva de los Infantes. | 1,4 | |
Zamora. | Alcañices. | 15,4 |
Almaraz de Duero. | 1,4 | |
Asturianos. | 1,6 | |
Benavente. | 13,0 | |
Calzadilla de Tera. | 2,1 | |
Camarzana de Tera. | 7,2 | |
Carbajales de Alba. | 3,0 | |
Cernadilla. | 1,0 | |
Cobreros. | 67,6 | |
Cubo de Benavente. | 2,7 | |
Faramontanos de Tábara. | 1,6 | |
Fariza. | 5,1 | |
Fermoselle. | 6,5 | |
Ferreras de Abajo. | 1,5 | |
Ferreruela. | 15,6 | |
Figueruela de Arriba. | 24,7 | |
Fonfría. | 54,9 | |
Galende. | 107,6 | |
Gallegos del Río. | 24,1 | |
Hermisende. | 22,3 | |
Justel. | 1,6 | |
Losacino. | 4,4 | |
Losacio. | 2,9 | |
Lubián. | 45,7 | |
Mahide. | 22,2 | |
Manzanal de Arriba. | 1,0 | |
Manzanal de los Infantes. | 2,2 | |
Micereces de Tera. | 6,4 | |
Molezuelas de la Carballeda. | 1,4 | |
Mombuey. | 3,4 | |
Moral de Sayago. | 2,0 | |
Muelas del Pan. | 3,6 | |
Olmillos de Castro. | 15,7 | |
Palacios del Pan. | 2,0 | |
Palacios de Sanabria. | 18,7 | |
Pedralba de la Pradería. | 18,1 | |
Pías. | 19,1 | |
Pino del Oro. | 2,6 | |
Porto. | 23,6 | |
Puebla de Sanabria. | 29,8 | |
Pueblica de Valverde. | 1,4 | |
Rabanales. | 17,9 | |
Rábano de Aliste. | 7,3 | |
Requejo. | 15,7 | |
Riofrío de Aliste. | 13,1 | |
Robleda-Cervantes. | 57,4 | |
Roelos de Sayago. | 3,1 | |
Rosinos de la Requejada. | 22,6 | |
Salce. | 1,7 | |
Samir de los Caños. | 1,7 | |
San Justo. | 24,2 | |
San Pedro de Ceque. | 3,1 | |
San Vicente de la Cabeza. | 18,5 | |
San Vitero. | 12,3 | |
Tábara. | 3,9 | |
Toro. | 17,2 | |
Torregamones. | 1,2 | |
Trabazos. | 17,5 | |
Trefacio. | 23,4 | |
Vega de Tera. | 3,4 | |
Vegalatrave. | 1,1 | |
Videmala. | 4,0 | |
Villadepera. | 2,9 | |
Villalcampo. | 12,0 | |
Villardeciervos. | 1,3 | |
Villar del Buey. | 5,9 | |
Villardiegua de la Ribera. | 3,2 | |
Zamora. | 1,7 |
10.5 Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto.
Listado de Vías de Comunicación situadas en áreas de riesgo alto.
Tabla 1. Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto. Ávila
Código vía | Nombre vía | Titular |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
N-502. | Ávila-Córdoba. | Red Estatal. | 27,00 |
AV-901. | Burgohondo-Casavieja. | Red Autonómica. | 18,49 |
AV-941. | Barco de Ávila-San Martín del Pimpollar. | Red Autonómica. | 15,73 |
AV-932. | Piedrahita-San Bartolomé de Tormes. | Red Autonómica. | 12,70 |
AV-P-675. | Red de Diputación. | 12,26 | |
AV-913. | Burgohondo-San Esteban del Valle. | Red Autonómica. | 11,66 |
AV-905. | San Juan de la Nava-Navatalgordo. | Red Autonómica. | 11,38 |
CL-501. | Brunete-Sotillo de la Adrada. | Red Autonómica. | 10,52 |
AV-924. | Arenas de San Pedro-Candeleda. | Red Autonómica. | 7,16 |
AV-P-420. | Red de Diputación. | 6,21 |
Tabla 2. Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto. Burgos
Código vía | Nombre vía | Titular |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
BU-570. | Espinosa de los Monteros a Vega del Pas (Cantabria). | Red Autonómica. | 6,93 |
A-1. | Irún a Madrid. | Red Estatal. | 5,65 |
CL-127. | Obécuri a La Puebla de Arganzón. | Red Autonómica. | 5,60 |
BU-750. | San Vicentejo a Moraza. | Red Autonómica. | 4,52 |
N-I. | Irún a Madrid. | Red Estatal. | 3,92 |
BU-V-5630. | Burgos a Poza de la Sal. | Red de Diputación. | 3,92 |
BU-572. | Salcedillo a Cantabria. | Red Autonómica. | 3,67 |
N-623. | Santander-San Martín de Río Ubierna. | Red Estatal. | 3,31 |
BU-V-6425. | Cabañas de Virtus a Villamediana de San Román. | Red de Diputación. | 3,07 |
BU-642. | Cilleruelo de Bezana a Arija. | Red Autonómica. | 2,85 |
BU-V-5746. | Consortes a Torres de Abajo. | Red de Diputación. | 2,70 |
N-120. | Astorga a Logroño. | Red Estatal. | 2,51 |
Tabla 3. Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto. León.
Código vía | Nombre vía | Titular |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
LE-126. | Castrocontigo-La Baña. | Red Autonómica. | 46,28 |
LE-5228. | Lombillo de los Barrios-Otero. | Red de Diputación. | 34,60 |
LE-7311. | Truchas-Llamas de Cabrera. | Red de Diputación. | 33,10 |
LE-164. | Puente de Domingo Flórez-La Baña. | Red Autonómica. | 30,75 |
A-6. | Madrid-Galicia. | Red Estatal. | 30,69 |
LE-493. | Villablino-Piedrasecha. | Red Autonómica. | 29,22 |
N-VI. | Madrid-A Coruña. | Red Estatal. | 27,10 |
LE-4211. | Cacabelos-Vega de Espinareda. | Red de Diputación. | 24,40 |
LE-5225. | Villafranca del Bierzo-Tejeira. | Red de Diputación. | 24,25 |
LE-5250. | Friera-Cabarcos. | Red de Diputación. | 23,00 |
Tabla 4. Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto. Palencia
Código vía | Nombre vía | Titular |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
PP-2462. | Santa Olaja de la Vega a Renedo de Valderaduey. | Red de Diputación. | 2,36 |
CL-627. | Villadiego-Herrera de Pisuerga. | Red Autonómica. | 1,39 |
P-212. | Salinas de Pisuerga. | Red Autonómica. | 0,92 |
PP-2111. | Red de Diputación. | 0,83 | |
A-231. | Burgos-León. | Red Autonómica. | 0,57 |
P-235. | Saldaña-Lagartos. | Red Autonómica. | 0,36 |
CL-626. | Aguilar de Campoo-La Robla. | Red Autonómica. | 0,34 |
PP-2173. | Embalse de Requejada-Herreruela de Castillería. | Red de Diputación. | 0,31 |
P-210. | Cervera de Pisuerga-Velilla de Río Carrión. | Red Autonómica. | 0,25 |
N-120. | Burgos-León. | Red Estatal. | 0,21 |
Tabla 55. Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto. Salamanca
Código vía | Nombre vía | Titular |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
SA-220. | Béjar a Ciudad Rodrigo. | Red Autonómica. | 14,04 |
SA-324. | Lumbrales a Ciudad Rodrigo. | Red Autonómica. | 9,43 |
DSA-563. | Trabanca a SA-314 por Villarino. | Red de Diputación. | 9,38 |
SA-102. | Carretera de Sorihuela (N-630) a límite provincia de Ávila. | Red Autonómica. | 9,15 |
DSA-550. | Vitigudino a Villaseco de los Reyes. | Red de Diputación. | 9,07 |
DSA-561. | Trabanca a Pereña por Cabeza de Framontano. | Red de Diputación. | 8,26 |
DSA-471. | Villar del Ciervo a Puerto Seguro. | Red de Diputación. | 8,18 |
A-66. | Autovía Ruta de la Plata. | Red Estatal. | 7,43 |
SA-316. | La Fuente de San Esteban a límite de la provincia de Zamora. | Red Autonómica. | 6,91 |
DSA-247. | SA-214 a SA-220 por Valdefuentes de Sangusín. | Red de Diputación. | 6,90 |
Tabla 6. Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto. Segovia
Código vía | Nombre vía | Titular |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
CL-603. | Valseca-Aranda de Duero. | Red Autonómica. | 8,82 |
A-1. | Madrid-Francia. | Red Estatal. | 6,27 |
SG-V-9321. | Red de Diputación. | 5,48 | |
SG-V-9322. | Fuentemizarra-Montejo de la Vega de Serrezuela. | Red de Diputación. | 5,38 |
SG-V-2414. | Carabias-Aldeanueva de la Serrezuela. | Red de Diputación. | 5,10 |
SG-945. | Fuentelcésped-Ayllón. | Red Autonómica. | 4,82 |
SG-V-2221. | Pinillos de Polendos-La Lastrilla. | Red de Diputación. | 4,67 |
SG-V-2416. | Red de Diputación. | 3,83 | |
N-110. | Soria-Plasencia. | Red Estatal. | 3,51 |
SG-P-2222. | Turégano-Torrecaballeros. | Red de Diputación. | 2,31 |
Tabla 7. Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto. Soria
Código vía | Nombre vía | Titular |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
N-122. | Aragón con Castilla y León. | Red Estatal. | 1,40 |
N-234. | Sagunto-Burgos. | Red Estatal. | 0,97 |
A-11. | Burgo de Osma a Zamora. | Red Estatal. | 0,83 |
A-15. | Soria a Medinaceli. | Red Estatal. | 0,77 |
SO-P-4228. | Navapalos a Villanueva de Gormaz. | Red de Diputación. | 0,57 |
CL-116. | Almazán a Burgo de Osma. | Red Autonómica. | 0,42 |
SO-P-3029. | Cubo de Solana a Almazán. | Red de Diputación. | 0,37 |
SC-SO-5. | Red Autonómica. | 0,35 | |
SO-810. | Cidones a Vinuesa. | Red Autonómica. | 0,19 |
SO-160. | El Burgo de Osma a Retortillo de Soria. | Red Autonómica. | 0,18 |
SO-110. | Almazán a Calatañazor. | Red Autonómica. | 0,12 |
SO-P-1001. | Magaña a Soria. | Red de Diputación. | 0,08 |
N-111. | Logroño a Medinaceli. | Red Estatal. | 0,06 |
SO-P-5007. | Fuencaliente del Burgo a El Burgo de Osma. | Red de Diputación. | 0,05 |
Tabla 8. Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto. Valladolid
Código vía | Nombre vía | Titular |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
CL-610. | Valladolid-Peñaranda de Bracamonte. | Red Autonómica. | 1,45 |
CL-600. | Tudela de Duero-Puente Duero. | Red Autonómica. | 0,76 |
VP-3001. | Pesquera de Duero-Renedo de Esgueva. | Red de Diputación. | 0,55 |
VP-4017. | Red de Diputación. | 0,38 | |
SC-VA-8. | Puenteduero. | Red Autonómica. | 0,28 |
VA-12. | Red Estatal. | 0,25 | |
VA-140. | Esguevillas de Esgueva-Valladolid. | Red Autonómica. | 0,15 |
VA-941. | Melgar de Arriba-Mayorga. | Red Autonómica. | 0,12 |
VA-932. | Albires-Villalón de Campos. | Red Autonómica. | 0,08 |
VP-8801. | Tordesillas-Navas del Rey. | Red de Diputación. | 0,05 |
Tabla 9. Vías de comunicación situadas en áreas de riesgo alto. Zamora
Código vía | Nombre vía | Titular |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
A-52. | Benavente-Porriño. | Red Estatal. | 27,28 |
N-525. | Benavente-Santiago de Compostela. | Red Estatal. | 22,46 |
N-122. | Aragón-Portugal. | Red Estatal. | 22,30 |
ZA-902. | Tábara-Losacino. | Red Autonómica. | 19,39 |
ZA-925. | Puebla de Sanabria-Portugal. | Red Autonómica. | 15,25 |
ZA-P-2669. | Castrelos-Portugal. | Red de Diputación. | 14,55 |
ZA-106. | Lubián-La Mezquita. | Red Autonómica. | 14,46 |
ZA-103. | Galende-San Martín de Castañeda. | Red Autonómica. | 14,31 |
ZA-102. | Porto-La Mezquita. | Red Autonómica. | 13,99 |
ZA-921. | Puebla de Sanabria-Ungilde. | Red Autonómica. | 12,83 |
10.6 Vías de comunicación situadas en áreas con mayor siniestralidad ≥40 incendios.
Listado de Vías de Comunicación situadas en áreas con mayor siniestralidad.
Tabla 1. Vías de comunicación situadas en áreas con mayor siniestralidad ‒>40 incendios‒. Ávila
Código vía | Nombre vía | Término municipal |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
Vía sin clasificar. | Sin nombre. | Poyales del Hoyo. | 3,44 |
AV-924. | Arenas San Pedro a Candeleda. | Poyales del Hoyo. | 2,88 |
AV-926. | Poyales del Hoyo a CL-605. | Poyales del Hoyo. | 1,19 |
AV-924. | Arenas San Pedro a Candeleda. | Arenas de San Pedro. | 0,43 |
AV-926. | Poyales del Hoyo a CL-605. | Arenas de San Pedro. | 0,07 |
En la provincia de Burgos no hay ninguna vía de comunicación situada en áreas con densidad de incendios superior a 40. Solo el término de Espinosa de los Monteros alcanza densidades de entre 20 y 40 incendios.
Tabla 26. Vías de comunicación situadas en áreas con mayor siniestralidad ‒>40 incendios‒. León
Código vía | Nombre vía | Término municipal |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
LE-4212. | Fabero a Suertes. | Fabero. | 2,66 |
Vía sin clasificar. | Sin nombre. | Fabero. | 1,71 |
LE-711. | Ocero a Vega de Espinareda. | Fabero. | 1,48 |
LE-711. | Ocero a Vega de Espinareda. | Vega de Espinareda. | 0,25 |
En la provincia de Palencia no hay ninguna vía de comunicación situada en áreas con densidad de incendios superior a 40.
Tabla 3. Vías de comunicación situadas en áreas con mayor siniestralidad ‒>40 incendios‒. Salamanca
Código vía | Nombre vía | Término municipal | Longitud (Km) |
---|---|---|---|
Vía sin clasificar. | Salamanca. | 5,455 | |
N-501. | Carretera Ávila-Salamanca. | Santa Marta de Tormes. | 4,139 |
DSA-310. | Carretera de Salamanca a Sanchón de la Ribera. | Salamanca. | 3,075 |
A-66. | Autovía Ruta de la Plata. | Salamanca. | 2,718 |
Vía sin clasificar. | Aldeatejada. | 2,4 | |
CM-SA-15. | Santa Marta de Tormes. | 1,988 | |
A-66. | Autovía Ruta de la Plata. | Aldeatejada. | 1,84 |
SA-20. | Ronda Sur de Salamanca. | Carbajosa de la Sagrada. | 1,683 |
Vía sin clasificar. | Cabrerizos. | 1,552 | |
DSA-600. | Carretera de SA-605 a Cabrerizos. | Santa Marta de Tormes. | 1,352 |
A-50. | Autovía Ávila-Salamanca. | Carbajosa de la Sagrada. | 1,333 |
N-630. | Carretera Ruta de la Plata. | Salamanca. | 1,27 |
SA-20. | Ronda Sur de Salamanca. | Santa Marta de Tormes. | 0,91 |
DSA-310. | Carretera de Salamanca a Sanchón de la Ribera. | Aldeatejada. | 0,654 |
Vía sin clasificar. | Carbajosa de la Sagrada. | 0,642 | |
A-50. | Autovía Ávila-Salamanca. | Santa Marta de Tormes. | 0,635 |
Vía sin clasificar. | Santa Marta de Tormes. | 0,536 | |
CL-512. | Carretera de Salamanca a Vecinos. | Aldeatejada. | 0,465 |
DSA-600. | Carretera de SA-605 a Cabrerizos. | Salamanca. | 0,369 |
SA-20. | Ronda Sur de Salamanca. | Salamanca. | 0,313 |
CL-512. | Carretera de Salamanca a Vecinos. | Salamanca. | 0,26 |
SA-20. | Ronda Sur de Salamanca. | Aldeatejada. | 0,144 |
CL-510. | Carretera Salamanca a Piedrahíta. | Carbajosa de la Sagrada. | 0,001 |
En la provincia de Segovia no hay ninguna vía de comunicación situada en áreas con densidad de incendios superior a 40.
En la provincia de Soria no hay ninguna vía de comunicación situada en áreas con densidad de incendios superior a 40.
En la provincia de Valladolid no hay ninguna vía de comunicación situada en áreas con densidad de incendios superior a 40.
Tabla 4. Vías de comunicación situadas en áreas con mayor siniestralidad ‒>40 incendios‒. Zamora
Código vía | Nombre vía | Término municipal |
Longitud (Km) |
---|---|---|---|
ZA-P-2669. | Castrelos-Portugal. | Hermisende. | 5,26 |
ZA-P-2661. | San Justo. | 4,40 | |
ZA-925. | Puebla de Sanabria-Portugal. | Pedralba de la Pradería. | 4,17 |
ZA-P-2663. | Palacios de Sanabria-Robleda-Cervantes. | Robleda-Cervantes. | 3,10 |
ZA-L-2698. | Fontes de Transbaceiro-Cádavos. | Hermisende. | 2,76 |
ZA-L-2454. | Figueruela de Arriba-Riomanzanas. | Figueruela de Arriba. | 2,50 |
ZA-P-2665. | El Puente-Truchas. | Robleda-Cervantes. | 2,22 |
(En blanco). | San Justo. | 2,08 | |
ZA-P-2665. | El Puente-Truchas. | San Justo. | 1,86 |
SC-ZA-7. | Pedralba de la Pradería. | 1,65 |
10.7 Términos municipales con nivel de riesgo alto provocado por líneas eléctricas.
Listado de Términos Municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas.
Tabla 1. Términos municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas. Ávila
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Arenas de San Pedro. | Arenas de San Pedro. | 995,86 |
Candeleda. | Arenas de San Pedro. | 421,59 |
Burgohondo. | El Tiemblo. | 321,93 |
San Martín del Pimpollar. | Navarredonda de Gredos. | 312,83 |
San Juan de Gredos. | Navarredonda de Gredos. | 178,02 |
Solana de Ávila. | El Barco de Ávila. | 168,47 |
Hoyocasero. | Navarredonda de Gredos. | 161,89 |
Navalosa. | Navarredonda de Gredos. | 118,80 |
Hoyos de Miguel Muñoz. | Navarredonda de Gredos. | 112,60 |
Navarredonda de Gredos. | Navarredonda de Gredos. | 109,00 |
Tabla 2. Términos municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas. Burgos
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Burgos. | Burgos. | 275,32 |
Condado de Treviño. | Miranda de Ebro. | 258,95 |
Merindad de Valdeporres. | Villarcayo. | 228,92 |
Valle de Valdebezana. | Villarcayo. | 193,78 |
Monasterio de Rodilla. | Ibeas de Jarros. | 155,51 |
Villalbilla de Burgos. | Burgos. | 69,90 |
Valle de Oca. | Pradoluengo. | 64,39 |
Quintanapalla. | Ibeas de Jarros. | 56,98 |
Prádanos de Bureba. | Miranda de Ebro. | 53,84 |
Fresno de Rodilla. | Ibeas de Jarros. | 49,41 |
Tabla 3. Términos municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas. León
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
La Pola de Gordón. | La Robla. | 668,11 |
Villamanín. | La Robla. | 518,77 |
Ponferrada. | Ponferrada. | 405,84 |
Magáz de Cepeda. | Astorga. | 335,85 |
Castropodame. | Bembibre. | 307,99 |
Vega de Valcarce. | Villafranca. | 294,27 |
Torre del Bierzo. | Bembibre. | 266,17 |
Palacios del Sil. | Vega de Espinareda. | 265,93 |
Trabadelo. | Villafranca. | 262,82 |
Toreno. | Vega de Espinareda. | 246,20 |
Vegas del Condado. | León. | 237,66 |
Villagatón. | Astorga. | 234,31 |
Molinaseca. | Ponferrada. | 227,96 |
Páramo del Sil. | Vega de Espinareda. | 226,10 |
Tabla 4. Términos municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas. Palencia
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Villota del Páramo. | Páramos-Valdavia. | 82,09 |
Villarrabé. | Campos. | 78,59 |
Santervás de la Vega. | Páramos-Valdavia. | 34,37 |
Lagartos. | Campos. | 31,53 |
Frómista. | Campos. | 3,16 |
Cervera de Pisuerga. | Alto Pisuerga. | 1,70 |
Tabla 5. Términos municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas. Salamanca
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Villarino de los Aires. | Vitigudino. | 1.031,96 |
Castillejo de Martín Viejo. | Ciudad Rodrigo. | 498,00 |
Béjar. | Béjar. | 462,65 |
Aldeadávila de la Ribera. | Vitigudino. | 432,31 |
Pereña de la Ribera. | Vitigudino. | 367,61 |
Valdefuentes de Sangusín. | Béjar. | 254,55 |
San Miguel de Valero. | La Alberca. | 225,80 |
Trabanca. | Vitigudino. | 214,10 |
Puente del Congosto. | Guijuelo. | 190,42 |
El Tejado. | Guijuelo. | 180,89 |
Tabla 6. Términos municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas. Segovia
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Segovia. | Santa María la Real de Nieva. | 4,23 |
Tabla 7. Términos municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas. Soria
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Burgo de Osma-Ciudad de Osma. | Burgo de Osma. | 75,54 |
Soria. | Soria. | 61,40 |
Vinuesa. | Vinuesa. | 0,03 |
Golmayo. | Soria. | 0,03 |
San Esteban de Gormaz. | Burgo de Osma. | 0,02 |
Valdemaluque. | San Leonardo de Yagüe. | 0,02 |
Tabla 8. Términos municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas. Valladolid
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Valladolid. | Valladolid. | 86,41 |
Laguna de Duero. | Valladolid. | 41,39 |
Castronuevo de Esgueva. | Valladolid. | 22,99 |
Renedo de Esgueva. | Valladolid. | 21,61 |
Melgar de Arriba. | Medina de Rioseco. | 10,61 |
Cistérniga. | Valladolid. | 8,54 |
Tordesillas. | Tordesillas. | 7,18 |
Villabáñez. | Valladolid. | 7,14 |
Saelices de Mayorga. | Medina de Rioseco. | 2,75 |
Monasterio de Vega. | Medina de Rioseco. | 0,56 |
Tudela de Duero. | Valladolid. | 0,07 |
Tabla 9. Términos municipales con riesgo alto provocado por líneas eléctricas. Zamora
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Lubián. | Puebla de Sanabria. | 860,53 |
Villalcampo. | Alcañices. | 753,38 |
Fonfría. | Alcañices. | 555,40 |
Muelas del Pan. | Alcañices. | 454,17 |
Figueruela de Arriba. | Alcañices. | 403,93 |
Fermoselle. | Bermillo de Sayago. | 394,25 |
Cobreros. | Galende. | 293,23 |
Villadepera. | Bermillo de Sayago. | 280,99 |
Fariza. | Bermillo de Sayago. | 249,74 |
Villar del Buey. | Bermillo de Sayago. | 242,50 |
10.8 Incidencia de las líneas férreas como punto de inicio de incendios.
Los siguientes tramos de las líneas férreas se tienen en cuenta en la planificación de los trabajos preventivos que reduzcan el riesgo de incendio.
En Ávila se observa que la gran mayoría de los incendios originados por líneas férreas han tenido lugar en la línea Madrid-Hendaya, registrando un total de 27 incendios en el periodo 2007-2017. Se concentran en los términos municipales de Navas del Marqués ‒17‒, Navalperal de Pinares ‒2‒,Tornadizos de Ávila ‒1‒, Ávila ‒2‒, Mingorría ‒1‒, San Esteban de los Patos ‒1‒, Velayos ‒1‒, Sanchidrián ‒1‒ y Arévalo ‒1‒.
En Burgos la gran mayoría de los incendios originados por líneas férreas han tenido lugar en la línea Pinar-Irún II, registrando un total de 20 incendios en el periodo 2007-2017. Se concentran en los términos municipales de Castil de Peones ‒4‒ y Quintanavides ‒3‒.
En León se observa que uno de los puntos más conflictivos en cuanto a incendios originados por líneas férreas se produce en la línea León-Monforte a su paso por el término municipal de Torre del Bierzo con 6 incendios registrados entre 2007-2017. La línea Palencia-León I registra 7 incendios a lo largo de su recorrido en la provincia de León siendo el municipio más afectado el de Berciano del Real Camino.
En Palencia la gran mayoría de los incendios originados por líneas férreas han tenido lugar en la línea Palencia-Reinosa, registrando un total de 8 incendios en el periodo 2007-2017. Se concentran en los términos municipales de Osorno la Mayor ‒3‒ y Marcilla de Campos ‒2‒.
En Salamanca la gran mayoría de los incendios originados por líneas férreas han tenido lugar en la línea Salamanca-Vilar Formoso ‒Portugal‒, registrando un total de 16 en el periodo 20072017. Se concentran en los términos municipales de Carrascal de Barregas ‒3‒, Aldehuela de la Bóveda ‒3‒, Ciudad Rodrigo ‒2‒ y Garcirrey ‒2‒. Los incendios iniciados en Calzada de Don Diego se localizan en el mismo punto, identificándose como punto negro o de elevada siniestralidad. Además en un tramo de aproximadamente 24 km ‒entre Calzada de Don Diego y Garcirre‒ y se concentran 9 de los 16 incendios.
La línea Medina-Salamanca registra 4 incendios, 2 de ellos con origen en el municipio de Cantalapiedra, en la misma ubicación.
En Segovia el único incendio originado por líneas férreas ha tenido lugar en la línea Cercedilla-Segovia, en el periodo 2007-2017.
En Soria los incendios originados por líneas férreas han tenido lugar en la línea San Fernando-Miraflores I, registrando un total de 8 incendios en el periodo 2007-2017. Se concentran en los términos municipales de Arcos del Jalón y Medinaceli. La línea Madrid Atocha-Barcelona presenta un incendio en el municipio de Arcos del Jalón.
En Valladolid se ha localizado un incendio en la línea Medina del Campo-Salamanca a su paso por el municipio de Brahojos de Medina; en el municipio de Medina de Campo se produjo otro incendio en la línea Pinar-Irún II; y el último incendio se registró en el municipio de Pozaldez en la línea Pinar-Hendaya I.
En Zamora la incidencia de las líneas férreas como punto de inicio de incendios es nula y por lo tanto, irrelevante.
10.9 Términos municipales con mayor peligro por rayo.
Listado de Términos Municipales con mayor peligro por rayo.
Tabla 1. Términos municipales con mayor peligro por rayo ‒zona de acumulación >3‒. Ávila
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Mijares. | Piedralaves. | 2.932,50 |
La Adrada. | Piedralaves. | 2.886,78 |
El Hoyo de Pinares. | El Hoyo de Pinares. | 2.872,40 |
Mombeltrán. | Mombeltrán. | 2.826,24 |
Pedro Bernardo. | Mombeltrán. | 2.706,88 |
Santa Cruz del Valle. | Mombeltrán. | 2.572,54 |
El Barraco. | El Tiemblo. | 2.447,62 |
San Esteban del Valle. | Mombeltrán. | 2.445,77 |
Navaluenga. | El Tiemblo. | 2.389,57 |
Arenas de San Pedro. | Arenas de San Pedro. | 2.258,99 |
Tabla 2. Términos municipales con mayor peligro por rayo ‒zona de acumulación >3‒. Burgos
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Rucandio. | Oña. | 2749,02 |
Oña. | Oña. | 2238,03 |
Aguas Cándidas. | Oña. | 1410,26 |
Salas de Bureba. | Oña. | 813,04 |
Padrones de Bureba. | Oña. | 573,52 |
Merindad de Valdivielso. | Oña. | 517,84 |
Poza de la Sal. | Oña. | 256,13 |
Los Altos. | Sedano. | 174,40 |
Cillaperlata. | Oña. | 58,63 |
Tabla 3. Términos municipales con mayor riesgo por rayo ‒zona de acumulación >3‒.. León
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Riello. | La Magdalena. | 3.865,31 |
Valdesamario. | Benavides de Órbigo. | 1.891,27 |
Murias de Paredes. | La Magdalena. | 1.819,59 |
Quintana del Castillo. | Benavides de Órbigo. | 1.378,63 |
Palacios del Sil. | Villablino. | 1.219,90 |
Boca de Huérgano. | Riaño. | 1.216,75 |
Villagatón. | Astorga. | 901,08 |
Folgoso de la Ribera. | Bembibre. | 790,31 |
Vega de Espinareda. | Vega de Espinareda. | 689,17 |
Peranzanes. | Vega de Espinareda. | 566,38 |
Truchas. | Truchas. | 558,11 |
Magaz de Cepeda. | Astorga. | 528,61 |
Arganza. | Ponferrada. | 343,55 |
Páramo del Sil. | Vega de Espinareda. | 93,19 |
Castrocontrigo. | La Bañeza. | 59,69 |
Villafranca del Bierzo. | Villafranca. | 29,46 |
Riello. | Benavides de Órbigo. | 0,08 |
Páramo del Sil. | Villablino. | 0,07 |
Palacios del Sil. | Vega de Espinareda. | 0,03 |
La provincia de Palencia no tiene municipios que presenten zona de acumulación mayor que 3 y que además estén situados en zonas de alto riesgo de incendio –ZAR‒. Los municipios con zona de acumulación mayor que dos son La Pernía, Velilla de Río Carrión y Santibáñez de la Peña.
Tabla 4. Términos municipales con mayor riesgo por rayo ‒zona de acumulación >3‒. Salamanca
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Navasfrías. | Robleda. | 2.943,48 |
Peñaparda. | Robleda. | 1.038,75 |
El Payo. | Robleda. | 509,55 |
Candelario. | Béjar. | 406,05 |
Béjar. | Béjar. | 182,58 |
La Bastida. | La Alberca. | 166,19 |
Casillas de Flores. | Robleda. | 23,83 |
Tabla 5. Términos municipales con mayor riesgo por rayo ‒zona de acumulación >3‒. Segovia
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Cuéllar. | Cuéllar. | 2.493,36 |
Nava de la Asunción. | Coca. | 1.379,21 |
Navas de Oro. | Navas de Oro. | 1.276,08 |
Pinarejos. | Navas de Oro. | 1.160,57 |
Cabezuela. | Cantalejo. | 909,27 |
Mata de Cuéllar. | Cuéllar. | 778,79 |
El Espinar. | El Espinar. | 489,13 |
Sanchonuño. | Cuéllar. | 476,88 |
Fuenterrebollo. | Cantalejo. | 468,25 |
Navalilla. | Cantalejo. | 333,44 |
Lastras de Cuéllar. | Cantalejo. | 320,14 |
Domingo García. | Navas de Oro. | 297,24 |
Gomezserracín. | Cuéllar. | 295,51 |
Veganzones. | Navas de Oro. | 270,55 |
Migueláñez. | Navas de Oro. | 262,63 |
Remondo. | Cuéllar. | 149,15 |
Tabla 6. Términos municipales con mayor riesgo por rayo ‒zona de acumulación >3‒. Soria
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Fuentepinilla. | Bayubas de Abajo. | 621,69 |
Tabla 7. Términos municipales con mayor riesgo por rayo ‒zona de acumulación >3‒. Valladolid
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Íscar. | Olmedo. | 721,28 |
Tabla 8. Términos municipales con mayor riesgo por rayo ‒zona de acumulación >3‒. Zamora
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Tábara. | Tábara. | 1.630,97 |
Espadañedo. | Mombuey. | 1.410,17 |
Muelas de los Caballeros. | Mombuey. | 1.243,98 |
Ferreras de Abajo. | Tábara. | 1.139,65 |
Ferreras de Arriba. | Villardeciervos. | 923,61 |
Manzanal de Arriba. | Villardeciervos. | 748,88 |
Riofrío de Aliste. | Tábara. | 718,07 |
Ferreruela. | Tábara. | 220,44 |
Villardeciervos. | Villardeciervos. | 124,19 |
Figueruela de Arriba. | Alcañices. | 105,00 |
10.10 Términos municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola ‒PINI>4 incendios‒.
Listado de Términos Municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola PINI (Puntos de Inicio) >4 en zonas de alto riesgo.
Tabla 1. Términos municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola ‒PINI>4 incendios‒ en zonas de alto riesgo 2007-2017. Ávila
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Guisando. | Arenas de San Pedro. | 1.543,05 |
El Hornillo. | Arenas de San Pedro. | 1.352,50 |
Arenas de San Pedro. | Arenas de San Pedro. | 1.255,58 |
Pedro Bernardo. | Mombeltrán. | 1.094,50 |
El Arenal. | Arenas de San Pedro. | 959,25 |
Burgohondo. | El Tiemblo. | 770,06 |
Piedralaves. | Piedralaves. | 468,31 |
Poyales del Hoyo. | Arenas de San Pedro. | 307,93 |
Tabla 2. Términos municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola ‒PINI>4 incendios‒ en zonas de alto riesgo 2007-2017. Burgos
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Milagros. | Aranda de Duero. | 9,09 |
En la provincia de León existe una siniestralidad moderada por causa agrícola en zonas de alto riesgo. Sólo hay tres términos municipales donde se produzca una concentración de incendios superior a dos en el periodo 2007-2017: Cea, Villazanzo de Valderaduey y Villaselán en la comarca de Sahagún.
Tabla 3. Términos municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola ‒PINI>4 incendios‒ en zonas de alto riesgo 2007-2017. Palencia
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Congosto de Valdavia. | Páramos-Valdavia. | 66,49 |
La Puebla de Valdavia. | Páramos-Valdavia. | 271,01 |
Tabla 4. Términos municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola ‒PINI>4 incendios‒ en zonas de alto riesgo 2007-2017. Salamanca
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
El Cerro. | Béjar. | 1.556,38 |
Lagunilla. | Béjar. | 1.413,94 |
San Martín del Castañar. | La Alberca. | 1.342,74 |
Salamanca. | Salamanca. | 1.193,49 |
Miranda del Castañar. | La Alberca. | 1.086,31 |
San Esteban de la Sierra. | Béjar. | 1.085,74 |
Villanueva del Conde. | La Alberca. | 908,17 |
Santibañez de la Sierra. | Béjar. | 816,32 |
Mogarraz. | La Alberca. | 761,29 |
Sequeros. | La Alberca. | 594,15 |
En Segovia existe una siniestralidad moderada en las zonas de alto riesgo. Sólo hay dos términos municipales donde se produzca una concentración de incendios superior a tres en el periodo 2007-2017: Fuentidueña y Laguna de Contreras en la comarca de Cantalejo.
Tabla 5. Términos municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola ‒PINI>4 incendios‒ en zonas de alto riesgo 2007-2017. Soria
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Ágreda. | Ágreda. | 3.753,98 |
Barca. | Almazán. | 1.115,82 |
Dévanos. | Ágreda. | 395,84 |
Velamazán. | Bayubas de Abajo. | 343,83 |
Matamala de Almazán. | Almazán. | 198,85 |
En Valladolid existe una siniestralidad moderada en las zonas de alto riesgo. No hay ningún término municipal donde se produzca una concentración de incendios superior a dos en el periodo 2007-2017.
Tabla 6. Términos municipales con mayor superficie y alta concentración de incendios por causa agrícola ‒PINI>4 incendios‒ en zonas de alto riesgo 2007-2017. Zamora
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Rabanales. | Alcañices. | 2.881,96 |
San Vitero. | Alcañices. | 1.171,02 |
Alcañices. | Alcañices. | 699,04 |
Trefacio. | Galende. | 366,75 |
San Justo. | Galende. | 98,80 |
Rábano de Aliste. | Alcañices. | 93,62 |
Robleda-Cervantes. | Puebla de Sanabria. | 68,82 |
Fonfría. | Alcañices. | 0,36 |
10.11 Términos municipales con concentración alta de incendios forestales relacionados con uso de fuego como herramienta ‒PINI >10‒.
Listado de términos municipales con mayor concentración de incendios forestales originados por uso de fuego como herramienta de control de la vegetación PINI (Puntos de Inicio) >10.
Tabla 17. Términos municipales con concentración alta de incendios relacionados con el uso del fuego ‒PINI >10‒. Ávila, 2007-2017
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Candeleda. | Arenas de San Pedro. | 3.516,24 |
Solana de Ávila. | El Barco de Ávila. | 2.751,98 |
Arenas de San Pedro. | Arenas de San Pedro. | 2.022,68 |
Becedas. | El Barco de Ávila. | 1.649,49 |
Puerto Castilla. | El Barco de Ávila. | 1.310,36 |
La Carrera. | El Barco de Ávila. | 1.068,89 |
San Bartolomé de Béjar. | El Barco de Ávila. | 1.031,64 |
Umbrías. | El Barco de Ávila. | 708,25 |
Gil García. | El Barco de Ávila. | 647,76 |
San Martín del Pimpollar. | Navarredonda de Gredos. | 412,36 |
Tabla 2. Términos municipales con concentración alta de incendios relacionados con el uso del fuego ‒PINI >10‒. Burgos, 2007-2017
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Espinosa de los Monteros. | Espinosa de los Monteros. | 12.408,91 |
Merindad de Valdeporres. | Villarcayo. | 5.103,07 |
Valle de Valdebezana. | Villarcayo. | 2.635,56 |
Merindad de Montija. | Espinosa de los Monteros. | 2.387,25 |
Merindad de Sotoscueva. | Espinosa de los Monteros. | 1.140,28 |
Castrillo de la Reina. | Salas de los Infantes. | 609,52 |
Ledanía de Castrillo de la Reina, Hacinas y Salas de los Infantes. | Salas de los Infantes. | 31,86 |
Tabla 3. Términos municipales con concentración alta de incendios relacionados con el uso del fuego ‒PINI >10‒. León, 2007-2017
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Benuza. | Truchas. | 5.035,47 |
Encinedo. | Truchas. | 5.009,60 |
Villamanín. | La Robla. | 4.252,65 |
La Pola de Gordón. | La Robla. | 2.343,04 |
Vegacervera. | La Robla. | 2.289,73 |
Sena de Luna. | Villablino. | 2.135,22 |
Trabadelo. | Villafranca. | 1.540,77 |
La Robla. | La Robla. | 1.453,43 |
Castrillo de Cabrera. | Truchas. | 1.022,43 |
Cubillos del Sil. | Ponferrada. | 978,40 |
En la provincia de Palencia no hay municipios con concentración de puntos de inicio relacionados con el uso del fuego ‒PINI >10 incendios‒. Solo los municipios de Castrejón de la Peña y La Pernía tienen un riesgo medio.
Tabla 4. Términos municipales con concentración alta de incendios relacionados con el uso del fuego ‒PINI >10‒. Salamanca, 2007-2017
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Salamanca. | Salamanca. | 2.511,20 |
Sorihuela. | Béjar. | 1.421,94 |
Aldeatejada. | Salamanca. | 823,74 |
El Cerro. | Béjar. | 695,97 |
Vallejera de Riofrío. | Béjar. | 693,85 |
La Hoya. | Béjar. | 616,54 |
Fresnedoso. | Béjar. | 597,47 |
Cristóbal. | Béjar. | 493,50 |
Navacarros. | Béjar. | 442,42 |
Santa Marta de Tormes. | Salamanca. | 413,42 |
En Segovia no hay municipios con concentración de puntos de inicio relacionados con el uso del fuego ‒PINI >10 incendios‒.
Tabla 5. Términos municipales con concentración alta de incendios relacionados con el uso del fuego ‒PINI >10‒. Soria, 2007-2017
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Sotillo del Rincón. | Almarza. | 377,37 |
Valdeavellano de Tera. | Almarza. | 160,32 |
En la provincia de Valladolid no hay municipios con concentración de puntos de inicio relacionados con el uso del fuego ‒PINI >10 incendios‒, de hecho el mayor riesgo provincial está clasificado como bajo.
Tabla 6. Términos municipales con concentración alta de incendios relacionados con el uso del fuego ‒PINI >10‒. Zamora, 2007-2017
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
San Vitero. | Alcañices. | 2.373,11 |
Rabanales. | Alcañices. | 1.698,30 |
Robleda-Cervantes. | Puebla de Sanabria. | 1.661,81 |
San Justo. | Galende. | 493,21 |
Trefacio. | Galende. | 320,02 |
Galende. | Galende. | 227,24 |
Puebla de Sanabria. | Puebla de Sanabria. | 76,54 |
Cobreros. | Galende. | 40,44 |
Rosinos de la Requejada. | Puebla de Sanabria. | 16,23 |
San Vicente de la Cabeza. | Alcañices. | 0,28 |
10.12 Términos municipales con riesgo alto por incendios intencionados en monte arbolado.
Listado de Términos Municipales con riesgo alto por incendios intencionados en monte arbolado y situados en Zona de Alto Riesgo –ZAR‒ (Orden MAM/851/2010, de 7 de junio, por la que se declaran zonas de alto riesgo de incendio en la Comunidad de Castilla y León).
Tabla 8. Términos municipales con riesgo alto por incendios intencionados en monte arbolado. Ávila
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Candeleda. | Arenas de San Pedro. | 4.186,62 |
Arenas de San Pedro. | Arenas de San Pedro. | 3.960,31 |
Guisando. | Arenas de San Pedro. | 1.012,16 |
Sotillo de la Adrada. | Piedralaves. | 760,94 |
Casillas. | Piedralaves. | 726,75 |
Puerto Castilla. | El Barco de Ávila. | 558,51 |
Solana de Ávila. | El Barco de Ávila. | 505,89 |
Santa María del Tiétar. | Piedralaves. | 452,37 |
Poyales del Hoyo. | Arenas de San Pedro. | 337,86 |
Gil García. | El Barco de Ávila. | 119,54 |
Umbrías. | El Barco de Ávila. | 86,49 |
En la provincia de Burgos no hay municipios con alta concentración de incendios intencionados dentro de superficie arbolada.
Tabla 9. Términos municipales con riesgo alto por incendios intencionados en monte arbolado. León
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Benuza. | Truchas. | 3.883,95 |
Ponferrada. | Ponferrada. | 3.807,24 |
Páramo del Sil. | Vega de Espinareda. | 3.189,66 |
Toreno. | Vega de Espinareda. | 2.801,48 |
Trabadelo. | Villafranca. | 2.787,10 |
Fabero. | Vega de Espinareda. | 2.539,61 |
Arganza. | Ponferrada. | 2.425,89 |
Vega de Valcarce. | Villafranca. | 2.164,71 |
Corullón. | Villafranca. | 1.783,01 |
Encinedo. | Truchas. | 1.095,80 |
Castrillo de Cabrera. | Truchas. | 1.064,13 |
Matallana de Torío. | La Robla. | 1.059,14 |
Cacabelos. | Ponferrada. | 1.022,75 |
La provincia de Palencia no tiene términos municipales con riesgo alto por incendios intencionados en el monte arbolado.
Tabla 3. Términos municipales con riesgo alto por incendios intencionados en monte arbolado. Salamanca, 2007-2017
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Béjar. | Béjar. | 2.294,60 |
El Cerro. | Béjar. | 940,95 |
Salamanca. | Salamanca. | 596,12 |
Peñaparda. | Robleda. | 524,13 |
Candelario. | Béjar. | 234,08 |
Carbajosa de la Sagrada. | Salamanca. | 147,15 |
Lagunilla. | Béjar. | 126,84 |
Montemayor del Río. | Béjar. | 67,21 |
En Segovia no hay ningún municipio con mayor concentración de incendios intencionados dentro de superficie arbolada.
En la provincia de Soria no hay ningún municipio con alta concentración de incendios intencionados dentro de superficie arbolada.
La provincia de Valladolid no tiene términos municipales con riesgo alto por incendios intencionados en el monte arbolado.
Tabla 10. Términos municipales con riesgo alto por incendios intencionados en monte arbolado. Zamora
Término municipal | Comarca |
Superficie (ha) |
---|---|---|
Hermisende. | Puebla de Sanabria. | 6.097,66 |
Galende. | Galende. | 4.463,35 |
Lubián. | Puebla de Sanabria. | 3.367,64 |
San Justo. | Galende. | 2.433,66 |
Pedralba de la Pradería. | Puebla de Sanabria. | 2.197,17 |
Cobreros. | Galende. | 2.157,30 |
Robleda-Cervantes. | Puebla de Sanabria. | 1.523,95 |
Palacios de Sanabria. | Puebla de Sanabria. | 1.332,29 |
Rosinos de la Requejada. | Puebla de Sanabria. | 1.260,82 |
San Vitero. | Alcañices. | 1.109,76 |
Trefacio. | Galende. | 1.063,19 |
Rabanales. | Alcañices. | 1.026,11 |
Puebla de Sanabria. | Puebla de Sanabria. | 510,07 |
Asturianos. | Puebla de Sanabria. | 242,24 |
10.13 Diseño general del dispositivo.
10.13.1 Puestos de vigilancia.
Al final del anexo se ofrece un mapa en el que se representa la localización de los puestos de vigilancia.
Tabla 1. Puestos de vigilancia del operativo de incendios de Castilla y León
Provincia | Nombre | Término municipal | Tipo | Coord. UTM 30 X | Coord. UTM 30 Y |
---|---|---|---|---|---|
Ávila. | Las Tejoneras. | Candeleda. | Torre metálica. | 305692 | 4443281 |
Ávila. | Amoclón. | Mombeltrán. | Torre metálica. | 327797 | 4452363 |
Ávila. | La Sillita. | Guisando. | Torre metálica. | 317486 | 4452514 |
Ávila. | La Lastra. | Santiago de Tormes. | Torre metálica. | 292284 | 4469196 |
Ávila. | Piedraguda. | Navarredonda de Gredos. | Torre metálica. | 319563 | 4473502 |
Ávila. | El Refugio. | Mijares. | Torre metálica. | 343245 | 4459107 |
Ávila. | Torre Pinosa. | Sotillo de la Adrada. | Torre metálica. | 363201 | 4461251 |
Ávila. | Cruz de Seroles. | Cebreros. | Torre metálica. | 380424 | 4478946 |
Ávila. | La Cebrera. | El Barraco. | Caseta cubierta. | 361136 | 4483858 |
Ávila. | La Cuquilla. | Nava de Arévalo. | Torre metálica. | 351798 | 4535677 |
Ávila. | El Alijar. | Las Navas del Marques. | Torre metálica. | 386993 | 4494031 |
Burgos. | El Castro. | Santo Domingo de Silos. | Refugio cerrado. | 463170 | 4640987 |
Burgos. | La Calabaza. | Aranda de Duero. | Torre metálica. | 449565 | 4614114 |
Burgos. | San Cristóbal. | Arauzo de Miel. | Torre metálica. | 469305 | 4634472 |
Burgos. | El Cerro. | Huerta del rey. | Torre metálica. | 473675 | 4637141 |
Burgos. | Costalago. | Hontoria del Pinar. | Refugio cerrado. | 486142 | 4629080 |
Burgos. | Paramo de Masa. | Valle de Sedano. | Torre metálica. | 438366 | 4721203 |
Burgos. | Cielma. | Sotoscueva. | Refugio cerrado. | 435255 | 4752675 |
Burgos. | Colladio. | Quisicedo. | Refugio cerrado. | 441497 | 4767237 |
Burgos. | Bedón. | Merindad de Montija. | Refugio cerrado. | 456690 | 4765858 |
Burgos. | Peña Lastra. | Valle de Mena. | Refugio cerrado. | 476117 | 4775486 |
Burgos. | Alto de Guardia. | Medina de Pomar. | Torre metálica. | 477049 | 4759844 |
Burgos. | Los Mazos. | Medina de Pomar. | Torre metálica. | 471081 | 4751829 |
Burgos. | Treviño. | Condado de Treviño. | Refugio cerrado. | 520613 | 4728641 |
Burgos. | Mancubo. | Pancorbo. | Refugio cerrado. | 489382 | 4723436 |
Burgos. | Susenes. | Oña. | Torre metálica. | 466320 | 4736107 |
Burgos. | Tablones. | Rucandio. | Refugio cerrado. | 461299 | 4734670 |
Burgos. | Carmona. | Vilviestre del Pinar. | Torre metálica. | 493297 | 4641840 |
Burgos. | Arañas. | Canicosa de la Sierra. | Refugio cerrado. | 498834 | 4642690 |
Burgos. | El Peñedo. | Quintanar de la Sierra. | Refugio cerrado. | 500396 | 4652176 |
Burgos. | Peñaguda. | Neila. | Refugio cerrado. | 496568 | 4655024 |
Burgos. | Gayubar. | Huerta de abajo. | Torre metálica. | 486111 | 4658895 |
Burgos. | Alto Casarejos. | Villoruebo. | Refugio cerrado. | 464445 | 4670104 |
Burgos. | Valdesosoldo. | Villasur de Herreros. | Refugio cerrado. | 468767 | 4677658 |
Burgos. | Trigaza. | Rábanos. | Refugio cerrado. | 479765 | 4678227 |
Burgos. | Ticumbea. | Fresneda de la Sierra Tirón. | Refugio cerrado. | 487140 | 4681297 |
Burgos. | El Grajo. | Burgos. | Torre metálica. | 443152 | 4690308 |
Burgos. | Monte Mayor. | Belorado. | Torre metálica. | 486101 | 4693761 |
Burgos. | Salegar. | Huerta de Arriba. | Refugio cerrado. | 492794 | 4660979 |
Burgos. | Peña Huron. | Monasterio de Rodilla. | Refugio cerrado. | 461456 | 4701586 |
León. | Fonbasalla. | Villafranca del Bierzo. | Refugio cerrado. | 184285 | 4736245 |
León. | Guaina. | Ponferrada. | Refugio cerrado. | 203681 | 4705112 |
León. | Gistredo. | Noceda del Bierzo. | Refugio cerrado. | 218811 | 4737812 |
León. | Baillo. | Truchas. | Refugio cerrado. | 213500 | 4688270 |
León. | Hito Nuevo. | Luyego de Somoza. | Refugio cerrado. | 236997 | 4684542 |
León. | Castrocontrigo. | Castrocontrigo. | Caseta cubierta. | 235015 | 4673445 |
León. | Veiga. | Santa Colomba. | Refugio cerrado. | 231123 | 4715357 |
León. | Pozo Fierro. | Quintana del Castillo. | Refugio cerrado. | 250711 | 4733148 |
León. | Camposagrado. | Cuadros. | Torre de madera. | 277313 | 4738476 |
León. | Tabillón. | Candín. | Caseta cubierta. | 197152 | 4752403 |
León. | Sosas. | Villablino. | Refugio cerrado. | 231752 | 4762822 |
León. | Peña Aguda. | La Robla. | Caseta cubierta. | 287239 | 4743015 |
León. | La Candamia. | Garrafé de Torio. | Torre de madera. | 298130 | 4736495 |
León. | Rosales. | Riello. | Refugio cerrado. | 250796 | 4739869 |
León. | Pico Cueto. | Boñar. | Refugio cerrado. | 307776 | 4750720 |
León. | Sotillos. | Sabero. | Refugio cerrado. | 320495 | 4746879 |
León. | San Jorge. | Valderrueda. | Refugio cerrado. | 338114 | 4745613 |
León. | Rio Camba. | Cea. | Torre metálica. | 342814 | 4727791 |
Palencia. | La Cerra. | Santervas de la Vega. | Torre metálica. | 347853 | 4709629 |
Palencia. | Morcorio. | Loma de Ucieza. | Torre metálica. | 368859 | 4709761 |
Palencia. | Rodiles. | Buenavista de Valdavia. | Torre metálica. | 366800 | 4720842 |
Palencia. | Valdemorata. | Villanueva de. | Torre metálica. | 356340 | 4729812 |
Palencia. | Cercos. | Guardo. | Refugio cerrado. | 345630 | 4742013 |
Palencia. | Cueva Dorada. | Velilla del Rio Carrión. | Refugio cerrado. | 360080 | 4750448 |
Palencia. | Santa Lucia. | Cervera. | Refugio cerrado. | 366236 | 4753068 |
Palencia. | Peña Tremaya. | La Pernia. | Refugio cerrado. | 379307 | 4759369 |
Palencia. | Indiviso. | Castrejón de la peña. | Torre metálica. | 372816 | 4734253 |
Palencia. | Cocoto. | Barruelo de Santullán. | Refugio cerrado. | 397227 | 4750949 |
Palencia. | Peña Pico. | Santibáñez de Ecla. | Refugio cerrado. | 389506 | 4729866 |
Palencia. | Astudillo. | Astudillo. | Torre metálica. | 393101 | 4671237 |
Palencia. | Villaconancio. | Villaconancio. | Torre metálica. | 400317 | 4637231 |
Palencia. | Monte el Viejo. | Palencia. | Torre metálica. | 370281 | 4646971 |
Salamanca. | Cerezal. | Cerezal de Peñahorcada. | Torre metálica. | 192382 | 4558547 |
Salamanca. | Pozo Airón. | Ciudad Rodrigo. | Refugio cerrado. | 201816 | 4510261 |
Salamanca. | Jalama. | El Payo. | Torre metálica. | 180484 | 4461818 |
Salamanca. | Pozo Moros. | Villasrubias. | Torre metálica. | 195351 | 4469370 |
Salamanca. | Baldío y Sierra. | Agallas. | Refugio cerrado. | 209541 | 4481864 |
Salamanca. | Alto el Copero. | Serradilla del Arroyo. | Refugio cerrado. | 225183 | 4490937 |
Salamanca. | Peña de Francia. | Cabaco. | Refugio cerrado. | 231410 | 4489604 |
Salamanca. | Sierra del Castillo. | Herguijuela de la Sierra. | Refugio cerrado. | 238676 | 4480112 |
Salamanca. | Peña Negra. | Candelario. | Refugio cerrado. | 262437 | 4470707 |
Salamanca. | Paso Malo. | Lagunilla. | Refugio cerrado. | 245154 | 4467209 |
Salamanca. | Peña Palomas. | Garcibuey. | Torre metálica. | 248901 | 4489008 |
Salamanca. | Pico Cervero. | Navaredonda de la Rinconada. | Refugio cerrado. | 247607 | 4496816 |
Salamanca. | Peña Carbonera. | La Alberca. | Refugio cerrado. | 233321 | 4486521 |
Segovia. | Villacastín. | Villacastín. | Refugio cerrado. | 378213 | 4515335 |
Segovia. | Tolocirio. | Tolocirio. | Torre metálica. | 363469 | 4556224 |
Segovia. | Coca. | Coca. | Torre metálica. | 372437 | 4565260 |
Segovia. | Samboal. | Samboal. | Torre metálica. | 381379 | 4568089 |
Segovia. | Cabezas Reina. | El Espinar. | Refugio cerrado. | 400423 | 4508365 |
Segovia. | La Camorca. | San Ildefonso o la Granja. | 411340 | 4519853 | |
Segovia. | El Berrocal. | Hortigosa del Monte. | Torre metálica. | 399358 | 4522771 |
Segovia. | Matabueyes. | San Ildefonso o la Granja. | 411758 | 4526414 | |
Segovia. | Torrecaballeros. | Torrecaballeros. | Refugio cerrado. | 416201 | 4539728 |
Segovia. | Picardeña. | Aldealengua de Pedraza. | Torre metálica. | 431089 | 4540848 |
Segovia. | Lagunillas. | Torreval de Sanpedro. | Torre metálica. | 428060 | 4541876 |
Segovia. | Pinilla Ambroz. | Santamaria la Real de Nieva. | Refugio cerrado. | 385637 | 4544991 |
Segovia. | Carbonero. | Carbonero El Mayor. | Torre metálica. | 390303 | 4557796 |
Segovia. | Turégano. | Turégano. | Torre metálica. | 413731 | 4560676 |
Segovia. | Cerro la Horca. | Cantalejo. | Torre metálica. | 425455 | 4564960 |
Segovia. | Castroserna. | Pradena. | 439478 | 4558447 | |
Segovia. | Fuentemacanda. | Comunidad de Cuellar. | Torre metálica. | 399924 | 4570505 |
Segovia. | Gomezserracín. | Gomezserracín. | Torre metálica. | 391614 | 4570741 |
Segovia. | El Serretón. | Hontalbilla. | Torre metálica. | 407815 | 4575258 |
Segovia. | Rebollo. | Fuentidueña. | Torre metálica. | 415913 | 4577098 |
Segovia. | Cajalba. | Cuellar. | Refugio cerrado. | 389269 | 4582990 |
Segovia. | Pradales. | Navares de Enmedio. | Torre metálica. | 437413 | 4589166 |
Segovia. | Torre los Comunes. | Fresno de Cantespino. | Torre metálica. | 458450 | 4573503 |
Segovia. | Santibáñez. | Ayllón. | Torre de madera. | 476315 | 4574486 |
Segovia. | Valdevacas. | Valdevacas de Montejo. | Torre metálica. | 446311 | 4594404 |
Soria. | Sierrra Pela. | Retortillo de Soria. | Refugio cerrado. | 489481 | 4571135 |
Soria. | El Santo. | El Burgo de Osma. | Torre metálica. | 490457 | 4606268 |
Soria. | Jalón. | Medinaceli. | Rulot. | 553981 | 4564894 |
Soria. | Barca. | Barca. | Torre metálica. | 528871 | 4585544 |
Soria. | Andaluz. | Berlanga. | Refugio cerrado. | 516508 | 4596907 |
Soria. | Segundo Grupo. | Quintanas de Gormaz. | Torre metálica. | 504062 | 4598034 |
Soria. | Poyales. | Quintana Redonda. | Torre metálica. | 533998 | 4604941 |
Soria. | Valdenebro. | Valdenebro. | Torre metálica. | 506763 | 4606817 |
Soria. | Deza. | Deza. | Refugio cerrado. | 579026 | 4595595 |
Soria. | Espejón. | Espejón. | Refugio cerrado. | 480128 | 4630555 |
Soria. | Peñota. | Muriel Viejo. | Torre metálica. | 508231 | 4623394 |
Soria. | La Atalaya. | Abejar. | Torre metálica. | 518563 | 4626812 |
Soria. | Otero Mayor. | Vadillo. | Torre metálica. | 501782 | 4628827 |
Soria. | San Cristóbal. | San Leonardo de Yagüe. | Refugio cerrado. | 493634 | 4629484 |
Soria. | Lubia. | Lubia. | Torre metálica. | 543072 | 4611228 |
Soria. | Hinodejo. | Quintana Redonda. | Refugio cerrado. | 525805 | 4614095 |
Soria. | Alto El Pie. | Villaciervos. | Refugio cerrado. | 532527 | 4620917 |
Soria. | Molinos. | Molinos de Duero y Salduero. | Refugio cerrado. | 515867 | 4637268 |
Soria. | Brabojo. | Navaleno. | Torre metálica. | 498229 | 4637311 |
Soria. | Cabeza Alta. | Duruelo de la Sierra. | Torre metálica. | 503590 | 4641432 |
Soria. | Cubillos. | Covaleda. | Torre metálica. | 514327 | 4641486 |
Soria. | Las Tres Fuentes. | Covaleda. | Torre metálica. | 512792 | 4646563 |
Soria. | Pajarejos. | Sotillo del Rincón. | Torre metálica. | 533263 | 4639678 |
Soria. | Las Veceas. | El Royo. | Torre metálica. | 525817 | 4641160 |
Soria. | Panderín. | La Poveda de Soria. | Refugio cerrado. | 539380 | 4650373 |
Soria. | Toranzo. | Soria y los 150 pueblos. | Refugio cerrado. | 588955 | 4619072 |
Soria. | Madero. | Trevago. | Torre metálica. | 572343 | 4632456 |
Soria. | El Berrocal. | Santa Cruz de Yanguas. | Refugio cerrado. | 541325 | 4656829 |
Soria. | Lado Frio. | San Pedro Manrique. | Refugio cerrado con torre acoplada. | 567763 | 4656455 |
Soria. | Taniñe. | San Pedro Manrique. | Refugio cerrado. | 559178 | 4657834 |
Soria. | Santa Inés. | Montenegro de Cameros. | Torre metálica. | 516698 | 4654948 |
Valladolid. | Monte Blanco. | Valladolid. | Torre metálica. | 350567 | 4598511 |
Valladolid. | Mojados. | Mojados. | Refugio cerrado. | 359602 | 4585486 |
Valladolid. | Olmedo. | Olmedo. | Torre metálica. | 354044 | 4573854 |
Valladolid. | Castillo Íscar. | Íscar. | Torre castillo. | 371369 | 4580415 |
Valladolid. | Esguevillas. | Esguevillas de Esgueva. | Torre metálica. | 383672 | 4623012 |
Valladolid. | Pesquera. | Pesquera de Duero. | Torre metálica. | 398866 | 4612028 |
Valladolid. | Carrascal. | Quintanilla de Onésimo. | Torre metálica. | 388962 | 4603624 |
Valladolid. | Villabáñez. | Villabáñez. | Torre metálica. | 374601 | 4608604 |
Valladolid. | Arenas. | Portillo. | Torre metálica. | 371401 | 4593859 |
Valladolid. | Mucientes. | Mucientes. | Torre metálica. | 355078 | 4625407 |
Valladolid. | Tordesillas. | Tordesillas. | Torre metálica. | 333363 | 4600018 |
Valladolid. | Curto. | Villabragima. | Torre metálica. | 324750 | 4628540 |
Zamora. | Ermita de Gracia. | Bermillo de Sayago. | Torre metálica. | 240059 | 4576026 |
Zamora. | Moveros. | Moveros. | Torre metálica. | 228903 | 4614153 |
Zamora. | Villarino. | Alcañices. | Torre metálica. | 213977 | 4620076 |
Zamora. | Nuez. | Trabazos. | Refugio cerrado. | 208839 | 4629921 |
Zamora. | Alto de Mahide. | Figueruela. | Torre metálica. | 212416 | 4640868 |
Zamora. | Villardeciervos. | Villardeciervos. | Torre metálica. | 225769 | 4643547 |
Zamora. | Peleagonzalo. | Toro. | Torre metálica. | 290437 | 4594583 |
Zamora. | Congosta. | Ayoo de Vidriales. | Torre metálica. | 244210 | 4669678 |
Zamora. | Arrabalde. | Arrabalde. | Torre metálica. | 259646 | 4665137 |
Zamora. | Muelas. | Muelas de los Caballeros. | Refugio cerrado. | 223131 | 4671229 |
Zamora. | Pedralba. | Pedralba de la Pradería. | Torre metálica. | 195057 | 4657787 |
Zamora. | Alto Villarejo. | Rosinos de la Requejada. | Torre metálica. | 211857 | 4670579 |
Zamora. | Sagallos. | Manzanal de Arriba. | Torre metálica. | 215652 | 4652200 |
Zamora. | Robledo. | Puebla de Sanabria. | Torre metálica. | 204594 | 4653662 |
Zamora. | La Pedrizona. | Ferreras de Abajo. | Refugio cerrado. | 246823 | 4640900 |
Zamora. | Alto Carmona. | Ferreruela de Tábara. | Refugio cerrado. | 246945 | 4634595 |
Zamora. | Villalpando. | Villalpando. | 299679 | 4628148 | |
Zamora. | Pías. | Pías. | Caseta prefabricada. | 167200 | 4664825 |
10.13.2 Red de cámaras de videovigilancia.
Tabla 2. Red de cámaras de videovigilancia del operativo de incendios de Castilla y León
ID | Nombre | Municipio | Provincia | Tipo de cámara |
---|---|---|---|---|
LE_1. | Tremor de Arriba. | Igüeña. | León. | Cámara CCTV. |
LE_2. | Peña Caldera. | Castropodame. | León. | Cámara CCTV. |
LE_3. | Montealegre-La Colancina. | Villagatón. | León. | Cámara CCTV. |
LE_4. | Sorbeda-Paramo Del Sil. | Páramo del Sil. | León. | Cámara CCTV. |
LE_5. | Santa Leocadia-Matarrosa del Sil. | Toreno. | León. | Cámara CCTV. |
LE_6. | Lumeras-Fabero. | Candín. | León. | Cámara CCTV. |
LE_7. | Vega de Espinareda-Chana Grande. | Vega de Espinareda. | León. | Cámara CCTV. |
LE_8. | Carucedo. | Carucedo. | León. | Cámara CCTV. |
LE_9. | Bouzas. | Ponferrada. | León. | Cámara CCTV. |
LE_10. | Villanueva de Valdueza. | Ponferrada. | León. | Cámara CCTV. |
LE_11. | Vega de Valcarce. | Vega de Valcarce. | León. | Cámara CCTV. |
LE_12. | Cortiña I y Cortiña Ii. | Barjas. | León. | Cámara CCTV. |
LE_13. | Palacios del Sil. | Palacios del Sil. | León. | Cámara CCTV. |
LE_14. | Pico Nidio. | Villablino. | León. | Cámara CCTV. |
LE_15. | Toreno. | Toreno. | León. | Cámara CCTV. |
LE_16. | Foncebadón. | Santa Colomba de Somoza. | León. | Cámara CCTV. |
LE_17. | Noceda. | Noceda del Bierzo. | León. | Cámara CCTV. |
LE_18. | Trabadelo. | Trabadelo. | León. | Cámara CCTV. |
SO_01. | ABEJAR. | Abejar. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_02. | ALMAZÁN. | Almazán. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_03. | ALMUERZO. | Cortos. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_04. | ARCOS DE JALÓN. | Arcos de Jalón. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_05. | BAYUBAS. | Bayubas de Abajo. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_06. | BERROCAL. | La Poveda de Soria. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_07. | CARRASCOSA. | Carrascosa de la Sierra. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_08. | CASTIL DE TIERRA. | Tejado. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_09. | GARAGÜETA. | Almarza. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_10. | LUTERO. | Oncala. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_11. | MADERO MÓVILES. | Matalebreras. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_12. | MADERO REFUGIO. | Trévago. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_13. | QUINTANA REDONDA. | Quintana Redonda. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_14. | RODADERO. | Valtajeros. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_15. | SAN ESTEBAN DE GORMAZ. | San Esteban de Gormaz. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_16. | SAN LEONARDO DE YAGÜE. | San Leonardo de Yagüe. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_17. | SARNAGO. | San Pedro Manrique. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_18. | SIERRA MINISTRA. | Medinaceli. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_19. | VALDUÉRTELES. | Villar del Río. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_20. | VENTOSA. | Arévalo de la Sierra. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_21. | VINUESA. | Vinuesa. | Soria. | Cámara CCTV. |
SO_22. | PAJAREJOS. | Villar del Ala. | Soria. | Cámara CCTV. |
ZA_01. | Curucuta. | Asturianos. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_02. | Peñamira. | Manzanal de Arriba. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_03. | Torricela. | Villanueva de la Sierra. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_04. | La Dormida. | Requejo. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_05. | Telchilde. | Porto. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_06. | Gamoneda. | Lubián. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_07. | La Bandera. | Faramontanos de la Sierra. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_08. | La Felgueira. | Ungilde. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_09. | Currisquero. | Trefacio. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_10. | Perilla/Novilleras. | Muelas de los Caballeros. | Zamora. | Cámara CCTV. |
ZA_11. | Pico de San Juan. | San Juan de la Cuesta. | Zamora. | Cámara CCTV. |
10.13.3 Vehículos autobomba.
Al final del anexo se ofrece un mapa en el que se representa la localización de los vehículos autobomba.
Tabla 3. Vehículos autobomba (Charlie, autobombas conveniadas y otras) del operativo de incendios de Castilla y León
Tipo de medio | Indicativo | Término municipal | Provincia |
Coord. UTM 30 X |
Coord. UTM 30 Y |
Capacidad (L) |
N.º personas | Dotación nocturna |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Autobomba JCYL. | C01.1. | Arenas de San Pedro. | Ávila. | 323901 | 4452448 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C02.1. | Casavieja. | Ávila. | 350660 | 4463607 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C03.1. | Hoyos del Espino. | Ávila. | 315344 | 4469997 | 5000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C04.1. | Poyales del Hoyo. | Ávila. | 315875 | 4449048 | 5000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C05.1. | Arenas de San Pedro. | Ávila. | 323879 | 4452465 | 13000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C13.1. | El Tiemblo. | Ávila. | 372624 | 4474494 | 3000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C19.1. | Mijares. | Ávila. | 343991 | 4462507 | 5000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C25.1. | Piedralaves. | Ávila. | 354804 | 4463661 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C31.1. | El Barco de Ávila. | Ávila. | 286029 | 4470317 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C01.2. | Valle de Mena. | Burgos. | 478313 | 4777977 | 1500 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C02.2. | Espinosa de los Monteros. | Burgos. | 454506 | 4770599 | 4700 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C03.2. | Medina de Pomar. | Burgos. | 461262 | 4755579 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C04.2. | Trespaderne. | Burgos. | 466454 | 4731489 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C05.2. | Valle de Tobalina. | Burgos. | 466445 | 4731482 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C06.2. | Oña. | Burgos. | 466446 | 4731483 | 3000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C07.2. | Merindad de Río Ubierna. | Burgos. | 438361 | 4721198 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C08.2. | Villafranca Montes de Oca. | Burgos. | 474875 | 4692652 | 4700+200 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C09.2. | Burgos. | Burgos. | 442016 | 4684832 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C10.2. | Quintanar de la Sierra. | Burgos. | 497211 | 4648147 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C11.2. | Huerta de Rey. | Burgos. | 471616 | 4633025 | 3000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C01.3. | Riaño. | León. | 336860 | 4759838 | 1500 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C02.3. | Cistierna. | León. | 320158 | 4720951 | 4700+100 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C03.3. | Cea. | León. | 320157 | 4720947 | 3500l | 4 | |
Autobomba JCYL. | C04.3. | Vegas del Condado. | León. | 306936 | 4728164 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C05.3. | La Vecilla. | León. | 306932 | 4728164 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C06.3. | León. | León. | 286486 | 4724755 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C07.3. | Cuadros. | León. | 276808 | 4734686 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C08.2. | Riello. | León. | 256884 | 4741030 | 3500 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C09.3. | Villafranca del Bierzo. | León. | 679542 | 4719611 | 3000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C10.3. | Villagatón/Manzanal. | León. | 741387 | 4705306 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C11.3. | Luyego/Tabuyo. | León. | 729662 | 4686401 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C12.3. | Ponferrada. | León. | 697116 | 4714853 | 4700+200 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C13.3. | Vega de Espinareda. | León. | 691977 | 4733137 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C14.3. | Astorga. | León. | 741387 | 4705306 | 3000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C15.3. | Bembibre. | León. | 219602 | 4723946 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C.16.3. | Truchas. | León. | 216623 | 4684444 | 3000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C01.4. | Aguilar de Campoo. | Palencia. | 396384 | 4738903 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C02.4. | Cervera. | Palencia. | 377270 | 4747510 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C03.4. | Guardo. | Palencia. | 348953 | 4739767 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C04.4. | Castrejón. | Palencia. | 369325 | 4740734 | 4000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C05.4. | La Cerra. | Palencia. | 347970 | 4709680 | 4700+200 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C06.4. | Palencia. | Palencia. | 369956 | 4646927 | 3600+100 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C07.4. | Valcabadilllo. | Palencia. | 355534 | 4715222 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C08.4. | Villamediana. | Palencia. | 390578 | 4653952 | 4700+100 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C01.5. | Vitigudino. | Salamanca. | 211560 | 4545688 | 4000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C02.5. | Ciudad Rodrigo. | Salamanca. | 200157 | 4500689 | 4000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C03.5. | Navasfrías. | Salamanca. | 174894 | 4467640 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C04.5. | Robleda. | Salamanca. | 193643 | 4476776 | 3600+100 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C05.5. | Serradilla del Arroyo. | Salamanca. | 215808 | 4491394 | 3000+100 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C06.5. | La Alberca. | Salamanca. | 234864 | 4495801 | 4700+300 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C07.5. | Herguijuela de la Sierra. | Salamanca. | 239006 | 4481702 | 4000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C08.5. | Miranda del Castañar. | Salamanca. | 245918 | 4485674 | 4000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C09.5. | Lagunilla. | Salamanca. | 247030 | 4468037 | 4000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C10.5. | Candelario. | Salamanca. | 267129 | 4471851 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C11.5. | Valdelosa. | Salamanca. | 279237 | 4538882 | 4700+300 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C01.6. | Segovia. | Segovia. | 402125 | 4533806 | 4700+200 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C02.6. | Coca. | Segovia. | 373834 | 4564703 | 4700 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C03.6. | Boceguillas. | Segovia. | 446718 | 4576204 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C4.6. | El Espinar. | Segovia. | 400426,4 | 4507568,7 | 1500 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C05.6. | Navafría. | Segovia. | 430593 | 4542839 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C06.6. | Bernardos. | Segovia. | 387372 | 4557276 | 1500 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C08.6. | Cantalejo. | Segovia. | 419396 | 4568213 | 5000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C01.7. | Soria. | Soria. | 543287 | 4630206 | 5000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C02.7. | El Amogable (Nodriza). | Soria. | 504479 | 4634478 | 9999 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C03.7. | El Amogable. | Soria. | 504479 | 4634478 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C04.7. | Molinos de Duero. | Soria. | 517640 | 4637166 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C05.7. | Vinuesa. | Soria. | 519573 | 4639980 | 4000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C06.7. | Almarza. | Soria. | 544085 | 4644046 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C07.7. | El Burgo de Osma. | Soria. | 494196 | 4603996 | 3000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C08.7. | Bayubas de Abajo. | Soria. | 508398 | 4597268 | 5000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C09.7. | Almazán. | Soria. | 538767 | 4593228 | 5000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C10.7. | San Pedro. | Soria. | 563367 | 4653457 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C11.7. | Lubia. | Soria. | 540676 | 4610435 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C12.7. | Madero. | Soria. | 540676 | 4610435 | 5000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C01.8. | Quintanilla de Onésimo. | Valladolid. | 384711 | 4609466 | 5000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C02.8. | Olmedo. | Valladolid. | 358599 | 4571918 | 4700+200 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C03.8. | Montemayor Pililla. | Valladolid. | 377938 | 4597629 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C04.8. | Tordesillas. | Valladolid. | 332956 | 4597421 | 4700+100 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C05.8. | Viana de Cega. | Valladolid. | 353502 | 4597844 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C06.8. | Valladolid. | Valladolid. | 352808 | 4607286 | 4700+200 | 8 | Sí |
Autobomba JCYL. | C01.9. | Galende. | Zamora. | 198947 | 4665616 | 3000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C02.9. | El Puente de Sanabria. | Zamora. | 198934 | 4665598 | 4000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C03.9. | Puebla de Sanabria. | Zamora. | 199118 | 4662478 | 5000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C04.9. | Muelas de los Caballeros. | Zamora. | 222194 | 222194 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C05.9. | Justel. | Zamora. | 225735 | 4670024 | 4000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C06.9. | Villardeciervos I. | Zamora. | 228242 | 4648673 | 4700 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C07.9. | Villardeciervos. | Zamora. | 228244 | 4648672 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C08.9. | Alcañices. | Zamora. | 222711 | 4621199 | 4700+200 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C09.9. | Ferreras de Abajo. | Zamora. | 245102 | 4642936 | 5000 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C10.9. | Tábara. | Zamora. | 250213 | 4638068 | 4000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C11.9. | Benavente. | Zamora. | 249465 | 4654022 | 4700+100 | 6 | Sí |
Autobomba JCYL. | C12.9. | Bermillo. | Zamora. | 240240 | 4576463 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C13.9. | Villaralbo. | Zamora. | 277889 | 4598245 | 3000 | 4 | |
Autobomba JCYL. | C14.9. | Alcañices. | Zamora. | 217446 | 4623439 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C38.1 Piedrahita. | Piedrahita. | Ávila. | 301901 | 4482643 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C07.1 Candeleda. | Candeleda. | Ávila. | 305414 | 4448817 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C14.1 Guisando. | Guisando. | Ávila. | 317109 | 4455689 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C11.1 Galayos. | Mancomunidad de Los Galayos. | Ávila. | 318987 | 4459415 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C10.1 El Arenal. | El Arenal. | Ávila. | 322730 | 4459987 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C20.1 Mombeltrán. | Mombeltrán. | Ávila. | 326739 | 4452908 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C24.1 Pedro Bernardo. | Pedro Bernardo. | Ávila. | 326739 | 4452908 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C16.1 Hoyocasero. | Hoyocasero. | Ávila. | 331326 | 4474977 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C09.1 Santa Cruz. | Santa Cruz del Valle. | Ávila. | 331562 | 4466126 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C18.1 Lanzahita. | Lanzahita. | Ávila. | 335541 | 4450676 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C30.1 Ayto. Piedralaves. | Piedralaves-Ayto. | Ávila. | 354965 | 4464451 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C22.1 Navaluenga. | Navaluenga. | Ávila. | 356288 | 4472063 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C29.1 Arévalo. | Arévalo. | Ávila. | 356288 | 4540502 | 5000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C37.1 La Adrada. | La Adrada. | Ávila. | 359346 | 4460843 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C32.1 Sotillo De La Adrada. | Sotillo de la Adrada. | Ávila. | 366029 | 4461116 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C33.1 El Barraco. | El Barraco. | Ávila. | 364553 | 4477353 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C36.1 Asocio Ávila. | Asocio de Ávila. | Ávila. | 364648 | 4471941 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C12.1 Ayto. El Tiemblo. | El Tiemblo-Ayto. | Ávila. | 371868 | 4473241 | 5000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C34.1 Cebreros2. | Cebreros 2. | Ávila. | 379431 | 4478894 | 5000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C35.1 Cebreros. | Cebreros. | Ávila. | 379431 | 4478895 | 7000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C15.1 Hoyo De Pinares. | El Hoyo de Pinares. | Ávila. | 383647 | 4484523 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C23.2. | Villadiego. | Burgos. | 416271 | 4712312 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C20.2. | Valle de Valdebezana. | Burgos. | 434837 | 4757509 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C31.2. | Villarcayo. | Burgos. | 434837 | 4757509 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C21.2. | Oña. | Burgos. | 466446 | 4731518 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C22.2. | Condado de Treviño. | Burgos. | 520619 | 4731334 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C20.3. | Magaz de Cepeda. | León. | 337018 | 4759708 | 5000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C21.3. | Riaño. | León. | 244611 | 4717430 | 5000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C22.3. | Castrocontrigo. | León. | 237622 | 4677527 | 3500 | 4 | |
Autobomba otro tipo. | CC Bierzo. | León. | 207801 | 4723167 | 500 | 4 | ||
Autobomba otro tipo. | CC Bierzo. | León. | 190199 | 4707750 | 500 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Guardo. | Palencia. | 348696 | 4739081 | 3000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Aguilar de Campoo. | Palencia. | 394676 | 4738179 | 3000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Herrera de Pisuerga. | Palencia. | 389041 | 4720147 | 3000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Cervera de Pisuerga. | Palencia. | 377997 | 4750576 | 3000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Paredes de Nava. | Palencia. | 360225 | 4670054 | 3000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Saldaña. | Palencia. | 356134 | 4714513 | 3000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Ampudia. | Palencia. | 353204 | 4639233 | 3000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Frómista. | Palencia. | 384533 | 4680253 | 3000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Baltanás. | Palencia. | 399635 | 4642838 | 3000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Parque el Payo. | El Payo. | Salamanca. | 182512 | 4466052 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Fuenteguinaldo. | Fuenteguinaldo. | Salamanca. | 188232 | 4481688 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Lumbrales Ii. | Lumbrales. | Salamanca. | 189201 | 4539938 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Bomberos Lumbrales. | Lumbrales. | Salamanca. | 189201 | 4539938 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Lumbrales I. | Lumbrales. | Salamanca. | 189201 | 4539938 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Ciudad-Rodrigo I. | Ciudad Rodrigo. | Salamanca. | 201800 | 4501441 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Nodriza Ciudad Rodrigo. | Ciudad Rodrigo. | Salamanca. | 201800 | 4501441 | 12000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Ciudad-Rodrigo. | Ciudad Rodrigo. | Salamanca. | 201800 | 4501441 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Comarcal Ciudad Rodrigo. | Ciudad Rodrigo. | Salamanca. | 201800 | 4501441 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Vitigudino I. | Vitigudino. | Salamanca. | 212873 | 4548017 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Vitigudino. | Vitigudino. | Salamanca. | 212873 | 4548017 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C19.5-Maíllo. | El Maíllo. | Salamanca. | 227402 | 4495183 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos De La Alberca. | La Alberca. | Salamanca. | 234160 | 4484631 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos De Tamames. | Tamames. | Salamanca. | 236204 | 4506142 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Ledesma I. | Ledesma. | Salamanca. | 248020 | 4556305 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Ledesma. | Ledesma. | Salamanca. | 248020 | 4556305 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Béjar I. | Béjar. | Salamanca. | 265593 | 4472824 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Béjar. | Béjar. | Salamanca. | 265599 | 4472824 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Guijuelo. | Guijuelo. | Salamanca. | 270924 | 4497317 | 6000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Guijuelo I. | Guijuelo. | Salamanca. | 270924 | 4497317 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Villares de la Reina II. | Villares de la Reina. | Salamanca. | 275946 | 4543562 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Villares de la Reina I. | Villares de la Reina. | Salamanca. | 275946 | 4543562 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Villares de la Reina III. | Villares de la Reina. | Salamanca. | 275946 | 4543562 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Nodriza De Villares. | Villares de la Reina. | Salamanca. | 275946 | 4543562 | 14000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Villares De La Reina. | Villares de la Reina. | Salamanca. | 275946 | 4543562 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Alba De Tormes. | Alba de Tormes. | Salamanca. | 289773 | 4523528 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Bomberos Peñaranda. | Peñaranda de Bracamonte. | Salamanca. | 313979 | 4530352 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Nodriza Peñaranda. | Peñaranda de Bracamonte. | Salamanca. | 313979 | 4530352 | 8000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Ayllón. | Ayllón. | Segovia. | 468196 | 4585296 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Cantalejo 1. | Cantalejo. | Segovia. | 422232 | 4567935 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Carbonero. | Carbonero el Mayor. | Segovia. | 393663 | 4553161 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Comunidad Sepúlveda. | Sepúlveda. | Segovia. | 437677 | 4572229 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Comunidad de Coca. | Coca. | Segovia. | 372448 | 4563734 | 5000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Cuéllar. | Cuellar. | Segovia. | 390542 | 4584344 | 1800 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Mancomunidad de Hontanares. | Fresno de Cantespino. | Segovia. | 458494 | 4579580 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba El Espinar. | El Espinar. | Segovia. | 394722 | 4508435 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba El Espinar (Iberpistas). | El Espinar. | Segovia. | 398871 | 4509489 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Mancomunidad del Pirón. | Carbonero el Mayor. | Segovia. | 393663 | 4553161 | 1000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Mancomunidad Interprovincial Castellana. | Valdeprados. | Segovia. | 393979 | 4519272 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Aguilafuente. | Aguilafuente. | Segovia. | 406850 | 4564930 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Marugán. | Marugán. | Segovia. | 383465 | 4527829 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Navalmanzano. | Navalmanzano. | Segovia. | 395163 | 4563110 | 3000 | 4 | |
Autobomba otro tipo Patrimonio. | Autobomba Riofrío (Patrimonio). | Real Sitio De San Ildefonso. | Segovia. | 402974 | 4525377 | 4000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Turégano. | Turégano. | Segovia. | 415508 | 4556235 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | Autobomba Vivar de Fuentidueña. | Fuentidueña. | Segovia. | 418107 | 4588341 | 3000 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C20.7. | San Leonardo de Yagüe. | Soria. | 3000 | 4 | |||
Autobomba conveniada. | C21.7. | Cabrejas del Pinar. | Soria. | 3000 | 4 | |||
Autobomba conveniada. | C22.7. | Quintana Redonda. | Soria. | 4000 | 4 | |||
Autobomba conveniada. | C23.7. | Arcos de Jalón. | Soria. | 5000 | 4 | |||
Autobomba conveniada. | C24.7. | Duruelo de la Sierra. | Soria. | 4000 | 4 | |||
Autobomba conveniada. | Agreda. | Soria. | 589891 | 4634382 | 3500 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Agreda. | Soria. | 589881 | 4634382 | 4000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Ólvega. | Soria. | 582772 | 4630143 | 3500 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Ólvega. | Soria. | 582772 | 4630143 | 4000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Almazán. | Soria. | 537410 | 4591680 | 3500 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Almazán. | Soria. | 536410 | 4591680 | 4000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | San Esteban de Gormaz. | Soria. | 482255 | 4600652 | 3500 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | San Esteban de Gormaz. | Soria. | 481255 | 4600652 | 4000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Burgo de Osma. | Soria. | 491977 | 4603530 | 3500 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | Burgo de Osma. | Soria. | 490977 | 4603530 | 4000 | 4 | ||
Autobomba conveniada. | C16.9 San Vitero. | San Vitero. | Zamora. | 222842 | 4630770 | 3500 | 4 | |
Autobomba conveniada. | C15.9 Toro. | Toro. | Zamora. | 297770 | 4594669 | 4700 | 4 | |
Autobomba conveniada. | San Vitero. | Zamora. | 222842 | 4630770 | 3500 | 4 |
10.13.4 Cuadrillas terrestres.
Al final del anexo se ofrece un mapa en el que se representa la localización de las cuadrillas terrestres.
Tabla 4. Cuadrillas terrestres (Romeo y November) del operativo de incendios de Castilla y León
Tipo de medio | Indicativo | Término municipal | Comarca | Provincia | N.º personas /día en EPA | Operatividad (meses) | |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Cuadrilla terrestre. | R 01.1. | Barco de Ávila. | Barco de Ávila. | Ávila. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 02.1. | Hoyo de Pinares. | Hoyo de Pinares. | Ávila. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 05.1. | Villatoro. | Piedrahíta. | Ávila. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 06.1. | Arenas de San Pedro. | Arenas de San Pedro. | Ávila. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 07.1. | Candeleda. | Arenas de San Pedro. | Ávila. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 09.1. | El Arenal. | Arenas de San Pedro. | Ávila. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 13.1. | Mombeltrán. | Mombeltrán. | Ávila. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 14.1. | Poyales del Hoyo. | Arenas de San Pedro. | Ávila. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 17.1. | Casavieja. | Piedralaves. | Ávila. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 19.1. | El Barraco. | El Tiemblo. | Ávila. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 20.1. | El Tiemblo. | El Tiemblo. | Ávila. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 22.1. | La Adrada. | Piedralaves. | Ávila. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 24.1. | Mijares. | Piedralaves. | Ávila. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 25.1. | Navaluenga. | El Tiemblo. | Ávila. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 26.1. | Pedro Bernardo. | Mombeltrán. | Ávila. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 29.1. | Santa Cruz del Valle. | Mombeltrán. | Ávila. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 30.1. | Casillas. | Piedralaves. | Ávila. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 01.2. | Espinosa de los Monteros. | Espinosa de los Mo. | Burgos. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 02,2. | Valle de Valdebezana. | Villarcayo. | Burgos. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 03.2. | Medina de Pomar. | Medina de Pomar. | Burgos. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 06.2. | Oña. | Oña. | Burgos. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 07.2. | Miranda de Ebro. | Miranda de Ebro. | Burgos. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 08.2. | Basconcillos del Tozo. | Sedano. | Burgos. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 09.2. | Belorado. | Pradoluengo. | Burgos. | 7 | 12 | |
Cuadrilla terrestre. | R 10.2. | Villasur de Herreros. | Pradoluengo. | Burgos. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 13.2. | Salas de los Infantes. | Salas de los Infantes. | Burgos. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 14.2. | Quintanar de la Sierra. | Quintanar de la Sierra. | Burgos. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 15.2. | Huerta de Abajo (Valle de Valdelaguna). | Salas de los Infantes. | Burgos. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 19.2. | Huerta del Rey. | Huerta del rey. | Burgos. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 20.2. | Aranda de Duero. | Aranda de Duero. | Burgos. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre MD. | R 40.2. | Matagrande. | Burgos. | Burgos. | 7 | 3 | |
Cuadrilla terrestre. | R 01.3. | Riaño. | Riaño. | León. | 7 | 7 | |
Cuadrilla terrestre. | R 02.3. | Cistierna. | Cistierna. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 03.3. | Gradefes. | Gradefes. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 05.3. | Cea. | Sahagún. | León. | 7 | 11 | |
Cuadrilla terrestre. | R 06.3. | La Robla. | La Robla. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 07.3. | Santa Colomba de Curueño. | León. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 08.3. | Riello. | La Magdalena. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 09.3. | Villablino. | La Maragatería. | León. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 10.3. | San Feliz. | Benavides de Órbigo. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 11.3. | Astorga. | Astorga. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 12.3. | Luyego de Somoza (Maragatería). | Astorga. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 13.3. | Lucillo de Somoza(El Teleno). | Truchas. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 14.3. | Truchas (Cabrera). | Truchas. | León. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 15.3. | Tabuyo. | La Bañeza. | León. | 7 | 11 | |
Cuadrilla terrestre. | R 16.3. | Vega de Espinareda. | Vega de Espinareda. | León. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 17.3. | Villafranca del Bierzo. | Villafranca del Bierzo. | León. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 18.3. | Ponferrada. | Ponferrada. | León. | 7 | 4 | |
Cuadrilla terrestre. | R 19.3. | Páramo del Sil. | Vega de Espinareda. | León. | 7 | 3 | |
Cuadrilla terrestre. | R 20.3. | Folgoso de la Ribera. | Bembibre. | León. | 7 | 4 | |
Cuadrilla terrestre. | R 21.3. | Luyego. | La Bañeza. | León. | 7 | 11 | |
Cuadrilla terrestre MD. | R 27.3. | Teleno. | La Bañeza. | León. | 8 | 3 | |
Cuadrilla terrestre MD. | R 26.3. | Ferral. | León. | León. | 8 | 3 | |
Cuadrilla terrestre OAPN. | Picos de Europa. | Posada de Valdeón. | León. | 5 | 3 | ||
Cuadrilla terrestre. | R 01.4. | Astudillo. | Cerrato. | Palencia. | 7 | 7 | |
Cuadrilla terrestre. | R 03.4. | Palencia. | Palencia. | Palencia. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 04.4. | Villasila. | Boedo-Ojeda. | Palencia. | 7 | 7 | |
Cuadrilla terrestre. | R 05.4. | Buenavista. | Paramos-Valdavia. | Palencia. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 07.4. | Saldaña. | Paramos-Valdavia. | Palencia. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 10.4. | Guardo. | Alto Carrión. | Palencia. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 11.4. | Cervera. | Alto Pisuerga. | Palencia. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 12.4. | Aguilar de Campoo. | Campoo. | Palencia. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 01.5. | Navasfrías (Casillas-Navasfrías-El Payo). | Robleda. | Salamanca. | 7 | 7 | |
Cuadrilla terrestre. | R 02.5. | Robleda (Peñaparda-Villasrubias-Robleda). | Robleda. | Salamanca. | 7 | 9,5 | |
Cuadrilla terrestre. | R 03.5. | Agallas (Sahugo-Martiago-Agallas). | Robleda. | Salamanca. | 7 | 9,5 | |
Cuadrilla terrestre. | R 04.5. | Serradilla. | Robleda. | Salamanca. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 05.5. | Monsagro (Monsagro-La Alberca). | La Alberca. | Salamanca. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 06.5. | El Maíllo (El Maíllo-El Cabaco). | La Alberca. | Salamanca. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 07.5. | La Alberca (Herguijuela de la Sierra). | La Alberca. | Salamanca. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 08.5. | Garcibuey (Quilamas). | La Alberca. | Salamanca. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 09.5. | Lagunilla. | Béjar. | Salamanca. | 7 | 7 | |
Cuadrilla terrestre. | R 10.5. | Candelario. | Béjar. | Salamanca. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 11.5. | Sobradillo. | Vitigudino. | Salamanca. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 01.6. | Cerezo de Arriba. | Riaza. | Segovia. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 04.6. | Navafría. | Navafría. | Segovia. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 07.6. | El Espinar. | El Espinar. | Segovia. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 09.6. | Santa María la Real de Nieva. | Santa María la Rea. | Segovia. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 10.6. | Turégano. | Navas de Oro. | Segovia. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 11.6. | Samboal (Coca). | Coca. | Segovia. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 12.6. | Cuellar. | Cuellar. | Segovia. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 14.6. | Cantalejo. | Cantalejo. | Segovia. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 15.6. | Boceguillas. | Boceguillas. | Segovia. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre OAPN. | Valsaín. | San Ildefonso de la Granja. | Segovia. | 5 | |||
Cuadrilla terrestre OAPN. | Valsaín. | San Ildefonso de la Granja. | Segovia. | 5 | |||
Cuadrilla terrestre. | R 02.7. | San Leonardo. | San Leonardo de Ya. | Soria. | 7 | 11 | |
Cuadrilla terrestre. | R 03.7. | Cidones (Pinar Grande). | Navaleno. | Soria. | 7 | 11 | |
Cuadrilla terrestre. | R 04.7. | Burgo de Osma. | El Burgo de Osma. | Soria. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 05.7. | Bayubas de Abajo. | Bayubas de Abajo. | Soria. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 06.7. | Quintana Redonda. | Quintana Redonda. | Soria. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 07.7. | Almazán. | Almazán. | Soria. | 7 | 11 | |
Cuadrilla terrestre. | R 09.7. | Agreda. | Agreda. | Soria. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 10.7. | San Pedro. | San Pedro Manrique. | Soria. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 11.7. | Yanguas. | San Pedro Manrique. | Soria. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 12.7. | Almarza. | Almarza. | Soria. | 7 | 9 | |
Cuadrilla terrestre. | R 13.7. | Covaleda. | Covaleda. | Soria. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 14.7. | Vinuesa. | Vinuesa. | Soria. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 02.8. | Quintanilla de Onésimo (Carrascal). | Quintanilla de Onésimo. | Valladolid. | 7 | 7 | |
Cuadrilla terrestre. | R 03.8. | Viana de Cega. | Viana de Cega. | Valladolid. | 7 | 7 | |
Cuadrilla terrestre. | R 05.8. | Tordesillas. | Tordesillas. | Valladolid. | 7 | 7 | |
Cuadrilla terrestre. | R 06.8. | Portillo. | Montemayor de Pili. | Valladolid. | 7 | 7 | |
Cuadrilla terrestre. | R 07.8. | Íscar. | Íscar. | Valladolid. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 08.8. | Peñaflor de Hornija (La Espina). | Valladolid. | Valladolid. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre MD. | R 10.8. | Renedo-Cabezón. | Valladolid. | Valladolid. | 5 | 3 | |
Cuadrilla terrestre FFDD. | R 01.8. | Olmedo. | Olmedo. | Valladolid. | 2 | 3 | |
Cuadrilla terrestre. | R 01.9. | Pías. | Pías. | Zamora. | 7 | 5,5 | |
Cuadrilla terrestre. | R 02.9. | Lago de Sanabria. | Galende. | Zamora. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 03.9. | Ribadelago (Manzanal de arriba). | Puebla de Sanabria. | Zamora. | 7 | 8,5 | |
Cuadrilla terrestre. | R 04.9. | Puebla de Sanabria (Rosinos). | Puebla de Sanabria. | Zamora. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 05.9. | Rosinos de la Requejada (Robledo). | Puebla de Sanabria. | Zamora. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 06.9. | Letrillas (Justel). | Mombuey. | Zamora. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 07.9. | Muelas de los Caballeros (Manzanal de los Infantes). | Mombuey. | Zamora. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 08.9. | Villardeciervos. | Villardeciervos. | Zamora. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 09.9. | Benavente-Santovenia. | Benavente. | Zamora. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 10.9. | Tábara. | Tábara. | Zamora. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 11.9. | Fonfría (Viñas). | Alcañices. | Zamora. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 12.9. | Fonfría (Viñas). | Alcañices. | Zamora. | 7 | 10 | |
Cuadrilla terrestre. | R 13.9. | Moral De Sayago (Sayago). | Bermillo. | Zamora. | 7 | 8 | |
Cuadrilla terrestre. | R 14.9. | Venialbo (Toro). | Zamora. | Zamora. | 7 | 6 | |
Cuadrilla terrestre. | R 15.9. | Figueruela de arriba. | Alcañices. | Zamora. | 7 | 8 | |
Cuadrilla Nocturna. | N 1.1. | El Hoyo de Pinares. | Ávila. | 5 | 5 | ||
Cuadrilla nocturna. | N 2.1. | Piedralaves. | Piedralaves. | Ávila. | 5 | 5 | |
Cuadrilla nocturna. | N 1.3. | Sancedo (Cueto). | Ponferrada. | León. | 5 | 5 | |
Cuadrilla nocturna. | N 2.3. | Astorga. | Astorga. | León. | 5 | 5 | |
Cuadrilla nocturna. | N 4.3. | Cuadros (Camposagrado). | Cuadros. | León. | 5 | 5 | |
Cuadrilla nocturna. | N 5.3. | Carucedo (Las Médulas-Puente Domingo Flórez). | Ponferrada. | León. | 5 | 5 | |
Cuadrilla nocturna. | N 2.5. | El Maíllo. | La Alberca. | Salamanca. | 5 | 5 | |
Cuadrilla Nocturna. | N 3.5. | Guadramiro. | Salamanca. | 5 | 5 | ||
Cuadrilla nocturna. | N 1.9. | Rosinos de la Requejada. | Puebla de Sanabria. | Zamora. | 5 | 5 | |
Cuadrilla nocturna. | N 2.9. | Villardeciervos. | Villardeciervos. | Zamora. | 5 | 5 | |
Cuadrilla nocturna. | N 3.9. | Alcañices (Vivinera). | Alcañices. | Zamora. | 5 | 5 |
10.13.5 Retenes de maquinaria.
Al final del anexo se ofrece un mapa en el que se representa la localización de los retenes de maquinaria.
Tabla 5. Retenes de maquinaria (Delta) del operativo de incendios de Castilla y León
Tipo de medio | Término municipal | Provincia | Coord. UTM 30 X | Coord. UTM 30 Y | N.º personas/día | Operatividad |
---|---|---|---|---|---|---|
Reten de maquinaria. | Puerto El Pico. | Ávila. | 328962 | 4467538 | 2 | EPA. |
Reten de maquinaria. | Trespaderne. | Burgos. | 468316 | 4739054 | 2 | EPA. |
Reten de maquinaria. | Burgos. | Burgos. | 451330 | 4746727 | 2 | EPA. |
Reten de maquinaria. | Ponferrada. | León. | 203403 | 4718769 | 3 | Anual. |
Reten de maquinaria. | Astorga. | León. | 289257 | 4718990 | 3 | Anual. |
Reten de maquinaria. | León. | León. | 243299 | 4705808 | 3 | Anual. |
Reten de maquinaria. | Valcabadillo. | Palencia. | 355573 | 4715257 | 2 | EPA. |
Reten de maquinaria. | El Maíllo. | Salamanca. | 227123 | 4496048 | 3 | Anual. |
Reten de maquinaria. | Collado Hermoso. | Segovia. | 422572 | 4543450 | 2 | EPA. |
Reten de maquinaria. | Soria. | Soria. | 543081 | 4625700 | 2 | EPA. |
Reten de maquinaria. | Puebla de Sanabria. | Zamora. | 202273 | 4656157 | 3 | Anual. |
Reten de maquinaria. | Villardeciervos. | Zamora. | 227724 | 4649206 | 3 | Anual. |
Reten de maquinaria. | Alcañices. | Zamora. | 221069 | 4631012 | 3 | Anual. |
Reten de maquinaria del MD. | Luyego (Teleno). | León. | 233550 | 4696670 | 2 | EPA. |
Buldócer cortafuegos. | Miranda de Ebro. | Burgos. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | La Robla. | León. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | Cistierna-Gradefes. | León. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | La Bañeza. | León. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | Robleda. | Salamanca. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | la Alberca. | Salamanca. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | Navafría y Riaza. | Segovia. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | Navaleno, Covaleda y Almarza. | Soria. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | Benavente. | Zamora. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | Villardeciervos. | Zamora. | 1 | EPA. | ||
Buldócer cortafuegos. | Aliste. | Zamora. | 1 | EPA. |
10.13.6 Medios aéreos.
Al final del anexo se ofrece un mapa en el que se representa la localización de los medios aéreos.
Tabla 6. Medios aéreos del operativo de incendios de Castilla y León
Provincia | Término municipal | Base |
Coord. UTM 30 X |
Coord. UTM 30 Y |
Indicativo | Operatividad |
---|---|---|---|---|---|---|
Ávila. | Cebreros. | Cebreros. | 376619 | 4480644 | LY-A1. | 13/06-12/10 |
Ávila. | Piedralaves. | Piedralaves. | 354719 | 4463652 | LY-A2. | 01/06-16/10 |
Ávila. | El Barco de Ávila. | El Barco de Ávila. | 286044 | 4470230 | LY-A3. | 05/06-12/10 |
Burgos. | Medina de Pomar. | Medina de Pomar. | 461287 | 4755665 | LY-B1. | 18/06-12/10 |
Burgos. | Pradoluengo. | Pradoluengo. | 482423 | 4686616 | LY-B2. | 10/06-12/10 |
León. | Sancedo. | Cueto. | 200831 | 4726508 | MY-L1. | 01/06-16/10 |
León. | Santa Colomba de Somoza. | Rabanal. | 231026 | 4708361 | LY-L2. | 11/06-12/10 |
León. | Cuadros. | Camposagrado. | 276803 | 4734653 | MY-L3. | 13/06-12/10 |
León. | Cubillas de Rueda. | Sahechores. | 320204 | 4720947 | LY-L4. | 13/06-12/10 |
Palencia. | Villaeles de Valdavia. | Villaeles. | 370749 | 4714184 | LY-P1. | 13/06-12/10 |
Salamanca. | El Bodón. | El Bodón. | 196795 | 4487690 | LY-S1. | 13/06-12/10 |
Salamanca. | El Maíllo. | El Maíllo. | 227119 | 4496086 | MY-S2. | 01/06-12/10 |
TY-1. | 01/07-30/09 | |||||
Salamanca. | Guadramiro. | Guadramiro. | 207548 | 4545790 | LY-S3. | 10/06-09/10 |
Segovia. | Coca. | Coca. | 373761 | 4564648 | LY-G1. | 11/06-10/10 |
Segovia. | Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda y Riaza. | Las Casillas. | 456658 | 4569105 | LY-G2. | 13/06-12/10 |
Soria. | Garray. | Garray. | 543748 | 4629827 | LY-O1. | 17/06-12/10 |
Valladolid. | Valladolid. | Valladolid. | 352799 | 4607636 | HY-H*. | 01/01-31/12 |
Valladolid. | Quintanilla de Onésimo. | Quintanilla. | 384672 | 4609441 | LY-V1. | 13/06-12/10 |
Zamora. | Rosinos de la Requejada. | Rosinos. | 208172 | 4667285 | MY-Z1. | 10/06-12/10 |
LY-Z12. | 21/07-20/08 | |||||
Zamora. | Villardeciervos. | Villardeciervos. | 228148 | 4648431 | MY-Z2. | 01/06-16/10 |
Zamora. | Villaralbo. | Villaralbo. | 277711 | 4597987 | LY-Z3. | 16/06-12/10 |
*H: Helicóptero de Coordinación en Época de Peligro Alto; HTE fuera de Época de Peligro Alto. |
10.13.7 Cuadrillas helitransportadas.
Al final del anexo se ofrece un mapa en el que se representa la localización de las cuadrillas helitransportadas, las ELIF.
Tabla 7. Cuadrillas helitransportadas (ELIF) del operativo de incendios de Castilla y León
Provincia | Término municipal | Base |
Coord. UTM 30 X |
Coord. UTM 30 Y |
Coord. UTM 30 Z |
Composición ELIF B |
N.º personas ELIF A | ELIF A | ELIF B |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Ávila. | Cebreros. | Cebreros. | 376608 | 4480644 | 845 | 5 | 5 | 244 | 252 |
Ávila. | Piedralaves. | Piedralaves. | 354711 | 4463650 | 665 | 5 | 5 | 244 | 255 |
Ávila. | El Barco de Ávila. | El Barco. | 286035 | 4470229 | 1045 | 5 | 5 | 244 | 259 |
Burgos. | Medina de Pomar. | Medina de Pomar. | 461259 | 4755621 | 623 | 5 | 7 | 244 | 185 |
Burgos. | Pradoluengo. | Pradoluengo. | 482417 | 4686618 | 930 | 5 | 5 | 244 | 213 |
León. | Sancedo. | Cueto. | 200834 | 4726507 | 590 | 5 | 8 | 244 | 249 |
León. | Santa Colomba de Somoza. | Rabanal. | 231057 | 4708344 | 1123 | 5 | 7 | 244 | 291 |
León. | Cuadros. | Camposagrado. | 276817 | 4734664 | 1128 | 5 | 8 | 244 | 242 |
León. | Cubillas de Rueda. | Sahechores. | 320193 | 4720942 | 923 | 5 | 7 | 244 | 286 |
Palencia. | Villaeles. | Villaeles. | 370742 | 4714191 | 904 | 5 | 7 | 244 | 243 |
Salamanca. | El Maillo. | El Maillo. | 227107 | 4496088 | 1035 | 5 | 8 | 244 | 226 |
Salamanca. | El Bodón. | El Bodón. | 196795 | 4487690 | 796 | 5 | 6 | 244 | 244 |
Salamanca. | Guadramiro. | Guadramiro. | 207536 | 4545788 | 777 | 5 | 6 | 244 | 286 |
Segovia. | Riaza. | Las Casillas. | 456629 | 4569068 | 1183 | 5 | 5 | 244 | 258 |
Segovia. | Coca. | Coca. | 373775 | 4564655 | 784 | 5 | 7 | 244 | 184 |
Soria. | Garray. | Garray. | 543753 | 4629815 | 1122 | 5 | 5 | 244 | 251 |
Valladolid. | Vivero. | Vivero. | 352799 | 4607636 | 695 | 2 | 244 | 286 | |
Valladolid. | Quintanilla. | Quintanilla. | 384667 | 4609444 | 726 | 5 | 5 | 244 | 249 |
Zamora. | Villardeciervos. | Villardeciervos. | 228110 | 4648384 | 856 | 5 | 8 | 244 | 260 |
Zamora. | Rosinos de la Requejada. | Rosinos. | 208131 | 4667335 | 1020 | 5 | 8 | 244 | 283 |
Zamora. | Villaralbo. | Villaralbo. | 277704 | 4597985 | 634 | 5 | 15 | 244 | 283 |
Imagen 1. Mapa de medios
10.14 Convenios con entidades locales y provinciales.
Tabla 1. Convenios con entidades locales y provinciales
Provincia | Clave | Título convenio | Entidad | Fecha firma | Fecha fin |
N.º Vehículos |
---|---|---|---|---|---|---|
Ávila. | DM-38/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Candeleda. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-39/20 | CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE PEDRO BERNARDO (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Pedro Bernardo. | 8-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-40/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE HOYOCASERO (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Hoyocasero. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-42/20 | CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Y LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS BAJO TIÉTAR (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Man Bajo Tiétar. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-43/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y LA MANCOMUNIDAD DE LOS GALAYOS (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Man. Los Galayos. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-44/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE EL TIEMBLO (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS. | El Tiemblo. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-45/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE EL HOYO DE PINARES (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Hoyo de Pinares. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-46/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE LANZAHÍTA (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Lanzahíta. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-47/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE MOMBELTRÁN (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Mombeltrán. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-48/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE NAVALUENGA (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Navaluenga. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-49/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y el Ayuntamiento DE ARÉVALO (Ávila) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Arévalo. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-50/20 | CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE SOTILLO DE LA ADRADA (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Sotillo de La Adrada. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-55/21 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE EL BARRACO (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | El Barraco. | 24-jun.-21. | 31-oct.-24 | 1 |
Ávila. | DM-52/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y EL AYUNTAMIENTO DE CEBREROS (ÁVILA) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Cebreros. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 2 |
Ávila. | DM-53/20 | CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE Y el Ayuntamiento DE PIEDRAHÍTA (Ávila) EN MATERIA DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES. | Piedrahíta. | 2-jun.-20. | 31-oct.-23 | 1 |
Ávila. | DM-81/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Guisando (Ávila) en materia de extinción de incendios forestales. | Guisando. | 15-oct.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Ávila. | DM-46/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Piedralaves (Ávila) en materia de extinción de incendios forestales. | Piedralaves. | 24-jun.-22. | 15-oct.-25 | 1 |
Ávila. | DM-88/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de El Arenal (Ávila) en materia de extinción de incendios forestales. | El Arenal. | 15-oct.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Ávila. | DM-45/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Mancomunidad Asocio de Ávila (Ávila) en materia de extinción de incendios forestales. | Man. Asocio de Ávila. | 21-jun.-22. | 15-oct.-25 | 1 |
Ávila. | DM-66/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de La Adrada (Ávila) en materia de extinción de incendios forestales. | La Adrada. | 30-jun.-22. | 15-oct.-22 | 1 |
Burgos. | DM-97/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Villadiego (Burgos) en materia de extinción de incendios forestales. | Villadiego. | 23-dic.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Burgos. | DM-96/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Condado de Treviño (Burgos) en materia de extinción de incendios forestales. | Condado de Treviño. | 23-dic.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Burgos. | DM-90/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Oña (Burgos) en materia de extinción de incendios forestales. | Oña. | 16-nov.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Burgos. | DM-102/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja (Burgos) en materia de extinción de incendios forestales. | Viyarcayo. | 29-dic.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Burgos. | DM-91/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Valdebezana (Burgos) en materia de extinción de incendios forestales. | Valdebezana. | 16-nov.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
León. | DM-63/20 | Convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Mancomunidad de La Cepeda (León), en materia de extinción de incendios. | Man La Cepeda. | 6-jul.-20. | 15-oct.-23 | 1 |
León. | DM-74/21 | Convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Castrocontrigo (León), en materia de extinción de incendios. | Castrocontrigo. | 7-sep.-21. | 15-oct.-24 | 1 |
León. | DM-69/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Mancomunidad de Montaña de Riaño (León) en materia de extinción de incendios forestales. | Man. Riaño. | 7-jul.-22. | 31-oct.-22 | 1 |
Palencia. | DM-54/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Comunidad de Villa y Tierra de Aguilar de Campoó (Palencia) en materia de extinción de incendios forestales. | Aguilar de Campoó. | 25-may.-22. | 15-oct.-22 | 1 |
Palencia. | DM-93/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Guardo (Palencia) en materia de extinción de incendios forestales. | Guardo. | 10-feb.-22. | 15-oct.-25 | 1 |
Palencia. | DM-83/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Herrera de Pisuerga (Palencia) en materia de extinción de incendios forestales. | Herrera. | 15-oct.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Palencia. | DM-49/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Ampudia (Palencia) en materia de extinción de incendios forestales. | Ampudia. | 30-may.-21. | 15-oct.-22 | 1 |
Palencia. | DM-73/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Baltanás (Palencia) en materia de extinción de incendios forestales. | Baltanás. | 15-oct.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Palencia. | DM-50/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Frómista (Palencia) en materia de extinción de incendios forestales. | Frómista. | 3-jun.-22. | 15-oct.-22 | 1 |
Palencia. | DM-51/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Saldaña (Palencia) en materia de extinción de incendios forestales. | Saldaña. | 30-jun.-22. | 15-oct.-22 | 1 |
Palencia. | DM-52/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Paredes de Nava (Palencia) en materia de extinción de incendios forestales. | Paredes. | 6-jul.-22. | 15-oct.-22 | 1 |
Palencia. | DM-53/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Cervera de Pisuerga (Palencia) en materia de extinción de incendios forestales. | Cervera. | 30-jun.-22. | 15-oct.-22 | 1 |
Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Agallas (Salamanca) en materia de extinción de incendios forestales. | Agallas. | Pte confirmación. | ||||
Salamanca. | DM-18/23 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de El Maíllo (Salamanca) en materia de extinción de incendios forestales. | El Maíllo. | 29-dic.-22. | 15-oct.-26 | 1 |
Salamanca. | DM-94/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Lumbrales (Salamanca) en materia de extinción de incendios forestales. | Lumbrales. | 23-dic.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Salamanca. | DM-68/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Diputación de Salamanca en materia de extinción de incendios forestales. | Diput. Salamanca. | 10-dic.-21. | 15-oct.-25 | 26 |
Segovia. | DM-101/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Comunidad de Villa y Tierra de Coca (Segovia) en materia de extinción de incendios forestales. | Coca. | 29-dic.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Segovia. | DM-87/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda (Segovia) en materia de extinción de incendios forestales. | Sepúlveda. | 26-oct.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Segovia. | DM-32/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Mancomunidad Interprovincial Castellana (Segovia) en materia de extinción de incendios forestales. | Man Interprovincial. | 30-jun.-22. | 15-oct.-25 | 1 |
Segovia. | DM-68/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Aguilafuente (Segovia) en materia de extinción de incendios forestales. | Aguilafuente. | 8-jul.-22. | 15-oct.-22 | 1 |
Segovia. | DM-95/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Marugán (Segovia) en materia de extinción de incendios forestales. | Marugán. | 16-dic.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
Soria. | DM-68/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Diputacion Provincial de Soria en materia de extinción de incendios forestales. | Diput. Soria. | 15-dic.-21. | 15-nov.-23 | 10 |
Soria. | DM-84/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de San Leonardo de Yagüe (Soria) en materia de extinción de incendios forestales. | San Leonardo. | 25-oct.-21. | 15-nov.-22 | 1 |
Soria. | DM-79/20 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Quintana Redonda (Soria) en materia de extinción de incendios forestales. | Quintana Redonda. | 16-nov.-20. | 15-oct.-24 | 1 |
Soria. | DM-29/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Mancomunidad de Tierra de Pinares de Soria (Soria) en materia de extinción de incendios forestales. | Man. Pinares de Soria. | 11-abr.-22. | 15-oct.-25 | 1 |
Soria. | DM-30/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Arcos de Jalón (Soria) en materia de extinción de incendios forestales. | Arcos de Jalón. | 17-mar.-22. | 15-oct.-25 | 1 |
Soria. | DM-31/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento Duruelo de la Sierra (Soria) en materia de extinción de incendios forestales. | Duruelo de la Sierra. | 21-mar.-22. | 15-oct.-23 | 1 |
Zamora. | DM-62/20 | Convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Mancomunidad «Tierra de Aliste» (Zamora), en materia de extinción de incendios. | Man Tierras de Aliste. | 21-jul.-20. | 15-oct.-23 | 1 |
Zamora. | DM-33/22 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y la Mancomunidad de Aliste (Zamora) para el apoyo extraordinario de medios de extinción de alta capacidad. | Man Tierras de Aliste. | 22-jun.-22. | 15-oct.-25 | 1 |
Zamora. | DM-98/21 | Convenio entre la Consejería de Fomento y Medio Ambiente y el Ayuntamiento de Toro (Zamora) en materia de extinción de incendios forestales. | Toro. | 23-dic.-21. | 15-oct.-25 | 1 |
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